Acta de la sesión ordinaria de pleno celebrada el díA 30 de marzo de 2012



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ACUERDO
El Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes insta a la Junta de Castilla y León a que destine una cantidad adicional a lo que ya tenga presupuestado en: empleo, red alimentaria y ayuda a la dependencia, para erradicar la exclusión social y la pobreza en Castilla y León”.

Esta Moción es desestimada por mayoría, por diez votos en contra y siete votos a favor.
Votan a favor: D. Francisco Javier Rodríguez Ruiz, Dñª Mª del Carmen Cabrera Benito, D. Florián Alonso Vicente, Dñª Mª Teresa Prieto Cuadrado, Dñª Mª Asunción Barandiarán Múgica, D. Jesús Santos Corral y D. Miguel Ángel Moreno Valle.
Votan en contra: D. Javier Cascante Roy, Dª Marta Labrador Gutiérrez, D. David Mingo Pérez, D. Ignacio Galán Gallego, Dª Isabel María de la Torre Olvera, D. Manuel Tomás Conde Santiago, Dª María Cruz Gacho Conde, Dª Blanca Francisco Valiente, Dª María José García Fraile, D. Francisco Redondo Soriano.

2.2.2.- MOCIÓN PRESENTADA EL DÍA 07 DE MAYO DE 2013 POR EL GRUPO MUNICIPAL DE IZQUIERDA UNIDA DE CASTILLA Y LEÓN RELATIVA A LA RETIRADA DEL ANTEPROYECTO DE REFORMA DEL CÓDIGO PENAL.

Por Secretaría se da lectura a la parte dispositiva de la Moción presentada por el Grupo Municipal de Izquierda Unida de Castilla y León relativa a la retirada del Anteproyecto de Reforma del Código Penal.


El Sr. Alcalde – Presidente abre un turno de intervenciones donde se producen las siguientes, concediéndole la palabra al Portavoz del Grupo que presenta la Moción:
Sr. Santos Corral
Muchas gracias.
Izquierda Unida ha tenido conocimiento de que La Plataforma: Salvemos la Hospitalidad, ha emprendido una campaña solicitando a los Ayuntamientos la presentación de Mociones, como esta, encaminadas a la retirada del Anteproyecto de reforma del Código Penal presentado por el Ministro de Justicia: Alberto Ruiz Gallardón, que propone una nueva redacción del Art. 318.bis en la que se confunden, pudiendo inducir a error o a interpretaciones muy preocupantes, comportamientos delictivos como el tráfico de personas, con actuaciones como el apoyo y la ayuda a personas inmigrantes en situación irregular fundamentada en razones humanitarias, solidarias o éticas.


  1. El nuevo artículo referido del Anteproyecto de Reforma del Código Penal, aun con la pretensión contraria, confunde socialmente conductas ilícitas e inmorales de trata de seres humanos y abusos sobre las personas vulnerables migrantes con las prácticas humanitarias de solidaridad, hospitalidad y asistencia hacia aquellas personas que transitan “sin papeles” por España. El bien jurídico de estos delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, no queda afectado por estas conductas.




  1. El objetivo de esta norma, es intimidar a los ciudadanos españoles o extranjeros con papeles, para que nieguen toda forma de apoyo a la persona en situación irregular y ésta se quede sin ningún tipo de ayuda, es decir, en la calle, sin comida, ni vestido, ni dinero, para que mediante la presión de esta situación de precariedad absoluta, vuelva a su país.

La equívoca trasposición de la previsión del Art. 1.2 de la Directiva 2002/ 90/Comunidad Europea debe subsanarse, considerando penalmente atípica cualquier forma de ayuda altruista que impida la criminalización de la solidaridad y de la hospitalidad debida entre unos seres humanos que tienen: “El deber de comportarse fraternalmente los unos para con los otros”, como dice textualmente el Art.1 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, especialmente si se considera el derecho a la movilidad recogido en el Art. 13 de la misma Declaración Universal.




  1. Se deja en manos del Ministerio Fiscal la posibilidad de acusar. Algo grave, pues como denuncia esta institución: Consejo Fiscal, en el informe que ha elaborado sobre el Anteproyecto, esta forma de criminalización tiene que ser una opción del legislador, pues el Art. 1.2 de la Directiva citada, señala que y cito textualmente: “Los Estados miembros podrán decidir en aplicación de su regulación y de sus prácticas internas, no imponer sanciones a la conducta, en que el objeto de esta conducta sea prestar ayuda humanitaria”.

En suma. Debe desaparecer tanto la tipificación como el principio de oportunidad reglada que deja en manos de la Fiscalía y de sus particulares criterios, perseguir penalmente o no, la ayuda a una persona “sin papeles” cuando concurran razones humanitarias:




  • El principio de humanidad no puede ser criminalizado.




  • La asistencia humanitaria y la solidaridad no se pueden penalizar en ningún caso cuando son movidas por sentimientos de hospitalidad y altruismo.

Con el pretexto de proteger a los extranjeros “sin papeles” frente al abuso y las mafias, se incrementa exponencialmente su vulnerabilidad y se les priva de toda suerte de apoyo social solidario. Esta reforma legal tiene una enorme trascendencia ético-política: crea una norma que convierte en ilegal un principio-valor tan estructuralmente necesario en un Estado como es la solidaridad.




  1. Estas normas deben subsanarse sacando del Código Penal estas conductas, tanto la criminalización de conductas altruistas y humanitarias, como las que se realicen con ánimo de lucro, para que las personas que llegan, o se encuentren en España, puedan tener unos mínimos para subsistir: Alimentos, casa, sanidad.




  1. La criminalización de cualquier ayuda o apoyo a una persona extranjera en situación irregular, incluso con ánimo de lucro, supondría que los ciudadanos, para poder respetar esa norma penal, tendrían que infringir otra. Se trata de la establecida como delito de omisión del deber de socorro del art. 195 del Código Penal.

Se puede llegar a una situación paradójica en que unos ciudadanos denuncien a otros por atender a inmigrantes y a su vez, estos a los unos, por no socorrer a quien se encuentre desamparado y en peligro manifiesto y grave sin que exista riesgo propio ni de terceros, esta descripción del delito coincidirá plenamente con la situación en que quedarán muchas personas.


Nada más.
Sr. Moreno Valle
En primer lugar y para conocimiento todos los vecinos de Santa Marta que acuden al Pleno, me gustaría leer exactamente qué dice el Art. 318.bis, el nuevo Art. 318.bis del Anteproyecto de Reforma del Código Penal porque creo que no se ha citado:
El nuevo Art. 318 bis dice:


  1. “El que intencionadamente ayude a una persona que no sea nacional de un Estado miembro de la Unión Europea a entrar en el territorio de otro Estado miembro o a transitar a través del mismo, vulnerando la legislación de dicho Estado sobre entrada o tránsito de extranjeros, será castigado con una pena de multa de tres a doce meses de prisión o de seis meses a dos años. El Ministerio Fiscal podrá abstenerse de acusar por este delito cuando el objetivo perseguido sea únicamente prestar ayuda humanitaria a la persona de que se trate. Si los hechos se cometen con ánimo de lucro, se impondrá en su mitad superior.




  1. El que intencionadamente ayude, con ánimo de lucro, repito, con ánimo de lucro, a una persona que no sea nacional de un estado Miembro de la Unión Europea a permanecer en el territorio del Estado miembro de la Unión Europea, vulnerando lo legislado en dicho Estado sobre estancia de extranjeros, está castigado con una pena de multa de tres a doce meses o prisión de seis meses a dos años”.

Ya conociendo lo que dice exactamente el Art. 318.bis, decir que:




  1. UPyD ha apoyado en algunos Ayuntamientos Mociones, por ejemplo, esta es la Moción que ha presentado en Murcia, en Murcia, en el Ayuntamiento de Murcia, conjuntamente con el Partido Popular, PSOE, Izquierda Unida y evidentemente el propio UPyD a favor, no de retirar del Anteproyecto el Art. 318.bis, sino de modificarlo, luego quede clara la posición de UPyD en este asunto y su compromiso con el tema.

Otra cosa es que Izquierda Unida vaya por libre y no sea capaz de hablar y convocar a todos los Grupos de la oposición de este Ayuntamiento y presenten ellos solos esta Moción.




  1. La Moción, tal y como se plantea en el texto que nos ha leído el Concejal de Izquierda Unida y Portavoz, no coincide con lo que dice la propia Plataforma Salvemos la Hospitalidad, que propone en su informe no eliminar el Art. 318.bis sino sustituir el párrafo que dice: “El Ministerio Fiscal podrá abstenerse de acusar por este delito cuando el objetivo perseguido fuere únicamente prestar ayuda humanitaria a la persona de que se trate”, y la sustitución dice: “No se aplicará este precepto cuando el objetivo perseguido fuere únicamente prestar ayuda humanitaria a la persona de que se trate” , o una redacción alternativa: “No se aplicará este precepto cuando la conducta responda a motivos humanitarios o altruistas”,

Es decir, habida cuenta de lo confuso del término humanitario, que se suele relacionar con las situaciones propias de conflictos armados. Por lo tanto la Moción que Izquierda Unida que trae a este Pleno, es una interpretación sesgada y a su conveniencia de lo que quiere decir la Plataforma


Así que tal y como está planteada la Moción, Moción que hubiéramos apoyado gustosamente si hubiera ido en los términos de modificar el Artículo, no nos queda más remedio que abstenernos y nos abstenemos porque no creemos que haya que retirar el Artículo, sino que hay que modificarlo, porque en definitiva de alguna forma habrá que perseguir a las mafias de tráfico de personas y la eliminación del Artículo podría crear un vacío legal a estas mafias.
Para la próxima vez señores de Izquierda Unida podemos hablar antes, estudiamos la situación y gustosamente podremos llegar a un acuerdo para presentar una Moción conjunta de este tipo, que no se una Moción política, es más bien una Moción de índole social y humanitaria.
Y si luego, como la anterior vez, quieren poner en “La Gacetilla” de Izquierda Unida que votamos con el PP, pues esta vez también nos arriesgamos, pongan lo que quieran, pero creo que esta no es la Moción adecuada.
Muchas gracias.
Sr. Rodríguez Ruiz
Por parte del Grupo Socialista, D. Florián Alonso va a defender la postura.
Sr. Alonso Vicente
Buenos días a todos.
En primer lugar quiero decir a los compañeros de Izquierda Unida, que entiendo que quieran justificar su trabajo como oposición, pero no vale de cualquier forma.
Creo, no equivocarme, que ahora disponen de más tiempo que nunca para buscar noticias y traer Mociones al Pleno que no sean copiadas de las que otros Grupos hemos presentado, miren, cualquiera que encuentren colgada en Internet, me explico. Esta Moción que presentan, como ha dicho el compañero de UPyD, está sacada de una iniciativa de la Plataforma Salvemos la Hospitalidad, pues bien, dicha Plataforma, tiene una Moción tipo y un informe jurídico que han enviado al Ministerio, colgados en Internet.
Leyéndolo, está claro, que ustedes han copiado “la paja”, pero se han dejado “el grano”, entonces para empezar su Moción, debería traer adjunto el Art. 318 con su redacción anterior y la reformada, ya que aunque no somos juristas, al menos yo, podríamos ver las diferencias, que sí es cierto que las hay, y muy importantes.
La mencionada Plataforma, ni en su informe jurídico, ni en su Moción pide en ningún momento que se retire el Art. 318 al completo del Anteproyecto de Ley, lo que hace es pedir que se supriman o modifiquen algunos párrafos de dicho Artículo.
Después de oír la intervención del compañero de UPyD, lógicamente coincidimos en bastantes cosas, lo que no coincidimos es que el Grupo Socialista la va a apoyar, porque estamos de acuerdo en el fondo de la Moción, a pesar de que sí nos hubiera gustado, como ha dicho el compañero de UPyD, que se hubiera presentado otro acuerdo distinto, que yo creo que viendo la información de la Plataforma, yo creo que hasta el PP la hubiese apoyado, que dudo que ahora se la apoye.
Pero, vamos, simplemente decir eso, que el Grupo Socialista, a pesar de eso, la va a apoyar.
Muchas gracias.
Sr. Alcalde
Si no hay contrarréplica, votamos.
Sr. Santos Corral
Si, si hay contrarréplica.
Lo último que querría sería saltarme las intervenciones del Grupo Popular.
Sr. Alcalde
Haga usted su contrarréplica.
Sr. Santos Corral
Pues vamos a ver. Brevemente.
Primero dar las gracias a los Grupos de oposición que hacen oposición a la oposición, que es lo que hacemos, porque de las críticas siempre se aprende, si cometemos errores pues lo estudiaremos a ver si es verdad, y rectificaremos. A sí que, gracias por hacer oposición de la oposición.
Por otra parte, ya que nos dan consejos no les importará recibirlos, espero que también lo agradecerán y ya que se nos dice que tenemos tiempo para leer, para mirar, yo les diré que saquen un poquito de tiempo para leer, porque claro, se nos dice que miremos, que…, claro, y a la vez se nos acusa de que lo hemos copiado, claro que lo hemos copiado, pero no lo engañamos, lo ponemos aquí, dice: “Izquierda Unida ha tenido conocimiento…”, es decir, nos han mandado una Moción desde Málaga la Plataforma que la hemos clavado tal, cual.
O sea, que ni nos hemos inventado nada, ni tal, yo entiendo que atacar a Izquierda Unida da réditos porque por algo será, no sé porqué, y nuestra famosísima “Gacetilla” de aquí, pero, en fin, con un poquito más de por favor, ¿no?. Que no se diga cosas que no son, que sepan que nosotros la hemos copiado pero calcadita de una de la Plataforma.
Nada más y gracias a todas y todos.

Concluidas las intervenciones el Sr. Alcalde-Presidente somete a votación plenaria la siguiente Moción:


“Izquierda Unida ha tenido conocimiento de que La Plataforma Salvemos la Hospitalidad ha emprendido una campaña solicitando a los Ayuntamientos la presentación de mociones encaminadas a la retirada del Anteproyecto de reforma del Código penal presentado por el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, que propone una nueva redacción del Artículo 318.bis en la que se confunden, pudiendo inducir a error o a interpretaciones muy preocupantes, comportamientos delictivos como el tráfico de personas con actuaciones como el apoyo y la ayuda a personas inmigrantes en situación irregular fundamentada en razones humanitarias, solidarias o éticas.


  1. El nuevo Art. 318 bis del Anteproyecto de Reforma del Código Penal, aun con la pretensión contraria, confunde socialmente conductas ilícitas e inmorales de trata de seres humanos y abusos sobre las personas vulnerables migrantes con las prácticas humanitarias de solidaridad, hospitalidad y asistencia hacia aquellas personas que transitan “sin papeles” por España. El bien jurídico de estos delitos “contra los derechos de los ciudadanos extranjeros” no queda afectado por estas conductas.




  1. El objetivo de esta norma es intimidar a los ciudadanos españoles o extranjeros con papeles para que nieguen toda forma de apoyo a la persona en situación irregular y ésta se quede sin ningún tipo de ayuda, es decir, en la calle, sin comida, ni vestido, ni dinero, para que mediante la presión de esta situación de precariedad absoluta, vuelva a su país.

La equívoca trasposición de la previsión del Art. 1.2 de la Directiva 2002/90/CE debe subsanarse considerando penalmente atípica cualquier forma de ayuda altruista que impida la criminalización de la solidaridad y de la hospitalidad debida entre unos seres humanos que tienen “el deber de comportarse fraternalmente los unos para con los otros” (Art.1 DUDH), especialmente si se considera el derecho a la movilidad recogido en el art. 13 de la misma Declaración Universal.




  1. Se deja en manos del Ministerio Fiscal la posibilidad de acusar. Algo grave, pues como denuncia esta institución (Consejo Fiscal) en el informe que ha elaborado sobre el anteproyecto, esta forma de criminalización tiene que ser una opción del legislador, pues el Art. 1.2 de la Directiva 2009/52 señala que: “Los estados miembros podrán decidir en aplicación de su regulación y de sus prácticas internas no imponer sanciones a la conducta … en que el objeto de esta conducta sea prestar ayuda humanitaria”.

En suma: Debe desaparecer tanto la tipificación como el principio de oportunidad reglada que deja en manos de la Fiscalía y de sus particulares criterios, perseguir penalmente, o no, la ayuda a una persona sin papeles cuando concurran razones humanitarias. El principio de humanidad no puede ser criminalizado. La asistencia humanitaria y la solidaridad no se pueden penalizar en ningún caso cuando son movidas por sentimientos de hospitalidad y altruismo.


Con el pretexto de proteger a los extranjeros sin papeles frente al abuso y las mafias, se incrementa exponencialmente su vulnerabilidad y se les priva de toda suerte de apoyo social solidario.
Esta reforma legal tiene una enorme trascendencia ético-política: Crea una norma que convierte en ilegal un principio-valor tan estructuralmente necesario en un Estado como es la solidaridad.


  1. Esta normas deben subsanarse sacando del Código penal estas conductas (el artículo 318 bis del Código Penal), tanto la criminalización de conductas altruistas y humanitarias, como las que se realicen con ánimo de lucro, para que las personas que llegan o se encuentren en España puedan tener unos mínimos para subsistir: alimentos, casa, sanidad.




  1. La criminalización de cualquier ayuda o apoyo a una persona extranjera en situación irregular, incluso con ánimo de lucro, supondría que los ciudadanos, para poder respetar esa norma penal, tendrían que infringir otra. Se trata de la establecida como delito de omisión del deber de socorro en el art. 195 del Código penal.

Se puede llegar a una situación paradójica en que unos ciudadanos denuncien a otros por atender a inmigrantes y a su vez, estos a los otros, por no socorrer a quien se encuentre desamparado y en peligro manifiesto y grave sin que exista riesgo propio ni de terceros (esta descripción del delito coincidirá plenamente con la situación en que quedarán muchas personas).



ACUERDO

Por todo ello el Ayuntamiento de Santa marta de Tormes insta al Ministro de Justicia a le que retire del anteproyecto el Art. 318.bis”.


Esta Moción es desestimada por mayoría, por diez votos en contra, seis votos a favor y una abstención.
Votan a favor: D. Francisco Javier Rodríguez Ruiz, Dñª Mª del Carmen Cabrera Benito, D. Florián Alonso Vicente, Dñª Mª Teresa Prieto Cuadrado, Dñª Mª Asunción Barandiarán Múgica y D. Jesús Santos Corral.
Votan en contra: D. Javier Cascante Roy, Dª Marta Labrador Gutiérrez, D. David Mingo Pérez, D. Ignacio Galán Gallego, Dª Isabel María de la Torre Olvera, D. Manuel Tomás Conde Santiago, Dª María Cruz Gacho Conde, Dª Blanca Francisco Valiente, Dª María José García Fraile y D. Francisco Redondo Soriano.
Abstenciones: D. Miguel Ángel Moreno Valle.

2.2.3.- MOCIÓN PRESENTADA EL DÍA 13 DE MAYO DE 2013 POR EL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA RELATIVA A LA BONIFICACIÓN EN TASA MUNICIPAL DE USO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS.

Por Secretaría se da lectura a la parte dispositiva de la Moción presentada por el Grupo Municipal Socialista relativa a la bonificación en tasa Municipal de uso de instalaciones deportivas.


En esta Moción se da lectura a un informe redactado por Intervención de fecha 17 de mayo de 2013:
“1. Órgano que solicita el informe: Alcaldía
2. Asunto: Moción presentada por el Grupo Municipal Socialista, para su remisión al Pleno con el siguiente Resumen:
El Grupo Municipal Socialista, a la vista de la situación económica actual, propone al Pleno la adopción de un acuerdo que contemple la bonificación del 100 % de la tasas para la Utilización del las Instalaciones Deportivas, por parte de los jóvenes del Municipio, así como la exención de matrícula de cualquier actividad deportiva, para los usuarios sin recursos.
3. Legislación Aplicable:


  • Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto 2/2004 de 5 de marzo, que en su Artículo 9.1, 2º párrafo establece: "No obstante, también podrán reconocerse los beneficios fiscales que las Entidades Locales establezcan en sus Ordenanzas Fiscales en los supuestos expresamente previstos por la Ley".




  • Ordenanza Fiscal Número 15, reguladora de la Tasa por Utilización de Servicios Deportivos y Piscinas.




  • Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, que en su Artículo 12.4, párrafo 2º, prescribe: "Cuando se aprueben cambios normativos que supongan disminución de la recaudación, el nivel de gasto computable resultante de la aplicación de la regla en los años en los que se produzcan las disminuciones de recaudación deberá disminuirse en la cuantía equivalente".

4. Conclusión:


Es preciso modificar la Ordenanza Fiscal reguladora y cumplir las determinaciones fijadas por la legislación”.

El Sr. Alcalde – Presidente abre un turno de intervenciones donde se producen las siguientes, concediéndole la palabra al Portavoz del Grupo que presenta la Moción:



Sr. Rodríguez Ruiz
Por parte del Grupo Socialista, va a defenderla Dª Carmen Cabrera.
Sra. Cabrera Benito
Buenos días.
Desde nuestro Grupo Municipal, presentamos esta Moción propuesta por Juventudes Socialistas de Santa Marta.
Con ella se pretende una modificación de la Ordenanza que regula el uso de las instalaciones deportivas que implicaría que, a partir del uno de enero del próximo años, es decir, de 2014, los jóvenes parados sin subsidio mientras subsista tal condición, puedan hacer uso gratuito de las instalaciones deportivas Municipales y estar exentos de las matrículas de las actividades deportivas gestionados por nuestro Ayuntamiento como un modo más de promover los valores y principios vinculados a la práctica del deporte y de hábitos de ocio saludables.
La exención alcanzaría también a todos aquellos jóvenes parados que sean titulares de contratos de alquiler o de créditos hipotecarios y para todos aquellos jóvenes que no han tenido todavía la oportunidad de acceder al primer empleo.
Porque de los 1.797 parados registrados en el mes de abril en nuestro Municipio, 1.047 tienen menos de 44 años y la crisis económica que estamos sufriendo no debería ser nunca un obstáculo para la práctica del deporte, ni tampoco tendría que ver disminuido su derecho a disfrutar de unas instalaciones a cuya creación se ha contribuido mediante el pago de los impuestos de todos los vecinos de Santa Marta.
Estas instalaciones las utilizan fundamentalmente jóvenes y niños, algunos de los cuales podrían tener un poder adquisitivo muy bajo, o nulo, y ello conllevaría a que una parte de este colectivo de jóvenes de Santa Marta no pudiera realizar la práctica deportiva por falta de recursos económicos, al ser varias las familias de nuestro Municipio que tienen a todos los miembros en paro y que muchas de ellas, ya han agotado incluso, o están agotando, todo tipo de ayudas o subsidios, siendo una odisea para ellos llegar a fin de mes.
En la revisión de la Ordenanza correspondiente haremos nuestras propuestas al respecto, sin embargo nos gustaría poder contar para ello con el respaldo de todos los Grupos Políticos votando a favor de esta Moción, que recuerdo que es propuesta por nuestras Juventudes Socialistas de Santa Marta.
Muchas gracias.
Sr. Moreno Valle
En primer lugar decirle que lo que ha dicho usted no corresponde con lo que dice la Moción, la Moción dice: “La bonificación del 100 % de la tasa Municipal en el uso de las instalaciones deportivas para jóvenes de nuestro Municipio”, pero no dice nada del 2014. Es una cuestión que se suscitó en la Junta de Portavoces y evidentemente, pues en ese sentido va nuestra Moción. Lo que se aprueba es lo que está escrito, no lo que se dice, ¿de acuerdo?.
Oído el informe del Interventor y las explicaciones del Grupo Socialista, independientemente de que estemos de acuerdo con la propuesta, creo que la Moción está mal planteada, según el informe del Interventor, pues para la aplicación de esta bonificación, es necesario que previamente se modifique la Ordenanza fiscal Nº 15, la cual está aprobada, publicada y en vigor para este año. Yo no soy jurista pero esto es lo que yo entiendo de la lectura del informe del Interventor.
Además creo que falta de evaluar el posible impacto que tendría en el contrato, que existe actualmente con la empresa que gestiona la piscina y la posible aplicación de esta bonificación que ustedes Plantean, pues, podrían surgir una reclamación contractual, si es así.
Nuestro Grupo Municipal le sugiere una cosa, o le proponemos una cosa, retiren la Moción de este Pleno, no vayamos a la votación, discutamos ésto en la Comisión de Economía que está revisando todas las Ordenanzas, y en caso de aprobarse la Moción, no podría aplicarse en el momento actual.
Si cuando después tenga lugar la revisión de las Ordenanzas Fiscales para el 2014, que estamos haciendo en este momento, su propuesta no se incluyera en la Ordenanza correspondiente, si lo consideran, vuelvan a presentarla, nuestro Grupo apoyará esta aprobación.
Estaba mirando ahora cuánto se había recaudado de alquiler de instalaciones y según lo que figura en la liquidación del presupuesto del año anterior, son derechos reconocidos netos: 7.656,24 €, creo que el Ayuntamiento puede asumir esta diferencia perfectamente.
Ahora mismo creo que su propuesta no es viable y desgraciadamente, desde nuestro Grupo que esperamos que para no crear una contradicción jurídica o incluso prevaricación por intentar aprobar una cosa que está en contra de una Ordenanza que está publicada, pues vamos a tener que votar en contra de la Moción, no nos gustaría, le vuelvo a sugerir: Retiremos la Moción y no vayamos a la votación.
Muchas gracias.
Sr. Santos Corral
Antes de entrar en materia, si me permiten, quería hacer una pequeña consideración y es pedirle disculpas a los Grupos de oposición, porque ya no les voy a dar consejos de cómo deben hacer sus Mociones, ni valorar cómo están o no están, yo creo que lo hacen todos, todo lo mejor que pueden, y harto trabajo tienen ellos. Y no es por falta de consideración, es que no tenemos tiempo, porque nos lleva mucho, mucho esfuerzo y mucho, mucho tiempo hacer oposición al Equipo de Gobierno que es nuestra función, o eso entendemos nosotros y en eso estamos. Así que nos van a perdonar que no entremos en ese juego.
Izquierda Unida, por el contrario, va apoyar, como en tantas otras ocasiones, esta Moción por estar de acuerdo con los argumentos y la propuesta de acuerdo de esta Moción, ya que es coincidente con nuestros planteamientos y con nuestras actuaciones al respecto.
El deporte ha de ser un bien al que todos, y también los jóvenes, tengan acceso, por sus valores formativos y de salud y no un negocio para unos pocos y una práctica para los más privilegiados.
No hace mucho, y por ello estará en la memoria de todos, que tuvimos que salir aquí a defender los derechos de los jóvenes escolares, de algunos jóvenes escolares de Santa Marta, frente a la pretensión de cobrarles por la utilización de instalaciones deportivas Municipales que venían utilizando, por derecho, de forma gratuita.
En aquella ocasión lo conseguimos. Hoy creemos que la situación socio-económica que sufren nuestros vecinos da nuevos argumentos para solicitar al Ayuntamiento que se posicione a favor del deporte, de los jóvenes y especialmente de los que tienen pocos recursos económicos y se arbitren medidas, como la que aquí se plantea por el Grupo Socialista, para que todos, y especialmente los jóvenes, tengan acceso a la práctica del deporte.
En este Pleno preguntamos por escrito sobre los ingresos que suponen las vallas publicitarias en instalaciones deportivas Municipales, y no lo hacemos por mera curiosidad, sino porque creemos que el Ayuntamiento dispone de estos y otros recursos para garantizar el acceso de todas y todos al deporte.
Sí saldría en defensa y teniendo la oportunidad de esta Moción, aunque no sea la mía, me lo van a permitir, en el sentido de que estamos en un momento excepcional, excepcionalmente difícil para los jóvenes, excepcionalmente difícil para los jóvenes parados, para los jóvenes en situación económica y social más que nunca.
Nada más.
Sr. Alcalde
Expondrá la posición del Grupo Popular la Concejal de Economía y Hacienda.
Sra. de la Torre Olvera
Gracias Sr. Presidente.
Aquí hay una cuestión muy clara y es que la Moción presentada es la que es, y es lo que se va a votar hoy en este Pleno y en esa Moción en ningún momento se hace mención al procedimiento que establece el Interventor para este tipo de cuestiones que es la modificación de una Ordenanza Fiscal.
Parece ser que en la Junta de Portavoces y ante la lectura de ese informe de Intervención, se propuso la modificación de esta Moción, tal y como también está pidiendo ahora el Portavoz del Grupo Mixto, esa modificación, no esa retirada de la Moción tal y como está presentada, no fue aceptada por el Grupo Socialista y viene hoy al Pleno en unas condiciones en las que, como no podía ser de otra manera, tenemos que rechazar.
Como bien ha dicho también el Portavoz del Grupo Mixto, estamos ahora mismo en un procedimiento de estudio de las Ordenanzas Fiscales, estudiaremos esta propuesta igual que estamos estudiando todas las cuestiones que se plantean en ese grupo de estudio de Ordenanzas Fiscales.
Pero insisto, la Moción es la que es. Nuestro voto tiene que ser responsable, tiene que ser coherente con la Intervención de este Ayuntamiento, entonces no nos queda más remedio que votar en contra.
Gracias.
Sr. Alcalde
¿Existe la contrarréplica?, o votamos.
Sr. Rodríguez Ruiz
No. Muy rápidamente.
Nosotros, evidentemente insistimos que como la Ordenanza tiene que modificarse, no planteamos que sea un tema para el año 2013, lo tenemos clarísimo, pero desde luego mantenemos la Moción.

Concluidas las intervenciones el Sr. Alcalde-Presidente somete a votación plenaria la siguiente Moción:


“La actual crisis económica y las altas tasas de paro que estamos sufriendo repercuten también en Santa Marta que se ha visto, al igual que muchos otros Municipios, perjudicada por esta situación.
Son varias las familias de nuestro Municipio que tienen todos sus miembros en paro e incluso que ya han agotado o están agotando todo tipo de prestación por desempleo o ayuda, lo que hace prácticamente imposible llegar a fin de mes.
Son también muchos los jóvenes de Santa Marta en esta situación y otros tantos que aún no han tenido la oportunidad de acceder a su primer empleo.
El deporte es uno de los muchos ámbitos que se ve afectado por esta realidad ya que no todas aquellas personas a las que les gustaría llevar a cabo dicha práctica tienen los recursos económicos necesarios para hacerlo, siendo sin embargo su hábito muy recomendable principalmente para nuestros jóvenes.
Concienciados de esta situación y a propuesta de Juventudes Socialistas de Santa Marta, desde el Grupo Municipal Socialista planteamos al Pleno del Ayuntamiento el siguiente
ACUERDO:


  • La bonificación del 100% de la tasa Municipal en el uso de las instalaciones deportivas para jóvenes de nuestro municipio y la exención de la matrícula de cualquier actividad deportiva municipal para todas aquellas personas que no tengan los recursos suficientes, previo informe y valoración por parte de los servicios sociales de nuestro Ayuntamiento.



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