Derechos humanos y discapacidad


Artículo 9. Accesibilidad



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Artículo 9. Accesibilidad


Síntesis del artículo.

Para lograr la independencia y la participación de las personas con discapacidad, la accesibilidad es un requisito esencial. Por ello, los Estados deben garantizar la accesibilidad al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, y a otros servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público, tanto en zonas urbanas como rurales.

La accesibilidad requiere que los Estados aprueben normas sobre accesibilidad en todos los entornos, así como que identifiquen las barreras de accesibilidad para su eliminación y que se de formación en diseño universal.

La accesibilidad es un presupuesto necesario para el acceso y ejercicio de los derechos, por lo que su carencia, supone una vulneración tanto del derecho a la accesibilidad, como del derecho que se quiera ejercer.

La accesibilidad y su importancia, se manifiesta no sólo en su transversalidad sino que además, tiene recorrido a lo largo de toda la CDPD, así de forma expresa se encuentra también en:


  1. El preámbulo aptdo. v) en el que relaciona accesibilidad con goce pleno de derechos.

  2. El artículo 3 f) que lo define como principio general.

  3. El artículo 4.1 f) que promueve el diseño universal en la elaboración de normas y directrices, y el 4.1 h) conforme al cual la información sobre ayudas y dispositivos de apoyo entre otros debe ser accesible.

  4. El artículo 21 a), b) y d) que, relativo a la libertad de expresión, de opinión y de acceso, establece que la información al público en general debe proporcionarse en formatos accesibles para las personas con discapacidad. Estos formatos deben facilitarse en todas sus opciones, y se debe alentar a los medios para que hagan su información accesible.

  5. El artículo 27.1 que reconoce el derecho al trabajo, y que éste debe ser libremente elegido en un entorno laboral abierto, inclusivo y accesible.

  6. El artículo 29 a) que, en relación a la participación en la vida política y pública, establece que ha de asegurarse que ésta sea plena y efectiva, y entre otras cuestiones menciona que el procedimiento electoral debe ser adecuado, accesible y fácil de entender y utilizar.

  7. El artículo 30.1 a) y b) que regula el derecho a la participación en la vida cultural, las actividades recreativas, el esparcimiento y el deporte, y que establece que el acceso material a la cultura, así como a los contenidos televisivos, de cine, teatro y otras actividades culturales debe ser en formatos accesibles.

  8. El artículo 31.3, que determina la accesibilidad de los datos y estadísticas que elabore el Estado.

  9. El artículo 32.1 a), y d) sobre la inclusión transversal de la discapacidad en la cooperación internacional y la transferencia de este conocimiento.

  10. El artículo 49 que establece que la difusión del propio texto de la Convención se hará en formatos accesibles.

Denuncia: La Ley Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas no incluye ninguna previsión en materia de discapacidad.

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, pesa a las aportaciones del CERMI tendentes a asegurar el principio de igualdad y no discriminación en las relaciones de los ciudadanos con la Administración, no incluye ninguna previsión a la accesibilidad. Tampoco se ha incorporado a la misma que las memorias de análisis de impacto realicen una relativa a la igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad59.

Si bien es cierto que existe otra normativa que protege los derechos de las personas con discapacidad en este ámbito, se ha perdido una oportunidad de transversalizar y reforzar estos derechos en una ley general.

Denuncia: RENFE desoye a la Defensora del Pueblo y no informará de los trenes y servicios accesibles con carácter general y previo60.

Renfe ha desoído la recomendación de la Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, de informar con carácter general y con antelación de los trenes y demás servicios ferroviarios accesibles para personas con discapacidad o con movilidad reducida, de forma que estos viajeros puedan planificar su viaje con seguridad y comodidad.

A partir de una queja del CERMI, la Defensora del Pueblo, tras examinar la situación, formuló una recomendación a Renfe para que estableciera un canal informativo de acceso general y permanente que con carácter previo diera a conocer a los usuarios con discapacidad los trenes y servicios accesibles de la compañía.

Según explica el CERMI, Renfe ha manifestado que no puede atender la recomendación alegando que "aunque cada día hay una programación de los servicios y del material con que prestarlos, puede haber eventualidades que requieren reprogramaciones y cambios en los vehículos".

Ante esta respuesta, Becerril ha expresado al CERMI que se ha dirigido a la compañía ferroviaria insistiendo en la necesidad de que estos viajeros dispongan de antemano de la información sobre qué trenes son accesibles, por cuanto debe primar "el derecho de las personas con discapacidad a una vida lo más autónoma posible". Además, este rechazo obliga a la Defensora del Pueblo a incluir este incumplimiento en su informe anual a las Cortes Generales.

Así las cosas, el CERMI lamenta la actuación de Renfe, "contraria a las demandas de las personas con discapacidad", y advierte de que continuará "la presión política, administrativa y jurídica para que se dé respuesta positiva a la recomendación de la Defensora del Pueblo".



Denuncia: El CERMI plantea numerosas denuncias en materia de inaccesibilidad.

La labor del CERMI en el ámbito de la denuncia de la inaccesibilidad es una constante, por cuanto sin accesibilidad, no hay posibilidad de acceso al derecho que se quiere ejercer, por tanto, no hay derecho, éste queda volatilizado y se produce una situación de desigualdad y discriminación. La gravedad y vulneración que esto supone deriva en constantes denuncias del CERMI ante diferentes organismos, y especialmente la oficina del Defensor del Pueblo y la OADIS entre ellas, se puede destacar:



  1. El sitio web de RENFE, tiene unas importantísimas barreras de accesibilidad que imposibilitan el acceso de usuarios con discapacidad a sus contenidos y funcionalidades, cuestión que también quedó acreditada en el informe que se remitió a ambas entidades.



  1. La falta de accesibilidad de la sede de los Servicios de Salud Mental de Retiro de la capital, situada en la calle Lope de Rueda 43, este centro sanitario asistencial abierto al público en general, dependiente de la Comunidad de Madrid, presenta severas barreras arquitectónicas, que impiden su uso en condiciones de igualdad y no discriminación61.



  1. La inaccesibilidad de la sede del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio ambiente sita en la calle Velázquez 144.



  1. La inaccesibilidad en el sistema de llamadas del Centro de Especialidades Juan A. Romeu, dependiente de la Consejería de Sanidad de Canarias.

  2. Inexistencia de material didáctico en la Escuela Oficial de Idiomas de Granada apropiado para el aprendizaje de lenguas por alumnos que presentan dificultades en el lenguaje oral y que requieren de medios de apoyo específico.



  1. Falta de accesibilidad de la Librería Científica del CSIC de Madrid.



  1. Dirección General de Tráfico del Ministerio del Interior, por las condiciones de inaccesibilidad del Centro Superior de Educación Vial de Salamanca62.

Denuncia: Los teléfonos de información y atención ciudadana y dependencias de la AGE sigue sin contemplar medidas de accesibilidad para personas sordas.

Las dependencias de atención al ciudadano y aquellos teléfonos de información de la Administración General del Estado deben contar con los mecanismos de accesibilidad que permitan una interacción sin barreras ente la persona sorda y el personal funcionario.

En este sentido, las administraciones públicas han de cumplir las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación que han de reunir las oficinas públicas, dispositivos y servicios de atención al ciudadano y aquellos de participación en los asuntos públicos, incluidos los relativos a la Administración de Justicia y a la participación en la vida política y los procesos electorales.

Avance: Las denuncias del CERMI logran el impulso de la accesibilidad.

Uno de los ejes vertebradores de la actuación del CERMI es la igualdad y no discriminación y la accesibilidad, por ello, su actitud de denuncia y seguimiento de estas barreras es clave. Denunciar, significa empoderar a quienes sufren discriminación y desarrollar conciencia a quienes no incluían la accesibilidad como una cuestión esencial desde la perspectiva de los derechos humanos.



Es importante resaltar, por ello, alguno de los logros conseguidos en esta área:

  1. La página de Internet oficial de petición de cita previa para la obtención del Documento Nacional de Identidad (DNI), cuyo dominio es www.citapreviadnie.es y cuya titularidad corresponde a la Dirección General de la Policía del Ministerio de Interior, ya es accesible tras la denuncia del CERMI63.



  1. La sede del Plan Nacional Sobre Drogas es accesible tras la denuncia del CERMI64: En el año 2013, el CERMI denunció ante la Defensora del Pueblo su inaccesibilidad y el efecto de exclusión que ésta generaba. La Defensora del Pueblo ha comunicado al CERMI que, la sede de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, organismo adscrito al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, ya accesible para personas con discapacidad. Han sido necesarios dos años para resolver esta situación de desigualdad y discriminación.



  1. La Comisaría de la Policía Nacional de Plaza de las Regiones de Madrid es ya accesible65: La denuncia fue presentada por el CERMI ante la OADIS y se basaba en la posible vulneración del principio de accesibilidad y no discriminación por razón de la discapacidad. Las reformas realizadas fueron dos: instalación de una plataforma elevadora y la ubicación de un aseo independiente para personas con movilidad reducida.



  1. Atocha mejorará la accesibilidad tras la denuncia del CERMI ante la Defensora del Pueblo66: La macroestación de ferrocarril de Atocha, en Madrid, mejorará la accesibilidad para personas con discapacidad y movilidad reducida con la instalación de un ascensor que comunique a su vez la estación de Cercanías con la de Alta Velocidad. Así evitarán los largos trayectos que las personas con movilidad reducida tienen que hacer para trasladarse de unas dependencias de la estación a otras.



  1. La sede de parte de los Juzgados civiles de Madrid, en el número 42 de la calle María de Molina, ya es accesible tras una intervención de la Comunidad de Madrid, que ha eliminado una importante barrera arquitectónica del portal de entrada67.



  1. El portal de transparencia del Gobierno no es accesible68: Tras recibir numerosas quejas, el CERMI pidió a una empresa especializada un informe experto sobre el grado de accesibilidad del citado portal y las conclusiones técnicas independientes confirman la existencia de dificultades notables de accesibilidad del mencionado portal. Tras la queja presentada ante la oficina del Defensor del Pueblo, la Oficina para la Ejecución de la Reforma de la Administración (OPERA) manifestó que se hace necesario priorizar las acciones a emprender en un esquema de mejora continua, tanto en accesibilidad como en otros aspectos.

Se han producido también importantes avances fruto de convenios de colaboración, como el suscrito entre la Agencia Tributaria, CERMI y Fundación ONCE, así, el 95% de los edificios de la Agencia Tributaria son accesibles69.

En todo caso, esta situación de vulneración que debe ser denunciada para la eliminación de barreras, muestra la dejación en la obligación de los poderes públicos de identificar las barreras, y muestra, de nuevo, no sólo la situación de vulneración de la igualdad, sino el esfuerzo vigilante constante para ir logrando avances que son responsabilidad de los poderes públicos.



Avance: Aprobada la relación de oficinas de atención al ciudadano de la Administración del Estado que han de reunir condiciones de accesibilidad universal.

Mediante Resolución administrativa70 se identifican las oficinas que habrán de cumplir los requisitos de accesibilidad universal y diseño para todas las personas contenidos en el Real Decreto 366/2007, de 16 de marzo, por el que se establecen las condiciones de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad en sus relaciones con la Administración General del Estado.

El resto de oficinas, sedes y dependencias de la Administración del Estado no incluidas en esta relación no significa que estén exentas de la obligación de ser accesibles, sino que las señaladas en el listado publicado tienen que cumplir mayores y suplementarias exigencias de accesibilidad, por estar concebidas y tener como misión la atención directa a la ciudadanía.

El CERMI ha colaborado con la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas para la delimitación del universo de oficinas afectadas por estas obligaciones de accesibilidad y para la definición del procedimiento para incorporar progresivamente otros más, a fin de que la Administración del Estado avance en el objetivo de la accesibilidad universal71.



Avance: Comisarías accesibles a las personas sordas.

La Dirección General de la Policía contribuye a la accesibilidad al servicio de emergencia policial y a la realización de gestiones, ya sea como víctima o dentro del proceso de detención policial.

La Policía Nacional se ha comprometido a poner a disposición del colectivo de personas sordas y con discapacidad auditiva el Sistema de Movilidad de Alertas de Seguridad Ciudadana Alertcops, que tiene entre sus objetivos garantizar la accesibilidad al servicio de emergencias del 091 a las personas con discapacidades de comunicación. Además, se analizarán las posibilidades técnicas y económicas para establecer el servicio de vídeo interpretación para personas sordas Svisual en las Salas del 091 y otras dependencias policiales que lo pudieran precisar como las Oficinas de Denuncias y Atención al Ciudadano y las Oficinas de Documentación.

Asimismo, la Policía Nacional se compromete a extender el Plan Mayor Seguridad a las personas mayores sordas o con discapacidad auditiva y acercar el Plan Director, desarrollado en centros escolares, a los menores y jóvenes con este tipo de discapacidad



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