De los programas presupuestales


Unidad de medida del producto del producto



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Unidad de medida del producto del producto:

215. Municipio



Meta física del producto:

Subfinalidades

Categorias de establecimientos

I-1

I-2

I-3

I-4

II-1

II-2

III-1

III-2

AISPED

DIRESA

Red

INS

[4399002]




X

X

X

























Indicador de producción física de producto

Indicador

Fuente de información verificable

Categoria de establecimientos en los que se evalua

Proporción de Municipios que participan en reuniones de abogacía y capacitación para promover prácticas y entornos saludables para disminuir las enfermedades no transmisibles

Registro HIS

Establecimiento de Salud que tenga el mayor nivel de complejidad en el distrito y/o se encuentre más cercano a la Municipalidad.

SUBFINALIDADES PARA SALUD:

      1. Comunidades con prácticas saludables para el cuidado y prevención enfermedades no trasmisibles (4399001):

Definición Operacional: Se refiere a aquella Comunidad representada por la Juntas Vecinales Comunales y Agentes Comunitarios que en el marco de la gestión comunal está informado, sensibilizado y capacitado para promover prácticas y entornos saludables e implementar acciones de vigilancia comunitaria para contribuir a la prevención y control de las enfermedades no transmisibles (Hipertensión arterial, Diabetes mellitus, salud mental, salud bucal, salud ocular y metales pesados y otras sustancias químicas).

El personal de salud capacitado realiza las siguientes tareas con la Junta Vecinal Comunal:



  • 01 Reunión de abogacía con la Junta Vecinal Comunal para presentar información actualizada sobre el problema de las enfermedades no trasmisibles en el distrito, la misma que será elaborada con la información disponible, y luego, de manera participativa, se identificarán las causas y efectos del problema y se propondrá la implementación de la Vigilancia Comunitaria y otras intervenciones efectivas de salud pública orientadas a promover prácticas y entornos saludables para contribuir en la prevención y control de las enfermedades no transmisibles, y finalmente establecer acuerdos y compromisos en el marco de su rol en la gestión comunal, de 03 horas de duración.

  • 01 Taller de planificación participativa con la Junta Vecinal Comunal y organizaciones sociales, líderes comunales y agentes comunitarios de salud para planificar la Vigilancia Comunitaria (visión de comunidad saludable, diagnostico situacional, mapeo comunal, plan comunal, organización para emergencias, etc.) y otras actividades efectivas priorizadas para contribuir en la prevención y control de las enfermedades no trasmisibles, de 04 horas de duración;

  • 01 Taller de capacitación con la Junta Vecinal Comunal en prácticas y entornos saludables para promover e implementar acciones en la adopción de las prácticas saludables y contribuir en la prevención y control de las enfermedades no transmisibles, de 04 horas de duración.

  • 02 Reuniones de monitoreo y seguimiento con la Junta Vecinal Comunal de las acciones implementadas para la promoción de prácticas y generación de entornos saludables para contribuir en la prevención y control de las enfermedades no transmisibles, de 02 horas de duración cada una.

  • 01 Reunión de evaluación con la Junta Vecinal Comunal de las acciones implementadas para la promoción de prácticas y generación de entornos saludables para contribuir en la prevención y control de las enfermedades no transmisibles, de 03 horas de duración

El personal de salud capacitado realiza las siguientes tareas con los Agentes Comunitarios de Salud:

  • 01 Taller de capacitación acerca del rol del Agente Comunitario de Salud para la implementación de la vigilancia comunitaria (Educación en prácticas saludables, vigilancia comunitaria y toma de decisiones) para contribuir en la prevención y control de las enfermedades no trasmisibles, de 02 horas de duración.

  • 02 Talleres de capacitación en el uso del rotafolio (prácticas y entornos) del Agente Comunitario de Salud, de 06 horas de duración cada uno.

  • 01 Taller de capacitación en sesiones demostrativas en alimentación, actividad física, higiene bucal, higiene ocular, entre otros, de 05 horas de duración.

Nivel de establecimientos de salud en donde se entregará la subfinalidad

I-1

I-2

I-3

I-4

II-1

II-2

III-1

III-2

AISPED

DISA

Red

INS

X

X

X

X

























Unidad de medida del producto del producto:

019. Comunidad



Criterio y fuente para determinar avance de la meta física.

Junta Vecinal Comunal.

Sumatoria de actividades registradas como APP91+ Código CPT C703 (reunión de evaluación) + Actividades de Salud Bucal (U0004)+ Actividades de Salud Ocular (U0098)+ Actividades de Metales Pesados (U0010)+ Actividades de Hipertensión (U0050), Lab 1.



Fuente: HIS

Criterio y fuente para determinar avance de la meta física.

Agente Comunitario en Salud.

APP138, Código CPT C0006 (Taller para la comunidad)+ Actividades de Salud Bucal (U0004)+ Actividades de Salud Ocular (U0098)+ Actividades de Metales Pesados (U0010)+ Actividades de Hipertensión (U0050), Lab (número de ACS), Lab PSA, SDE.



Criterio de programación:

  • 100% de las juntas vecinales comunales (comunidades) de los sectores prioritarios (mapa de sectorización) de los distritos de riesgo de enfermedades no transmisibles (de acuerdo a la priorización que realice las instancias correspondientes de la Dirección Regional de Salud o quien haga sus veces)

  • 100% de los agentes comunitarios de salud de los sectores prioritarios (mapa de sectorización)de los distritos de riesgo de enfermedades de no transmisibles (de acuerdo a la priorización que realice las instancias correspondientes de la Dirección Regional de Salud o quien haga sus veces).

Nota: Esta actividad se programará en correspondencia con la programación del producto Municipios Saludables (Distrito con población en riesgo deben ser los mismos distritos que los programados para la actividad de Concejo Municipal/Comité Multisectorial).

      1. Municipio con prácticas saludables para el cuidado y prevención de enfermedades no trasmisibles (4399002):

Definición Operacional: Se refiere a aquel municipio provincial o distrital que cuenta con un concejo municipal (Alcalde y Regidores) y comité multisectorial (con Resolución de Alcaldía) informado, motivado y capacitado para implementar políticas públicas, programas y proyectos de inversión y los determinantes sociales de la salud, orientado a promover prácticas y entornos saludables para la prevención y el control de las enfermedades no transmisibles (Hipertensión arterial, Diabetes mellitus, salud mental, salud bucal, salud ocular y metales pesados y otras sustancias químicas).

El personal de salud capacitado realiza las siguientes tareas con el Concejo municipal:



  • 01 visita de coordinación para programar una reunión con el concejo municipal o provincial para informar, motivar y despertar interés frente a las enfermedades no trasmisibles, de 02 horas de duración.

  • 01 reunión de abogacía con el Concejo Municipal provincial y distrital, conducido por el jefe del establecimiento de salud, para exponer el diagnóstico de la situación local actualizada sobre el problema de las enfermedades no trasmisibles en el distrito o provincia y plantear intervenciones efectivas de salud pública orientadas a promover prácticas y entornos saludables para contribuir en la prevención y control de las enfermedades no trasmisibles y establecer acuerdos y compromisos en el marco de su rol en la Gestión Municipal, de 04 horas de duración.

  • 01 reunión técnica con el concejo municipal para la conformación o reactivación del Comité Multisectorial reconocido con Resolución de Alcaldía, que permita promover e implementar prácticas y entornos saludables, abordando los determinantes sociales de la salud, para contribuir en la prevención y control de las enfermedades no trasmisibles de 04 horas de duración.

El personal de salud capacitado realiza las siguientes tareas con el Comité Multisectorial:

  • 01 reunión de abogacía con el Comité Multisectorial, conducido por el Jefe del Establecimiento de Salud, para presentar información actualizada sobre el problema de las enfermedades no trasmisibles en el distrito o provincia, la misma que será elaborada con la información disponible, y luego, de manera participativa, se identificarán las causas y efectos del problema y se propondrá intervenciones efectivas de salud pública orientadas a promover prácticas y entornos saludables para contribuir en la prevención y control de las enfermedades no trasmisibles, y finalmente establecer acuerdos y compromisos, de 03 horas de duración;

  • 01 taller de planificación participativa con el Comité Multisectorial y actores sociales para planificar las actividades efectivas priorizadas para para contribuir en la prevención y control de las enfermedades no trasmisibles, de 04 horas de duración;

  • 01 taller de capacitación Comité Multisectorial en prácticas saludables como: alimentación saludable, actividad física, higiene ,entre otros, para contribuir en la prevención y control las enfermedades no trasmisibles, de 03 horas de duración;

  • 01 taller de capacitación Comité Multisectorial en generación de entornos saludables en agua y saneamiento, espacios públicos para actividad física y recreación, quioscos saludables, limpieza y ordenamiento de la vivienda, Servicios de Salud, entre otros, para contribuir en la prevención y control las enfermedades no trasmisibles, de 03 horas de duración;

  • 02 reuniones de monitoreo y seguimiento Comité Multisectorial acerca de las acciones implementadas para contribuir en la prevención y control las enfermedades no trasmisibles, de 03 horas de duración.

  • 01 reunión de evaluación Comité Multisectorial acerca de las acciones implementadas para contribuir en la prevención y control las enfermedades no trasmisibles, identificando logros de la ejecución de 03 horas de duración.

Nivel de establecimientos de salud en donde se entregará la subfinalidad

I-1

I-2

I-3

I-4

II-1

II-2

III-1

III-2

AISPED

DISA

Red

INS




X

X

X

























Unidad de medida del producto del producto:

215. Municipio



Criterio y fuente para determinar avance de la meta física

Consejo Municipal.

APP101, Código CPT C0006 (reunión en municipios), U0066 + U0004 + U0098 + U0010 + U0050 + U0051, Lab (número de participantes), Lab FO (fase de organización).



Criterio y fuente para determinar avance de la meta física

Comité Multisectorial

APP96, Código CPT C7003 (reunión de evaluación), U0066 + U0004 + U0098 + U0010 + U0050 + U0051, Lab (número de participantes), Lab 1.



Criterio de programación:

  • 100% de los Concejos Municipales de los distritos con población en riesgo de enfermedades no transmisibles (de acuerdo a la priorización que realice las instancias correspondientes de la Dirección Regional de Salud o quien haga sus veces).

  • 100% de los Comités Multisectoriales de los distritos con población en riesgo de enfermedades no transmisibles (de acuerdo a la priorización que realice las instancias correspondientes de la Dirección Regional de Salud o quien haga sus veces).

Fuente de información para el cálculo de la meta física:

  • Directorio Nacional de municipalidades provinciales, distritales y de centros poblados (http://www.inei.gob.pe/biblioineipub/bancopub/Est/Lib1018/index.html)

  • Reportes de Epidemiología o reportes del HIS o Análisis de Situación de Salud local (para estimar zonas/sectores de distritos riesgo).

SUBFINALIDADES DEL PRODUCTO PARA GOBIERNO LOCAL:

      1. Municipios implementan programa de promocion de la actividad fisica en espacios publicos. (Sin código)

Definición operacional.- Se refiere a aquel municipio provincial o distrital que cuenta con funcionarios informados, motivados y capacitados para implementar el programa de promoción de la actividad física que incluye fechas de Ciclovías Recreativas y activaciones en espacios públicos del distrito, además de otros programas y proyectos dirigidos a incrementar los niveles de actividad física en la población del distrito. El personal de salud de la Red de Salud y/o microred designado y capacitado informará, motivará y capacitará a los integrantes del concejo municipal y/o comité multisectorial y al coordinador del programa para la implementación y funcionamiento del programa de promoción de la actividad física en espacios públicos.

La responsabilidad de la implementación y funcionamiento del programa de promoción de actividad física en espacios públicos desde el Municipio se dará de la designación realizada por la Gerencia de Desarrollo Social o el Coordinador del Plan de Incentivos o el Gerente/Sub Gerente de Deportes/o quien haga sus veces. El responsable designado será el coordinador del programa quien realizará las siguientes tareas para la implementación del programa de promoción de la actividad física en espacios públicos:



  • 01 reunión con miembro del Comité Multisectorial para conformar su equipo de trabajo, el cual puede ser reconocido por Resolución de Alcaldía o Resolución de Gerencia Municipal.

  • 04 reuniones de planificación con miembros del Comité Multisectorial para selección del lugar, coordinaciones con la comunidad, plan de desvío vehicular, programación y relación de recursos necesarios para la implementación.

  • 01 reunión de trabajo con el Gerente de Desarrollo Social y el gerente de planificación o quien haga sus veces para programar los recursos acerca del programa de promoción de la actividad física en espacios públicos.

  • 01 reunión de capacitación al equipo operativo de la implementación del programa de promoción de la actividad física en espacios públicos.

  • 01 actividad de inauguración del programa de promoción de la actividad física, con participación de los integrantes del comité multisectorial y la población en general.

El coordinador del programa en coordinación con el equipo de trabajo conformado y su equipo operativo, realizará las siguientes tareas para el funcionamiento del programa de promoción de la actividad física en espacios públicos:

  • 12 fechas de Ciclovías Recreativas programadas continúas (como mínimo) en una extensión mínima de 1.5 kilómetros, por cuatro horas continuas de duración solamente en días domingos, que integra las siguientes acciones por cada fecha:

    • 01 espacio público (parque, plaza o loza deportiva) para promoción de la actividad física implementado en un mínimo de 45 minutos entre lunes a viernes (activación) previo al domingo de Ciclovía Recreativa.

    • 05 módulos para promoción de la actividad física o recreativos implementados en un mínimo de 45 minutos dentro de la Ciclovía Recreativa en cada una de sus fechas.

    • 01 reunión de coordinación inicial en cada fecha, para instrucciones del cierre de vías, esta reunión se desarrolla entre el coordinador del programa y su equipo de trabajo.

    • 01 reunión de coordinación final en cada fecha, de evaluación de las incidencias o problemas encontrados durante el funcionamiento, esta reunión se desarrolla entre el coordinador del programa y su equipo de trabajo.

    • 01 reunión de evaluación del programa con participación del comité multisectorial, el coordinador del programa y el Gerente de Desarrollo Social.

Unidad de medida del producto:

215. Municipio



Criterio de programación

100% de los Municipios de los distritos con población en riesgo de enfermedades no transmisibles (de acuerdo a la priorización que realice las instancias correspondientes de la Dirección Regional de Salud o quien haga sus veces).



Fuente de información para el cálculo de la meta física:

  • Directorio Nacional de municipalidades provinciales, distritales y de centros poblados (http://www.inei.gob.pe/biblioineipub/bancopub/Est/Lib1018/index.html)

  • Reportes de Epidemiología o reportes del HIS o Análisis de Situación de Salud local (para estimar zonas/sectores de distritos riesgo).



      1. Municipalidad implementa programa de promocion de la alimentacion saludable. (Sin código).

Definición operacional.- El programa de alimentación saludable corresponde con el desarrollo de acciones de planificación, capacitación e implementación del programa que incluye acciones de promoción de alimentación saludable y el fortalecer las acciones de instituciones educativas que hayan decidido implementar la estrategia de quioscos saludables.

El personal de salud de la Red de Salud y/o microred designado y capacitado informará, motivará y capacitará a los integrantes del concejo municipal y/o comité multisectorial y al coordinador del programa para la implementación y funcionamiento del programa de alimentación saludable, asimismo asesora para implementar otras políticas públicas, programas y proyectos de inversión en el marco de la gestión territorial.

La responsabilidad de la implementación y funcionamiento del programa de promoción de alimentación saludable en espacios públicos desde el Municipio se dará de la designación realizada por la Gerencia de Desarrollo Social o quien haga sus veces. El responsable designado será el coordinador del programa. La Municipalidad desarrollará las siguientes acciones para el programa de alimentación saludable:

Implementación del Programa de Alimentación Saludable:



  • 03 reuniones de planificación con miembros del Comité Multisectorial para selección de espacios públicos estratégicos, coordinaciones con las organizaciones y comerciantes de rubros de alimentación, programación y relación de recursos necesarios para la implementación, de 3 horas de duración cada una.

  • 01 reunión de trabajo con el Gerente de Desarrollo Social y el gerente de planificación o quien haga sus veces para programar los recursos acerca del programa de alimentación saludable, de 2 horas de duración.

  • 05 reuniones de capacitación dirigida a las organizaciones sociales de base, comités de vaso de leche, comedores populares, comerciantes de desayunos y restaurantes respecto a la importancia de la alimentación saludable y recomendaciones para su preparación, de cuatro horas cada una.

  • 01 actividad de inauguración del programa de alimentación saludable, con participación de los integrantes del comité multisectorial y la población en general, de cuatro horas continúas.

Funcionamiento del Programa de Alimentación Saludable:

  • 12 ferias de alimentación saludable programadas (como mínimo) en espacio público seleccionado teniendo como temas centrales: loncheras saludables(06 fechas), desayunos saludables(03 fechas) y almuerzos saludables (03 fechas) solamente en días domingos por 04 horas continuas, la cual contiene como mínimo:

    • 03 espacios para muestra de alimentos saludables preparados acorde al tema prioritario definido.

    • 01 espacio para sesiones educativas de alimentación saludable.

    • 01 espacio para sesiones demostrativas de alimentación saludable.

    • 03 espacios de promoción y/o venta de productos naturales.

  • 05 instituciones educativas capacitadas y fortalecidas en la implementación de quioscos saludables de acuerdo a criterios del Ministerio de Salud, de 04 horas.

  • 01 reunión de evaluación del programa con participación del comité multisectorial, el coordinador del programa y el Gerente de Desarrollo Social, de 03 horas.

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