səhifə 8/8 tarix 29.10.2017 ölçüsü 0,88 Mb. #19627
Clase
Cód.
Descripción
Color
Color soporte
PE
23
Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos
verde
blanca
PE
27
Ministerio Planificación y Política Económica
verde
blanca
PE
29
Ministerio del Ambiente y Energía
verde
blanca
PE
30
Ministerio de Ciencia y Tecnología
verde
blanca
PE
31
Ministerio de la Condición de la mujer
verde
blanca
PEN
Pensionado
roja
blanca
PJ
Poder judicial
verde
blanca
PP
Puntarenas publico
roja
blanca
R
Remolques
verde
amarilla
RL
Remolque liviano
verde
amarilla
S
Semiremolque
verde
amarilla
SJB
San José bus
negra
blanca c/ franja amarilla
SJP
San José publico
roja
blanca
SM
Servicio municipal
verde
blanca
TA
Taxi Alajuela
negra
roja
TAX
A
Permiso de taxi Alajuela
verde
roja
TAX
C
Permiso de taxi Cartago
verde
roja
TAX
G
Permiso de taxi Guanacaste
verde
roja
TAX
H
Permiso de taxi Heredia
verde
roja
TAX
L
Permiso de taxi limón
verde
roja
TAX
P
Permiso de taxi Puntarenas
verde
roja
TAX
Sj
Permiso de taxi San José
verde
roja
TC
Taxi Cartago
roja
azul
TE
Taxi espable, servicio especial
azul
roja
TG
Taxi Guanacaste
roja
verde
TH
taxi Heredia
roja
blanco c/ franja amarilla
Clase
Cód.
Descripción
Color
Color soporte
TL
taxi limón
roja
blanca c/ franja amarilla
TP
Taxi Puntarenas
roja
blanca c/ franja amarilla
TSE
Tribunal supremo de elecciones
verde
blanca
TSJ
Taxi San José
roja
blanca c/ franja amarilla
TUR
1
Renta car
roja
blanca
TUR
2
Hotelería
roja
blanca
TUR
3
Turismo receptivo
roja
blanca
TUR
4
Transporte acuático
roja
blanca
VE
Vehículo especial
negra
amarilla
VH
Vehículo histórico
negra
amarilla
ZFE
Zonas francas de exportación
negra
amarilla
Artículo 98.- Los vehículos que circulan actualmente con soportes metálicos de color azul, verde y rojo; seguirán transitando con dichos colores y se les asignarán, hasta que se termine el inventario de los soportes metálicos que existen activos en el sistema.
Posteriormente se les asignará soportes metálicos blancos con franja amarilla, para unificarlos con los demás vehículos de transporte público.
Artículo 99.- Vigencia. Esta guía de procedimientos, requisitos y trámites rige a partir de la fecha de su publicación. Dostları ilə paylaş: