13.4Documentos a Presentar Previos a la Suscripción del Contrato
Luego de consentida la Buena Pro o cuando quede administrativamente firme, PETROPERÚ S.A. citará al Postor ganador, otorgándole un plazo de cinco (05) días hábiles para entregar los documentos indicados a continuación. Este plazo podrá ser ampliado según criterio de PETROPERÚ S.A.
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Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato (Carta Fianza)
El Postor ganador deberá entregar antes de la suscripción del Contrato una Carta Fianza por la suma equivalente al diez por ciento (10%) del Monto Contractual, que deberá tener una vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del CONTRATISTA para garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones del Contrato. Se aceptara garantías con una vigencia mínima de un año renovable.
La garantía (Carta Fianza) será endosada a nombre de PETROPERÚ S.A. – Operaciones Conchán, deberá ser emitida por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros, y deberá tener carácter incondicional, solidaria, irrevocable, de realización automática, y sin beneficio de excusión, al solo requerimiento de PETROPERÚ S.A., bajo responsabilidad de la entidad que la emite.
En principio podrá aceptarse garantías cuyo vencimiento esté previsto en la fecha de culminación del Contrato, sin embargo en dicho caso el CONTRATISTA deberá preocuparse de mantener actualizada la garantía hasta la aprobación de la conformidad de recepción de la prestación, caso contrario se ejecutará la garantía al día siguiente de su vencimiento sin mayor trámite.
La Carta Fianza, en virtud de la realización automática a primera solicitud, contendrá un párrafo donde describa que la entidad emisora no opondrá excusión alguna a la ejecución de la garantía, limitándose a honrarla de inmediato dentro del plazo máximo de tres (03) días. Toda demora generará responsabilidad solidaria para el emisor de la garantía y para el CONTRATISTA, y dará lugar al pago de intereses en favor de PETROPERÚ S.A. devengando la tasa máxima de interés convencional compensatorio y la tasa máxima de interés moratorio, permitidas por dispositivos legales para personas ajenas al sistema financiero. Los intereses y gastos serán calculados a partir de los tres (03) días posteriores a la fecha del requerimiento de ejecución.
La garantía se devolverá una vez que la recepción de la prestación a cargo del CONTRATISTA esté aprobada.
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Carta Fianza de Cumplimiento de Obligaciones Labores
El CONTRATISTA deberá entregar antes de la suscripción del Contrato una Carta Fianza de cumplimiento de obligaciones laborales, hasta por un monto equivalente al pago de dos (02) meses de remuneraciones y beneficios colaterales del personal destacado al servicio.
Cuando el CONTRATISTA incumpla sus obligaciones laborales, PETROPERU S.A. le otorgará un plazo para que subsane el pago, conforme a lo establecido en el numeral 10.13 del Reglamento. En caso de persistir el incumplimiento, independientemente de las acciones que correspondan, PETROPERU S.A. ejecutará dicha Carta Fianza hasta por el monto adeudado por el CONTRATISTA a su personal destacado al servicio por concepto de remuneraciones y beneficios colaterales.
En ese caso, PETROPERU S.A. procederá al pago directo de lo que el CONTRATISTA adeuda a su personal en mención, y el CONTRATISTA presentará en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles una nueva Carta Fianza por el mismo concepto y monto o ampliará la misma, según corresponda, pudiendo ser causal de resolución del Contrato el incumplimiento de su presentación.
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El Postor ganador de la Buena Pro, contratará a favor de PETROPERÚ S.A. una Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual por la suma de US$ 100,000.00 (Cien mil con 00/100 dólares americanos), que amparará los daños corporales o materiales que el personal del CONTRATISTA ocasione a terceras personas como consecuencia de la ejecución del presente Contrato. También, se considerarán como terceros sólo para este efecto, a los bienes y personal de PETROPERÚ S.A.
La Póliza de Seguro se presentará en Original y será endosada a nombre de PETROPERÚ S.A. – Operaciones Conchán, con una vigencia hasta la recepción y conformidad final del Contrato, deberá ser emitida por una entidad sujeta al ámbito de supervisión de la Superintendencia de Banca y Seguros.
Asimismo, el Postor ganador deberá adjuntar copia simple del comprobante de pago de la citada Póliza que verifique la validez de la misma.
En el caso que la Póliza de Seguro sea insuficiente o no pueda ejecutarse por cualquier motivo ante la eventualidad de un siniestro, el CONTRATISTA asumirá directamente el pago de las indemnizaciones a terceras personas, así como a PETROPERÚ S.A. y a su personal.
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Constancia Vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado (en el caso de Consorcio, será por cada uno de los miembros)
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Contrato de Consorcio con firmas legalizadas de los consorciados, de ser el caso
El Contrato de Consorcio se formaliza mediante documento privado con firmas legalizadas ante Notario Público por cada uno de los consorciados, de sus apoderados o de sus representantes legales, según corresponda, designándose en dicho documento al representante o apoderado común.
Los integrantes de un Consorcio responden solidariamente respecto a la no suscripción del Contrato y del incumplimiento del mismo, estando facultada la Entidad en dichos casos, para demandar a cualquiera de ellos por los daños y perjuicios causados.
El incumplimiento del Contrato generará la imposición de sanciones administrativas que se aplicarán a todos los integrantes del Consorcio, aun cuando se hayan individualizado las obligaciones y precisado la participación de cada uno.
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Fotocopia Simple de: (en el caso de Consorcios, por cada uno de los miembros)
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Registro Único de Contribuyente del Postor (RUC).
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Documento de identidad vigente del Postor o de su Representante Legal.
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Documento Original de: (en el caso de Consorcios, por cada uno de los miembros)
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Copia certificada de la Ficha de Inscripción del Postor, expedida por el Registro de Personas Jurídicas de los Registros Públicos, cuyo giro sea inherente al objeto del servicio.
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Vigencia de Poder, expedido por el Registro de Mandatos y Poderes de los Registros Públicos, correspondiente a la(s) persona(s) que va(n) a suscribir el Contrato (Orden de Trabajo a Terceros), debiendo indicar la facultad para suscribirlos. En caso que los poderes sean revocados, se hayan extinguido, se hayan sustituido la representación (149°, 157° y 158° del Código Civil), deberán hacer de conocimiento a PETROPERÚ S.A., mediante el documento correspondiente. Estos documentos deben haber sido expedidos por la SUNARP dentro de los treinta (30) días anteriores a la fecha de su presentación.
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Referidos al personal que ejecutará el Servicio:
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Curriculum Vitae documentado del personal de acuerdo a la estructura del FORMATO Nº 2, el cual deberá cumplir con el perfil propuesto en el numeral 5.1 de los Términos de Referencia. La Supervisión de Servicios verificará y aprobará el cumplimiento del perfil solicitado.
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Certificado original de antecedentes policiales vigentes del personal que realizará el servicio.
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Certificado de Salud original y vigente de todo el personal que prestará el servicio.
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Conforme al Anexo Nº 03, los Términos del Contrato del personal destacado, indicando identificación del trabajador, cargo, remuneración y el plazo del destaque según lo señala el literal b) del artículo 26.2 de la Ley Nº 27626.
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Estructura de Costos Referencial del Personal asignado de acuerdo al Anexo N° 02-A (de cada uno de los trabajadores propuestos, las cuáles serán remitidas al área usuaria para su respectiva verificación y aprobación).
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