Polcura, Alto Polcura, Central el Abanico y Canteras
El día 14 de septiembre de l973 fue detenido en su lugar de trabajo y trasladado a la unidad de Carabineros de Antuco, Mario Omar BELMAR SOTO, 30 años, obrero de la Empresa Nacional de Electricidad (ENDESA), central El Toro. En dicho recinto policial, según declaran sus familiares, se les habría reconocido e informado de su traslado al Regimiento de Los Angeles. La familia también declaró haber recibido el testimonio de una persona que habría presenciado su fusilamiento en ese lugar.
La Comisión, teniendo en cuenta los testimonios recibidos y la existencia de otros casos similares ocurridos a trabajadores de esa central eléctrica, se formó la convicción que la desaparición de Mario Belmar constituye una violación de sus derechos humanos, motivada por razones políticas, de responsabilidad de agentes del Estado.
El día 16 de septiembre Abraham LOPEZ PINTO, 54 años, obrero agrícola y militante del Partido Comunista fue detenido en su domicilio en Antuco por carabineros y militares. Fue llevado a la unidad local de la policía uniformada de Antuco y allí se le habría informado a la familia que había sido trasladado al Regimiento de Los Angeles, recinto en el cual se negó la detención. Hasta la fecha nada se sabe acerca de su paradero.
Es convicción de la Comisión que el desaparecimiento de Abraham López es de responsabilidad de agentes del Estado, toda vez que su arresto por parte de ellos está acreditado y que se trata de un procedimiento reiterado en esa localidad.
En Polcura, el día 17 de septiembre fue detenido por efectivos de Carabineros, Bernardo Samuel MEZA RUBILAR, 46 años, jefe de obras y capataz de la Casa de Máquinas de la Empresa Nacional de Electricidad (ENDESA) y militante del Partido Socialista. Fue luego trasladado a las dependencias policiales El Abanico. Se desconoce si fue llevado a otro lugar. Las autoridades militares no reconocieron la detención.
Por razones similares a los casos precedentes, esta Comisión se ha formado convicción que en la desaparición de Bernardo Samuel Meza hubo responsabilidad de agentes del Estado que violaron sus derechos humanos.
El día 17 de septiembre en la Central El Abanico fue detenido Alamiro Segundo SANTANA FIGUEROA, 23 años, trabajador ocasional y militante de la Juventud Socialista. Fue aprehendido por carabineros de El Abanico, recinto en el cual, según declaraciones, fue trasladado al Regimiento de Los Angeles y que posteriormente fue muerto a consecuencia de las torturas recibidas. Hasta la fecha no hay versión oficial acerca de su suerte o paradero.
La Comisión se ha formado la convicción que la desaparición de Alamiro Santana constituye violación de los derechos humanos de responsabilidad de agentes del Estado, en consideración a que su arresto, por las circunstancias antes narradas, puede ser considerado un hecho cierto y a que no es aceptable la falta de explicaciones de la autoridad acerca de su destino.
El día 17 de septiembre son detenidos por carabineros de El Alamo, cuatro personas, todos trabajadores de la hacienda Las Canteras:
- Nelson Cristían ALMENDRAS ALMENDRAS, 22 años, obrero agrícola.
- Juan de la Cruz BRIONES PEREZ, 28 años, obrero agrícola.
- Victoriano LAGOS LAGOS, 35 años, obrero agrícola.
- José Ricardo LOPEZ LOPEZ, 32 años, obrero agrícola y simpatizante de la Unidad Popular.
La autoridad policial, según declaran sus familias, les informó que fueron trasladados al Regimiento de Los Angeles, sin embargo, en ese recinto no se reconoció la detención. Según informes de testigos la patrulla de carabineros llevó a los detenidos hacia el río Laja inmediatamente después de la detención, y regresó luego sin ellos. Hasta la fecha se desconoce sus paraderos.
Estando acreditada la detención y posterior desaparición de Nelson Almendras, Juan Briones, Victoriano Lagos y José López, a esta Comisión le asiste la convicción que todos ellos fueron víctimas de grave violación de los derechos humanos de responsabilidad del Estado, por acción de sus agentes.
El día 18 de septiembre es detenido Luis Eduardo VERGARA CORSO, 33 años, Profesor Primario, funcionario del Instituto de Desarrollo Agropecuario (INDAP), Interventor de la Hacienda "Agrícola y Forestal Lago Laja" y militante del Partido Socialista.
Fue aprehendido por una patrulla de militares y carabineros de El Abanico luego de entregarse voluntariamente en la Hacienda Lago Laja, puesto que habían detenido a su cónyuge e hijos para que él se entregara. Luego de su arresto, fue trasladado a un campamento militar ubicado en las márgenes del río Polcura. Desde ese momento y hasta la fecha se desconoce su paradero.
Testigos señalan que inmediatamente después de la detención se escucharon disparos cerca del río Polcura donde se encontraba un campamento militar. El Jefe de Zona en Estado de Sitio de Ñuble, informó oficialmente que se estaba practicando un peritaje contable en la hacienda. Por su parte la prensa local del 5 de noviembre señala, citando a las autoridades militares, que el afectado se encontraba comprometido en el "Plan Z" y que perseguía hacer volar las centrales hidroeléctricas El Abanico y El Toro.
La Comisión, con los antecedentes señalados, en especial la existencia de testigos del arresto, el reconocimiento implícito de su detención emanado de la información de prensa señalada y la circunstancia que tras los incidentes relatados no se haya sabido más del afectado, llegó a la convicción que hubo responsabilidad de agentes del Estado en el arresto de Luis Vergara y en su posterior desaparición y probable muerte.
El 19 de septiembre fue detenido en su domicilio en la Hacienda Polcura, Benjamín Antonio ORREGO LILLO, 42 años, carpintero. La detención fue practicada por carabineros de El Abanico, quienes según declaran sus familiares, les informaron que fue fusilado en el trayecto. No hubo entrega de su cuerpo a los parientes, ni certificación oficial de la defunción.
Estando plenamente acreditada su detención, no existiendo noticias posteriores de su paradero, esta Comisión se formó convicción que la desaparición de Benjamín Orrego constituye una violación de los derechos humanos de responsabilidad de agentes del Estado.
El día 4 de octubre, en la localidad de Quillay Loma, ubicada dentro de la hacienda Las Canteras, dos personas fueron ejecutadas:
José Francisco ZAPATA ANDRADE, 24 años y Silverio JOFRE JOFRE, ambos obreros agrícolas, dirigentes sindicales y militantes del Partido Comunista.
Según declaraciones de testigos, ambos fueron aprehendidos por desconocidos y trasladados en una camioneta. Un mes más tarde sus cuerpos fueron encontrados con impactos de bala,uno en el río Laja y otro en un bosque.
Se inició una investigación judicial (rol 15.815 y rol 15.824 del 2º Juzgado del Crimen de Los Angeles y rol 45.654 del 1er Juzgado del Crimen de Los Angeles, proceso al cual se acumularon las causas anteriores), la que no arrojó resultados respecto de la autoría de las muertes. El Comisario de Carabineros de Los Angeles informó "que el personal del Retén El Alamo se encontraba avocado (sic) a la ubicación y detención de "extremistas", muchos de los cuales huyeron por la orilla del río Laja, en las cercanías de los domicilios de los obreros muertos, por lo que se presume según la versión de Carabineros , que estos fueron ejecutados (por los propios extremistas) con el objeto de silenciarlos ante posibles interrogatorios".
La Comisión pudo formarse convicción en el sentido que ambas víctimas perdieron la vida por acciones de agentes del Estado o de civiles amparados por ellos, dado su carácter de militantes políticos y dirigentes sindicales y la ocurrencia de muchos otros hechos similares en la región. En cuanto a la hipótesis que de las ejecuciones serían responsables "extremistas", ésta no es verosímil para la Comisión, dado que no existe ningún caso comprobado de hechos de tal naturaleza que pudiesen hacerlo probable.
El día 13 de noviembre fue detenido Manuel Jesús ARIAS ZUÑIGA, 43 años, mecánico de la Empresa Nacional de Electricidad (ENDESA) central El Toro y dirigente sindical. Fue aprehendido en su domicilio en Alto Polcura, sector de Cuatro Juntas, por militares y trasladado al Retén de Alto Polcura, dependiente de Antuco. Según declaran sus familiares, Carabineros les señaló que había sido trasladado a Los Angeles. Sin embargo, a pesar de las gestiones realizadas desde la detención se encuentra desaparecido.
La Comisión ha llegado a la convicción de que este caso se trata de una violación de los derechos humanos perpetrada por agentes del Estado, dado que la detención se encuentra acreditada por los testimonios recibidos. Las versiones entregadas por las autoridades policiales son poco verosímiles y tampoco es creíble que luego de tantos años la familia no haya obtenido ningún tipo de noticias de parte del afectado.
Laja y San Rosendo
En las localidades de Laja y San Rosendo 19 personas fueron detenidas por carabineros de Laja entre el 13 de septiembre y el 17 del mismo mes:
- Juan Antonio ACUÑA CONCHA, 34 años, maquinista de Ferrocarriles del Estado, militante del Partido Socialista, presidente de la Junta de Abastecimiento y Precios (JAP) de San Rosendo y Dirigente sindical. Se presentó voluntariamente a carabineros de San Rosendo quedando en libertad. Ese mismo día fue detenido por Carabineros provenientes de Laja.
- Luis Alberto ARANEDA REYES, 43 años, maquinista de Ferrocarriles del Estado y militante del Partido Socialista. Fue detenido el 15 de septiembre por efectivos de carabineros de la Tenencia de Laja.
- Mario Manuel BECERRA AVELLO, 18 años, estudiante de enseñanza media. Fue detenido el 13 de septiembre por efectivos de carabineros de Laja cuando se disponía a tomar el tren hacia Curacautín.
- Rubén Antonio CAMPOS LOPEZ, 39 años, Director de la Escuela Consolidada de Laja, Regidor por el mismo distrito y militante del Partido Socialista. Fue detenido en su domicilio el 16 de septiembre por funcionarios de Carabineros.
- Dagoberto Enrique GARFIAS GATICA, 23 años, empleado de la Compañía Manufacturera de Papeles y Cartones. Fue detenido en San Rosendo el día 15 de septiembre por efectivos de carabineros.
- Fernando GRANDON GALVEZ, 34 años, empleado de la Compañía Manufacturera de Papeles y Cartones, militante del Partido Comunista y delegado sindical. Fue detenido en su lugar de trabajo por Carabineros de Laja, el 14 de septiembre.
- Jack Eduardo GUTIERREZ RODRIGUEZ, 45 años, contratista y militante del Partido Socialista. Fue detenido en su lugar de trabajo el 13 de septiembre.
- Juan Carlos JARA HERRERA, 17 años, estudiante de enseñanza media. Fue detenido por efectivos de Carabineros de Laja el 17 de septiembre.
- Mario JARA JARA, 21 años, ayudante mueblista. Fue detenido el 15 de septiembre en su domicilio por Carabineros de Laja.
- Jorge Andrés LAMANA ABARZUA, 27 años, empleado de la Compañía Manufacturera de Papeles y Cartones (CMPC) ,militante del Movimiento de Acción Popular Unitaria (MAPU), Delegado de Bienestar del Sindicato de la empresa Cóndor y director del sindicato industrial de la CMPC. Se presentó voluntariamente a las autoridades policiales el 15 de septiembre.
- Alfonso Segundo MACAYA BARRALES, 32 años, Comerciante y militante del Partido Comunista. Se presentó voluntariamente a la Tenencia de Laja el 13 de septiembre quedando con arresto domiciliario. El 15 de septiembre lo detienen nuevamente.
- Heraldo del Carmen MUÑOZ MUÑOZ, 27 años, empleado de la Compañía Manufacturera de Papeles y Cartones, militante del Partido Socialista y director de la Junta de Abastecimiento y Precios (JAP). Fue detenido a la salida de su trabajo, por Carabineros de Laja, el día 13 de septiembre.
- Wuilzon Gamaniel MUÑOZ RODRIGUEZ, 26 años, empleado de la Compañía Manufacturera de Papeles y Cartones. Fue detenido el 14 de septiembre por carabineros de Laja.
- Federico RIQUELME CONCHA, 38 años, empleado de la empresa Cóndor. Fue detenido el 13 de septiembre en la calle, por efectivos de Carabineros.
- Oscar Omar SANHUEZA ORTIZ, 23 años, profesor de enseñanza básica. Fue detenido en su domicilio por una patrulla de carabineros de Laja el 15 de septiembre.
- Luis Armando ULLOA VALENZUELA, 51 años, obrero y militante del Partido Comunista. Fue detenido el 14 de septiembre en su lugar de trabajo por carabineros de Laja.
- Raúl URRA PARADA, 23 años, empleado de la Compañía Manufacturera de Papeles y Cartones, militante del Partido Comunista, delegado sindical y bombero de la Tercera Compañía de Laja. Fue detenido el 13 de septiembre, a la salida de su trabajo, por carabineros de dicho lugar.
- Juan de Dios VILLARROEL ESPINOZA, 34 años, obrero, militante del Partido Comunista y dirigente sindical. Fue detenido por carabineros de Laja el 14 de septiembre, en su lugar de trabajo.
- Jorge Lautaro ZORRILLA RUBIO, 25 años, obrero-minero en Argentina que se encontraba de vacaciones en Chile. Se presentó voluntariamente el 15 de septiembre en la Comisaría de San Rosendo al saber que era buscado por Carabineros.
Todos ellos fueron trasladados en la madrugada del día 18 de septiembre supuestamente hacia el Regimiento de Los Angeles lugar al que nunca llegaron.
El 11 de octubre de l973 sus cuerpos fueron descubiertos por lugareños enterrados en una fosa de arena en el Fundo San Juan, ubicado en el camino entre Laja y Yumbel. Este hecho fue denunciado al Juzgado de Yumbel que toma conocimiento, ordena el levantamiento de los cuerpos y posteriormente su inhumación en el Cementerio Parroquial de Yumbel, lugar en el cual permanecen hasta l979.
El Arzobispado de Concepción presentó una querella en el Juzgado del Crimen de Laja el día 24 de julio de 1979, causa rol Nº2.770, en contra de Carabineros del mismo lugar, a raíz de la cual se inicia una investigación judicial y la I. Corte de Apelaciones de Concepción designa un Ministro en Visita. Dicha investigación permitió identificar a las víctimas y determinar que habían sido ejecutadas por efectivos de Carabineros de Laja, el mismo día l8 de septiembre en el lugar en que fueron encontrados sus restos. Hasta esa fecha sus familiares los buscaron infructuosamente por distintos recintos.
El 18 de marzo de 1980 el Ministro en visita se declara incompetente y los autos pasan a la Fiscalía Militar Ad hoc de Concepción, rol Nº 323 80. Se sobresee la causa en forma definitiva el 09 de junio de 1980 por el Juez del 3er Juzgado Militar y es aprobado el sobreseimiento por la Corte Suprema el 03 de diciembre de 1981, rol Nº 564 80. Se le aplicó a los autores de las muertes la amnistía del DL. 2.191 de 1978.
En l979 mientras se llevaban a cabo las investigaciones judiciales se descubrió en el mismo lugar el cuerpo de Luis Onofre SAEZ ESPINOZA, 37 años, empleado de la Compañía Manufacturera de Papeles y Cartones, militante del Movimiento de Acción Popular Unitaria (MAPU) y dirigente del sindicato Nº 1 de la empresa, quien se presentó voluntariamente, acompañado por el párroco de Laja, en la Comisaría de Los Angeles el día 20 de septiembre donde quedó detenido. Desde su detención la familia no tuvo más noticias de él, hasta que sus restos son encontrados en el Fundo San Juan.
Los antecedentes expuestos, todos debidamente acreditados, permiten a esta Comisión formarse convicción que las 20 personas identificadas previamente fueron víctimas de grave violación de sus derechos humanos de responsabilidad de agentes del Estado quienes los detuvieron, los ejecutaron al margen de todo proceso, ocultaron sus cuerpos e impidieron a sus familiares saber de su suerte y sepultarlos.
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j) IX REGION DE LA ARAUCANIA
j.1) Visión general
El presente Informe se refiere a las más graves violaciones de los derechos humanos con resultado de muerte comprobada o por desaparición, ocurridas entre el ll de septiembre de l973 y el 31 de Enero de l974, en la Novena Región del país que comprende actualmente las provincias de Malleco y Cautín.
Del total de situaciones conocidas por la Comisión en ésta Región, logró convicción que en 115 casos, aparece comprometida la responsabilidad del Estado por acción de sus agentes o personas a su servicio.
Esta Región reúne uno de los porcentajes más altos de población rural del país, con una gran presencia de mapuches. Los problemas derivados de la tenencia de la tierra, significaron con anterioridad al 11 de Septiembre de 1973, importantes conflictos sociales.
A pesar de este clima , producida la intervención militar de Septiembre, no hubo resistencia alguna al nuevo régimen. Incluso muchas personas se presentaron voluntariamente ante el llamado que les hicieron las nuevas autoridades, formulado con el objetivo según se dijo de dejar registrados sus domicilios (Bando Nº 11, de la Intendencia de la Provincia de Cautín, de 12 de septiembre de 1973).
El control político y administrativo de la Región fue asumido por el Ejército, designándose oficiales de esa rama como autoridades en la Intendencia de la Provincia de Cautín y de las gobernaciones respectivas.
En un primer período que va del 11 de septiembre de l973 hasta aproximadamente mediados de octubre siguiente, las víctimas de graves violaciones de derechos humanos, fueron principalmente los profesionales del agro y la salud al servicio del régimen depuesto, y los dirigentes de organizaciones sindicales y sociales; en general todas personas relacionadas con movimientos proclives a dicho régimen. Dentro de ellas, había una gran cantidad de mapuches y campesinos. Desde mediados de Octubre, se produjo un cambio en el criterio de selección de las víctimas. Se detuvo entonces a personas que, en su mayoría, tenían militancia o vinculación con partidos políticos de izquierda , y también a algunos militantes de otros partidos o a personas sin militancia política.
Entre los principales recintos de detención de la Región, se encuentran el Regimiento Tucapel, la Base Aérea Maquehua y la Cárcel Pública de Temuco. Se puede estimar que en el período de Septiembre a Diciembre de 1973, se encontraban privadas de libertad en esos recintos, entre 500 y 700 personas.
En otras ciudades, se utilizaron como centros de detención los Regimientos locales:en Angol el Regimiento de Caballería Nº 3, "Húsares"; en Traiguén el de Artillería Nº 4 "Miraflores"; y en Victoria el Batallón de Transporte Nº 4. En los restantes pueblos y localidades de la Región, se usaron las Comisarías de Carabineros.
Los procedimientos utilizados variaron en las diversas ciudades y pueblos de la zona:
En Temuco, se llamaba a determinadas personas a presentarse ante las autoridades mediante bandos difundidos a través de los medios de comunicación o se citaba directamente a los requeridos. En otros casos, se procedió al allanamiento de sus domicilios y/o de sus lugares de trabajo, donde fueron detenidos y luego trasladados a los recintos ya mencionados. En varias oportunidades se difundieron bandos con una explicación oficial de las ejecuciones.
Los detenidos que se encontraban en la Cárcel de Temuco, eran conducidos hasta el Regimiento Tucapel y ubicados en una celda que se encontraba junto a la Guardia. Desde allí eran trasladados a la Fiscalía Militar, que estaba ubicada dentro de la unidad militar, o al gimnasio, lugar donde se practicaban los interrogatorios a los prisioneros, con empleo de tortura y otros apremios ilegítimos.
En un comienzo los prisioneros eran sacados del recinto carcelario, por efectivos del Ejército, sin mediar orden alguna. Más tarde se regularizó el procedimiento y debía exhibirse una orden de la Fiscalía Militar cada vez que se retiraba a un detenido. Esta Comisión tomó conocimiento de abundantes testimonios que dan cuenta de la práctica de torturas en la Base Aérea de Maquehua y en el Regimiento Tucapel.
En el resto de las ciudades y localidades el procedimiento utilizado era diferente. Los encargados de practicar las detenciones eran generalmente efectivos de Carabineros. Detenían a los requeridos en sus casas, las allanaban y a veces les prendían fuego o las destruían y hurtaban los bienes de los aprehendidos. Era frecuente que en estos operativos los Carabineros fueran acompañados por civiles de la zona.
Cuando no existía propósito de interrogar a los detenidos, sino el de eliminarlos, éstos eran ejecutados en las cercanías del lugar donde habían sido aprehendidos y sus cuerpos lanzados a los ríos del sector o enterrados en los campos. Existen numerosos casos en que las familias o testigos observaron o escucharon la ejecución y encontraron más tarde los cuerpos sin vida enterrados, abandonados o flotando en algún río. Con frecuencia los familiares los sepultaron, previa consulta a Carabineros, que generalmente accedía a la petición indicando que debía hacerse rápido y sin avisar a la comunidad. Si existía intención de interrogar, los detenidos eran trasladados al Retén o Comisaría más cercano y desde allí a algún Regimiento, donde, en la mayoría de los casos, se negó a los familiares la realidad de este ingreso.
En zonas rurales también se detuvo a personas en helicópteros de la Fuerza Aérea. Se les trasladaba a la Comisaría más importante del sector o directamente a la Base Aérea Maquehua, en Temuco.
En una de las visitas realizadas por esta Comisión a la Región, se recibieron múltiples y concordantes testimonios de las familias de las víctimas que relatan el maltrato físico y las humillaciones a que fueron sometidas, tanto en los allanamientos practicados a sus domicilios como durante las gestiones que realizaron buscando a sus familiares en Comisarías, Retenes y Regimientos. En algunos casos, también se detuvo a los familiares.
Es necesario destacar la dureza extrema con que se trató a los mapuches y a sus familias y la grave dificultad que ha significado para éstos en las zonas más rurales, tener que convivir, en la misma localidad a veces hasta el presente, con los agentes que causaron las muertes de sus seres queridos. El miedo, la pobreza o la desesperanza llevaron a que solamente un pequeño porcentaje de estas familias practicara, en su oportunidad, diligencias ante los Tribunales de Justicia, o hiciera denuncias ante organismos de derechos humanos.
En seis casos de los estudiados, se ha acreditado la participación de civiles en acciones represivas.
En este Informe se relatarán los casos en los cuales esta Comisión se ha formado convicción que fueron violaciones de derechos humanos con resultado de muerte comprobada o desaparición, agrupados según localidad y en orden cronológico.
j.2) Casos de graves violaciones de derechos humanos ocurridos en la Región de la Araucanía
Temuco
El 14 de septiembre de l973, Eduardo GONZALEZ GALENO, 31 años, médico, Director del Hospital de Cunco y militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fue detenido en su lugar de trabajo por efectivos de la Fuerza Aérea. Lo aprehendieron junto a su cónyuge, también médico y de la misma militancia, siendo trasladados a la Tenencia de Carabineros de Cunco y desde allí en un helicóptero de la Fuerza Aérea a la Base de Maquehua. Testigos que declararon ante esta Comisión acreditan su presencia en este recinto, sin embargo las autoridades negaron ante sus familiares su detención. Hasta la fecha Eduardo González permanece desaparecido.
Esta Comisión se ha formado convicción, luego de analizar acuciosamente los antecedentes del caso, de acreditar su detención y de constatar que no ha hecho gestión oficial alguna ni contactado nuevamente a su familia, que Eduardo González fue víctima de una grave violación a los derechos humanos por parte de agentes del Estado , responsables de su detención y posterior desaparición.
El 15 de septiembre de l973 desaparece Arturo HILLERNS LARRAÑAGA, 29 años, médico de la Dirección Zonal del Servicio Nacional de Salud y militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR). Fue detenido por efectivos de carabineros de la 2ª Comisaría de Temuco, en su domicilio, durante el toque de queda. Al día siguiente, fue publicado el Bando Nº 1 de la Comandancia de Guarnición de Temuco, donde se señaló que: "el Dr. Arturo Hillerns Larrañaga, se dio a la fuga el 15 de septiembre de 1973, a las 03.00 horas de la madrugada, en circunstancias que era trasladado desde su domicilio, al Grupo Nº 3 de Helicópteros, con el objeto de obtener antecedentes de grupos extremistas. Dicho ciudadano se encuentra prófugo y ha sido encargado a las patrullas militares y de carabineros, las que tienen orden de abrir fuego ante cualquier resistencia".
A esta Comisión le resulta inverosímil la versión oficial por cuanto le consta que el Dr. Hillerns fue detenido por cerca de una veintena de efectivos policiales, seguidos de varios vehículos, en horas de toque de queda y en un momento en que la ciudad estaba fuertemente custodiada, elementos todos que hacen altamente improbable que el detenido intentara una fuga y más aún que hubiera tenido éxito en ella.
Por lo ya analizado, porque nunca tomó contacto posterior con su familia ni realizó ninguna gestión oficial y por las características generales del período ya expuestas, la Comisión se ha formado la convicción que Arturo Hillerns fue detenido por agentes del Estado y hecho desaparecer por éstos en un acto de grave violación a sus derechos humanos.
El 18 de septiembre de l973, desaparece José Félix GARCIA FRANCO, ecuatoriano, 31 años, estudiante de 7º año de Medicina de la Universidad de Chile quien estaba haciendo su internado en el Hospital de Temuco. García se había presentado voluntariamente a la 2ª Comisaría de Carabineros de esa ciudad, obedeciendo a un llamado de la autoridad efectuado a todos los extranjeros. Su cónyuge afirma que el día 18 de septiembre, al llevarle los alimentos al recinto policial, fue informada que, ese mismo día, había sido dejado en libertad y puesto en la frontera. Desde esa fecha se desconoce su paradero. Consultado por esta Comisión el Servicio Nacional de Extranjería informó que José Félix García no registra salida de territorio nacional.
El 19 de septiembre de l973 se pierde toda noticia acerca de la suerte o paradero de José SAN MARTIN BENAVENTE, 27 años, ex jefe de la Dirección de Industria y Comercio (DIRINCO) de Temuco, sin militancia política, quien se había presentado voluntariamente en la Prefectura de Carabineros de esa ciudad quedando detenido. Sus familiares afirman que posteriormente se les negó la detención.
Dado que en los dos casos anteriores, existe evidencia que ambos estuvieron detenidos en Recintos de Carabineros; que la Comisión consultó acerca de estos casos a Carabineros de Chile, quienes informaron que toda la documentación de la época había sido legalmente incinerada; que no hay noticia alguna de ellos ni por parte de su familia ni a través de gestiones que hubieren realizado ante el Estado de Chile ; y por los antecedentes del relato, esta Comisión se ha formado convicción que José García Franco y José San Martín son víctimas de una desaparición forzada, por parte de agentes del Estado, quienes violaron gravemente sus derechos.
El 19 de septiembre de l973 se pierde toda noticia acerca de la suerte y paradero de Esteban Marie Louis PESLE DE MENIL, ex sacerdote de nacionalidad francesa, 49 años, Técnico cooperativista del Instituto de Desarrollo Agropecuario (INDAP), militante del Partido Socialista y miembro de Movimiento de Cristianos por el Socialismo. Fue detenido ante testigos en su oficina, por reservistas de la Fuerza Aérea, vestidos con el uniforme institucional y trasladado hasta un lugar desconocido. A pesar de las innumerables gestiones realizadas por su familia y su Embajada, hasta la fecha continúa desaparecido.
Tres días más tarde, El 22 de septiembre de l973, desaparece Ambrosio BADILLA VASEY, 28 años, ex empleado del Banco de Estado, miembro del Comité Central del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR). Fue detenido en el domicilio de un amigo, en la ciudad de Temuco, por efectivos de la Fuerza Aérea. Ante las gestiones realizadas por sus familiares para saber de su paradero, la autoridad según relatan les habría respondido que había sido dejado en libertad por falta de cargos, lo que no se compadece con el tratamiento que la autoridad daba en la época a los militantes del MIR que capturaba. Desde la fecha de su detención permanece desaparecido.
El 25 de septiembre de l973 Ricardo BUSTOS MARTINEZ, 21 años, obrero, sin militancia política, fue detenido ante testigos por efectivos de la Fuerza Aérea en un aserradero en el Fundo Los Laureles, donde se encontraba trabajando. Frente a testigos, fue golpeado en el mismo lugar por los agentes aprehensores y luego subido a un helicóptero. Desde esa fecha se desconoce su paradero.
En los tres casos anteriormente relatados, se acreditaron las respectivas detenciones, y no ha habido noticia alguna de los afectados, ya sea frente a sus familias o a través de gestiones realizadas ante el Estado de Chile. A esta Comisión le asiste convicción que Esteban Pesle de Menil, Ambrosio Badilla y Ricardo Bustos fueron víctimas de violación a sus derechos humanos, cometida por agentes del Estado quienes los aprehendieron y luego los hicieron desaparecer.
El 25 de septiembre de l973 desaparece José Eulalio MUÑOZ CONCHA, 21 años, obrero, dirigente vecinal de la Población "Ampliación Amanecer", quien fue detenido en presencia de testigos y conducido a la Cárcel de Temuco. La familia afirma que se le informó que estaba incomunicado y que sería trasladado al Regimiento Tucapel antes de ser puesto en libertad. Lo buscaron infructuosamente en varios recintos.
Consultadas por esta Comisión las autoridades del Recinto penal respondieron que Muñoz Concha "ingresó a este Penal el día 24.09.1973 por Orden de la Fiscalía Ejército Temuco, delito no se menciona. Egresó el día 25.09.73, por orden de libertad Fiscalía Ejército Temuco Nº 24".
Hasta la fecha José Muñoz permanece desaparecido.
Otra situación similar ocurre el 25 de septiembre de l973 con Luis Jorge ALMONACID DUMENES, 22 años, estudiante de Servicio Social de la Universidad de Chile, sede Temuco y militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR). Fue detenido ante testigos por Carabineros el 16 de Septiembre y trasladado a la Comisaría de Padre Las Casas; el l9 de septiembre es llevado al Regimiento Tucapel y al día siguiente a la Cárcel de Temuco. Testigos que declararon ante esta Comisión señalan que el detenido fue sacado de este recinto por Carabineros. Consultadas las autoridades de la Cárcel de Temuco respondieron a esta Comisión que Luis Almonacid: "Ingresó a este Penal el día 19 09 1973. Egresó el día 25 09 1973 por orden de Fiscalía. Orden de Libertad Nº 21".
Desde esa fecha y a pesar de todas las gestiones realizadas por sus familiares, Luis Almonacid permanece desaparecido.
Estando acreditada la detención de las dos personas anteriores y su posterior reclusión en la Cárcel de Temuco, y como ninguno de ellos vuelve a dar noticias de vida ante sus familiares, ni a realizar gestiones ante organismos oficiales del Estado de Chile, resulta desvirtuada la versión de que hayan quedado en libertad. Por el contrario, la existencia de antecedentes allegados a esta Comisión, permiten afirmar que ambos salieron del recinto custodiados por efectivos militares.
A la Comisión le asiste convicción que José Muñoz y Luis Almonacid, fueron sometidos a desaparición forzada por parte de agentes del Estado, quienes los hicieron víctimas de una grave violación de sus derechos humanos.
El 28 de septiembre de l973, se pierde toda noticia acerca de la suerte corrida por María ARRIAGADA JEREZ, 40 años, profesora de la Escuela Nº 31 "Gabriela Petesmen" de la localidad de Chilpaco, militante del Partido Comunista y dirigente del Magisterio. Fue detenida ante testigos en su lugar de trabajo el día 27 de septiembre por efectivos de la Fuerza Aérea y Carabineros. Es llevada junto a otro profesor, en un helicóptero de la Fuerza Aérea hasta la Subcomisaría de Lonquimay. Desde allí, el día 28 de septiembre fue conducida a la Comisaría de Curacautín y posteriormente a la Base Aérea Maquehua en Temuco. Desde entonces se desconoce su paradero.
El 30 de septiembre de l973 , desaparece, desde ese mismo recinto, Jorge Eduardo CALDERON OTAIZA, 28 años, empleado de la Caja Nacional de Empleados Públicos, estudiante de Ingeniería Comercial en la Universidad de Temuco y militante de la Juventud Socialista. Fue detenido en su domicilio por Carabineros de la Comisaría de Padre las Casas y trasladado posteriormente a la Base Aérea de Maquehua, recinto en el cual fue visto en deterioradas condiciones físicas. Los familiares afirman que los efectivos armados nunca reconocieron su detención. Hasta la fecha Jorge Eduardo Calderón permanece desaparecido.
Esta Comisión se ha formado convicción, luego de analizar acuciosamente los antecedentes de los dos casos anteriores, que María Arriagada y Jorge Eduardo Calderón, fueron víctimas de desaparición forzada por responsabilidad de su detención y posterior desaparición agentes del Estado que servían en el recinto Base Aérea de Maquehua. Ello constituye grave violación de los derechos humanos.
A fines de Septiembre de 1973, fue detenido Luis Bernardo MALDONADO AVILA, 24 años, estudiante de Ingeniería en Ejecución Mecánica de la Universidad Técnica del Estado, sede Temuco y militante del Partido Socialista. Fue detenido ante testigos por efectivos militares frente al Correo de Temuco, y trasladado hasta un lugar desconocido. A pesar de las múltiples gestiones realizadas por sus familiares Luis Maldonado permanece desaparecido hasta la fecha.
Acreditada su detención, considerada su militancia política y los procedimientos del período en relación a los militantes de izquierda detenidos, la forma en que fue detenido y que ni su familia ni el Estado de Chile han tenido noticia alguna de él, esta Comisión se ha formado convicción que Luis Maldonado fue hecho desaparecer por agentes del Estado, en un acto que viola sus derechos humanos.
El 2 de octubre de l973 en el Regimiento Tucapel de Temuco fueron ejecutadas cuatro personas. Las autoridades militares explicaron públicamente estas muertes aduciendo intento de fuga de dos de los prisioneros y agresión a los centinelas de parte de los otros dos.
En el caso de las dos muertes por supuesta ley de la fuga, un Bando emitido por la Comandancia de la Guarnición Militar de Temuco informó a la ciudadanía que: "dos personas que estaban detenidas en el interior del Regimiento Tucapel de Temuco, fueron dadas de baja por los guardias internos, al intentar escapar del recinto". Los dos ejecutados en esa ocasión fueron:
- José María ORTIGOSA ANSOLEAGA, 42 años, comerciante, agricultor y amigo personal del Presidente Salvador Allende. Había sido requerido por la Fiscalía Militar acusado de la existencia de una escuela de guerrillas en su fundo por lo que viajó desde Santiago a Temuco con el fin de presentarse a las autoridades. Fue detenido en las afueras de esa ciudad por una patrulla militar, llevado a la Cárcel y desde allí al Regimiento Tucapel. Numerosos testigos lo vieron en precarias condiciones físicas producto de los apremios de que fue objeto.
- Daniel de los Angeles MATELUNA GOMEZ, 53 años, consejero de la Central Unica de Trabajadores (CUT) de Temuco.
Las dos ejecuciones por supuesta agresión a personal militar fueron informadas por la Comandancia de Guarnición de Temuco, mediante el Bando Nº 9 que señalaba:: "En conformidad a lo dispuesto en el Bando Nº 24 de la Junta Militar de Gobierno los centinelas del Regimiento de Infantería Nº 8 "Tucapel" procedieron a eliminar por el fuego a Pedro Ríos Castillo y Guido Troncoso Pérez, quienes instigados por éste último, miembro del GAP, trataron de arrebatarle el arma y agredirlos de hecho".
- Pedro RIOS CASTILLO tenía 43 años, era Vice Presidente de la Junta de Desarrollo de Bío Bío, Malleco y Cautín, profesor en la Universidad de Concepción y militante del Partido Socialista. El ll de septiembre se había presentado voluntariamente ante las autoridades militares de Temuco al ser requerido a través de los comunicados oficiales, quedando en libertad. Luego, el 13 de septiembre, fue detenido en Los Angeles por efectivos militares junto a su hijo menor de edad y trasladado al Regimiento de esa ciudad, desde allí a la Cárcel de Temuco y luego al Regimiento Tucapel el día anterior a su muerte. Está acreditado que se encontraba en malas condiciones físicas producto de las torturas a que fue sometido.
- Guido TRONCOSO PEREZ, 21 años, era mecánico y militante del Partido Socialista. Había sido detenido días antes, en su domicilio, por efectivos de Investigaciones de Temuco quienes lo torturaron, lo dejaron en libertad y lo detuvieron nuevamente el 2 de Octubre. Sus captores lo condujeron al Regimiento Tucapel.
Las versiones oficiales entregadas a la ciudadanía para explicar estas cuatro muertes no resultan aceptables a esta Comisión atendiendo a las siguientes consideraciones:
- Los cuatro ejecutados se encontraban privados de libertad en un recinto militar fuertemente custodiado lo cual hace poco probable un irracional intento de arrebatar el arma a los centinelas o de fugarse del Recinto.
- Testimonios presentados ante esta Comisión dan cuenta del deteriorado estado físico de varios de los detenidos, producto de las torturas aplicadas, cuestión que hace aún más improbable el ataque a un custodio armado.
- De haberse intentado efectivamente el ataque o la fuga de parte de los prisioneros, con toda probabilidad se los habría podido reducir sin ocasionarles la muerte, considerando que se trataba de civiles desarmados frente a un contingente militar.
A esta Comisión le asiste, por los motivos señalados, convicción que José María Ortigosa , Daniel Mateluna, Pedro Ríos y Guido Troncoso fueron ejecutados por agentes del Estado, quienes les privaron de su derecho a la vida al margen de toda legalidad.
El mismo 2 de octubre fueron ejecutados en la Base Aérea de Maquehua, dos funcionarios de la Salud, militantes del Partido Comunista.
- Alejandro FLORES RIVERA, 33 años, funcionario del Hospital Regional de Temuco, Presidente Regional de la Federación Nacional de Trabajadores de la Salud (FENATS);
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