1.9. CONFIDENCIALIDAD DEL PROCESO Después de la apertura publica de las ofertas, la información relacionada con el examen, aclaración, evaluación, comparación de ofertas y recomendaciones relacionadas con la adjudicación del contrato, no deberá ser revelada a los oferentes u otras personas no relacionadas oficialmente con el proceso, hasta que la adjudicación del contrato haya sido notificada al oferente ganador.
Cualquier acción de un licitante por influenciar a alguna de las personas responsables del proceso de análisis de las ofertas, podrá resultar en la descalificación de la oferta presentada por su empresa.
Hasta tanto no se realice la adjudicación de la licitación, se entenderá que todas las actuaciones de la comisión evaluadora tendrán carácter confidencial, por lo tanto, los miembros de dicha comisión no podrán dar información alguna relacionada con la licitación.