“El Proveedor” deberá entregar por escrito y en un plazo no mayor a 5 (cinco) días hábiles contados a partir del día siguiente de la fecha del fallo “Cartas de fabricantes”, una carta por escrito de cada fabricante de los bienes ofertados, en la que indique que los mismos se encuentran vigentes en el catálogo de productos del mismo a la fecha en la que se presentó la propuesta técnica y económica. En la carta se deberán precisar las marcas y modelos de los bienes ofertados. La no entrega de esta carta será motivo de recisión del contrato. Esta carta será requerida para los siguientes tipos de bienes, de acuerdo al numeral “3.2.1. Definición y características de los bienes informáticos” del presente anexo.