12.1.España – Derechos
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Investigación:
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DPU/2007/01
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DPU/2007/10
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DPU/2008/108
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Fechas de la misión:
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12-16.2.2007
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18-21.12.2007
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n.d.
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Carta de observaciones:
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AGRI 017279 de 5 de julio de 2007
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AGR 011392 de 14 de mayo de 2008
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AGR 18955 de 31 de julio de 2008
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Respuesta del Estado miembro:
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9 de octubre de 2007
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21 de julio de 2008
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20 de octubre de 2008
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Invitación a una reunión bilateral:
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D(2009) 5459 de 26 de febrero de 2009
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Conclusiones de la reunión bilateral:
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ARES-152800 de 1 de julio de 2009
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Respuesta del Estado miembro
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SGFA/MAD/253, 292 y 319 de 17 de noviembre de 2009
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Carta de conciliación:
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ARES-68733, de 21 de enero de 2011
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Referencia de conciliación:
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11/ES/475
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Dictamen del órgano de conciliación:
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ARES-758921, de 12 de julio de 2011
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Carta final:
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Ares-694742, 11.06.2012
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12.1.1.Principales constataciones (1) Cálculo de los derechos de ayuda; importes de referencia de la prima especial por (bovino) macho (toda España)
España disoció las primas por ganado vacuno en un 93 % en el año de presentación de solicitudes para el RPU de 2006. Los importes de referencia se calcularon sobre la base de los animales que se consideró podían optar a las primas por ganado vacuno durante el período de referencia.
Según el documento de trabajo DS 63/03 del Consejo, de 14.2.2003, titulado Cálculo del límite máximo nacional del Anexo VIII, el límite máximo respecto de las primas por ganado vacuno en España se incrementó en 4,4 millones EUR suplementarios con el fin de compensar la reducción de la prima especial por bovino abonada en 2002 debido a los efectos de la encefalopatía espongiforme bovina, de conformidad con el Reglamento (CE) nº 1512/2001.
La DG AGRI considera que este aumento de 4,4 millones EUR (un 9,39 % en términos de ayudas a los agricultores en 2002) debería haberse utilizado para calcular los importes de referencia en 2006.
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TOTAL ayudas (millones EUR) 2000-2001-2002 por bovinos
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140,59
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Aumento del límite máximo en 2002 (millones EUR)
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4,4
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% del aumento de las ayudas de 2002
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(4,4*3/140,59) = 9,39 %
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En lugar de ello, las autoridades españolas aumentaron sistemáticamente el número de bovinos subvencionables en 2002 en un 10,95 % al calcular los derechos de ayuda. Este porcentaje corresponde a la diferencia entre el número máximo de 713 999 animales subvencionables y el límite en el número de animales fijado antes de incrementarse el límite máximo en 2002 (643 525 animales).
La DG AGRI opina que la diferencia entre los importes obtenidos aplicando el porcentaje del 9,3 % y el del 10,95 % se ha asignado indebidamente y supone un riesgo para el Fondo. El importe de referencia indebidamente asignado asciende a 730 990,42 EUR [(10,95*4,4/9,39)-4,4 ].
Sobre la base de lo anterior, el riesgo financiero para el Fondo es el siguiente:
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Año de solicitud
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Diferencia (EUR) 10,95 % - 9,39 %
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Tasa de activación (%)
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Importe que representa un riesgo para el Fondo (EUR
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2006
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730 990,42
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98,29 %
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718 490,48
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2007
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730 990,42
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98,69 %
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721 414,45
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2008
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730 990,42
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94,08 %
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687 715,79
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