Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe


Operatividad de la Ley 12.749, de suspensión de la Unidad Económica Agraria



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12.9Operatividad de la Ley 12.749, de suspensión de la Unidad Económica Agraria

(Proyecto de comunicación – Aprobado)


SR. PRESIDENTE (Di Pollina).– Por Secretaría se dará lectura al asunto Nº 9.

Se lee:

Señores diputados:

Vuestra Comisión de Agricultura y Ganadería ha considerado el proyecto de comunicación (Expte. Nº 19.946 – PSF – FV), presentado por el diputado Lagna, por el cual se solicita a través del Ministerio de la Producción, disponga aplicar en forma urgente la Ley Nº 12.749/07, que suspende por dos (2) años la vigencia de la Unidad Económica Agraria de la Provincia; y por las razones invocadas y las que dará el señor miembro informante os aconseja le prestéis aprobación al siguiente texto:


La Cámara de Diputados de la Provincia vería con agrado que el Poder Ejecutivo, por intermedio del Ministerio de la Producción arbitre las medidas necesarias para la aplicación de la Ley 12.749/07 que suspende por dos años la vigencia de la Unidad Económica Agraria en la Provincia de Santa Fe.
Sala de Comisión, 28 de febrero de 2008.

De Micheli – Simil – Marín – Bertero – Fascendini

Señores diputados:

Vuestra Comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General, ha considerado el proyecto de comunicación (Expte. Nº 19.946 – PSF – FV), autoría del diputado Lagna, por el cual se solicita al Poder Ejecutivo que a través del Ministerio de la Producción, disponga aplicar en forma urgente la Ley 12.749/07, que suspende por dos (2) años la vigencia de la Unidad Económica Agraria en la Provincia de Santa Fe. Y atento a los estudios realizados, las razones que dará su miembro informante y a que el proyecto cuenta con dictamen precedente de la Comisión de Agricultura y Ganadería, ésta ha resuelto adherir al texto elaborado por la misma, aconsejando su aprobación.

Sala de Comisión, 6 de marzo de 2008.

Bertero – Marín – Lamberto – Cristiani – Simil – Marcucci



proyecto de comunicación original

La Cámara de Diputados de la Provincia vería con agrado que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de la Producción ponga en operatividad inmediata la Ley 12.749/07 que suspende por dos años la vigencia de la Unidad Económica Agraria en la provincia de Santa Fe, oportunamente sancionada por ambas cámaras legislativas y promulgada por el gobernador sin necesidad de decreto reglamentario, ante supuestas trabas a los productores agropecuarios en organismos burocráticos de dicha dependencia.

fundamentos del autor del proyecto

Señor Presidente:

Tras un arduo debate parlamentario y analizando diversas iniciativas, esta Legislatura aprobó, por Ley 12.749 del año en curso por la cual se suspenden los efectos de la Ley 9.319 de Unidad Económica Agraria por el término de dos años.

La sanción de dicha ley fue posible gracias al sostenido apoyo de productores agropecuarios, organizaciones agrarias de base, intendentes, presidentes comunales y concejales de los 19 departamentos de la provincia, que reclamaban con absoluta justicia la posibilidad de romper con décadas de maraña burocrática que impedían la subdivisión de parcelas rurales, generando innumerables conflictos de carácter familiar y personal.

Y vale resaltar también la férrea oposición que la máquina de impedir intentó contra la sanción de esta ley, aquellos que sin haber pisado jamás un surco opinaban alegremente sobre la propiedad de los demás, con oscuras operaciones que afortunadamente no sirvieron para detener la solicitud de miles.

La citada ley en su articulado establece la operatividad de la misma una vez promulgada, sin necesidad de reglamentación, conforme se interpreta de la redacción de su artículo 2º "El Ministerio de la Producción, ex Magic, es la autoridad de aplicación de la presente ley"; pero al ingresar un trámite en el que solicitan la aplicación de la citada ley el Director General de Suelo y Aguas del Ministerio de la Producción expresa que no puede aplicarse la Ley 12.749, por que se encuentra pendiente el dictado del decreto reglamentario correspondiente, y que por tal motivo no le puede dar curso al trámite.

El motivo es que de aplicarse lo expuesto, significaría que la ley, que cuenta con dos años de vigencia en la excepción de la Ley 9.319, no pueda aplicarse nunca en la realidad, contrariando la voluntad expresada por el Poder Legislativo y Poder Ejecutivo.

Por lo expuesto, solicitamos a nuestros pares la aprobación del presente proyecto de comunicación.

Jorge Lagna



SR. PRESIDENTE (Di Pollina).– En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el proyecto.

Resulta aprobado.

12.10Estado de la presentación ante el Ciadi con relación a Aguas Provinciales de Santa Fe S.A.: informes

(Proyecto de comunicación – Aprobado)


SR. PRESIDENTE (Di Pollina).– Por Secretaría se dará lectura al asunto Nº 10.

Se lee:

Señores diputados:

Vuestra Comisión de Obras y Servicios Públicos ha estudiado el proyecto de comunicación (Expte. Nº 19.676 – ARI), presentado por las diputadas Gutiérrez, Benas (MC) y los diputados Riestra y Strada (MC), por el cual solicitan al Poder Ejecutivo, a través del organismo que corresponda, disponga informar en que instancias se encuentra la disputa entablada con la Empresa Aguas Provinciales de Santa Fe S.A., respecto a las diferencias con los tratados bilaterales contraídos ante el Tribunal Internacional Ciadi (Centro Internacional de Arreglos de Diferencias Relativas a Inversiones); atento a los fundamentos expuestos por los autores del mismo y las razones que dará el miembro informante, os aconseja le prestéis aprobación.

La Cámara de Diputados de la Provincia vería con agrado que el Poder Ejecutivo, por intermedio de quien corresponda, informe lo siguiente:


  1. En que instancias se encuentra la disputa entablada con la Empresa Aguas Provinciales de Santa Fe S.A., respecto a las diferencias con los tratados bilaterales contraídos ante el tribunal Internacional Ciadi (Centro Internacional de Arreglos de Diferencias Relativas a Inversiones).

  2. Si la Comisión Cearinsa estudió las demandas presentadas por la empresa Aguas Provinciales S.A. ante organismos nacionales o internacionales. En tal caso señalar cuales fueron los elementos utilizados para la defensa de los intereses de la Provincia de Santa Fe.

  3. Indicar si existieron acciones de parte del gobierno nacional respecto al tema.

  4. Indicar si se va a afectar o se ha afectado fondos coparticipables para este conflicto, cuáles son los montos o porcentajes estimativos a afectar.

Sala de Comisión, 28 de febrero de 2008.

Marcucci – Peirone – Urruty – Frana – Mauri – Dadomo – Aranda – Fatala

Señores diputados:

Vuestra Comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General, ha considerado el proyecto de comunicación (Expte. Nº 19.676 – ARI), autoría de los diputados Gutiérrez, Riestra, Strada (MC) y Benas (MC), por el cual se solicita disponga informar en que instancias se encuentra la disputa entablada con la Empresa Aguas Provinciales de Santa Fe SA, respecto a las definiciones con los tratados bilaterales contraídos ante el Tribunal Internacional Ciadi. Y, atento a los estudios realizados, las razones que dará su miembro informante y a que el proyecto cuenta con dictamen precedente de la Comisión de Obras y Servicios Públicos, ésta ha resuelto emitir el presente dictamen con modificaciones, y a continuación se transcribe y al que aconseja se le preste aprobación:


La Cámara de Diputados de la Provincia vería con agrado que el Poder Ejecutivo, por intermedio de quien corresponda, informe lo siguiente:

  1. Estado procesal de la demanda interpuesta por la empresa Aguas Provinciales de Santa Fe S.A. ante el tribunal Internacional Ciadi (Centro Internacional de Arreglos de Diferencias Relativas a Inversiones). Actuación del Gobierno Nacional al respecto.

  2. Informe lo actuado y lo aconsejado por la Comisión Cearinsa, y la estrategia de defensa planteada.

  3. En su caso, indicar si pueden afectar fondos coparticipables de la Provincia.

Sala de Comisión, 6 de marzo de 2008.



Bertero – Marín – Lamberto – Cristiani – Simil – Marcucci – Gutiérrez

proyecto de comunicación original

La Cámara de Diputados de la Provincia vería con agrado que el Poder Ejecutivo, a través de quien corresponda, informe lo siguiente:

  1. En qué instancias se encuentra la disputa entablada con la empresa Aguas Provinciales de Santa Fe S.A., respecto a las diferencias con los tratados bilaterales contraídos ante el tribunal Internacional Ciadi (Centro Internacional de Arreglos de Diferencias Relativas a Inversiones).

  2. Si la Comisión Cearinsa estudió las demandas presentadas por la empresa Aguas Provinciales S.A. ante organismos nacionales o internacionales. En tal caso señalar cuáles fueron los elementos utilizados para la defensa de los intereses de la Provincia de Santa Fe.

  3. Indicar si existieron acciones de parte del Gobierno nacional respecto al tema.

  4. Indicar si se va a afectar o se ha afectado fondos coparticipables para este conflicto, cuáles son los montos o porcentajes estimativos a afectar.

fundamentos de los autores del proyecto

Señor presidente:

El miércoles 21 de agosto de 2007, Vivendi, multinacional de medios y telecomunicaciones, informó a través de un comunicado, que recibiría una compensación de U$S 105 millones por la disputa con la Provincia de Tucumán por la concesión de un servicio de agua.

El Centro Internacional de Arreglos de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi) determinó que los actos de los funcionarios provinciales violaron los derechos de Vivendi y de sus subsidiarias. La Nación deberá pagar U$S 170 millones incluyendo intereses y costas.

Este caso paradigmático de la Provincia de Tucumán condenada a pagar a una transnacional, sin justificativo alguno, pone en actualidad un tema del cual los santafesinos no estamos ajenos.

El Ciadi, organismo del Banco Mundial creado para defender los intereses corporativos, indica que los árbitros William Rowley, Gabrielle Kaufmman-Kohler y Carlos Bernal Verea, responsabilizan a los funcionarios provinciales de Tucumán de violar los derechos de Vivendi y el acuerdo de protección de inversiones entre Francia y Argentina, cuando la empresa, en los hechos, violó los Derechos Humanos de los usuarios al duplicar las tarifas y no invertir en la mejora de la red.

Nuestro país, llegó a enfrentar 37 demandas en el Ciadi, casi todas impulsadas por transnacionales que perdieron dinero debido a la crisis financiera de 2001. En 2004, el tribunal instó a pagar 132 millones de dólares a la norteamericana de energía CMS, sólo porque el gobierno argentino pesificó las tarifas por razones humanitarias. Ahora, una vez más el Ciadi hace valer los derechos de lucro de la empresa por encima de los derechos de la gente.

El caso de la provincia de Santa Fe y la empresa Aguas Provinciales de Santa Fe S.A., por ser sus dueños extranjeros, invocaron tratados bilaterales firmados en los años 90, tratados recíprocos donde se acordaba la protección de inversiones que hiciera cada uno de los países cofirmantes, con la salvedad de que nosotros no tenemos inversiones en el extranjero y todas las inversiones del extranjero, sí son invocadas con el beneficio de la cláusula de “nación más favorecida”.

Este sistema podríamos llamarlo sistema encadenado que consiste en que se van haciendo los tratado bilaterales uno a uno, y mediante cláusulas se reconoce a los inversores y a las naciones firmantes.

Al ir sumando nuevos tratados los mismos generan conflictos que van a incidir en los tribunales locales, es decir a los tribunales del país para resolver el tema.

En nuestro caso tenemos el sometimiento de Aguas Provinciales a la jurisdicción de los tribunales locales. Sin embargo, los otros tratados se van sumando como un código único y los nuevos prevén que se realicen planteos por sus diferencias directamente en el Ciadi.

De todas maneras, la Provincia frente al Ciadi no tiene una intervención, no tiene legitimación, porque cuando se firmaron los tratados tampoco se denunció la naturaleza de nuestro Estado federal que hubiera permitido algún tipo de intervención.

Aguas Provinciales y sus inversores Suez, Aguas de Barcelona y otros minoritarios reclaman ante el Ciadi 310 millones de dólares como pérdida en Santa Fe.

Tenemos entendido que a nivel provincial se ha conformado una comisión Cearinsa Comisión de Estudios para el Arbitraje concreto llevado por Aguas Provinciales y sus inversores extranjeros ante el Ciadi.

Esta comisión de estudios será la que va a aportar elementos para nuestra defensa de la cual no tenemos información. No olvidemos que esta batalla judicial puede afectar fondos coparticipables.

Requiriendo más información sobre esta situación, es que solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto.

Gutiérrez – Benas – Strada – Riestra



SR. PRESIDENTE (Di Pollina).– En consideración el dictamen de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el proyecto.

Resulta aprobado.


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