Estudio realizado con financiación del Ministerio de Empleo y Seguridad Social



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La información relativa a las entidades en territorios off-shore se ha obtenido del Informe de las Cuentas Anuales Consolidadas del Grupo Santander 2015, Anexo I, Anexo II, Anexo III, Nota 3c) de las cuestas anuales e Informe Anual de Gobierno Corporativo. Ni en el Informe Anual 2015 ni el Informe de Sostenibilidad de 2015 existe mención a tales sociedades. De nuevo se recomienda la una mayor transparencia sobre este aspecto para cumplir con los principios de buena gobernanza fiscal.


Principalmente la actividad realizada por la empresa en paraísos/nichos fiscales está relacionada con su actividad principal. Aunque hay algunas sociedades con actividades dispares como la compra - venta de metales preciosos o la explotación de energía eléctrica.
Los datos analizados siguiendo la metodología del Observatorio contrastan con los proporcionados por Banco Santander en la Nota 3c) de las CCAA Consolidadas 2015. En este apartado la entidad proporciona información sobre las sociedades presentes en territorios off-shore, reconociendo un total de 10 filiales. Siguiendo la misma argumentación del ejercicio anterior, apunta que estos territorios off-shore no son considerados paraísos fiscales por la OCDE ni por la Comisión Europea. En 2014 declaró 11 sociedades y se preveía liquidar 7 en los próximos ejercicios, de las cuales sólo se ha liquidado una. Del resto, 3 están en liquidación y en los próximos ejercicios planea liquidar cuatro filiales más (1 emisora y 3 con poca actividad). A finales de 2015 estas sociedades ocupan a 118 empleados.
A pesar de mantener la política de reducir su presencia en estos territorios, el grupo declara su presencia en Islas Caimán, Isla de Man y Jersey a través de Sucursales que se mantendrán activas. Estas sucursales integran su balance y cuenta de resultados en sus correspondientes matrices extranjeras.
En 2015, España ha firmado acuerdos de intercambios de información con Jersey, Guernsey e Isla de Man, y en un futuro con Islas Caimán. En el momento de su entrada en vigor dejarán de considerarse paraíso fiscal según la legislación española. De modo que es de esperar que en futuros ejercicios la entidad declare que no tiene presencia en territorios off-shore, no porque haya liquidado sus sociedades en estos países sino por el cambio de consideración según los criterios de la legislación española.
La entidad afirma que aplica procedimientos de control y gestión para evitar riesgos reputacionales y legales, pero no da información concreta sobre los resultados de los informes y revisiones para poder valorar el tipo de operatoria y relevancia de las actividades. Si bien es cierto que en los anexos de las CCAA Consolidadas 2015 se recogen datos sobre estas sociedades: resultados individuales, capital e importe en libros que se incluyen no son representativos de sus operaciones.
En el Informe Anual de Gobierno Corporativo incluido en las CCAA Consolidadas se incorporan las operaciones intra grupo con las sociedades ubicadas en territorios off-shore. Se informa de la entidad, el tipo de operación, importe y los beneficios/pérdidas obtenidos por la sociedad. No hay datos sobre los precios de transferencia ni los impuestos pagados. Sería recomendable proporcionar información más detallada al respecto para valorar el impacto fiscal de dichas operaciones.
Tal y como ya se comentó en el análisis de 2014, es importante resaltar el doble riesgo que entraña la presencia de entidades financieras en paraísos fiscales: por un lado, existe riesgo de elusión fiscal por parte de la propia empresa, es decir el riesgo que el Banco Santander eluda impuestos en los países en los que opera a través de sociedades radicadas en territorios off-shore. Por otro, debe considerarse el riesgo de elusión fiscal por parte de los clientes del Grupo Santander. Así, la presencia de sociedades del Grupo Santander en territorios con baja o nula fiscalidad para no residentes, puede facilitar también la operativa de sus clientes en tales territorios, clientes que a su vez presentan también un incremento del riesgo de elusión fiscal. A diferencia de otras empresas, los bancos tienen acceso a una inmensa cantidad de financiación. Este capital, de acuerdo con Richard Brooks, puede ser utilizado como base para facilitar los mecanismos de evasión diseñados e implementados por otros de los que los bancos pueden beneficiarse, por ejemplo, a través de la participación en los beneficios fiscales directamente o por condiciones de los préstamos más rentables520.
En referencia a este aspecto, se han encontrado diversas noticias en los medios de comunicación que ponen en evidencia la materialización de estos riesgos fiscales. Según una noticia aparecida en El Confidencial521, Banco Santander creó en Bahamas, a través de su filial Santanter Bank & Trust, 559 sociedades pantalla entre 1990 y 2015 para ocultar la identidad de sus clientes. De ellas, 380 siguen vigentes y 20 siguen pagando comisiones anuales de mantenimiento que cobra el registro de Bahamas. A remarcar que, la Comisión Europea consideró en 2015 a Bahamas como uno de los países ‘no cooperadores’ y es uno de los pocos que han rechazado, hasta la fecha, firmar el acuerdo global que impone el intercambio automático de información entre países establecido por la OCDE.
Santander también es una de las entidades investigadas a tras las sospechas que se plantearon sobre su implicación con HSBC para colaborar en el lavado de dinero y evasión de impuestos por parte de algunos de sus clientes, en el curso de la investigación de la Lista Falciani. Emilio Botín, fue el más destacado nombre español en la lista de Falciani, junto con varios miembros de su familia; llegó a un acuerdo 200m € en la Agencia Tributaria española (10% de la suma evadida) para retirar los cargos por evasión de impuestos522 523.
Recientemente se ha sabido que Banco de Santander está siendo investigado sobre cómo facturó el ex vicepresidente del Gobierno, Rodrigo Rato, los trabajos de asesoría que realizó para dos de los grandes bancos de nuestro país, Banco Santander y La Caixa, ya que parece ser que “cobró parte de sus labores de asesoría en ambas entidades a través de alguna de las empresas pantalla investigadas en esta causa para evitar así declarar las mismas a través del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y hacerlo, en contraposición, a través del Impuesto de Sociedades, lo que le suponía eludir parte del pago de sus obligaciones fiscales”524.
Así queda evidenciado que las entidades financieras no sólo deben velar por el cumplimiento de sus propias obligaciones sino también por su responsabilidad fiscal como intermediadoras de servicios financieros.
De esta forma, si bien la presencia de operaciones subsidiarias en paraísos fiscales no prueba, ni implica directamente la evasión o la elusión fiscal por sí misma, sí proporciona el tipo de la estructura internacional idónea para ello. Prueba de ello es que los paraísos fiscales han jugado un papel central en casi todos casos principales de evasión fiscal por parte de multinacionales.
Aparte de la mención en las CCAA Consolidadas no se han encontrado otras referencias explícitas a territorios off – shore o a paraísos/nichos fiscales. Únicamente en referencia a las funciones del Consejo de Administración incorpora la mención genérica que “se reserva con carácter indelegable la autorización para la creación o adquisición de participaciones en entidades de propósito especial o domiciliadas en países o territorios que tengan la consideración de paraísos fiscales525
La entidad informa sobre las actividades que llevan a cabo sus sociedades dependientes (Anexo I) y Sociedades de las que el grupo posee más del 5, entidades asociadas y entidades multigrupo (Anexo II) estén ubicadas o no en paraísos / nichos fiscales. Se incluyen datos sobre el % participación y de derecho a voto, actividad, clase de sociedad, Activo, Patrimonio y Resultado Neto. No hay datos sobre el volumen de operaciones, peso que tiene esa sociedad en el negocio del grupo, u otra información que permita valorar la relevancia de las diferentes sociedades dentro del grupo. La mayor parte de ellas es a través de participación indirecta. Sería deseable conocer la estructura societaria del grupo. A través de qué empresas Banco Santander es accionista sobre el resto de entidades dependientes cuando la participación es indirecta.
En cuanto a los impuestos pagados en territorios off-shore, el Informe Bancario Anual 2015526 incluye información desagregada por países del volumen de negocio, N.º de empleados, BAI e Impuesto sobre resultados. Así se presenta la contribución fiscal en Bahamas, Irlanda, Isla de Man, Islas Caymán, Jersey, Panamá, Puerto Rico, Singapur, Suiza y Uruguay. No hay datos específicos de algunos de los territorios off-shore en los que opera como Delaware, Guernsey, Hong Kong o Luxemburgo. Sería muy recomendable que la entidad incorporara en las notas explicativas en que jurisdicción las ha incorporado y desagregara sus datos atendiendo al elevado número de sociedades ubicadas en algunos de estos territorios y la relevancia de las cifras de los países en los que parece que se han incorporado (EEUU, UK, …).
A partir de la información proporcionada y pendiente las jurisdicciones no desglosadas:


Concepto

Paraíso Fiscal

% s/total

Nicho Fiscal

% s/total

Cifra de Impuestos

2.000.000€

0,09%

62.000.000€

2,81%

Volumen de negocio

(3.000.000€)

0,006%

848.000.000€

1,85%

N.º empleados

112

0,06%

3.120

1,67%

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