Cámara de Diputados de Entre Ríos


XXVII PROYECTO DE DECLARACIÓN



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XXVII

PROYECTO DE DECLARACIÓN

(Expte. Nro. 22.397)


LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE ENTRE RÍOS DECLARA:
De interés legislativo las “IX Jornadas de Actualización en Neurociencias y Salud Mental” organizadas por el Servicio de Bienestar Mental del Sanatorio Adventista del Plata, las cátedras de Clínica Psiquiátrica y Principios de Salud Mental de la Universidad Adventista del Plata y la Asociación de Médicos Psiquiatras de Entre Ríos (AMPER). Las mismas se llevarán a cabo el día viernes 17 de noviembre de 2017, en el auditorio Raúl Cesan de la Universidad Adventista del Plata en la localidad de Libertador San Martín, Entre Ríos.
BAHLER
FUNDAMENTOS
Honorable Cámara:

Este evento se realiza anualmente con el objetivo de aportar a la actualización y formación de los profesionales de la provincia de Entre Ríos en los temas más importantes relacionados a la salud mental y adicciones, con la consecuente esperanza de lograr mayor excelencia en la atención de las personas afectadas por esta problemática.

Desde la organización se encuentran muy expectantes y entusiasmados ya que en esta ocasión contarán con la presencia del doctor André Blake, Director Nacional de Salud Mental y Adicciones, quien planteará la realidad que vive nuestro país en esta área; el doctor Carlos Berbara, Director Provincial de Salud Mental y Adicciones que hará lo mismo en relación a nuestra provincia. Disertaran también:

- Profesor doctor Sergio Strejilevich (psiquiatra) que abordará la temática de la depresión y estrategias de tratamiento eficaces;

- Doctor Javier Cabello (psiquiatra forense) quien tratará la temática de la psicopatía y salud mental, tema muy actual en relación a los femicidios que padece nuestra sociedad;

- Doctor Oscar Ramírez, Director de GRADIVA (psiquiatra experto en adicciones) proponiendo métodos de prevención en una de las poblaciones más vulnerables como son los niños, frente a la triste realidad de crecimiento del consumo de drogas;

- Licenciado Claudio Trivisono que abordará la temática de los TEA (trastornos del espectro autista) con un método de tratamiento específico;

- Profesor doctor Daniel Gutiérrez quien tratará la temática del rol de la enfermería en la salud mental, entre otros temas.

Como se puede apreciar, se tocarán los temas de mayor prevalencia y actualidad que los profesionales y trabajadores de salud mental deben conocer.

Es por ello que solicito acompañen esta declaración de interés.


Alejandro Bahler
XXVIII

PROYECTO DE DECLARACIÓN

(Expte. Nro. 22.398)


LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE ENTRE RÍOS DECLARA:
De su interés el “Seminario Introductorio en Prevención y Abordaje Constructivo de Conflictos Socio Ambientales”, que promueve la “Fundación Eco urbano”; a desarrollarse en los meses de septiembre a diciembre de 2017, en la Facultad de Ciencias Económicas (UNER), sito en calle Gral. Justo José de Urquiza 552, de la ciudad de Paraná.
BÁEZ
FUNDAMENTOS
Honorable Cámara:

El seminario, que se requiere declarar de interés, tiene como fin facilitar un entendimiento sobre el conflicto socio-ambiental en la región proponiendo un espacio de diálogo, compartir experiencias y reflexionar respecto a la manera en que las tensiones entre ambiente, economía y sociedad evolucionan y las acciones que emprenden los distintos sectores.

Tomando en consideración la riqueza de recursos naturales presentes en la región y el uso exponencial al que están sometido, junto al modelo económico, se genera un problema en el uso y explotación de los mismos, implicando mayor incidencia en el cambio climático y dejando al descubierto las vulnerabilidades al que está sometido nuestro territorio cuando no se desarrollan verdaderas políticas públicas de prevención y protección.

Por tal motivo, siendo que en la provincia no existe ningún ámbito (académico, gubernamental y/o privado) que haga posible analizar la conflictividad ambiental es que desde la “Fundación Eco Urbano” se promueve este seminario, invitando a las organizaciones públicas, privadas y académicas a conformar una plataforma interinstitucional que permita reflexionar sobre los riesgos ambientales y abordar el conflicto socio-ambiental.

Dicho encuentro está destinado a profesionales y alumnos avanzados de carreras de ciencia políticas, derecho, gestión pública, económicas y comunicación; personas vinculadas con organizaciones no gubernamentales de carácter ambiental; funcionarios públicos vinculados a las oficinas de ambiente, infraestructura y desarrollo productivo; personas provenientes del sector privado vinculadas a actividades de responsabilidad social o desarrollo comunitario y comunicadores interesados en temas ambientales. Consta de 8 encuentros, cada 15 días, a partir del 22 de septiembre hasta el 2 de diciembre, con carácter presencial, a desarrollarse en la Facultad de Ciencias Económicas (UNER) de la ciudad de Paraná.
Pedro Á. Báez
XXIX

PROYECTO DE DECLARACIÓN

(Expte. Nro. 22.399)


LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE ENTRE RÍOS DECLARA:
Adherir a los festejos conmemorativos por el 138º aniversario de Aldea Brasilera, organizado por la Asociación de Descendentes de Alemanes del Volga y la Junta de Gobierno, destacando los valores de la fe y de la cultura del trabajo que caracterizan a dicha comunidad.
MONGE – KNEETEMAN – LA MADRID – ARTUSI – ANGUIANO – VITOR – ROTMAN – ACOSTA – VIOLA – LENA.
FUNDAMENTOS
Honorable Cámara:

Los días 30 de septiembre y 1º de octubre de 2017, la comunidad de Aldea Brasilera en el departamento de Diamante, se verá engalanada con diversos e importantes actos para festejar el 138º aniversario de su fundación, una aldea con la historia de un pueblo en búsqueda de tierras de prosperidad pero conservando de antaño formas y costumbres propias.

La Asociación de Descendientes de Alemanes del Volga de Aldea Brasilera junto con las autoridades comunales han dispuesto, como desde hace varios años a la fecha, un extenso programas de festejos que incluyen una exposición de emprendedores, artesanos, instituciones y comercios locales; desfiles con participación de agrupaciones tradicionales, ballets, música en vivo, carrozas y carros decorados a la antigua usanza; peña y baile, almuerzo y de suyo, no podía faltar la fe, mediante una misa en acción de gracias.

La historia de esta aldea se remonta a muchos años antes de su definitiva afincación en la zona; un conjunto de familias que formaban parte de los primeros alemanes del Volga, huyendo del imperio ruso, se radicaron primeramente en Porto Alegre, Brasil.

El clima tropical de Brasil, sus insectos, alimañas y lo poco favorable de su suelo para la explotación del trigo obligaron a estos nuevos habitantes a buscar tierras más apropiadas para su actividad y un clima más agradable para sus personas.

Enterados por sus pares de las bondades del suelo argentino y la existencia de varias aldeas de paisanos, decidieron emigrar hacia la provincia de Entre Ríos. El primero en traspasar la frontera fue Andreas Basgall, quien emigró solitariamente a nuestro país, y junto con otros tres ruso-alemanes, formaron una comisión que firmó un tratado con Argentina para asentarse allí.

En el año 1878 los alemanes del Volga salieron de Brasil con carretas alquiladas, al llegar a la frontera con la República Oriental del Uruguay, tomaron unas diligencias dispuestas por el gobierno argentino para llevarlos a su destino. Estando ya en la provincia de Entre Ríos, se encontraron con paisanos de la Colonia General Alvear y el administrador de la misma, el mayor Samuel Navarro. Se establecieron entonces, a fines del mes de octubre, en el sobrante “F” de la Colonia, en las cercanías del arroyo “Del Salto”, sin embargo ese establecimiento, no era definitivo.

Durante la gobernación del coronel Francisco Antelo, les fue cedida la Chacra Nro. 224 en 1879, donde fundaron Aldea Brasilera, cuyo nombre se debe al agradecimiento con el pueblo brasilero por la hospitalidad brindada a éstos extranjeros venidos de tierras tan lejanas.

La Aldea cuenta, según el último censo nacional de población con más de un millar de habitantes en su núcleo urbano, los cuales recuerdan con agradecimiento las vivencias de sus antepasados al buscar una tierra próspera donde poder afincarse y desarrollarse. Los descendientes mantienen vivas muchas de las costumbres.

Mucho es lo que se ha logrado en todos estos años por parte de los pobladores de Aldea Brasilera en esa suerte de “andanza del hombre” -al decir de José Ingenieros- desde el asentamiento de los pioneros en el rincón norte del departamento de Diamante.

Como reconocimiento a su tradición y acompañando a quienes con orgullo llevan como estandarte de sus ancestros, la fe, el trabajo y el esfuerzo por un futuro mejor, proponemos a este Honorable Cuerpo declarar de interés los festejos organizados para conmemorar el aniversario Nro. 138 de la fundación de Aldea Brasilera.
Jorge D. Monge – Sergio O. Kneeteman – Joaquín La Madrid – José A. Artusi – Martín C. Anguiano – Esteban A. Vitor – Alberto D. Rotman – Rosario A. Acosta – María A. Viola – Gabriela M. Lena.

XXX

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

(Expte. Nro. 22.400)


LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE ENTRE RÍOS RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Solicitar al Poder Ejecutivo que, por intermedio de Vialidad Provincial, se realicen trabajos de bacheo, mejoramiento de la cinta asfáltica y banquinas, arreglo de puentes y señalización del camino de acceso desde la localidad de Puerto Yeruá hasta el empalme con la Autovía Nacional Nro. 14, del departamento Concordia.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, etcétera.
LA MADRID – ARTUSI – ANGUIANO – KNEETEMAN – ROTMAN – VITOR – ACOSTA – VIOLA – LENA.

FUNDAMENTOS
Honorable Cámara:

El único camino de acceso a la localidad de Puerto Yeruá (departamento Concordia) actualmente presenta graves daños, pozos y baches sobre su cinta asfáltica en el tramo comprendido hasta empalme con la Autovía Nacional Nro. 14 (km 242), este trayecto se extiende por una distancia aproximada de 17 km.

Asimismo, presenta un alto nivel de circulación vehicular, que se manifiesta, no solo por la presencia de automóviles particulares, sino también transportes pesados, como consecuencia de la actividad agrícola-ganadera de la región, y del tráfico de transportes de pasajeros, teniendo en cuenta su conectividad con una Autovía Nacional y con otras localidades aledañas como Nueva Escocia y Calabacilla.

Otro punto para considerar es que, hoy día, es la única vía de salida a la Autovía de las ciudades antes mencionadas, por lo que la peligrosidad de los que transitan por allí incrementa notoriamente.

Es importante destacar que los vecinos han realizados numerosas gestiones y reclamos tendientes a mejorar las condiciones de este camino, todas ellas resultando infructíferas. Por lo se requiere con suma urgencia la realización trabajos de reparación, mantenimiento, bacheo y señalización, para evitar que los ciudadanos que transitan por esta vía no corran riesgo de sufrir algún tipo de siniestro.

Por las razones expuestas, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de resolución.


Joaquín La Madrid – José A. Artusi – Martín C. Anguiano – Sergio O. Kneeteman – Alberto D. Rotman – Esteban A. Vitor – Rosario A. Acosta – María A. Viola – Gabriela M. Lena.

–A la Comisión de Tierras, Obras Públicas, Recursos Naturales y Ambiente.



XXXI

PROYECTO DE DECLARACIÓN

(Expte. Nro. 22.401)


LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE ENTRE RÍOS DECLARA:
De su interés el proyecto institucional de aprendizaje-servicio “Donar Sangre es Sumar Gotas de Esperanza” que se realiza todos los años en la Escuela Secundaria Nro. 5 “Brig. Gral. Ángel María Zuloaga” de la localidad de San Benito, departamento Paraná, por considerar a dicho proyecto de importancia y trascendencia social, educativa y en el ámbito de la salud.

ACOSTA – VIOLA – LENA – KNEETEMAN – LA MADRID – VITOR – ARTUSI – ANGUIANO – ROTMAN.



FUNDAMENTOS

Honorable Cámara:

La Escuela Secundaria y de Jóvenes y Adultos Nro. 5 “Brigadier General Ángel María Zuloaga”, de la localidad de San Benito, desde sus comienzos en el año 1975, sostiene como idea fundamental el desarrollo en sus prácticas formativas cotidianas, la conciencia y la finalidad en sus proyectos, el ejercicio de la solidaridad.

Las acciones concretas de intervención comunitaria ligadas y como consecuencia de la faz educativa, encuadran el presente proyecto en la modalidad de aprendizaje-servicio.

En ese sentido, desde 2011 desde el establecimiento educativo se desarrolla el proyecto institucional de aprendizaje-servicio “Donar Sangre es Sumar Gotas de Esperanza”.

Cada año se realizan mejoras cualitativas y de alcance como producto de las experiencias que se recogen.

La experiencia consta de dos ejes de formación complementarios: aprendizaje y servicio. El fin último se centra en concientizar respecto de la importancia de la donación voluntaria y habitual de sangre.

Inicialmente la tarea formativa e informativa se desarrolla sobre dos instancias definidas y claramente integradas: a) Prácticas pedagógicas habituales según la especificidad de los espacios curriculares, b) Instancias de formación ofrecidas por los profesionales del Programa Provincial de Hemoterapia de Entre Ríos.

Luego los alumnos llevan adelante campaña de difusión e intercambio con los vecinos de San Benito a los efectos de generar la conciencia social sobre la importancia de la donación de sangre.

Finalmente, el Proyecto concluye con colectas de sangre que se realizan en la biblioteca de la Escuela con la directa intervención de profesionales del Programa Provincial de Hemoterapia.

En las tres instancias de trabajo enunciadas, se ha ampliado el margen de cooperación interinstitucional al invitar y contar con la participación de las otras organizaciones de la sociedad civil: Asociación “Arco Iris”, Fundación “Entrerrianos Hasta la Médula”, otras escuelas de la localidad de San Benito y de Paraná, Grupo Scout de San Benito, entre otras.

Por la importancia social, educativa y en el ámbito de la salud que este proyecto tiene es que solicito a mis pares acompañen este proyecto de declaración.

Rosario A. Acosta – María A. Viola – Gabriela M. Lena – Alberto D. Kneeteman – Joaquín La Madrid – Esteban A. Vitor – José A. Artusi – Martín C. Anguiano – Alberto D. Rotman.

XXXII

PROYECTO DE DECLARACIÓN

(Expte. Nro. 22.402)


LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE ENTRE RÍOS DECLARA:
De su interés el “3º Encuentro Provincial de Cultura Comunitaria”, a celebrarse el próximo 7 de octubre del corriente año en el Centro de Convenciones de la ciudad de Villaguay.
LAMBERT
FUNDAMENTOS
Honorable Cámara:

El Encuentro de Cultura Comunitaria surge con el fin de poder brindar un espacio donde las expresiones que tienen impacto en la comunidad puedan compartir experiencias, verse reflejado el uno con el otro y de esa forma poder generar vínculos que profundicen la circulación de bienes artísticos y culturales por nuestra provincia.

Como antecedente, el 1º Encuentro se realizó en el mes de febrero en el “Centro Cultural y Educativo La Fragua” de la ciudad de Villa Elisa. Allí se dieron cita representantes de más de 20 organizaciones de toda la Provincia, resultando un diagnóstico de situación que refleja la necesidad de encontrarse entre pares y el trabajo en conjunto.

EL 2º Encuentro se llevó a cabo en la ciudad de Paraná en el mes de junio, y fue un espacio de formación para que los participantes puedan tener nuevas herramientas en su labor cotidiana con charlas magistrales y de contenido teórico y práctico acerca de la cultura comunitaria, como así también otra charla sobre gestión cultural dictada por los directivos de la Tecnicatura de Gestión Cultura de la Facultad de Ciencias de la Educación de la Universidad Nacional de Entre Ríos.

En este 3º Encuentro, se buscará profundizar la construcción de la red de cultura comunitaria de nuestra provincia.

Al igual que en los dos encuentros anteriores se prevé que se realicen foros de debate, y talleres.

Por lo expuesto, y por la necesidad de dar visibilidad a un sector que actúa de forma directa y a diario con la comunidad, y ahora en pos de una red provincial para que la cultura ocupe un lugar trascendental en la agenda pública, es que solicito a mis pares el acompañamiento en esta iniciativa.
Miriam S. Lambert

XXXIII

PEDIDO DE INFORMES

(Expte. Nro. 22.403)


La Cámara de Diputados de la Provincia de Entre Ríos, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el Artículo 117 de la Constitución provincial, solicita al Poder Ejecutivo se sirva informar:

Primero: Alcances y contenido del producto Tómbola YA, creado por el Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social (IAFAS).



Segundo: Nivel de avance en la implementación en el territorio provincial del producto Tómbola YA, creado por el Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social (IAFAS).

Tercero: Medidas que se han tomado para la prevención de la ludopatía tras la implementación del producto Tómbola YA, creado por el Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social (IAFAS).
LA MADRID – ANGUIANO – ROTMAN – KNEETEMAN – ARTUSI – ACOSTA – VIOLA – LENA.
FUNDAMENTOS
Honorable Cámara:

Desde sus orígenes, cuando el por entonces gobernador doctor Luis Lorenzo Etchevehere creó la llamada “Caja de Asistencia Social y Sanitaria de la Provincia de Entre Ríos”, nombre que conservó hasta 1972, el Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social fue pensado para promover la acción social en la Provincia.

De allí que la recaudación proveniente de los distintos productos ofrecidos ha tenido siempre como fin último el combate de distintas enfermedades, el mejoramiento de las salas en los hospitales públicos, la creación de talleres, y la colaboración con fundaciones que trabajen en la Provincia, entre otras actividades. Entre estos se destacan los casinos -que cuentan con tragamonedas, ruletas, mesas de póker, etcétera-, la Lotería, la Poceada Federal, la Tómbola de Entre Ríos y Tómbola YA.

Sin embargo, no puede soslayarse que el consumo de estos productos puede generar adicción en las personas, haciendo referencia aquí a quienes padecen de ludopatía, que es un trastorno que genera dependencia psicológica incontrolable a jugar y apostar persistente y progresivamente. Esta afección repercute negativamente en distintos ámbitos de la vida de las personas, particularmente en su entorno familiar y profesional.

Es por esto que resulta de fundamental importancia que a medida que se generan nuevos productos, desde el IAFAS se implementen mecanismos que propendan a prevenir la ludopatía en las personas. Esto puede surgir a partir de campañas publicitarias de concientización, charlas, publicaciones de especialistas, entre otras.

Uno de los más recientes lanzamientos del Instituto de Asistencia Financiera a la Acción Social es Tómbola YA, que únicamente se puede jugar a través de un sistema online y donde los sorteos se resuelven por medio de una rutina de generación de números aleatorios que proporciona un extracto al azar. Por ello, atento a las particularidades que presenta, es menester atender las cuestiones premencionadas, en pos de evitar un crecimiento en el número de personas que hoy deben lidiar con la ludopatía.

Por las razones expuestas, solicito a mis pares la aprobación del presente pedido de informe.
Joaquín La Madrid – Martín C. Anguiano – Alberto D. Rotman – Sergio O. Kneeteman – José A. Artusi – Rosario A. Acosta – María A. Viola – Gabriela M. Lena.
–De acuerdo al Artículo 117 de la Constitución provincial se harán las comunicaciones correspondientes.
XXXIV

PROYECTO DE LEY

(Expte. Nro. 22.404)


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE ENTRE RÍOS, SANCIONA CON FUERZA DE LEY
ARTÍCULO 1º.- Modifícase el Artículo 510º del Código Procesal Civil y Comercial de Entre Ríos, aprobado por Ley Provincial Nro. 9.776, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Certificado de deuda por expensas y gastos comunes. Se considerará también título ejecutivo al certificado de deuda por expensas comunes de inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal, conjuntos inmobiliarios y cementerios privados, y certificado de deuda originado por los gastos ocasionados como consecuencia de la sujeción de bienes al sistema de tiempo compartido.

Con el escrito de promoción de la ejecución deberá acompañarse el certificado de deuda, que reúna los requisitos establecidos por el Código Civil y Comercial de la Nación o por el reglamento respectivo, según el caso, y una copia autenticada de éste. Si no hubiere sido previsto, deberá agregarse constancia de la deuda líquida y exigible y del plazo concedido a los copropietarios para abonarla, expedida por el administrador o quien haga sus veces.”

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, etcétera.
LA MADRID – ANGUIANO – ARTUSI – KNEETEMAN – ROTMAN – VITOR – ACOSTA – LENA – VIOLA.
FUNDAMENTOS
Honorable Cámara:

El presente proyecto de ley tiene como objetivo efectuar una modificación al Artículo 510º del Código Procesal Civil y Comercial de Entre Ríos, aprobado por Ley Nro. 9.776. Actualmente, el referido artículo, que forma parte del Capítulo I del Título II del Libro III del Código ritual, que trata sobre las disposiciones generales del juicio ejecutivo, establece que constituye título ejecutivo el crédito por expensas comunes de edificios sujetos al régimen de propiedad horizontal.

El Código Civil y Comercial de la Nación, que entró en vigencia el 1º de agosto de 2015, viene a regular, detalladamente, al derecho real de propiedad horizontal. En esta lógica, en su Artículo 2.048º -último párrafo-, que forma parte del Capítulo 2, establece que: “El certificado de deuda expedido por el administrador y aprobado por el consejo de propietarios, si éste existe, es título ejecutivo para el cobro a los propietarios de las expensas y demás contribuciones.”

Asimismo, el Código Civil y Comercial trae como novedad la incorporación de tres nuevos derechos reales: conjuntos inmobiliarios, tiempos compartidos y cementerios privados, según lo establece el Artículo 1.887º.

Con relación a los conjuntos inmobiliarios, el Artículo 2.075º -in fine- determina que: “Todos los conjuntos inmobiliarios deben someterse a la normativa del derecho real de propiedad horizontal establecida en el Título V de este libro, con las modificaciones que establece el presente título, a los fines de conformar un derecho real de propiedad horizontal especial”, en lo que resulta una clara remisión al régimen de propiedad horizontal en todo lo que no resulte expresamente modificado por el régimen especial. A la luz de esa disposición debe ser interpretado el Artículo 2.081º, que reza: “Los propietarios están obligados a pagar las expensas, gastos y erogaciones comunes para el correcto mantenimiento y funcionamiento del conjunto inmobiliario en la proporción que a tal efecto establece el reglamento de propiedad horizontal”. Por lo tanto, resulta natural concluir, a los efectos de poder concretar el cobro del crédito, el instrumento para el cobro no debe ser otro que el mismo certificado de deuda previsto para el derecho real de propiedad horizontal.

Siguiendo con el análisis de las novedades que trae el Código Civil y Comercial, sobre el sistema de tiempo compartido establece en el Artículo 2.098º que: “El certificado emanado del administrador en el que conste la deuda por gastos del sistema, los rubros que la componen y el plazo para abonarla, constituye título para accionar contra el usuario moroso por la vía ejecutiva, previa intimación fehaciente por el plazo que se estipula en el reglamento de administración”. Se debe recordar que a este sistema pueden someterse tanto bienes muebles como inmuebles.

Por último, al referirse a los cementerios privados, si bien no hay un tratamiento expreso al certificado de deuda por expensas, el inciso b) del Artículo 2.110º del Código, que prevé los supuestos de excepción a la inembargabilidad de las parcelas exclusivas destinadas a sepultura, dispone la posibilidad de ser embargadas por “las expensas, tasas, impuestos y contribuciones correspondientes a aquéllas.”

Se puede así identificar que, entre otras cosas, la legislación de fondo trae, con la reforma y unificación de los Códigos Civil y Comercial, varios artículos que tratan la temática de las expensas en los derechos reales de propiedad horizontal, conjuntos inmobiliarios, tiempo compartido y cementerios privados, así como la asignación del carácter de título ejecutivo al certificado de deuda debidamente confeccionado.

Esto es una solución que viene a dotar de mayor agilidad al cobro del crédito por expensas, que es uno de los recursos fundamentales que permiten la existencia y el mantenimiento de estos sistemas. Ya la Ley Nacional 13.512, en su Artículo 17º, consagraba algunas cuestiones que daban cuenta de la particularidad de este crédito al disponer que “La obligación que tienen los propietarios de contribuir al pago de las expensas y primas de seguro total del edificio, sigue siempre al dominio de sus respectivos pisos o departamentos en la extensión del Artículo 3.266º del Código Civil, aún con respecto a las devengadas antes de su adquisición; y el crédito respectivo goza del privilegio y derechos previstos en los Artículos 3.901º y 2.686º del Código Civil.” De este modo, ese crédito no sólo se comportaba como una obligación propter rem -es decir, una obligación que sigue a la cosa- sino que además gozaba de los privilegios y derechos previstos en los Artículos 3.901º y 2.686º del Código Civil de Vélez Sarsfield. Por ese entonces, el carácter de título ejecutivo quedaba reservado aún a las normas procesales, como bien hizo nuestra Provincia, pero sólo en relación al único régimen que existía, es decir, el de propiedad horizontal.

Así las cosas, tras la reforma y unificación del Código Civil y Comercial, se detecta que la ley ritual entrerriana hoy se encuentra desactualizada, y requiere una adecuación, como ha propuesto la Comisión Nro. 1 de Derecho Civil, Comercial y Procesal Civil del XII Congreso Provincial de Derecho y VI Congreso Entrerriano de Derecho del Trabajo, realizado en Concordia entre los días 20 al 22 de octubre de 2016.

El artículo que se busca modificar no atiende las nuevas circunstancias propias de la creación de nuevos derechos reales, y además la previsión genérica del inciso 7 del Artículo 509º puede resultar insuficiente a la hora de la ejecución de los certificados de deuda por expensas y gastos comunes, con la consecuente falta de certeza e inseguridad jurídica que esto podría significar.

Por las razones expuestas, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de ley.


Joaquín La Madrid – Martín C. Anguiano – José A. Artusi – Sergio O. Kneeteman – Alberto D. Rotman – Esteban A. Vitor – Rosario A. Acosta – Gabriela M. Lena – María A. Viola.
–A la Comisión de Asuntos Constitucionales, Juicio Político y Peticiones, Poderes y Reglamento.
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