Sección II Digitalización Proceso
Artículo 57.- De Digitalización Proceso. Esta área tiene a su cargo la digitalización de los documentos que envían los diferentes subprocesos y departamentos, en razón de un servicio brindado al usuario, ya sea en placas, salidas del país, cédulas jurídicas, títulos de propiedad de vehículos, colisiones y levantamientos así como cualquier otro que se pueda incorporar en el futuro, de tal manera que estos puedan ser consultados por toda persona.
Sección III Servicios Auxiliares
Artículo 58.- Procedimiento y requisitos para solicitar copias en Servicios Auxiliares. a) Se presenta el usuario en la ventanilla con las citas o referencias de la información que desea consultar o que le certifiquen.
b) Cuando el usuario no tiene claro qué es lo que necesita, con las referencias que le brinde al certificador, este procederá a realizar una búsqueda en las bases de datos hasta lograr encontrar la documentación o información que requiere el usuario.
c) Si las citas que indica el usuario son exactas, el certificador procede a buscar la información y resolverle la consulta al usuario o bien a imprimir la copias de los documentos o expedientes, certificarlas cuando así lo solicitan y verificar el correcto pago de derechos y timbres correspondientes y entrega al usuario inmediatamente.
d) Cuando el usuario necesita que se certifique parcialmente un expediente o documento, en razón de que el mismo consta de muchos folios o bien el documento se relaciona con diferentes actos y personas y solo le interesa que se le certifique una parte, se recibe la solicitud, (la boleta con la que se cancela los derechos y timbres en la que se indica a mano con bolígrafo y letra legible lo requerido) y se tramita en el plazo de dos días hábiles, contados a partir del día de su recibo.