Cláusula contra todo tipo de riesgos:
Ofrece al exportador (asegurado) una cobertura bastante amplia, pero no incluye todos los riesgos. Am para contra riesgos “Externos”, implica que, el exportador debe proteger bien su carga, ya que el asegurador (Compañía de Seguros) no se hace responsable por las mercaderías mal embaladas para su transporte por el mar.
-
Cláusula por culpa de ambos:
Protege contra pérdidas por abordaje en alta mar debido a la negligencia de los capitanes del los buques involucrados.
En casi todos los países del mundo se considera esta cláusula. El exportador debe percatarse que en su póliza figure esta cláusula, ya que puede pagar un precio muy alto por omitir este concepto.
Existen otras cláusulas tales como:
-
Protección de mercaderías en almacén
-
Cláusula de salvamento
-
Cláusula de robo
-
Cláusula de rótula
4.1.9 REGLAS DE LA HAYA (HAGUE RULES).
Todo empresario debe tener un conocimiento más o menos claro de las reglas de la Haya, a fin de no ser sorprendido en la formulación de los Conocimientos de Embarque, en lo referente al Seguro Marítimo, Tipos de Pólizas, Cláusulas, etc., así como en lo referente a los conceptos sobre:
-
Transportador (Comprende al propietario del Buque)
-
Contrato de transporte (Contrato de transporte)
-
Conocimiento de Embarque
-
Mercaderías (bienes, objetos, artículos, excepto animales vivos)
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Transporte de Mercaderías (tiempo transcurrido desde la carga del buque hasta la descarga del buque.
-
Las obligaciones del transportador son:
Poner el buque en estado de navegabilidad
Dotar a la tripulación y abastecer el buque
Preparar y poner en buen estado las bodegas
4.1.10 EL TRANSPORTE MARITIMO EN CONTENEDORES
La evolución del transporte marítimo comprende, entre otros aspectos, la utilización de contenedores (containers) lo que inclusive, en muchos casos, ha significado la construcción de navíos especializados denominados porta – contenedores. En los puertos de nuestro país ya están trabajando estos navíos, principalmente en lo que se refiere al tráfico Perú – EE.UU. (CCT) y a Europa (Nedlloyd Lines y Cía Marítima Belga (CMB). Los buques vinculados al tráfico Perú – Europa tienen capacidad para 2,000 contenedores.
Básicamente, un contenedor es una caja de configuración rectangular contra las inclemencias del tiempo para estibar y transportar un número de unidades, paquetes o mercaderías en granel que proteja su contenido de pérdida o daños, que pueda utilizarse separadamente por los diferentes sistemas de transporte, pero manipulado como una unidad de carga y transportada sin que sea manipulado nuevamente su contenido.
Las ventajas del uso del contenedor son:
1) Embalaje a menor costo
2) Disminución de los daños de la mercadería durante el transporte
3) Disminución de los robos de la mercadería
4) Condiciones más favorables de seguro de la mercadería
4.1.11 TIPOS, DIMENSIONES Y CAPACIDAD DE LOS CONTENEDORES.
A fin de versatilizar sus múltiples usos, la industria del transporte marítimo ha apoyado al desarrollo de diversos contenedores para diferentes productos. En este sentido, es importante que los exportadores conozcan los diferentes tipos de contenedores, sus medidas y sus características especiales ya que ello le permitirá considerar nuevas formas de embarcar su mercadería y al mismo tiempo, un planeamiento previo de la forma de embalaje. Dentro de los contenedores podemos desagregar los siguientes:
1.- CONTENEDOR DE USO GENERAL.- (20´x 8´x 6¨)
Peso:
Tara: 2,000 – 2,400 kg
Máxima capacidad carga – peso: 18,000 – 21,750 kg
MEDIDAS
|
EXTERNA
|
INTERNA
|
ABERTURA PUERTA
|
LARGO
|
6,058 mm
|
5,900 mm
|
2,335 mm
|
ANCHO
|
2,438 mm
|
2,340 mm
|
2,280 mm
|
ALTURA
|
2,591 mm
|
2,395 mm
|
|
Capacidad cúbica: 33.1 m.
2.- CONTENEDOR DE USO GENERAL.- (40´x 8´x 6¨)
Peso:
Tara: 550 – 4,000 kg
Máxima capacidad carga – peso: 26,480 – 26,930 kg
MEDIDAS
|
EXTERNA
|
INTERNA
|
ABERTURA PUERTA
|
LARGO
|
12,192 mm
|
12,030 mm
|
|
ANCHO
|
2,438 mm
|
2,345 mm
|
2,280 mm
|
ALTURA
|
2,591 mm
|
2,395 mm
|
2,270 – 2,290 mm
|
Capacidad cúbica: 67.6 – 68.8 m
3.- CONTENEDOR PARA CARGA REFRIGERADA.- (20´x 8´x 8´ x 6¨)
Peso:
Tara: 3,320 – 3,500 kg
Máxima capacidad carga – peso: 16,820 – 20,680 kg
MEDIDAS
|
EXTERNA
|
INTERNA
|
ABERTURA PUERTA
|
LARGO
|
6,058 mm
|
5,025-5,445 mm
|
|
ANCHO
|
2,438 mm
|
2,165-2,260 mm
|
2,165-2,205 mm
|
ALTURA
|
2,545 mm
|
2,135-2,250 mm
|
2,120-2,250 mm
|
Capacidad cúbica: 23.2 – 27.0 m.
Rango de temperatura: -25º/+25ºC
4.- CONTENEDOR PARA CARGA REFRIGERADA.- (40´x 8´x 8´ x 6¨)
Peso:
Tara: 4,700 – 5,800 kg
Máxima capacidad carga – peso: 24,680 – 25,780 kg
Capacidad cúbica: 51.00 – 55.3 m
Rango de temperatura: -25º/+25ºC
5.- SISTEMA CONAIR:
La Conferencia Europea del Pacífico Sur Magallanes (Comper) a través del Grupo Eurosal ofrece el servicio de contenedores llamado Conair. El sistema Conair utiliza una planta central a bordo de un navío para llevar aire, a través de ductos, a los contendedores. Cada ducto Conair está equipado con su propio inflador de aire. Dichos contenedores pueden ser mantenidos a cualquier temperatura entre -280ºC hasta +16ºC.
6.- CONTENEDOR CON PORTAÑOLA AISLANTE Y EQUIPO AUXILIAR: (20´8´X 6¨)
Peso:
Tara: 2,550 – 2,700 kg
Máxima capacidad carga – peso: 21,300 – 21,450 kg
MEDIDAS
|
EXTERNA
|
INTERNA
|
ABERTURA PUERTA
|
LARGO
|
2,646 mm
|
2,550-2,300 mm
|
2,250-2,300 mm
|
ANCHO
|
8.6¨
|
2,591 mm
|
|
ALTURA
|
8´
|
2,438 mm
|
|
Capacidad cúbica: 25.0 – 28.9 m.
7.- CONTENEDOR CON PARTE SUPERIOR DESCUBIERTA (20´x 8´x 8´ x 6¨)
Peso:
Tara: 2,050 – 2,250 kg
Máxima capacidad carga – peso: 18,270 – 21,750 kg
-
MEDIDAS
|
EXTERNA
|
INTERNA
|
ABERTURA PUERTA
|
LARGO
|
6,058 mm
|
2,900 mm
|
5,760 mm
|
ANCHO
|
2,438 mm¨
|
8´6¨: 2,340 mm
|
2,230 mm
|
ALTURA
|
8´ x 6¨: 2,591mm
8´: 2,438 mm
|
|
8´x 6¨: 2,240 mm
8´: 2,100 mm
|
Capacidad cúbica: 30.5 – 32.5 mm.
7.- CONTENEDOR PARA CARGA SECA A GRANEL (20´x 8´x 8´ x 6¨)
Peso:
Tara: 2,590 kg
Máxima capacidad carga – peso: 21,410 kg
-
MEDIDAS
|
EXTERNA
|
INTERNA
|
ABERTURA PUERTA
|
LARGO
|
6,058 mm
|
5,910 mm
|
2,330 mm
|
ANCHO
|
2,438 mm
|
2,335 mm
|
2,290 mm
|
ALTURA
|
2,591 mm
|
2,385 mm
|
|
Capacidad cúbica: 32.9 mm.
4.1.12 CONDICIONES DEL TRANSPORTE DE CONTENEDORES
El transporte de la mercadería en contenedores se lleva a cabo bajo diferentes condiciones. A continuación describiremos cada una de ellas;
Condiciones FCL/FCL (Full Container Load/Full Container Load):
En este tipo de Condiciones FCL/FCL, el embarcador o exportador es responsable en términos de acciones y costos de llenado del contenedor y el consignatario a su vez del vaciado del contenedor. Bajo estas condiciones, el exportador tiene la potestad de retirar el contenedor del depósito de la naviera y trasladarlo por su cuenta y riesgo a sus propios depósitos, para el efecto del llenado correspondiente, y posteriormente trasladarlo por su cuenta y riesgo al terminal marítimo o a un depósito que pudiera designarle la naviera para su embarque respectivo. Por otro lado, el consignatario tendrá igualmente la opción de retirar el contenedor del terminal marítimo o depósito del naviero y, trasladarlo por cuenta y riesgo a sus depósitos para efectos del vaciado y posteriormente devolver el contenedor por cuenta y riesgo de los depósitos al naviero.
Condiciones LCL/LCL (Less Container Load/Less Container Load):
Bajo las Condiciones LCL/LCL la línea naviera es responsable en términos de acciones y costos del llenado y vaciado del contenedor.
Condiciones LCL/FCL:
Bajo las condiciones LCL/FCL la línea naviera es responsable del llenado del contenedor y el importador o consignatario es responsable del vaciado del mismo. Tiene la opción de retirar el contenedor del terminal marítimo o del depósito naviero, transportarlo por su cuenta y riesgo a sus propios depósitos para el vaciado respectivo y posteriormente reentregarlo a la línea naviera en el depósito que ésta le indique.
Condiciones FCL/LCL:
Bajo las condiciones FCL/LCL el exportador es responsable del llenado del contenedor y tiene la opción de retirar de los depósitos del naviero el contenedor vacio, trasportarlo por su cuenta y riesgo a sus propios depósitos y luego de llenar el contenedor, entregarlo a la línea naviera en el Terminal Marítimo o en el depósito que este le indique.
Suma asegurada de las pólizas:
-
Valor FOB
-
B) Valor CFR (FOB+Flete y gastos)
-
Valor CFR + Sobreseguro
-
Valor CFR + Sobreseguro + Derechos de Aduana
El sobre seguro es una suma adicional que obedece al propósito del asegurado que ante la no llegada o deterioro de la mercancía que espera, a consecuencia del siniestro durante el transporte, pueda obtener una parte de la ganancia que esperaba realizar al recibo de la misma.
4.1.13 FRANQUICIA EN LA UTILIZACION DE CONTENEDORES
Cuando los usuarios (exportadores e importadores) trasladen su mercadería en contenedores en condiciones FCL a la carga o la descarga, según sea el caso, tendrán que tomar en consideración las normas que las líneas navieras tienen en los términos de plazo que otorgan a los usuarios para la re entrega de los contenedores.
En el caso FCL a la descarga, se dispone entre 7 y 15 días de plazo para re entregar el contendedor a la línea naviera, en el caso de la carga normalmente estos plazos fluctúan entre 2 a 5 días, (sujeta a modificación).
Si en el plazo otorgado, el exportador o el importador no re entrega el contendor, se hace acreedor a una multa o cargo por concepto de sobre estadía de contendor, de acuerdo a una escala que varía según la línea de que se trate y a la Conferencia o convenio que pertenezcan.
CUADRO DESCRIPTIVO DEL TRANSPORTE INTERMODAL
Características
|
Tipo de Servicios
|
Agente de Gestión
|
Modalidad
|
Ferroviario
|
Vagón completo
|
Compañía Ferroviaria o Agente Transitorio
|
Tarifas Ferroviarias
|
Vagón parcial
|
Tarifas de la Compañías de Transportes Especiales
|
|
Ferruaje (RA/RO) Piggback
|
Ferro transbordo
(RA/RA)
|
Carretero
|
Camión completo
|
Compañía Transportes o Agente Autorizado
|
Tarifas de Compañías
|
Camión parcial
|
Tarifas de las Compañías de Transportes especiales
|
Camión (RA/RO) Piggback
|
Marítimo
|
Línea Regular
|
Conferenciando
|
Agente naviero o transitorio
|
Tarifas conferenciadas o no
|
No Conferenciado
|
|
|
Eventual (arrendado)
|
Cesión o Casco Desnudo
|
Agente fletador y Corredor de fletamiento
|
A ser acordado por posibles fluctuaciones en el mercado libre de fletes
|
Locación
|
Tiempo
|
|
Viaje
|
Aéreo
|
Regular
,
|
Agente de Carga Aérea o Agente Transitarlo
|
Tarifas IATA
|
Tarifas no IATA
|
Arrendado
|
Agente de Carga Aérea o Agente Transitarlo
|
A ser acordado por las fluctuaciones en la oferta
|
Multimodal
|
Bimodal
Trimodal
Cuatrimodal
|
Operador de Transporte Multimodal (OTM)i
|
A ser acordado (suma de los fletes de los transportadores participantes)
|
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