1.0GENERALIDADES
Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A. - Operaciones Conchán con RUC 20100128218, en adelante PETROPERÚ S.A., domiciliado en Antigua Panamericana Sur Km. 26.5 – Lurín, realiza la primera convocatoria para la contratación del “Servicio de Jardinería y Mantenimiento de Áreas Verdes”
El Proceso por Competencia Mayor se realizará en los términos y condiciones que se detalla en las presentes Bases Administrativas, Términos de Referencia, Adjuntos y Anexos.
2.0DE LOS PARTICIPANTES1
Pueden recabar las Bases y registrarse para participar en el Proceso por Competencia los proveedores que tengan inscripción vigente en el “Capitulo de Proveedor de Servicios” del Registro Nacional de Proveedores que administra el OSCE.
Para tal efecto, dentro del periodo señalado en el Cronograma, deberá pagar el monto correspondiente (establecido en el Cronograma) en la Oficina de la Unidad Contabilidad o depositar en la cuenta Nº 087-3037703 (en Nuevos Soles) del Scotiabank Perú S.A
El Proveedor consignará la información requerida en el FORMATO Nº 3 y junto con la Factura o Voucher (en caso de haber realizado el pago a través del Banco) deberá entregarlo en la Oficina de Unidad Logística o remitirlo al Fax 625 4279 o al e-mail logisticaconchan@petroperu.com.pe, luego de lo cual se le entregará una copia de las Bases.
La Unidad Logística, se ubica dentro de Operaciones Conchán, sito en Antigua Panamericana Sur Km. 26.5 – Lurín, Lima. El horario de atención será de 08:15 a 17:15 horas.
Por normas de seguridad, para ingresar a la Refinería, es necesario que la persona se encuentre correctamente vestida, sin zapatillas, sandalias, short, falda y/o polo escotado o manga “cero”.
Es responsabilidad del participante el permanente seguimiento del respectivo Proceso por Competencia a través del SEACE y de la revisión permanente de su correo electrónico.
3.0DE LOS POSTORES
Será considerado Postor, el Proveedor que participa del proceso por competencia, desde el momento en que presenta su propuesta, siempre que:
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Tenga inscripción vigente en el “Capítulo de Servicios” del Registro Nacional de Proveedores que administra el OSCE (*)2;
-
No esté comprendido en el Artículo 10 del Decreto Legislativo N° 1017, Ley de Contrataciones del Estado;
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No esté inhabilitado para Contratar con el Estado (*);
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Haya cumplido con presentar todos los documentos obligatorios en su Propuesta Técnica.
4.0MARCO LEGAL
Los Postores y las propuestas deberán cumplir con todas las disposiciones de las Bases Administrativas y Términos de Referencia, así como con las disposiciones legales vigentes siguientes:
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Ley Nº 28840, Ley de Fortalecimiento y Modernización de la Empresa Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A.
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Reglamento de Contrataciones de Petróleos del Perú – PETROPERÚ S.A., aprobado con Resolución Nº 523-2009-OSCE/PRE, en adelante el Reglamento.
-
Código Civil.
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Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General en forma supletoria.
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Decreto Legislativo Nº 43, Ley de PETROPERÚ S.A. y sus modificatorias.
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Decreto Supremo Nº 024-2000-EM, que aprueba el Estatuto Social de Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A. y sus modificatorias.
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Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República.
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Resolución de Contraloría Nº 094-2009-CG, “Directiva Ejercicio del Control Preventivo por la Contraloría General de la República – CGR y los Órganos de Control Institucional - OCI”, y sus modificatorias.
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Reglamento Interno de Trabajo de Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A., aprobado por el Directorio.
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Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
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Decreto Supremo Nº 009-2005-TR, Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo.
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Decreto Supremo Nº 043-2007-EM, Reglamento de Seguridad para las Actividades de Hidrocarburos.
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Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Sólidos, y su Reglamento aprobado por D.S. 057-2004-PCM.
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Acuerdo de Promoción Comercial Perú – Estados Unidos y otros Tratados Internacionales que puedan ser suscritos por el Estado Peruano con otros Estados, en adelante los TLC’s.
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Decreto Supremo Nº 003-2002-TR, que establece disposiciones para la aplicación de las Leyes Nº 27626 y Nº 27696, que regulan la Actividad de las Empresas Especiales de Servicios y de las Cooperativas de Trabajadores.
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Reglamento de Seguridad de la Información de PETROPERÚ S.A., aprobado con Acuerdo de Directorio N° 0114-2010-PP.
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Política Corporativa de Seguridad de la Información de PETROPERÚ S.A., aprobada con Acuerdo de Directorio N° 040-2010-PP.
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Todas las disposiciones legales y normas complementarias vigentes que sean aplicables.
El Reglamento prevalece sobre los dispositivos legales que regulan las contrataciones del Estado y las normas generales de procedimientos administrativos.
5.0MONTO ESTIMADO REFERENCIAL
El Monto Estimado Referencial del presente proceso por competencia es de S/.722,000.00 (Setecientos veintidós mil con 00/100 Nuevos Soles Inc. IGV), incluido los tributos, seguros, exámenes médicos y en general todo lo necesario para el cabal cumplimiento del objeto del Contrato, los beneficios laborales del personal a cargo del CONTRATISTA, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda incidir sobre el servicio a contratar.
En virtud al numeral 7.4 del Reglamento, las propuestas que excedan en más del diez por ciento (10%) del Monto Estimado Referencial en los procesos por Competencia Mayor, en todos los casos serán devueltas a los Postores, teniéndolas por no presentadas. Si como resultado del proceso, la mejor oferta supera hasta en 10% del Monto Estimado Referencial, para otorgar la Buena Pro, se debe contar con presupuesto suficiente y aprobación según el Cuadro de Niveles de Aprobación de Contrataciones vigente.
El Monto Estimado Referencial fue determinado en el mes de julio del 2011
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