España 2015 informe anual de políticas de inmigración y asilo segunda parte



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RESUMEN EJECUTIVO

El año 2015 pueden reseñarse los siguientes aspectos destacables en materia migratoria y de asilo:




  • Continuación con el enfoque de promoción de la inmigración altamente cualificada, iniciado con la aprobación de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización; a través de informes de evaluación de esta norma, reformas normativas y actividades de difusión.

  • En relación con la inmigración de carácter general, mantenimiento de una política orientada a la integración laboral de los extranjeros residentes, con una cierta recuperación del mercado de trabajo en determinados sectores de la actividad económica.

  • Adaptación de las estructuras institucionales y una mayor colaboración con la sociedad civil, ante los nuevos retos que se han producido en materia de asilo en el año 2015.

  • Mejora de los medios humanos y técnicos en la lucha contra la inmigración irregular, así como la colaboración con otros Estados, que permiten mantener una situación de presión relativamente moderada en comparación con otras áreas del Mediterráneo.

  • Introducción de reformas normativas que afectan a la infancia.

  • Mejora de los instrumentos jurídicos y policiales de lucha contra la trata de seres humanos, con la modificación del Código Penal para una mejor tipificación de las conductas punibles y de la normativa de extranjería, con el fin de ampliar el período de restablecimiento y reflexión de las víctimas.

En relación con la promoción de la inmigración altamente cualificada, en el año 2015 se ha avanzado en la aplicación de esta norma, que se ha reformado para un mejor funcionamiento y, además, se ha proseguido con las actividades de difusión y promoción de sus posibilidades entre los actores clave.


Así, cabe destacar la aprobación del Informe sobre la aplicación de la Sección 2ª del título V de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, aprobado por el Consejo de Ministros el 10 de abril de 2015. Este informe de evaluación, previsto con carácter obligatorio en la misma norma, ha alcanzado una serie de recomendaciones en relación con algunos aspectos de su aplicación, que han informado su reforma y algunas actuaciones posteriores.
Esta reforma se ha llevado a cabo a través de la Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social. Los objetivos de la reforma, además de cumplir con las recomendaciones del Informe de aplicación citado, han consistido en conseguir una mejor adaptación a la línea política de la Unión Europea, recogida en la Agenda Europea de Migración; transponer plenamente al ordenamiento jurídico español la Directiva 2014/66/UE de 15 de mayo de 2014 relativa a las condiciones de entrada y residencia de nacionales de terceros países en el marco de traslados intra-empresariales (Directiva ICT); así como promover mejor la entrada y mantenimiento en España de determinadas categorías de personas relacionadas con el talento y la inversión.
De forma específica, la reforma ha permitido ampliar el ámbito de familiares susceptibles de reagrupación en todas las categorías subjetivas reguladas por esta ley. Por otra parte, en la categoría de inversores ha permitido clarificar algunos aspectos relativos a los efectos de la autorización, introduce la figura del representante del inversor, amplía las categorías de inversiones significativas y extiende los períodos de vigencia de las autorizaciones y de su renovación. En la categoría de emprendedores se concretan las características de la actividad emprendedora y se impulsa la ventanilla única y el informe de oficio de la Unidad de Grandes Empresas- Colectivos Estratégicos (UGE-CE) sobre actividad emprendedora. En lo relativo a los profesionales altamente cualificados, se constituye un registro en la UGE-CE para la inscripción de empresas medianas y pequeñas de sectores estratégicos; así como la reducción de las cargas administrativas, con la exención de presentación de determinada documentación e introduciendo la posibilidad de acreditar el cumplimiento de los requisitos de las empresas en una sola vez por un período de validez de tres años. En cuanto a los traslados intra-empresariales se consigue la completa transposición de la Directiva ICT, estableciendo dos tipos de autorizaciones: una autorización de residencia por traslado intra-empresarial ICT-UE y una autorización nacional de residencia por traslado intra-empresarial. Además, se acomete una reducción de las cargas administrativa y la agilización de los procedimientos de traslado intra-empresariales.
Además, siguiendo lo dispuesto en el Informe sobre la aplicación de la Ley 14/2013 en 2015 se puso en marcha el plan de difusión de la Sección de Movilidad Internacional, que supuso la realización de diversas iniciativas dirigidas a actores claves para la atracción del talento y la inversión, dirigidas a representantes de otros Estados y dirigidas a los encargados de implementar lo dispuesto en la Sección de Movilidad Internacional.
Con carácter general, puede considerarse positiva la aplicación de la norma, con un aumento interanual de las autorizaciones de residencia en todos los colectivos regulados por ésta a lo largo de 2015.
En cuanto a la inmigración económica general, cabe destacar que en 2015 se ha mantenido la política de priorizar el empleo de la población residente, continuando con el ajuste de los flujos migratorios de entrada a la situación nacional de empleo, a través del instrumento que supone el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura. Las principales actuaciones se han centrado en mejorar la empleabilidad de los residentes. En este sentido, cabe destacar el Plan Anual de Empleo de 2015, en el marco de la Estrategia Española para el Empleo 2014-2016.
A lo largo del año se ha observado una recuperación del empleo entre la población extranjera residente en España, con la recuperación de alguno de los sectores tradicionales que han empleado mano de obra extranjera, como el sector servicios, especialmente el ámbito de la hostelería; aunque también con la creciente presencia de extranjeros en sectores en los que no eran tan habituales, como el de los operarios cualificados e, incluso, entre las profesiones científicas y técnicas.
En cuanto a las contrataciones en origen, se han mantenido cifras similares a las del año 2014, tratándose de forma mayoritaria de personas de nacionalidad marroquí y en el ámbito de las actividades agropecuarias. Las contrataciones en origen se dirigen hacia los trabajadores de aquellos países con los que existen acuerdos de regulación de flujos migratorios. Cabe destacar que durante todos los años que ha durado la crisis, se ha mantenido el instrumento de la gestión colectiva de las contrataciones en origen, al considerarse como una buena práctica de migración circular y de cooperación con los países de origen, como es el caso de Marruecos.
En materia de asilo, se ha observado un incremento reseñable de la demanda de protección internacional que, en términos relativos, supone un incremento interanual de los más elevados de la Unión Europea. Además, el cumplimiento de las Decisiones del Consejo (EU) 2015/1523 y 2015/1601, de 14 y 22 de septiembre, introducen un calendario de reubicaciones y de reasentamientos que obligan a un redimensionamiento tanto de las estructuras de gestión como de la capacidad de acogida e integración social de las instituciones públicas. Con este fin se constituyó una Comisión interministerial el 4 de septiembre de 2015, presidida por la Vicepresidenta del Gobierno. Se ha procedido a una labor de coordinación con las Administraciones autonómicas y con las Entidades Locales, que ejercen numerosas competencias relacionadas con la asistencia social. Por otra parte, se ha impulsado el diálogo con los interlocutores sociales y con organizaciones de la sociedad civil.
En el orden de los recursos, se ha acometido un amplio refuerzo del sistema de asilo español, con el fin de poder hacer frente a los nuevos retos que plantea esta materia. Así, se ha se ha aumentado la dotación presupuestaria tanto de la Oficina de Asilo y Refugio, encargada de tramitación de los procedimientos de protección internacional; como de la Secretaría General de Inmigración y Emigración, encargada de coordinar el sistema nacional de acogida. También se ha mejorado la dotación de recursos humanos, incrementando las plantillas encargadas de estos cometidos.
En noviembre y diciembre, España participó en el programa piloto de reubicación desde Italia, trasladando 18 solicitantes de asilo a nuestro país. A lo largo de 2016 se ha continuado con las reubicaciones desde Italia y se han sumado las procedentes de Grecia, alcanzando a finales de julio de 2016 un total de 179. En cuanto a los reasentamientos, el sistema español de reasentamiento, que posee carácter estable y está regulado por la propia Ley de Asilo, se está llevando a cabo de acuerdo con el Programa Nacional de Reasentamientos, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 4 de noviembre de 2015.
En otros ámbitos, como el de los Menores no Acompañados (MENA), cabe destacar la aplicación del Protocolo Marco de Menores no Acompañados que se había aprobado el año anterior. Se ha trabajado en la resolución de algunas dudas interpretativas y en la adecuación de la praxis administrativa en lo establecido en el Protocolo. Además, hay que resaltar la aprobación de la Ley 26/2015 de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, que cita expresamente a los menores extranjeros en su ámbito de aplicación.
En cuanto al control de la inmigración irregular, cabe destacar que en 2015 se produjo un leve incremento de las llegadas a España, especialmente en las Islas Canarias. Los mecanismos de cooperación con otros países, espacialmente con Marruecos, están contribuyendo a un control de las fronteras en unas cifras razonables en un momento de muchísima presión en otras zonas del Mediterráneo. Sin embargo, las llegadas irregulares a Ceuta y Melilla se siguen incrementando desde 2012, aunque se han reducido los intentos de asalto a los perímetros fronterizos. A lo largo de 2015 se ha tratado de mejorar las infraestructuras de acogida de las dos ciudades autónomas. Así se han realizado obras de reacondicionamiento en los Centros de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI) de Ceuta y Melilla.
En cuanto a las medidas llevadas a cabo en materia de lucha contra la inmigración irregular, cabe citar una mejora de los medios técnicos y la participación en proyectos innovadores. Se pueden citar la modernización del Sistema Integral de Vigilancia (SIVE), actualización del Sistema de Identificación Automática del Número de Matrículas (SIAM), implantación de terminales de expedición de visados en puntos de control, así como la participación en proyectos de gran capacidad tecnológica, como CLOSEYE y el proyecto de capacidad satelital con EUROSUR. En relación con los recursos humanos se han llevado a cabo diversas acciones formativas en materia de fronteras y se ha participado en operaciones sobre el terreno. También se ha continuado con la colaboración con otros países de gran importancia en el control de las rutas de inmigración ilegal, como Marruecos, Senegal y Mauritania.
En cuanto a la lucha contra el tráfico de inmigrantes (smuggling), en el año 2015 se han llevado a cabo diversas intervenciones policiales, algunas en coordinación con otros Estados Miembros, desarticulando redes dedicadas a este tipo de actividad. Cabe destacar la designación de La Unidad Nacional de EUROPOL en España como punto de contacto nacional operativo para asuntos de tráfico de seres humanos, de acuerdo con las Conclusiones del Consejo de 9 de noviembre de 2015.
En el ámbito del retorno, se ha continuado con la aplicación de los programas de retorno voluntario, financiados a partir de 2015 en el marco del nuevo Fondo de Asilo, Migración e Integración. Estos programas son el programa retorno voluntario de atención social, el programa de retorno voluntario productivo y el programa de ayudas complementarias al abono acumulado y anticipado de la prestación contributiva por desempleo a trabajadores extranjeros extracomunitarios que retornen voluntariamente a sus países de procedencia (APRE). En el ámbito del retorno forzoso, se ha observado una reducción en las devoluciones y expulsiones, un número similar al año anterior en cuanto a las denegaciones de entrada y un importante incremento de las readmisiones.
En la lucha contra la trata de seres humanos cabe destacar la reforma del Código Penal operada por la Ley Orgánica 1/2015 de 30 de marzo, que amplía las conductas abarcadas por el tipo del delito de trata, introduce algunas penas privativas de derechos, mejora la capacidad de decomiso de bienes y efectos procedentes de esta actividad delictiva, modifica los plazos de prescripción e introduce la figura de los matrimonios forzados como una forma de explotación de las personas, de acuerdo con la Directiva 2011/36/UE de 5 de abril.
También hay que destacar la reforma de la normativa en materia de extranjería, concretamente el artículo 59 bis apartado 2 de la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, a través de la Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia; ampliando el período de restablecimiento y de reflexión de las víctimas, garantizando con esta reforma un tiempo mínimo de noventa días.


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