De los programas presupuestales



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Criterio de programación:

6% de personas de 60 años a más que acudieron los establecimientos de salud al año anterior.

Progresivamente incrementar la proporción hasta cubrir el 100% de los atendidos.

Fuente de información para el cálculo de la meta física

Reporte HIS de atendidos el año anterior.



      1. Población que accede a laboratorios clínicos que cuentan con programa de evaluación de calidad para el diagnóstico y control de enfermedades crónicas no transmisibles – (5001503)

Definición operacional: Consiste en la evaluación de la calidad de los laboratorios clínicos de los establecimientos de salud y laboratorios de referencia, con el propósito de incentivar la mejora continua de su calidad y por ende del diagnóstico y seguimiento de las enfermedades crónicas no transmisibles (diabetes mellitus, hipertensión arterial, enfermedad coronaria, enfermedad cerebrovascular osteoporosis, osteoartrosis, etc.). Está a cargo del Instituto Nacional de Salud la que culminado el proceso, estructura informes de los resultados de estas evaluaciones, las cuales son entregados a cada uno de los laboratorios.

La evaluación se realiza una vez por año.

Permite al establecimiento evaluado y a su laboratorio:


  • Tener información sobre su desempeño analítico en el corto y mediano plazo.

  • Ayudar en la detección de errores analíticos y su corrección estimulando a un mejor desempeño de los participantes.

  • Ayudar a verificar si el Sistema de Garantía de Calidad está funcionando adecuadamente.

  • Comparar sus resultados con los de otros laboratorios.

  • Incluye las siguientes tareas:

  • Programa de Evaluación Externa de la Calidad en Bioquímica Clínica (PEEC). Envío de material control, análisis de datos e informe de resultados en forma semestral.

  • Monitoreo de la implementación del control de calidad interno en Bioquímica Clínica.

  • Visitas de supervisión a los laboratorios clínicos que participan en el PEEC de Bioquímica Clínica.

Nivel de establecimientos de salud en donde se entrega la sub finalidad:

I-1

I-2

I-3

I-4

II-1

II-2

III-1

III-2

AISPED

DISA

Red

INS


































x

Unidad de medida del producto:

542- Laboratorio evaluado



Criterio y fuente para determinar el avance de la meta física:

Sumatoria de laboratorios evaluados y registrados en el Net Lab.



Fuente: Net Lab.

Criterio de programación:

Incremento de 10% anual.



Fuente de información para el cálculo de la meta física:

Reporte del Net Lab del año anterior.



PRODUCTO

    1. BRINDAR TRATAMIENTO A PERSONAS CON DIAGNÓSTICO DE HIPERTENSIÓN ARTERIAL- (3000016)

Definición Operacional:Conjunto de actividades orientadas al diagnóstico, tratamiento y control de personas con enfermedad hipertensiva y alteraciones metabólicas (sobrepeso, obesidad y dislipidemias), en establecimientos de salud que cuentan con médico, incluye el manejo de complicaciones y comorbilidades, así como la valoración de riesgo cardiovascular y organización de actividades educativas para las personas.

Documentos normativos que sustentan la entrega del producto:

Resolucion Ministerial N° 162-2015/MINSA, que aprueba el Documento Técnico “Consulta Nutricional para la Prevención y Control de la Diabetes Mellitus tipo 2 de la persona joven, adulta y adulta mayor”.



Subfinalidades del producto:

Codigo

Denominacion de la subfinalidad

5001601

Manejo de emergencia o urgencia hipertensiva

5001602

Manejo integral de personas con sobrepeso, dislipidemias, obesidad y otros factores de riesgo relacionados con los estilos de vida.

5001603

Paciente hipertenso de no alto riesgo no controlado, que recibe tratamiento

5001604

Paciente hipertenso de no alto riesgo y controlado que recibe tratamiento

5001605

Pacientes con enfermedad cardiometabólica organizados que reciben educación para el control de la enfermedad

5001608

Pacientes hipertensos con estratificación de riesgo cardiovascular

5001606

Pacientes hipertensos de alto riesgo (incluye diabéticos) con valoración especializada de riesgo cardiovascular

5001607

Tratamiento especializado de evento vascular cerebral

Unidad de medida del producto del producto:

460 Persona tratada



Meta física del producto:

Sumatoria de 5001602,5001603, 5001604 y 5001606



Subfinalidades

Categoria de establecimientos

I-1

I-2

I-3

I-4

II-1

II-2

III-1

III-2

AISPED

DISA / GERESA / DIRESA

Red

INS

5001602




X

X

X

X

x



















5001603




X

X

X

X






















5001604




X

X

X

X






















5001606
















X

X

X













Indicador de producción física de producto

Indicador

Fuente de información verificable

Categoria de establecimientos en los que se evalua

Porcentaje de personas con hipertensión y alteraciones metabólicas (sobrepeso, obesidad y dislipidemias) que reciben tratamiento.

Reporte HIS

I-2 al III-2

SUBFINALIDADES

      1. Manejo de emergencia o urgencia hipertensiva –(5001601)

Definición operacional: Comprende acciones para el manejo de la emergencia, así como el de la urgencia hipertensiva. La atención de la urgencia hipertensiva incluye el control de las funciones vitales, la definición si es urgencia o emergencia hipertensiva, tratamiento médico, así como la referencia de ser el caso; puede ser tratada en el I y II nivel.

La atención de la emergencia hipertensiva incluye el ingreso por emergencia hospitalaria, la hospitalización, la monitorización continua de la presión arterial y el manejo farmacológico, además la determinación de órgano blanco afectado, cuando corresponda.

Personal que ejecuta la actividad: médico, enfermera y técnico de enfermería.

Nivel de establecimientos de salud donde se entrega la subfinalidad


I-1

I-2

I-3

I-4

II-1

II-2

III-1

III-2

AISPED

DISA

Red

INS




X

X

X

X

x

x
















Unidad de medida del producto:

460. Persona Tratada



Criterio y fuente para determinar el avance de la meta física:

Sumatoria de las personas atendidas en los servicios de emergencia y hospitalización registradas con código R 030: Lectura elevada de la presión arterial, asociado a los códigos CIE 10:



  • I10: Hipertensión esencial (primaria)

  • I11: Enfermedad cardiaca hipertensiva

  • I12: Enfermedad renal hipertensiva

  • I13: Enfermedad cardiorrenal hipertensiva

Fuente. Reportes de Emergencia y egresos hospitalarios

Criterio de programación

El 100% de atenciones de crisis hipertensivas reportadas el año anterior.



Fuente de información:

Reporte de hospitalización y emergencias.



      1. Manejo integral de personas con sobrepeso, dislipidemias, obesidad y otros factores de riesgo relacionados con los estilos de vida (5001602)

Definición operacional: Intervención dirigida a personas de 5 años a más que se brinda en establecimientos de salud con población asignada de las categorías I-2, I-3, I-4, II-1, II-2 con la finalidad de brindar un tratamiento integral para personas con sobrepeso, obesidad o dislipidemias. Incluye uno o más de los siguientes procedimientos:

Para personas con sobrepeso u obesidad

Consulta por profesional de la salud al menos cada 3 meses, la consulta incluye valoración del IMC y perímetro abdominal, consejería nutricional, prescripción de actividad física y recomendaciones para la cesación del consumo de tabaco y alcohol. En caso de incapacidad física, se derivará al médico para que examine y prescriba actividad física personalizada. Si el establecimiento de salud contara con nutricionista, el paciente deberá ser atendido en consulta nutricional.



Para personas con dislipidemias con o sin sobrepeso u obesidad

Consulta por profesional médico para valorar y/o prescribir medicación, realizar el control de perfil lipídico cada 3 meses, valoración del IMC y perímetro abdominal, consejería nutricional, prescripción de actividad física y recomendaciones para la cesación del consumo de tabaco y alcohol. En caso de que el establecimiento de salud cuente con nutricionista el paciente deberá ser atendido en consulta nutricional.

Personal que ejecuta la actividad: médico, enfermera, nutricionista y personal de laboratorio.

Nivel de establecimientos de salud en donde se entregará la subfinalidad


I-1

I-2

I-3

I-4

II-1

II-2

III-1

III-2

AISPED

DISA

Red

INS




X

X

X

X

X



















Unidad de medida del producto:

460. Persona Tratada



Criterio y fuente para determinar avance de la meta física:

Sumatoria de las personas atendidas y registradas con los códigos CIE 10 listados a continuación, asociados a (U310) Administración de Tratamiento o a consejería integral (99401) y consejería nutricional (99403).



  • E65: Adiposidad localizada

  • E66: Obesidad

  • E67: Otros tipos de hiperalimentación

  • E68: Secuelas de hiperalimentación

  • E78: Transtornos del metabolismo de las lipoproteínas y otras lipidemias

  • E78.0: Hipercolesterolemia pura

  • E78.1: Hipergliceridemia pura

  • E78.2: Hiperlipidemia mixta

Fuente: HIS.

Criterio de programación

Número total de personas de 5 años o más diagnosticadas con obesidad, sobrepeso o dislipidemias el año anterior.



Fuente de información para el cálculo de la meta física:

Reporte HIS del año anterior



      1. Paciente hipertenso de no alto riesgo no controlado, que recibe tratamiento (5001603)

Definición operacional: Intervención dirigida a personas con hipertensión arterial de dieciocho años a más que se brinda en establecimientos de salud con población asignada de las categorías I-2, I-3, I-4 y II-1, y cuentan con profesional médico, con la finalidad de brindar tratamiento integral para el control de su enfermedad que han sido tipificados como no controlados y de no alto riesgo.

El paciente no controlado es aquel que teniendo tratamiento instaurado para hipertensión arterial, no logra alcanzar la meta terapéutica o un valor de presión arterial menor a 140/90 mmHg (en al menos 4 de 6 controles).

Se considera paciente hipertenso de no alto riesgo a aquellos que cumplen todas estas condiciones:

No presentan daño orgánico, no tienen diabetes, no tiene enfermedad renal crónica de 3 grado o más y su presión arterial sistólica es inferior a 140 o la diastólica menor a 90.

La intervención incluye una consulta médica mensual, donde se realizarán los siguientes procedimientos: control de la presión arterial, prescripción farmacológica, medición del IMC, perímetro abdominal, consejería nutricional, prescripción de actividad física y recomendaciones para la cesación del consumo de tabaco y alcohol. Si el establecimiento de salud contara con nutricionista, el paciente deberá ser atendido en consulta nutricional. El médico emplea al menos 15 minutos.

El médico indicará según el caso los siguientes procedimientos:



  • (80061) Exámenes de lípidos, incluye: Colesterol sérico total (82465), colesterol de lipoproteína de alta densidad, determinación directa (Colesterol HDL) (83718), triglicéridos (84478).

  • (80058) Exámenes para determinar la función hepática, incluye: Albúmina (82040), Bilirrubina total (82247), Bilirrubina directa (82248), Fosfatasa alcalina (84075), Transferasa alanina amino (ALT) (SGPT) (84460), Transferasa aspartato amino (AST) (SGOT) (84450).

  • (82947) Glucosa cuantitativa.

  • (82565) Creatinina en sangre.

  • Otras según criterio médico.

Personal que ejecuta la actividad: médico, enfermera, nutricionista y personal de laboratorio.

Nivel de Establecimientos de Salud en donde se entrega la subfinalidad

I-1

I-2

I-3

I-4

II-1

II-2

III-1

III-2

AISPED

DISA

Red

INS




X

X

X

X

X



















Unidad de medida del producto:

460. Persona Tratada



Criterio y fuente para determinar avance de la meta física:

Sumatoria de las personas atendidas y registradas con los códigos CIE 10 listados a continuación, asociados a (U310) Administración de Tratamiento:



  • I10: Hipertensión esencial (primaria)

  • I11: Enfermedad cardiaca hipertensiva

  • I12: Enfermedad renal hipertensiva

  • I13: Enfermedad cardiorrenal hipertensiva

Fuente: HIS.

Criterio de programación

Incremento de 10% de atenciones a personas con hipertensión arterial de no alto riesgono controlados que recibieron tratamiento el año anterior.



Fuente de información para el cálculo de la meta física:

Se empleará el registro de información HIS. Reporte de atendidos en consulta externa del año anterior.



      1. Paciente hipertenso de no alto riesgo y controlado que recibe tratamiento (5001604)

Definición operacional.-Intervención dirigida a personas con hipertensión arterial de dieciocho años a más que se brinda en establecimientos de salud con población asignada de las categorías I-2, I-3, I-4 y II-1, con la finalidad de brindar tratamiento integral para el control de su enfermedad que han sido tipificados como controlados.

El paciente controlado, es aquel que teniendo el tratamiento instaurado, reporta en al menos 4 de 6 controles una presión arterial menor de 140/90mm Hg o haya alcanzado la meta terapéutica establecida para su caso.

Se considera paciente hipertenso de no alto riesgo a aquellos que cumplen todas estas condiciones:

No presentan daño orgánico, no tienen diabetes, no tiene enfermedad renal crónica de 3 grado o más y su presión arterial sistólica es inferior a 140 o la diastólica menor a 90.

La intervención incluye una consulta médica trimestral, donde se realizarán los siguientes procedimientos: control de la presión arterial, prescripción farmacológica, medición del IMC, perímetro abdominal, consejería nutricional, prescripción de actividad física y recomendaciones para la cesación del consumo de tabaco y alcohol. Si el establecimiento de salud contara con nutricionista, el paciente deberá ser atendido en consulta nutricional. El médico emplea al menos 15 minutos.

El médico indicará según el caso los siguientes procedimientos:



  • (80061) Exámenes de lípidos, incluye: Colesterol sérico total (82465), colesterol de lipoproteína de alta densidad, determinación directa (Colesterol HDL) (83718), triglicéridos (84478).

  • (80058) Exámenes para determinar la función hepática, incluye: Albúmina (82040), Bilirrubina total (82247), Bilirrubina directa (82248), Fosfatasa alcalina (84075), Transferasa alanina amino (ALT) (SGPT) (84460), Transferasa aspartato amino (AST) (SGOT) (84450).

  • (82947) Glucosa cuantitativa.

  • (82565) Creatinina en sangre.

  • Otras según criterio médico.

Personal que ejecuta la actividad: médico, enfermera, nutricionista y personal de laboratorio.

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