Uso no autorizado en entornos de difusión por cable
114 Los sistemas de cable por sí mismos no producen señales de radiodifusión, pero redistribuyen las señales de los organismos de radiodifusión y distribuyen otros contenidos por medios digitales o analógicos. Los organismos de difusión por cable – los que operan los canales de cable- que actúan de manera similar a los organismos de radiodifusión, a menudo produciendo programas originales cuyos derechos poseen, y proporcionan una señal para su redistribución por los sistemas de cable.24 En el entorno de difusión por cable, los principales tipos de usos no autorizados comprenden las conexiones no autorizadas, la descodificación no autorizada y la retransmisión no autorizada.
Conexión no autorizada
115 La conexión no autorizada tiene lugar cuando personas o entidades se conectan al sistema de cable sin la aprobación del operador. Esto se hace habitualmente para evitar el pago de una tasa por el servicio de cable, pero puede ocurrir incluso cuando no se exige pago directo alguno. La recepción no autorizada a veces se la denomina “robo de señales”, “piratería”, o 'empalmes'.
116 Esta conexión no autorizada no encuadra en el ámbito de aplicación de la propuesta de tratado, dado que constituye un acto individual con fines privados; sin embargo, se la incluye en el presente análisis en aras de su exhaustividad.25
117 Estas conexiones no provocan un incremento de los costos de producción ni de programación, pero sí podrían producir un aumento marginal de los costos de distribución, al obligar a los sistemas a desplegar una mayor cantidad de amplificadores o de equipos de refuerzo de la señal de lo que es necesario para la prestación de servicios a los clientes de pago.
118 La conexión no autorizada priva de ingresos a los proveedores del sistema de cable y a los organismos de radiodifusión en la medida en que los que realizan conexiones no autorizadas puedan pagar el servicio y estén dispuestos a hacerlo. También podría acarrear un aumento del precio que pagan los clientes legítimos si los sistemas deben recuperar sus costos a partir de una cartera de clientes más reducida de lo que sería en otras condiciones.
Descodificación no autorizada
119 La descodificación no autorizada en el entorno de la difusión por cable es similar a la descodificación que ocurre en el ámbito de la radiodifusión por satélite y digital terrestre, donde el cifrado se utiliza para excluir a aquellos que no han pagado los servicios o no son usuarios autorizados. Algunos Estados prohíben la elusión de los sistemas de cifrado, como descifrar señales, para así poder acceder a las emisiones sin autorización o de maneras que no estén permitidas por ley.
120 La descodificación no autorizada no afecta a los costos de producción, programación, o distribución de los proveedores de servicio de cable ni de los organismos de radiodifusión porque esos costos ya se habían afrontado para poder prestar el servicio a los clientes de pago. Sin embargo, quienes realizan actos de descodificación no autorizada que de otra manera podrían pagar el servicio y estarían dispuestos a hacerlo privan al sistema de cable y a los organismos de radiodifusión de obtener ingresos. En consecuencia, el precio medio por cliente legítimo podría verse incrementado como parte de las medidas de recuperación de costos.
Retransmisión no autorizada
121 La retransmisión inalámbrica ha sido posible desde los primeros días de la radiodifusión, pero debido al control de la retransmisión del espectro radioeléctrico, por lo general la llevaban a cabo los organismos de radiodifusión en sí, el Estado, o intermediarios autorizados. La retransmisión no autorizada adquirió importancia cuando, hace medio siglo, se creó la antena de televisión comunitaria, predecesora de la televisión por cable contemporánea. Muchos organismos de radiodifusión aceptaron las retransmisiones de televisión con antena colectiva porque ello expandió sus mercados y posibilitó la llegada a una mayor audiencia en áreas en las que la recepción de la señal era deficiente y casi siempre se llevaba a cabo aplicando criterios relativamente no comerciales.
122 En los países con importantes servicios comerciales de cable, se registró una gran oposición a la retransmisión de señales de radiodifusión porque los organismos de radiodifusión no querían que sus productos respaldasen lo que consideraban una competencia cada vez más importante. En los Estados Unidos, y en otros lugares, los organismos de radiodifusión inicialmente trataron de bloquear la retransmisión por cable de sus señales, pero posteriormente – a medida que los sistemas y las audiencias se expandieron - muchos organismos de radiodifusión comprendieron que podrían obtener beneficios de la retransmisión autorizada, puesto que contribuía a expandir sus mercados, a llegar a una mayor audiencia, y a ampliar las oportunidades de ventas de publicidad. Así pues, estos organismos presionaron para que se estableciesen normas de “transmisión obligatoria” a fin de que se obligase a los sistemas de cable que funcionaban en sus áreas a retransmitir sus señales. Posteriormente, presionaron para que se estableciesen normas que les permitiesen negociar las condiciones de esa retransmisión, incluidos la colocación de canales, pagos, etc.
123 La retransmisión no autorizada se produce cuando, ante la falta de permiso por parte del operador de cable, sus señales de distribución son retransmitidas de manera inalámbrica o redistribuidas por cualquier medio, incluso por cable o Internet. Esta situación es menos común que la retransmisión no autorizada de señales de radiodifusión.
124 En la actualidad, la retransmisión no autorizada a través del cable suele registrarse sobre todo en las regiones en desarrollo, en cuyo ámbito no existen normas sobre retransmisión u observancia de derechos, o si existen, son deficientes.
125 Con el desarrollo de la banda ancha y de las tecnologías de Internet, los individuos y las sociedades de todo el mundo adquieren, cada vez más, señales de televisión y las transfieren a Internet, lo que permite su distribución mundial. Esta práctica trae consigo la posibilidad de proporcionar contenidos, desde la nación en donde se origina la emisión, a audiencias ubicadas en todo mundo, así como a todo otro público cuyas habilidades lingüísticas les permiten consumir tales contenidos.
126 La retransmisión no autorizada por sí misma no trae aparejado un aumento de los costos de producción, de programación ni de distribución de los sistemas de cable, puesto que tales costos ya debieron sufragarse para poder prestar servicios tanto al mercado como a la audiencia para los cuales estaban destinados inicialmente. Al igual que la recepción no autorizada, la retransmisión no autorizada podrá aportar beneficios para algunos anunciantes quienes podrán sacar provecho de la recepción de sus anuncios por parte de la audiencia externa si tales anuncios no se suprimen ni se sustituyen por otros. Sin embargo, los anunciantes que difunden sus anuncios en el territorio para el cual no habían sido inicialmente destinados o en el mercado externo se verán perjudicados por los anuncios concurrentes difundidos por retransmisiones no autorizadas. La retransmisión no autorizada también puede representar una traba para las ventas de los derechos sobre los contenidos en algunos Estados o mercados.
127 La retransmisión no autorizada elimina la posibilidad de obtener ingresos que sí podrían recibirse en la medida en que la organización encargada de la retransmisión pueda pagar y esté dispuesta a hacerlo, pero sólo impedirá la obtención de ingresos de parte del público que recibe la retransmisión si el sistema de cable que origina la señal es titular de derechos y licencias que lo facultan para ofrecer servicios en los territorios adicionales a los que llega la retransmisión.
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