DOCUMENTO TÉCNICO:
DEFINICIONES OPERACIONALES Y CRITERIOS DE PROGRAMACIÓN Y DE MEDICIÓN DE AVANCES
DE LOS PROGRAMAS PRESUPUESTALES
INDICE
I. INTRODUCCIÓN ……………………………………………………………………………….2
II. FINALIDAD………………………………………………………………………………………4
III. OBJETIVO………………………………………………………………………………………4
IV. BASE LEGAL ………………………………………………………………………………..….4
V. ÁMBITO DE APLICACIÓN…………………………………………………………………..…4
VI. CONTENIDO:
Programa Presupuestal 0001: Programa Articulado Nutricional……………………5
Programa Presupuestal 0002: Salud Materno Neonatal…………………………..100
Programa Presupuestal 0016: TBC/VIH – SIDA……………………………………196
Programa Presupuestal 0017: Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis………..263
Programa Presupuestal 0018 Enfermedades No Transmisibles………………….337
Programa Presupuestal Prevención y Control del Cancer (0024)………………..474
Prevención y Manejo de Condiciones Secundarias de Salud en
Personas con Discapacidad (0129) ………………………………………………..603
Programa Presupuestal: Control y Prevención en Salud Mental (131)…………..638
-
INTRODUCCIÓN
El Ministerio de Salud en atención a lo dispuesto en la Ley Nº 28927 “Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2007”, inicia la implementación de Presupuesto por Resultados (PPR), proceso que se fortalece el año 2008 donde efectivamente se inicia la implementación de dos programas presupuestales “Programa Articulado Nutricional” y “Salud Materno Neonatal”.
Mediante Ley N° 29465 “Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2010” se encomienda al Sector Salud el diseño de 03 nuevos Programas Estratégicos: VIH-SIDA y TBC, Enfermedades Trasmisibles (Metaxénicas y Zoonosis) y Enfermedades no Trasmisibles.
Mediante Ley N° 29626 “Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2011”, artículo 1.4 inciso c) se aprueba créditos presupuestario para 05 Programas Estratégicos de Salud y se oficializa la incorporación del Programa Presupuestal Estratégico: “Prevención y Control del Cáncer”.
El 2012 el Ministerio de Economía y Finanzas Mediante Resolución Directoral Nº 004-2012-EF/50.01, aprueba la primeraDirectiva para los Programas Presupuestales en el marco de la programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público, en la que establece disposiciones para la identificación, diseño, revisión, modificación y registro de los Programas Presupuestales (PP) y entre otros establece los Contenidos mínimos de Programas Presupuestales (anexo N°2) y dentro de este el modelo operacional para la entrega de productos.
De acuerdo a lo estipulado en la directiva precitada y en directivas posteriores de la misma naturaleza (2013, 2014 y 2015), el Ministerio de Salud a la fecha ha diseñado y ha alcanzado al Ministerio de Economía y Finanzas el diseño de 10 programas presupuestales (Articulado Nutricional, Salud Materno Neonatal, Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis, Enfermedades No Trasmisibles, Prevención y Control de la Tuberculosis y VIH-SIDA y Prevención y Control del Cáncer, Prevención y manejo de condiciones secundarias en salud en personas con discapacidad, Reducción de la Mortalidad por Emergencias y Urgencias Médicas, Reducción de la Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres); las mismas que se encuentran registradas y en proceso de implementación.
Los Programas Presupuestales están definidos, como intervenciones articuladas del Estado, entre sectores y por niveles de gobierno, en torno a la resolución de un problema central que aqueja a la población del país. Constituyen una herramienta de gestión fundamental del presupuesto por resultados; en tal sentido, responden a un modelo causal, cuyos niveles guardan una relación lógica de medios-fines, a partir de los insumos, subproductos, productos; resultados inmediatos, intermedios y finales asociados a un conjunto de intervenciones que son implementadas de acuerdo a un modelo operacional estandarizado.
En el marco de presupuesto por resultados y con el objetivo de mejorar la asignación presupuestal y la calidad del gasto público; como parte del proceso de programación y formulación es indispensable una adecuada estimación de las metas físicas por cada producto, para tal efecto el responsable técnico del programa presupuestal en cumplimiento de sus funciones, establece como parte del modelo operacional, una definición operacional por cada producto y subproducto o subfinalidad, los criterios para estimar la meta física, la fuente de información para la estimación de la meta física y para evaluar el logro, entre otros.
El Ministerio de Salud en cumplimiento de sus funciones y con el objetivo de facilitar el proceso de programación y formulación del presupuesto de los programas presupuestales y estandarizar la forma de estimar las metas físicas de los productos que deben ser entregados a la población y por ende la estimación del presupuesto necesario para su cumplimiento, ha formulado y actualizado un documento normativo denominado Documento Técnico “Documento Técnico: Definiciones Operacionales y Criterios de Programación y de Medición de Avances de los Programas Presupuestales”, cuya cronología describimos a continuación:
Mediante Resolución Ministerial N° 098-2010/MINSA aprueba un primer documento técnico denominado “Definiciones Operacionales y Criterios de Programación de los Programas Estratégicos: Articulado Nutricional y Salud Materno Neonatal” y la “Estructura de Costos de los Programas Estratégicos: Articulado Nutricional y Salud Materno Neonatal”,
Mediante Resolución Ministerial 178-2011/MINSA del 15 de marzo del 2011, se aprueba el documento técnico: “Definiciones operacionales y criterios de Programación de los Programas Estratégicos: Articulado Nutricional, Salud Materno Neonatal, Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis, Enfermedades No Trasmisibles, Prevención y Control de la Tuberculosis y VIH-SIDA y Prevención y Control del Cáncer” y la versión electrónica de la matriz de la “Estructura de Costos de los Programas Estratégicos: Articulado Nutricional, Salud Materno Neonatal, Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis, Enfermedades No Trasmisibles, Prevención y Control del Cáncer”.
Mediante Resolución Ministerial N° 289-2013/MINSA del 17 de mayo del 2013, se aprueba el Documento Técnico de Definiciones Operacionales y Criterios de Programación de los Programas Presupuestales para el año fiscal 2013: Articulado Nutricional, Salud Materno Neonatal, Prevención y Control de la Tuberculosis y VIH-SIDA, Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis, Enfermedades No Trasmisibles, Prevención y Control del Cáncer, Reducción de la Mortalidad y Discapacidad por Emergencias y Urgencias, Inclusión Social Integral de las Personas con Discapacidad, Reducción de la Vulnerabilidad y Atención de emergencias por desastres. Así como la versión electrónica de la matriz de la “Estructura de Costos de los Programas Estratégicos: Articulado Nutricional, Salud Materno Neonatal, Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis, Enfermedades No Trasmisibles, Prevención y Control del Cáncer, Reducción de la Mortalidad y Discapacidad por Emergencias y Urgencias, Reducción de la Vulnerabilidad y Atención de emergencias por desastres.
Mediante Resolución Ministerial N° 302-2013/MINSA del 24 de mayo del 2013, se aprueba el Documento Técnico de Definiciones Operacionales y Criterios de Programación de los Programas Presupuestales Articulado Nutricional, Salud Materno Neonatal, Prevención y Control de la Tuberculosis y VIH-SIDA, Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis, Enfermedades No Trasmisibles, Prevención y Control del Cáncer”, Reducción de la Vulnerabilidad y Atención de Emergencias y Desastres. Así como la versión electrónica de la matriz de la “Estructura de Costos de los Programas Estratégicos: Articulado Nutricional, Salud Materno Neonatal, Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis, Enfermedades No Trasmisibles, Prevención y Control del Cáncer, y deja sin efecto la Resolución Ministerial 178-2011/MINSA.
Mediante Resolución Ministerial N° 555-2013/MINSA del 29 de agosto del 2013, Modifica en algunos términos el Documento Técnico aprobado por Mediante Resolución Ministerial N° 289-2013/MINSA.
Finalmente, el Ministerio de Salud presenta el Documento Técnico “Documento Técnico: Definiciones Operacionales y Criterios de Programación y de Medición de Avances de los Programas Presupuestales”: Articulado Nutricional, Salud Materno Neonatal, Prevención y Control de la Tuberculosis y VIH-SIDA, Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis, Enfermedades No Trasmisibles, Prevención y Control del Cáncer, Prevención y Manejo de Condiciones Secundarias en Salud en Personas con Discapacidad.
FINALIDAD
Unidades ejecutoras de salud y establecimientos de salud realizan una adecuada programación de metas físicas de los productos de cada programa presupuestal en el proceso de la formulación presupuestal.
-
OBJETIVO
Estandarizar la definición operacional y criterios de programación de los productos que deben ser entregados al ciudadano, a través de los programas presupuestales de Salud.
-
BASE LEGAL
-
Ley Nº 26842, Ley General de Salud.
-
Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
-
Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud
-
Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, que aprueba Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud.
-
ÁMBITO DE APLICACIÓN
El presente documento técnico está dirigido a las Unidades Orgánicas y dependencias del Ministerio de Salud, Unidades Ejecutoras, Gerencias y Direcciones Regionales de Salud o las que hagan sus veces en el ámbito Regional y a sus Establecimientos de Salud.
-
CONTENIDO
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0001: PROGRAMA ARTICULADO NUTRICIONAL
PRODUCTO
-
ACCIONES COMUNES (3000001)
Definición Operacional:Conjunto de acciones orientados a gerenciar el programa presupuestal para el logro de los objetivos y resultados; incluye procesos de planificación, programación, monitoreo, supervisión, evaluación y control del programa presupuestal.
Es de responsabilidad de los coordinadores técnicos del programa presupuestal en cada nivel (Nacional y Regional), se realiza de manera conjunta, integrada y articulada con los actores e instancias según su competencia (Estadística, Epidemiología, Administración, planeamiento y presupuesto, entre otros).
Los informes que se generan contienen como mínimo resultados de ejecución de metas físicas y financieras y evaluación de indicadores de desempeño definidas en el modelo lógico del programa presupuestal, estos informes son alcanzados al responsable técnico de Programa Presupuestal.
Listado de documentos normativos que sustentan la entrega del producto:
-
Resolución Ministerial 350-2015-MINSA, que crea el Repositorio Único Nacional de Información en Salud – REUNIS.
-
Resolución Ministerial 780-2015-MINSA, que aprueba el Documento Técnico denominado "Plan de Implementación del Sistema Informático HIS MINSA para el registro de atenciones en la red de establecimientos de salud a nivel nacional", así como la "Hoja de Registro Diario de Atención y otras actividades del aplicativo HIS MINSA",
-
Resolución Ministerial N° 302-2015/MINSA, que aprueba la NTS N° 117-MINSA/DGSPV.01 Norma Técnica de Salud para la Elaboración y Uso de Guías de Práctica Clínica del Ministerio de Salud.
-
Resolución. Resolución Ministerial N° 414-2015/MINSA, que aprueba el Documento Técnico: 'Metodología para la elaboración de Gulas de Práctica Clínica'.
-
Resolución Ministerial N° 1024-2014-MINSA, que aprueba la Directiva Sanitaria N° 061-MINSA/DGE-V.01, "Directiva Sanitaria para la Vigilancia Epidemiológica de las Infecciones Respiratorias Agudas (IRA).
-
Resolución Ministerial N° 919-2014-MINSA, que aprueba la Directiva Administrativa N° 204-MINSA-OGPP V.01, "Directiva Administrativa para el Planeamiento Operativo del Ministerio de Salud y sus "Organismos Públicos adscritos".
-
Resolución Ministerial N° 063-2014-MINSA, que aprueba la Directiva Sanitaria N°054-MINSA/DGE-V.01 "Directiva Sanitaria para la Vigilancia Epidemiológica de Eventos Supuestamente Atribuidos a la Vacunación o Inmunización (ESAVI)".
-
Resolución Ministerial N° 801-2012-MINSA, que aprueba la Norma Técnica de Salud que establece el Proceso para el Desarrollo y Evaluación y Análisis de Situación de Salud en los ámbitos Nacional y Regional.
-
Resolución Ministerial N° 526-2011/MINSA, que aprueba la Normas para la Elaboración de Documentos Normativos de Ministerio de Salud.
-
Resolución Ministerial Nº 576-2011/MINSA, que aprueba la Directiva Administrativa Nº 182-MINSA/DGSP-V.01 "Directiva Administrativa de Monitoreo del Desempeño de la Gestión de Establecimientos de Salud del I, II, y III Nivel de Atención".
-
Resolucion Ministerial N° 672-2009/MINSA, que aprueba la Directiva Administrativa N° 158-MINSA/DGSP-V01 "Directiva Administrativa de Supervisión Integral a Direcciones de Salud y Direcciones Regionales de Salud".
-
Resolucion Ministerial N° 654-2008/MINSA, que aprueba el Documento Técnico: Procedimientos para el Monitoreo y Evaluación de las Intervenciones Sanitarias.
-
Resolucion Ministerial N° 669-2005/MINSA que aprueba la N.T Nº 035-MINSA/DGSP-V.01 "Norma Técnica de Supervisión Integral".
Listado de las subfinalidades del producto:
Codigo
|
Denominación de la Subfinalidad
|
|
Actividad: Vigilancia, investigación y tecnologías en nutrición (5004424)
|
3324401
|
Vigilancia del estado nutricional del niño
|
3324403
|
Ejecución de investigaciones transversales
|
3324404
|
Ejecución de investigaciones prospectivas
|
3324405
|
Ejecución de revisiones sistemáticas de evidencias
|
3324406
|
Desarrollo de tecnologías para mejorar las intervenciones en alimentación y nutrición
|
3324407
|
Transferencia de tecnologías
|
3324408
|
Implementación de tecnologías
|
|
Actividad: desarrollo de normas y guías Técnicas en nutrición (5004425)
|
3324701
|
Desarrollo de normas y guías técnicas en nutrición
|
|
Actividad: monitoreo, supervisión, evaluación y control del programa articulado nutricional (5004426)
|
4427602
|
Monitoreo del programa articulado nutricional
|
4427603
|
Evaluación del programa articulado nutricional
|
4427604
|
Supervisión del programa articulado nutricional
|
Unidad de medida del producto:
060 Informe
Meta física del producto:
06 informes (01 trimestral, 01 semestral y 01 anual).
Indicador de producción física de producto:
Indicador
|
Fuente de Información Verificable
|
Categorías de Establecimiento a quienes aplica el Indicador
|
N° de informes de la gestión del Programa.
|
Informes de Gestión Anual del Responsable Técnico del Programa (DGSP)
|
MINSA/DGSP
DIRESA/GERESA, INS
|
SUBFINALIDADES:
-
Vigilancia del estado nutricional del niño (3324401)
Definición operacional: Es un proceso continuo y sistemático que permite contar con información de indicadores asociados del estado nutricional del niño y la gestante, así como las determinantes de riesgo asociadas a la desnutrición crónica. Se realiza, a través del Sistema de Información del Estado Nutricional (SIEN) y de encuestas poblacionales.
Se emiten informes técnicos de la Vigilancia del Estado Nutricional de niños menores de 5 años y gestantes que acuden a los establecimientos de salud del país (SIEN), así como Indicadores de consumo de nutrientes (macro y micro), relacionados a determinantes de riesgo de la desnutrición crónica (Encuestas poblacionales); estos informes son entregados en el nivel nacional por el Instituto Nacional de Salud a través del Centro Nacional de Alimentación y Nutrición y en el nivel regional por la DIRESA/GERESA/DISA y Red de Salud.
Nivel Nacional: (INS-CENAN): Entrega 03 Informes, (02 corresponde a la Vigilancia del Estado Nutricional (SIEN) y otro de la Vigilancia de Indicadores Nutricionales) al año, los cuales son remitidos al responsable técnico del Programa Articulado Nutricional,
Nivel Regional: La DIRESA/GERESA/DISA: Entrega 02 informes del SIEN al año (uno por semestre), los cuales se ponen a disposición delos decisores regionales para la toma de decisiones. A nivel de la Red de Salud entrega 12 reportes mensuales del SIEN al año que deben ser retroalimentados con los operadores de sus microrredes de salud y estos a sus establecimientos de salud.
El Informe de vigilancia está constituido por información analizada de la situación de los principales indicadores nutricionales, para el informe de la vigilancia del Estado Nutricional (SIEN), se contempla 14 indicadores de reporte anual y el informe de la vigilancia de indicadores nutricionales contempla 7 indicadores de reporte bianuales y 1 indicador de reporte trianual.
Nivel de establecimientos de salud en donde se entregará la subfinalidad
I-1
|
I-2
|
I-3
|
I-4
|
II-1
|
II-2
|
III-1
|
III-2
|
MINSA
|
DISA/GERESA /DIRESA
|
Red
|
INS
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
X
|
X
|
X
|
Unidad de medida del producto:
060. Informe
Criterio de programación
Nivel Nacional: (INS-CENAN) programa 03 Informes, (02 corresponde a la Vigilancia del Estado Nutricional (SIEN) y otro de la Vigilancia de Indicadores Nutricionales) al año.
Nivel Regional: La DIRESA/GERESA/DISA: Programa 02 informes del SIEN al año (uno por semestre), la Red de Salud programa 12 reportes mensuales del SIEN al año.
-
Ejecución de investigaciones transversales (3324403)
Definición operacional: Investigaciones científicas basadas en el análisis de corte transversal. Son observacionales y descriptivos, que buscan medir el estado de nutrición y sus determinantes en grupos poblacionales en un momento determinado del tiempo.
Deben ser ejecutadas o concluidas por un equipo de profesionales con experiencia.
Se emite un informe por cada investigación concluida en el ejercicio presupuestal y del estado de las que se encuentren en proceso.
El informe final es remitido por el Instituto Nacional de Salud al responsable técnico del programa y puesto a disposición a los diferentes actores interesados.
Nivel de establecimientos de salud en donde se entregará la subfinalidad
I-1
|
I-2
|
I-3
|
I-4
|
II-1
|
II-2
|
III-1
|
III-2
|
MINSA
|
DISA
|
Red
|
INS
|
|
|
|
|
|
|
X (*)
|
X (*)
|
|
|
|
X
|
(*) Si la investigación contribuye en la mejora del programa Presupuestal.
Unidad de medida del producto:
060. Informe
Criterio de programación:
INS: Un informe parcial o final de la investigación transversal según corresponda.
-
Ejecución de investigaciones prospectivas(3324404)
Definición operacional: Son investigaciones científicas que contribuyen a la caracterización de los problemas alimentarios nutricionales y evaluación de tecnológicas y de la efectividad de las intervenciones a partir del seguimiento al comportamiento de una serie de variables determinantes durante un periodo de tiempo.
La ejecución de las investigaciones prospectivas generalmente excede de un ejercicio presupuestal (más de un año).
Debe ser ejecutado o conducido por un equipo de profesionales con experiencia en investigación.
Se emite un informe, por cada investigación prospectiva, especificando la etapa de desarrollo de la misma.
El informe final de cada investigación es remitido por el Instituto Nacional de Salud al Responsable Técnico del Programa y puesto a disposición a los diferentes actores interesados.
Dostları ilə paylaş: |