España 2015 informe anual de políticas de inmigración y asilo segunda parte



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9.4. Datos estadísticos

En el año 2015 se detectaron 267 personas como víctimas de trata, de las cuales 167 eran mujeres y 100 eran hombres. De éstas, 3 eran menores de edad y todas ellas mujeres.


De todas estas víctimas, 133 eran objeto de explotación sexual, de las cuales 130 eran mujeres. Otras 134 víctimas habían sido destinadas a la explotación laboral, de las que 97 eran hombres y 37 eran mujeres.
Por tanto, en el caso de España observamos un peso cuantitativo similar de la trata con fines de explotación sexual y de explotación laboral. Sin embargo, la proporción por géneros es diferente. En el caso de la explotación sexual, casi todas las víctimas eran mujeres; en tanto que en la explotación laboral se observa una mayoría masculina, si bien también una importante presencia femenina131.

Gráfico 41. Datos de víctimas de trata de seres humanos por sexos y forma de explotación (2015)

Fuente: Ministerio del Interior (2016)



X. ANEXOS

10.1. Metodología utilizada

Este informe ha sido por el Punto Contacto Nacional (PCN) de la Red Europea de las Migraciones (REM) en España y de acuerdo con las especificaciones esta red.


El PCN está compuesto por técnicos y especialistas procedentes del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, Ministerio del Interior, Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Ministerio de Justicia y de la Fiscalía General del Estado y coordinado por la Subdirección General de Régimen Jurídico de la Secretaría General de Inmigración y Emigración.
La metodología empleada para su elaboración se sirve de las herramientas analíticas de las ciencias jurídicas y sociales. En relación con los desarrollos normativos se utilizan fuentes de primera mano tales como los propios textos normativos, sus exposiciones de motivos, las consultas públicas e informes recabados para la elaboración de las normas, los dictámenes de los órganos consultivos, los debates parlamentarios, los informes de los defensores del pueblo y otros comisionados parlamentarios, así como el impacto de la jurisprudencia en cada materia.
En relación con los datos de carácter social y estadístico se han empleado bases de datos actualizadas referentes al año 2015, tomando también series temporales que abarcan años anteriores cuando ha sido posible. Estos datos se complementan también con posibles estudios, informes y otra documentación de interés para el análisis social de la inmigración en España. En cuanto al análisis del estado de situación del debate nacional en materia de inmigración, se han seguido los debates parlamentarios y la presencia de las principales cuestiones en los medios de comunicación social más destacados.
En relación con los datos de las políticas públicas, se ha utilizado la documentación manejada por las unidades responsables de éstas. Se han manejado informes y notas explicativas sobre el estado de situación de determinadas políticas, como los análisis de sus impactos y evaluaciones, cuando estén disponibles.
Se consideran de gran importancia los datos estadísticos aportados por las Oficinas de Extranjería remitidos por las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, así como por la Unidad de Grandes Empresas; unidades todas ellas encargadas de tramitar los principales procedimientos en materia de inmigración.
En el ámbito del asilo se tienen en cuenta los datos aportados por la Oficina de Asilo y Refugio adscrita al Ministerio del Interior.
En cuanto a las definiciones de conceptos empleados en este informe, véase el anexo A.

10.2. Definiciones empleadas



Catálogo de ocupaciones de difícil cobertura

Este catálogo contiene las ocupaciones en las que los Servicios Públicos de Empleo han encontrado dificultad para gestionar las ofertas de empleo que los empleadores les presentan cuando quieren cubrir puestos de trabajo vacantes. El catálogo está desagregado por provincias, islas, en el caso de las Comunidades Autónomas de Baleares y Canarias, y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, y tiene carácter trimestral, extendiéndose su vigencia desde el primer hasta el último día laborable del trimestre natural siguiente al de su publicación.


La presencia de una ocupación en el catálogo de la zona geográfica de que se trate, implica para el empleador la posibilidad de tramitar la autorización para residir y trabajar dirigida a un trabajador extranjero.
En el caso de que la ocupación no esté incluida en el catálogo, el empleador deberá presentar una oferta en las oficinas de los servicios públicos de empleo.
Centros de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI)
Los Centros de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI) de Ceuta y Melilla son establecimientos de la Administración Pública, concebidos como dispositivos de primera acogida provisional y destinados a dar servicios y prestaciones sociales básicas al colectivo de inmigrantes y solicitantes de asilo que llegan a alguna de las Ciudades con Estatuto de Autonomía, en tanto se realizan los trámites de identificación y chequeo médico previos a cualquier decisión sobre el recurso más adecuado en función de su situación administrativa en España.
La regulación de los centros de migraciones se encuentra en los artículos 264 a 266 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril.
CLOSEYE
CLOSEYE responde a las iniciales de Collaborative evaLuation Of border Surveillance technologies in maritime Environment bY pre.operational validation of innovativE solutions. El Proyecto está liderado por la Guardia Civil Española y busca diseñar y poner en marcha soluciones avanzadas en el ámbito de la vigilancia de fronteras. Los socios del proyecto son la Guardia Civil Española, la Guardia Nacional Republicana Portuguesa, la Sociedad Estatal Ingeniería de Sistemas para la Defensa de España S.A. (ISDEFE), la Agencia Espacial Italiana, el Centro de Satélites de la Unión Europea, la Marina Militar Italiana y la Comisión Europea. El 30 de septiembre de 2015 se llevó a cabo una demostración del Proyecto CLOSEYE en el seno del Consejo Superior de la Guardia Civil. El proyecto CLOSEYE ha sido financiado por el VII Programa Marco de Investigación y Desarrollo de la Comisión Europea http://www.closeye.eu/
Fiscalía de Extranjería
Se trata de una Fiscalía especializada, cuyas funciones consisten en coordinar, supervisar y unificar criterios en la persecución de conductas contrarias al ordenamiento público y privado regulador de la extranjería. Se dedica especialmente a la persecución de los delitos de trata de seres humanos y de prostitución coactiva y del delito de tráfico ilícito de inmigrantes. Interviene en los expedientes de determinación de edad de los menores no acompañados.
Gestión colectiva de contrataciones en origen
La gestión colectiva permite la contratación de trabajadores que no se hallen ni residan en España, seleccionados en sus países de origen a partir de las ofertas genéricas presentadas por los empleadores. El Ministerio de Empleo y Seguridad Social deberá haber aprobado la correspondiente Orden de Gestión colectiva de contrataciones en origen, con la previsión de ocupaciones y la cifra de los puestos de trabajo que se podrán cubrir en origen en ese año. Los empleadores deberán presentar ofertas genéricas, las que los trabajadores se seleccionen en sus países de origen, que preferentemente serán con los que España haya firmado acuerdos sobre regulación y ordenación de flujos migratorios. Los trabajadores, a su vez, finalizada la temporada o campaña, se comprometen a regresar a su país de origen.

ICEX España Exportación e Inversiones
Se trata de la Entidad Pública Empresarial, conocida tradicionalmente como Instituto de Comercio Exterior (ICEX). Su objeto social consiste en promover las exportaciones, el apoyo a la internacionalización de la empresa española y la mejora de su competitividad, así como la atracción y promoción de inversiones exteriores en España.

Oficinas de Extranjería
Las Oficinas de Extranjería son las unidades que integran los diferentes servicios de la Administración General del Estado competentes en materia de extranjería e inmigración en el ámbito provincial, al objeto de garantizar la eficacia y coordinación en la actuación administrativa. La Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración impulsará la creación, supresión y modificación de Oficinas de Extranjería, basándose en la especial incidencia de la inmigración en la provincia y previa consulta a los Ministerios del Interior y de Política Territorial y Administración Pública (artículo 259 del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009)

Período de restablecimiento y de reflexión
Es el período de, al menos noventa días, que se concede a las personas identificadas como víctimas de trata para que puedan decidir si desea cooperar con las autoridades en la investigación del delito y, en su caso, en el procedimiento penal. En estos supuestos no se iniciará un procedimiento sancionador por estancia irregular, ni se ejecutará la expulsión o devolución eventualmente acordadas.
Asimismo, durante el período de restablecimiento y reflexión, se le autorizará la estancia temporal y las administraciones competentes velarán por la subsistencia y, de resultar necesario, la seguridad y protección de la víctima y de sus hijos menores de edad o con discapacidad, que se encuentren en España en el momento de la identificación, a quienes se harán extensivas las previsiones en relación con el retorno asistido o la autorización de residencia, y en su caso trabajo, si fueren mayores de 16 años, por circunstancias excepcionales. Finalizado el período de reflexión las administraciones públicas competentes realizarán una evaluación de la situación personal de la víctima a efectos de determinar una posible ampliación del citado período (apartado 2 del artículo 59 bis de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social).
Programa Nacional de Reasentamiento
El Programa Nacional de Reasentamiento es instrumento de planificación anual del Sistema Nacional de Reasentamiento, previsto en la disposición adicional primera de la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria. Se aprueba anualmente por Acuerdo del Consejo de Ministros, estando actualmente en vigor el aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 4 de noviembre de 2015. El Programa establece el número de personas que han de ser reasentadas durante su plazo de aplicación y también determina los criterios de selección de las personas a reasentar, a partir de las prioridades identificadas por ACNUR. Por otra parte, prevé las misiones que se han de llevar a cabo para la selección e identificación sobre el terreno; así como los costes asociados.
Los refugiados que sean acogidos en España como consecuencia del Programa tendrán, previa tramitación de los correspondientes expedientes administrativos y estudio en la Comisión Interministerial de Asilo y Refugio, bien el estatuto de refugiado, bien de beneficiario de protección subsidiaria, según proceda conforme a lo previsto en la Ley Reguladora del Derecho de Asilo y de la Protección Subsidiaria, del 30 de octubre de 2009; es decir, los derechos a la no devolución a su país de origen, a obtener una autorización de residencia y trabajo permanente, y a que se le expidan documentos de identidad y de viaje.
Sección de movilidad internacional de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre

Se trata de la Sección 2ª del título V de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, que regula determinados supuestos en los que, por razones de interés económico, se facilita y agiliza la concesión de visados y autorizaciones de residencia, al objeto de atraer inversión y talento a España.


La medida se dirige a los inversores, emprendedores, trabajadores que efectúen movimientos intraempresariales, profesionales altamente cualificados e investigadores, así como a los cónyuges e hijos mayores, a través de un procedimiento ágil y rápido ante una única autoridad.
En la disposición final undécima de esta Ley se prevé que, anualmente, el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, a propuesta conjunta con los Ministerios de Asuntos Exteriores y de Cooperación, de Interior, de Economía y Competitividad presentará un informe en el Consejo de Ministros sobre la aplicación de la Sección 2.ª del Título V de esta Ley.

Sistema Integral de Vigilancia (SIVE)
Es el sistema empleado por las fuerzas y cuerpos de Seguridad del Estado en la vigilancia de fronteras marítimas. El SIVE es un sistema operativo que, sobre un soporte técnico, aporta la información obtenida en tiempo real a un Centro de Control que imparte las órdenes necesarias para la interceptación de cualquier elemento que se aproxime al territorio nacional desde el mar. Sus funciones no sólo consisten en la lucha contra el tráfico de inmigrantes y en disuadir a tales mafias, sino también posee una dimensión humanitaria, al permitir la detección lejana de las embarcaciones y facilitar el rápido auxilio de las víctimas.
Sistema de Identificación Automática del Número de Matrículas (SIAM)
El reconocimiento automático de matrícula es un método de vigilancia en masa que utiliza reconocimiento óptico de caracteres en imágenes para leer las matrículas de los vehículos. Está interconectado con diferentes bases de datos que permiten gestionar y compartir información entre los puestos fronterizos. Además dispone de un sistema de alarma ante la identificación de determinados números de matrícula.
Se han instalado SIAM en los puertos y pasos fronterizos de Cádiz, La Línea de la Concepción, Melilla, Ceuta, Alicante, Málaga, Almería, Algeciras, Tarifa, Granada y Puerto Rosario (Fuerteventura).


Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE)
La Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE) está adscrita a la Dirección General de las Migraciones, de la Secretaría General de Inmigración y Emigración, del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
La unidad se ocupa de la tramitación de las autorizaciones de residencia previstas en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, norma que facilita la entrada y permanencia en España por razones de interés económico a: inversores, emprendedores, profesionales altamente cualificados, investigadores, trabajadores que efectúen movimientos intraempresariales dentro de la misma empresa o grupo de empresas y familiares de los supuestos anteriores.
También tramita los procedimientos previstos en el título IX y DA 1ª.3 del Real Decreto 577/2011, referidos a profesionales de la investigación o docencia universitaria, artistas de reconocido prestigio internacional, entre otros.
La Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE) se constituyó en el año 2007 mediante un Acuerdo del Consejo de Ministros, para dar respuesta ágil y asesoramiento experto a las necesidades planteadas por empresas y organismos que requieren traer a España personal no comunitario de especiales características.


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