¿Qué dice la disposición de la Cámara? A la letra, dice que faculta a la Superintendencia para citar a la Junta, sin perjuicio de suspender simultáneamente la ejecución de los actos derivados de tales infracciones; o sea, en el fondo, es lo mismo, a nuestro juicio; de manera que no veo la modificación sustancial en esta materia.
El señor MERINO.- Pido la palabra.
El señor ALESSANDRI (don Gustavo).- Pido la palabra.
El señor MERCADO (Presidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Merino; en seguida, el señor Gustavo Alessandri.
El señor MERINO.- Señor Presidente, en realidad, se trata solamente de un problema de orden práctico; en todo caso, estamos de acuerdo con el informe de la Comisión de Constitución, Legislación, y Justicia de la Cámara, razón por la cual los Diputados de estos bancos votaremos por el criterio de la Cámara. Estimamos conveniente, eso sí, dejar constancia de que concordamos con el señor Diputado informante en el sentido de que lo facultativo en la enmienda del Senado es la suspensión de las actuaciones reparadas; en cambio, es obligatorio en cuanto, después de la frase: "...ésta podrá suspender la ejecución..., agrega: "procediendo a citar".
Son dos cosas distintas; tienen diferente carácter las dos expresiones o formas verbales.
Por tales razones, votaremos por el criterio de la Cámara.
El señor MERCADO (Presidente).- Tiene la palabra el señor Alessandri.
El señor ALESSANDRI (don Gustavo).- Señor Presidente, los Diputados nacionales estimamos que esta modificación implica una situación de fondo y no solamente de forma; porque la disposición aprobada por la Cámara faculta a la Superintendencia para citar a la Junta de Accionistas; luego, las actuaciones del directorio, pues éste administra a la sociedad, pueden ser suspendidos por la Superintendencia. Pero la Junta de Accionistas, cuyos derechos, evidentemente, hay que cautelar, pues son los derechos de todos los accionistas, no es citada más tarde para este efecto; por lo tanto, ella no llega a tener conocimiento de la situación producida.
En cambio, en la disposición del Senado, no sólo se faculta a la Superintendencia para reparar las actuaciones, sino también para que todas y cada una de éstas sean de conocimiento de la totalidad de los socios, en la Junta misma de Accionistas.
Por eso, cautelando, precisamente, los intereses de los accionistas, votaremos de acuerdo con la modificación introducida por el Senado.
El señor MILLAS.- Pido la palabra.
El señor MERCADO (Presidente).- Tiene la palabra el señor Millas.
El señor MILLAS.- Señor Presidente, a juicio de los Diputados comunistas, el problema en discusión consiste en lo siguiente: hay actuaciones que merecen reparos de la Superintendencia. Esto en cuanto al cumplimiento de la ley que estamos despachando. Efectuado el reparo, según la disposición redactada por el Senado, la Superintendencia sólo podrá suspender la ejecución de las actuaciones reparadas si acaso se decide a la medida extraordinariamente grave, relativamente engorrosa que debe pesarse si acaso se llega a ella, de citar a toda una junta extraordinaria de accionistas. En caso contrario, si no estima que la gravedad del reparo es tal, como para tener que informar a toda la junta de accionistas citada extraordinariamente, la Superintendencia queda, según la redacción del Senado, inhabilitada para suspender la ejecución de las actuaciones. Porque si bien dice "podrá suspender la ejecución", condiciona esto a que proceda a citar, en tal caso, a una Junta de Accionistas para que conozca dichas infracciones.
A nosotros nos parece que el que la aplicación de la legislación de sociedades anónimas se ciña estrictamente al texto que estamos despachando, cautela el cumplimiento de la ley. Con la flexibilidad establecida en la norma de la Cámara, la Superintendencia puede efectuar el reparo y, separadamente, suspender la ejecución de actos derivados de infracciones, y también...
Un señor DIPUTADO.- ¡Eso!
El señor MILLAS.-...separadamente, si lo estima necesario, llegar o no a la citación de una Junta Extraordinaria de Accionistas.
Por eso, los Diputados comunistas consideramos más flexible, más eficaz para garantizar la fiscalización del cumplimiento de las normas que estamos despachando, la disposición de la Cámara, por lo cual rechazaremos la del Senado.
He dicho.
El señor ALESSANDRI (don Gustavo).- Pido la palabra.
El señor MERCADO (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ALESSANDRI (don Gustavo).- Nosotros estimamos que la situación es otra, porque aquí caben varias alternativas.
En primer término, si acaso se han violado disposiciones estatutarias en forma gravemente perjudicial para la Sociedad, la Superintendencia repara tales actos. El primer trámite entonces, es representarlos al directorio. El Senado agrega luego: "Si éstos no subsanaren los reparos de la Superintendencia..Ha habido, entonces, un trámite previo: representar a los apoderados o al directorio de la empresa las dificultades o los serios perjuicios que se está ocasionando a la misma. Si una vez representados, éstos no han sido subsanados, continúa el Senado: "podrá suspender la ejecución de las actuaciones reparadas". Evidentemente, ha de suspender la ejecución de los actos reparados; pero, conjuntamente con su suspensión, deberá citar a la Junta de Accionista.
Entonces, en nuestro criterio, se trata solamente de esclarecer si acaso los accionistas, en su totalidad deben o no tener conocimiento de los actos reparados.
De acuerdo con el criterio de la Cámara, los accionistas podrían no tener conocimiento de las actuaciones reparadas, que podrían ser, por demás, graves.
De acuerdo con el criterio del Senado, necesariamente se tendría que llevar esta información al conocimiento de la totalidad de los señores accionistas. Por eso, insistimos en que los Diputados nacionales votaremos por el planteamiento del Senado.
El señor MERCADO (Presidente).- Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación la primera modificación a la letra c), que consiste en colocar en singular la forma verbal "tengan".
Si le parece a la Sala, se aprobará.
Aprobada.
En votación la segunda modificación, que consiste en sustituir la frase final de la letra c).
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 21 votos; por la negativa, 42 votos.
El señor MERCADO (Presidente).- Rechazada la modificación.
En discusión la modificación que consiste en dar una nueva redacción a la letra f).
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Sala, se aprobará esta modificación.
Aprobada.
En discusión la modificación a la letra i), que consiste en darle otra redacción.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Sala y no se pide votación, se dará por aprobada.
Aprobada.
En discusión la modificación a la letra l)
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Sala y no se pide votación, se dará por aprobada.
Aprobada.
En discusión la modificación al artículo 91, que consiste en sustituirlo por otro.
El señor ZALDIVAR (don Alberto).- Pido la palabra.
El señor MERCADO (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ZALDIVAR (don Alberto).- El Senado reemplazó la disposición aprobada por la Cámara por otra que, en concepto de la Comisión, no es clara, por cuanto no distingue entre aportes en especies y en dinero y no expresa con plena claridad la obligación de los organizadores de reembolsar los gastos de constitución de la sociedad. Por esta razón, rechazó la enmienda.
El señor MERCADO (Presidente).- Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Sala, se rechazará esta modificación.
Rechazada.
En discusión la primera modificación introducida por el Senado al artículo 95, del D. F. L. 251.
El señor Secretario le dará lectura.
El señor MENA (Secretario).- En la frase del inciso primero del artículo, ha suprimido la palabra "elegidos" y ha intercalado después del vocablo "directores", los siguientes: "ni gerentes".
El señor MERCADO (Presidente).- Ofrezco la palabra.
El señor ZALDIVAR (don Alberto).- Pido la palabra.
El señor MERCADO (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ZALDIVAR (don Alberto).- La Comisión estuvo con la enmienda introducida por el Senado, por cuanto hace más perentoria la inhabilidad establecida en el artículo 95, y, también, respecto de los gerentes estimó conveniente incorporarlos dentro de las inhabilidades.
El señor BULNES (don Jaime).- Pido la palabra.
El señor MERCADO (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría.
El señor BULNES (don Jaime).- Señor Presidente, el artículo 95 establece la inhabilidad de diferentes personas naturales para formar parte de un directorio de sociedades anónimas. La enmienda del Senado incluye entre los cargos que no podrán desempeñar el de gerente de las mismas.
Con respecto a las inhabilidades, yo creo que aquí se trata de establecer la independencia que debe existir entre el director de una sociedad anónima y el director de un organismo crediticio, porque es innegable que han existido vicios, a juicio mío, censurables, por cuanto hay sociedades anónimas que han generado bancos, y bancos que han generado sociedades anónimas. Sin embargo, creo que la medida es demasiado amplia y drástica, porque en el caso de los gerentes de bancos, éstos tienen que estar vinculados con el mundo de los negocios, tienen que estar al tanto de la situación de las sociedades anónimas, de los negocios en general. Ahora, en lo que respecta a la inhabilidad de directores, creo que incluso será difícil encontrar personas, vinculadas al mundo de los negocios que quieran ser directores o gerentes de bancos, atendidas las bajas remuneraciones que estos cargos tienen. Por último, hay algo que, á mi juicio, es extremadamente grave. No cabe la menor duda de que aquí se va a recurrir a arbitrios y a subterfugios. Es decir, se van a nombrar funcionarios en el cargo de directores, funcionarios que por el hecho de haber sido "generados" por una sociedad anónima, tienen mucha menos independencia administrativa, menos independencia en general, mucha menos personalidad. De suerte que, a juicio mío, las enmiendas del Senado son poco saludables.
Por otra parte, aun cuando yo tengo la seguridad de que no tenemos posibilidad de ganar ninguna de estas votaciones, creo que en lo que respecta a las inhabilidades parlamentarias -debo empezar por decir que no soy director de banco ni lo he sido nunca, ni soy director de sociedad anónima ni nunca lo he sido- a mí me parece...
El señor PALESTRO.- No pierda la esperanza.
El señor BULNES (don Jaime).- No le oí al señor Palestro.
El señor MERCADO (Presidente).- Le ruego continuar a Su Señoría.
El señor BULNES (don Jaime).- No entendí lo que dijo el señor Palestro.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BULNES (don Jaime).- Yo creo que es absurdo que un parlamentario, el día de mañana, no pueda administrar o cautelar sus propios intereses, y de acuerdo con esta disposición, queda en esa situación. Por lo demás, en lo que respecta al resto de las inhabilidades, me parecen bien, sin perjuicio de la objeción que hago respecto a los gerentes de bancos y de los casos que señalé expresamente. Naturalmente, que todo esto lo digo a título personal.
El señor LORENZINI.- Pido la palabra, señor Presidente.
El señor MERCADO (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría.
El señor LORENZINI.- Señor Presidente, la enmienda del Senado que incluye al de gerentes de sociedades anónimas entre los cargos que no podrán desempeñar ciertas personas naturales, disposición que se ha considerado un tanto restrictiva, me parece dada la verdadera maraña que se ha creado entre directores y gerentes para dominar la situación económica del país, en que los préstamos de los bancos privados, en que la movilización de todas las industrias y de las altas finanzas son manejados por las mismas personas, que están vinculadas entre sí. Es una verdadera camarilla de poder que está usufructuando del país y creando las necesidades económicas de los trabajadores chilenos. Creo que una manera de destruir en alguna forma y limitar esta codicia del capitalismo es obligar a estos elementos a que tengan que dispersarse y que sea lo más reducido posible el núcleo que maneje y aproveche el trabajo de los chilenos.
El señor ALESSANDRI (don Gustavo).- Pido la palabra, señor Presidente.
El señor MERCADO (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ALESSANDRI (don Gustavo).- Señor Presidente, nuestro colega señor Bulnes, con toda propiedad, ha manifestado que él en esta oportunidad hablaba a título personal, porque en realidad el pensamiento del Partido Nacional es que debe establecerse una clara incompatibilidad entre el cargo de gerente o subgerente de un banco comercial y el de gerente o director en una sociedad anónima. Por lo demás, esta materia no constituye novedad para quienes nos hemos preocupado de ella por muchos años. Y es así como en 1953, distinguidos miembros de los Partidos Liberal y Conservador de aquella época sometieron a la consideración de esta Cámara un proyecto de ley que modificaba diversas disposiciones del Código de Comercio, entre los cuales se contaban don Julio Chaná Cariola, don Alex Varela, don Pedro Lira Urquieta y don Rafael Correa Fuenzalida, y establecía precisamente esta incompatibilidad.
De ahí entonces que, de acuerdo con el pensamiento del Partido Nacional, sus Diputados actuarán votando con el criterio del Senado, con excepción del señor Bulnes, que ha manifestado su personal posición.
El señor MILLAS.- Pido la palabra, señor Presidente.
El señor MERCADO (Presidente).- Puede hacer uso de la palabra Su Señoría.
El señor MILLAS.-Señor Presidente, la modificación que estamos considerando, la de colocar el término "gerente" en el mismo plano que el de director de sociedad anónima, para las incompatibilidades establecidas en este artículo 95, se refiere no solamente al caso de los directores, gerentes, subgerentes o apoderados generales de instituciones bancarias, sino además a otra serie de incompatibilidades, entre ellas las de los Senadores, Diputados, Ministros de Estado, Subsecretarios de Estado y Jefes de Servicio de la Administración del Estado.
Los parlamentarios comunistas estimamos obvio que debe equipararse la calidad de director de una sociedad anónima con la de gerente, en relación a todas estas incompatibilidades.
He dicho.
El señor JAQUE.- Pido la palabra.
El señor MERCADO (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría.
El señor JAQUE.- Señor Presidente, es incuestionable que el Senado amplía, en esta disposición, el campo de las inhabilidades. En efecto, fuera de las consultadas por el artículo 95 aprobado por la Cámara- se han incorporado varias otras, como son las de los directores, gerentes, subgerentes o apoderados generales de las compañías de seguros y de las sociedades regidas por el D.F.L. Nº 324, de 1960, o sea, sobre fondos mutuos. Además, en la letra f) se contemplan las inhabilidades de los directores, gerentes, subgerentes y apoderados generales de las asociaciones de ahorro y préstamos, en las sociedades anónimas cuyo objeto sea la construcción. Y, por otra parte, las de los miembros de las Mesas Directivas Centrales de los partidos políticos.
Nosotros estamos plenamente de acuerdo tanto con las inhabilidades despachadas por la Cámara, como con las nuevas incorporadas por el Senado. Creemos que esto va a introducir una norma de saneamiento en el desenvolvimiento de las actividades económicas en que actúan estos gerentes, subgerentes, apoderados generales o administradores de estas entidades; y, al mismo tiempo, una norma de saneamiento moral en el ejercicio de la función pública, de las que deben estar rodeados los dirigentes máximos de los partidos políticos.
El señor ZALDIVAR (don Alberto).- Pido la palabra.
El señor MERCADO (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ZALDIVAR (don Alberto).- Señor Presidente, quiero aclarar algunos de los conceptos emitidos por el colega señor Gustavo Alessandri.
Los profesores de Derecho Comercial que él nombró -don Julio Chaná, don Rafael Correa, don Alex Varela- estudiaron el proyecto, en el año 1953, a petición del Gobierno de don Carlos Ibáñez del Campo. Yo traté a todos ellos, y ese proyecto sirvió de base a la iniciativa que estamos discutiendo. Dicho proyecto fue estudiado, posteriormente, por los funcionarios de la Superintendencia de Sociedades Anónimas; pero durmió por largo tiempo. Las ideas de estos profesores, que actuaron en un terreno independiente, en su carácter de profesores universitarios, no tuvieron acogida en los Parlamentos anteriores.
El señor MAIRA.- Ni en el Gobierno del señor Alessandri.
El señor ALESSANDRI (don Gustavo).- Pido la palabra.
El señor MERCADO (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ALESSANDRI (don Gustavo).- Señor Presidente, no veo, en realidad, cuál es el alcance que me formula el señor Diputado informante; porque yo me limité a señalar un hecho perfectamente comprobado y comprobable. Que ese proyecto no haya tenido aceptación en el Parlamento de la época no resiste el menor análisis. Es de toda evidencia. Pero si el señor Zaldívar ha querido insinuar que eran miembros de los Partidos Liberal y Conservador los mayoritarios en la Cámara de Diputados de aquella época, está en un error. Es efectivo que el proyecto en cuestión fue enviado por el Ejecutivo en tiempo del señor Ibáñez. El Gobierno en aquella época tenía mayoría en esta Cámara, y, sin embargo, lisa y llanamente se archivó. Yo iba a algo más profundo. Aquí en muchas oportunidades se nos sindica a nosotros como los representantes de la Derecha económica.
El señor LORENZINI.- ¿De qué son representantes?
El señor ALESSANDRI (don Gustavo).- De la Derecha política.
Se dice a cada instante, aquí, que somos los grandes defensores de los consorcios económicos del país, pero se olvidan, generalmente, de los grandes movimientos que han realizado sectores de los partidos tradicionales, en la época en que ellos existían, precisamente para modificar el régimen de sociedades anónimas. Porque hay que aclarar: nosotros creemos en la necesidad de ir al perfeccionamiento del sistema, del régimen de sociedades anónimas. Otros sectores de la Cámara, que ciertamente nos merecen el mayor respeto, sostienen, en cambio, que hay que ir a la pura y simple destrucción del sistema de las sociedades anónimas.
El señor LORENZINI.- No, señor; a la modificación de ese régimen.
El señor MERCADO (Presidente).- Señor Lorenzini, le ruego guardar silencio.
El señor ALESSANDRI (don Gustavo).- Tengo un archivo muy completo, porque hace mucho, muchísimos años que he venido luchando por esta situación. Recuerdo, por ejemplo, que en 1959, cuando se celebraba en Viña del Mar la convención del Partido Liberal, ya hacíamos presentes nuestras inquietudes sobre esta materia. Recuerdo también la posición que tomó la juventud del Partido Conservador en Viña del Mar -y uno de sus dirigentes es en la actualidad Diputado de estos mismos bancos- frente al problema de las sociedades anónimas. Tengo miles de editoriales en mi archivo sobre la materia.
Quiero recordarles a algunos colegas radicales, que a veces miran con sorna estas situaciones, que, durante la discusión de lo que luego fue la ley 13.305, estudiamos conjuntamente con el Diputado Phillips y un parlamentario socialista, don Ramón Silva Ulloa, las indicaciones que éste último presentó sobre esta materia y que están reproducidas casi a la letra en el proyecto actual.
Tengo aquí, y sería muy largo darle lectura, todo lo que se expresó en aquella ocasión; pero, entre otras cosas, estaba también establecida esta incompatibilidad en materia de gerentes y subgerentes de bancos comerciales. Pero también desearía recordar otra cosa. ¿Qué es lo más positivo que se ha hecho en los últimos años, tendiente a evitar la concentración del poder económico en un grupo pequeño de personas? Una indicación, muy simple, que exigió que los directorios de los bancos comerciales y de las sociedades anónimas se generaran en un solo acto, como medio de darles representación a las minorías. Porque quien ha estudiado, en alguna forma, estas materias, recordará que, en otras épocas, se iban generando en forma alternada, de semestre en semestre, y solamente se elegían 2 ó 3 directores.
Ahora bien, ¿quiénes fueron los redactores de esta indicación, en el período parlamentario 1961-1965? Un Diputado liberal, el que habla, y dos diputados conservadores de la época.
Fue aprobada en la Cámara ésta indicación, que venía en la Ley de Revalorización de Pensiones. ¿Qué pasó posteriormente? Fue rechazada en el Senado, y la Cámara no tuvo oportunidad de debatirla nueva mente, en virtud del Reglamento de aquella época. Más tarde, fue incorporada esta disposición en la Ley de Reconstrucción que, tengo entendido, se dictó a raíz del sismo de Aconcagua o de San Felipe. En ella se estableció que los directorios de sociedades anónimas debían ser generados en un solo acto, y se creó un impuesto especial para aquellas compañías que no generaran los directorios en esa forma. Lamento mucho no poder extenderme más sobre esta materia, debido al escaso tiempo disponible; pero quiero dejar claramente establecido que ni los Diputados nacionales, como tampoco ciertos sectores conservadores y liberales de otra época, han sido los eternos defensores de estos monopolios o concentraciones económicos.
Señor Presidente, frente al artículo en debate, deseo también señalar que nosotros hemos tenido una muy clara posición respecto a la incompatibilidad de los señores Diputados y Senadores para integrar consejos de sociedades anónimas. Sobre esta materia, hemos sostenido que ni los Diputados ni los Senadores deben aceptar cargos de esta especie durante el desempeño de su mandato, pero que no puede existir incompatibilidad para seguir desempeñando aquellos para los cuales fueron designados antes de su elección como parlamentarios.
Sin embargo, tengo la conciencia demasiado tranquila, porque, pese a que estimo que el principio aceptable es el que he señalado, siendo director de un banco comercial al momento de ser elegido Diputado, renuncié, en una carta circunstanciada, señalando mi pensamiento. Dije: "Prefiero renunciar al cargo de director para que en el día de mañana no se pueda suponer ninguna intención en las defensas o posiciones que tome frente a este tipo de debates".
-Nada más.
El señor MERCADO (Presidente).- Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación la modificación del Senado que consiste en suprimir la palabra "elegidos".
Si le parece a la Sala y no se pide votación, se dará por aprobada la modificación.
Aprobada.
En votación la siguiente modificación, que consiste en intercalar después del vocablo "directores", los siguientes: "ni gerentes".
Si le parece a la Sala y no se pide votación, se aprobará.
Un señor DIPUTADO.- No, señor Presidente.
El señor MERCADO (Presidente).- No hay acuerdo.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 52 votos; por la negativa, 4 votos.
El señor MERCADO (Presidente).- Aprobada la modificación.
En discusión la modificación de la letra b), que ha sido sustituida por el Senado.
El señor ZALDIVAR (don Alberto).- Pido la palabra.
El señor MERCADO (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ZALDIVAR (don Alberto).- Señor Presidente, en la letra b) del mismo artículo, el Senado incorpora a la lista de personas que no podrán ser directores ni gerentes, de sociedades anónimas, a los directores, gerentes o apoderados generales de instituciones bancarias, de compañías de seguros, de sociedades colocadoras de acciones y de las sociedades regidas por el D.F.L. Nº 324.
Y se complementa la disposición, exceptuando de esta prohibición a los directores de instituciones bancarias cuya designación provenga de la aplicación de una disposición legal.
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