Petroleos del peru – petroperu s



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SS.HH

  1. Instalar equipo fluorescente circular de 32w.con pantalla protectora.

  2. Instalar tapa blanca de melamine para W.C y accesorios.

  3. Cambio de 1 urinario con sus respectivos accesorios incluye llave y tubos de abasto

  4. Cambio de lavatorio con sus respectivos accesorios incluye llave de lavatorio y tubos de abasto Vainsa o equivalente.

  5. Instalar 1 porta toalla de loza, color blanco, para pegar, con tubo de PVC de 0.50m.largo

  6. Instalar guía plástica para porta papel higiénico y colocar 1 papelera plástica

  7. Cambio de gabinete para baño, instalar espejo sirena fondo arenado con repisa o similar.

  8. Reparar 2 puertas de madera de 0.66 x 1.50 m de acceso a W.C , incluye pintar y cambio de picaporte.

  9. Reparar ,lijar y pintar 1 puerta de ingreso de madera de 0.74 x 2.03 incluye bisagras


LABORATORIO

  1. Cambio de 7 equipos fluorecentes lineales, para adosar, 2 x 40w., con accesorios completos, con rejilla protectora.

  2. Reparar, lijar y pintar puerta de madera de 1.00 x 2.48 m, incluye bisagras, marco y chapa

  3. Reparar puerta de aluminio de 1.00 x 2.50

  4. Mantenimiento a 6 ventanas de aluminio de 2.00 x 1.15 m, corrediza vertical, incluye reparación de 2 marcos .

  5. Instalar 6 celosías metálicas de 0.90 x 1.11 m., metálicas, color verde, en ventanas aluminio.

  6. Pintado exterior : Lijado, resane y aplicación a 2 manos, con pintura esmalte color a escoger, área:83. 64 m2.


MANTENIMIENTO DE LINEA

  1. Instalar 8 persianas aluminizadas horizontal de PVC de 0.25 mm. ancho de lámina de 3 de : 1.87 x 1.05 m ; 2 de: 1.60 x 1.05 m (Sala) 1 de 1.75 x 1.05 (sala) ; y 2 de : 2.70 x 1.05 m

  2. Cambio de 9 equipos fluorecentes lineales, para adosar, 2 x 40w., con accesorios completos, con rejilla protectora.

  3. Reparar 3 equipos circulares de 32 W con sus respectivos protectores.

  4. Instalación de vidrios dobles polarizados color gris 4 de 0.50 x 0.47m ; 19 de 0.55 x 0.47m ; 1 de 0.35 x 0.48m ; 1 de 0.73 x 0.62m,1 de 0.65 x 0.40 ; 2 de 0.44 x 0.46 ; 5 de 0.85 x 0.48 m

  5. Cambio de 89 m2 de piso Vinílico por cerámica 0.30 x 0.30, color a escoger, Incluye instalación de zócalo de 0.10 m altura en oficinas

  6. Reparación,Mantenimiento y limpieza en canaletas fluviales en 38.70 ML

  7. Pintado exterior - interior : Lijado, resane y aplicación a 2 manos, con pintura esmalte color a escoger, área: 250.70 m2.


OFICINA SERVICIOS

  1. Instalar 8 persianas aluminizadas horizontal de PVC de 0.25 mm. ancho de lámina de 1.05 x 1.05

  2. Cambio de equipos fluorecentes lineales, para adosar, 2 x 40w., con accesorios completos, con rejilla protectora.(interior y exterior)

  3. Cambio de 2 tomacorriente doble, con puesta a tierra, Ticino o equivalente.

  4. Reparación de 3 escritorios de metal de 1.53 x 0.76 x 0.75m.altura, reparación de 6 cajones, cambio de fórmica a tablero de 1.53 x 0.76m., color a escoger, lijado y pintado con pintura acrílica, 2 manos, color a escoger.

  5. Proteger 8.5 ML con canaleta de PVC 1"conexiones telefónicas y eléctricas

  6. Cambiar 1 panel de cielo raso de triplay de 1.25 x 1.10 m

  7. Reparar y pintar mueble de computadora de 1.79 x 0.54 x 0.74

  8. Reparar y pintar 2 archiveros metálico de 1.48 x 0.45 x 0.77 ; 0.65 x 1.34 x 0.46 m

  9. Pintado interior : Lijado, resane y aplicación a 2 manos, con pintura esmalte color a escoger, área: 78.50 m2.

  10. Pintado exterior : Lijado, resane y aplicación a 2 manos, con pintura esmalte color a escoger, área: 90.50 m2.

ADJUNTO N° 14
NORMAS BÁSICAS DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN AMBIENTAL PARA CONTRATISTAS

MANUAL M-040”




2006

INDICE



  1. Introducción

  2. Objetivos

  3. Base Legal

  4. Generalidades

  5. Definiciones

  6. Identificación

  7. Controles

  8. Conducta del Personal

  9. Infracciones y Sanciones

  10. Emergencias, Incendios y Simulacros

  11. Accidentes

  12. Permisos de Trabajo

  13. Equipo Móvil, Señalizaciones y Transporte

  14. Equipos y Herramientas

  15. Orden y Limpieza

  16. Equipos de Protección Personal

  17. Andamios, Aparejos y Maniobras

  18. Disposiciones Complementarias

  19. Disposiciones sobre Protección Ambiental para Contratistas

  20. Seguridad en buques y embarcaciones

  1. INTRODUCCIÓN

En todo contrato o compromiso que celebre Petróleos del Perú – PETROPERU S.A. – Operaciones Oleoducto con personas jurídicas o naturales (CONTRATISTA) debe incluir el cumplimiento de lo estipulado en este Manual.
Para efectos del presente Manual, cuando se mencione la Empresa debe entenderse que se refiere a Petróleos del Perú – PETROPERU S.A.
Es política de la Empresa proteger a quienes trabajan dentro de las instalaciones, por considerar que el capital humano es lo más valioso; por lo tanto, el Contratista debe conocer en su totalidad y cumplir las Normas Básicas de Seguridad y Protección Ambiental aquí descritas, así como con aquellas adicionales que puedan dictarse antes o durante la ejecución de cualquier trabajo u operación y las que las leyes señalan, con el fin de prevenir accidentes y controlar riesgos que puedan poner en peligro la vida, salud, las instalaciones o el medio ambiente.


  1. OBJETIVO

Proporcionar las Normas Básicas de Seguridad y Protección Ambiental para que los trabajos realizados por las Compañías Contratistas, se efectúen bajo condiciones controladas de tal manera que garanticen la integridad física de los trabajadores, de las instalaciones y la protección del medio ambiente.
Así mismo, dar a conocer los requisitos exigidos para que sean considerados en sus propuestas económicas, porque lo estipulado en el presente Manual es obligatorio y forma parte de los contratos que se suscriban con los Contratistas.


  1. BASE LEGAL

    1. Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial aprobado por Decreto Supremo
      Nº 42-F del 22-05-64, tiene como finalidad el dictar normas y demás disposiciones para garantizar condiciones de seguridad a los trabajadores, empleados y obreros, así como proteger las instalaciones y propiedades industriales.




    1. Reglamento de Seguridad en la Industria del Petróleo, Resolución Ministerial Nº 0664 – 78 – EM/DGH, este reglamento a través de sus disposiciones promueve la seguridad contra los riesgos de cualquier naturaleza provenientes de las operaciones propias de la Industria del Petróleo.




    1. Reglamento de Normas para la Refinación y Procesamiento de Hidrocarburos, Decreto Supremo Nº 051-93-EM, Aprueban el Reglamento de Normas para la Refinación y Procesamiento de Hidrocarburos, aplicable a toda persona natural o jurídica que tiene por objeto establecer las normas y disposiciones para el diseño, construcción y operación y mantenimiento de Refinerías y Plantas de Procesamiento de Hidrocarburos, que incluye los procesos de Refinación de Petróleo, manufactura de asfaltos naturales, de grasas y lubricantes, petroquímica básica y el procesamiento de gas natural y condensados.




    1. Reglamento de Seguridad para el Almacenamiento de Hidrocarburos, Decreto Supremo Nº 052-93-EM, que establece normas y disposiciones para que cualquier persona natural o jurídica, nacional o extranjera, pueda construir, operar y mantener Instalaciones para Almacenamiento de Hidrocarburos, sea Petróleo o derivados, en cualquiera de las diferentes etapas de la Industria de los Hidrocarburos.




    1. Reglamento para la Comercialización de Combustibles Líquidos Derivados de los Hidrocarburos, Decreto Supremo Nº 030-98-EM, el cual comprende los requisitos para establecer y operar instalaciones para el almacenamiento, distribución, transporte y venta al público de combustibles líquidos y otros productos derivados de Hidrocarburos; y su norma complementaria el Decreto Supremo Nº 045-2001-EM que establece las normas aplicables para la instalación y operación de Plantas de Abastecimiento en Aeropuertos, Terminales y Consumidores Directos, así como la calificación y operación de los Distribuidores Mayoristas, importadores/ Exportadores y Distribuidores Minoristas.




    1. Reglamento para Trasporte de Hidrocarburos por ductos, Decreto Supremo Nº 041-99-EM, norma todo lo referente a Hidrocarburos por ductos, incluyendo los procedimientos para otorgar Concesiones, para fijar tarifas, normas de seguridad, normas para la protección del Ambiente, disposiciones sobre la autoridad competente de regulación, así como las normas vinculadas a la fiscalización.




    1. Reglamento Nacional de Tránsito y Seguridad Vial, Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC, el que tiene por objetivo determinar las características técnicas de construcción, dimensiones, peso, condiciones de seguridad, comodidad y mantenimiento y límite de emisiones de vehículos para el transporte terrestre.




    1. Ley N° 28611 del 13 de octubre de 2005, “Ley General del Ambiente”, norma ordenadora del marco normativo legal para la gestión ambiental en el Perú.




    1. Reglamento para Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos, Decreto Supremo Nº 015-2006-EM. Tiene por objeto establecer las normas y disposiciones para regular en el territorio nacional la Gestión Ambiental de las actividades de exploración, explotación, refinación, procesamiento, transporte, comercialización, almacenamiento y distribución de Hidrocarburos.




  1. GENERALIDADES

    1. Las presentes Normas Básicas de Seguridad y Protección Ambiental señalan prácticas y procedimientos de seguridad que el Contratista debe observar y cumplir cuando realiza trabajos en cualquiera de las instalaciones de la Empresa, tales como: áreas industriales, zonas de campo, talleres, edificios, muelles, terminales, plantas, patios de tanques, estaciones de bombeo, oleoductos, unidades de trasporte de productos, etc.




    1. El Contratista debe instruir a su personal en estas Normas Básicas de Seguridad y Protección Ambiental antes de iniciar cualquier trabajo, a fin de prevenir la ocurrencia de fugas o derrames de productos y accidentes, tanto a su personal como al personal de la Empresa, así como evitar daños a las instalaciones, equipos o al medio ambiente.




    1. Cuando el tipo de servicio contratado está sujeto a regulaciones específicas, tales como el de vigilancia particular, transporte aéreo, terrestre, marítimo, construcciones civiles o de cualquier otra naturaleza, éstos se sujetarán a las leyes vigentes, todo cuanto no hubiese sido previsto en estas Normas Básicas.




    1. La Empresa nombrará a un Supervisor de Contacto ante el Contratista, quien tendrá a su cargo la supervisión del trabajo y los asuntos de Seguridad y Protección Ambiental.




    1. A solicitud del Contratista, la Empresa podrá darle asesoramiento en asuntos de Seguridad y Protección Ambiental por intermedio del Supervisor de Contacto y/o de un Supervisor de Seguridad Industrial y Protección Ambiental.




    1. El Contratista es el único responsable en todo lo concerniente a su personal, obligándose a cumplir con las leyes, reglamentos y demás disposiciones que regulen sus actividades, incluyendo el pago de sueldos y salarios, derechos y beneficios sociales, accidentes de cualquier naturaleza, seguros y demás disposiciones, creadas o por crearse. Se aclara expresamente que no existe relación laboral entre la Empresa y el personal permanente o eventual del Contratista.




  1. DEFINICIONES

  1. Supervisor de Contacto

Es la persona que representa a la Empresa ante el Contratista en relación con el trabajo y con los asuntos de seguridad y ambientales.


  1. Supervisor de Seguridad Industrial y Protección Ambiental

Es la persona de la Empresa que realiza las labores de Seguridad y Protección Ambiental o está encargado de ella en la dependencia donde se efectuará el trabajo.


  1. Personal de Seguridad

Son los Encargados de Protección y Contra Incendio, Bomberos Contra Incendios o los Agentes de Vigilancia Privada – AVP quienes, tienen las funciones de verificar que las personas que ingresen a las instalaciones de la Empresa, estén en posesión de su respectivo documento de identidad que extiende la Empresa, también están encargados de verificar el ingreso y salida de vehículos, equipo y material, éstos últimos amparados en el respectivo “Pase de Salida de Material” (formato PP 11039); así mismo, se encargan de la vigilancia de las áreas de la jurisdicción de una dependencia, participando en los casos de Emergencia.


  1. Perfil Profesional del Ingeniero Residente de las Compañías Contratistas.

Profesión:

Ingeniero Mecánico, Mecánico Electricista, Electricista, Electrónico, Industrial, Industrial y de Sistemas ó Químico.




  1. Grado Académico

Titulo Profesional, colegiado y habilitado


  1. Estudios realizados con el Cargo

Especialización en Gestión de Mantenimiento.

Producción

Seguridad

Protección Ambiental o Gestión Ambiental

Administración de Empresas.


  1. Experiencia

  • Tres (03) años de experiencia en operaciones petroleras obtenidas en yacimientos, petroquímicos, refinerías o destilerías.

  • Haber desempeñado cargos donde haya tenido personal bajo su mando.

  • Experiencia en Sistemas de Calidad, Seguridad y Protección Ambiental.

  • Conocimiento de Normas ISO-14001.

  • Levantamiento de metrados y cálculos de áreas, volúmenes.

  • Cálculos básicos de sistemas eléctricos y manejo de fluidos.

  • Confección de presupuestos, valorizaciones y administración de contratos.

  • Experiencia de trabajo con sistemas de gestión de mantenimiento.


Requerimientos

Sea un profesional íntegro, con conocimientos, habilidades, aptitudes y actitudes que le permita:



  • Interpretar correctamente y poner en prácticas las funciones y responsabilidades del Manual de Seguridad y Protección Ambiental para Contratistas M-040.

  • Conocer y mantener un comportamiento acorde a las Normas ISO 14001, con el Manual de Gestión de Residuos Sólidos.

  • Actitud preventiva para los aspectos ambientales significativos.

  • Conocer sus responsabilidades en caso de contingencia.

  • Trabajar en equipo, manejo eficiente de personal.

  • Desarrollar y optimizar equipos y máquinas usando tecnología de punta.

  • Desarrollar e implementar procesos de mantenimiento de equipos digitales, electromecánicos y mecánicos que requieran conocimientos multidisciplinarios.

  • Integrar las funciones del diseño mecánico, eléctrico y el control de máquinas y equipos, según las necesidades de la Empresa.

  • Estudiar y utilizar nuevos materiales e instrumentos sustitutos que optimicen las acciones de mantenimiento.

  • Administrar eficientemente personal técnico.

  • Introducir técnicas de mantenimiento novedosas, eficientes, económicas que incrementen la productividad.

  • Elaborar informes técnicos al final del servicio.

  • Capacidad y predisposición para interrelacionarse con su contraparte del servicio es decir con el administrador del servicio y personal operativo.

  • Mantener la confidencialidad con respecto a la información técnica y clasificada propiedad de PETROPERU.

  • Capacidad para elaborar procedimientos de trabajo y cronogramas de avances.

  • Cualidades de líder parea manejo óptimo de su personal.


Otros

  • Conocimiento de inglés (deseable).

  • Conocimiento documentado en el ámbito usuario de Microsoft Office, MS Project ó cualquier otro software de manejo de proyectos, Autocad.

  • Buena salud física y mental para trabajos de campo sometidos a presión.

  • Disponibilidad durante los horarios de trabajo preestablecidos.


NOTA:

Dependiendo de la complejidad de los servicios es posible que el supervisor residente sea un técnico calificado con experiencia.

Ejemplo: Servicio de pintado automotriz, servicio de apoyo con personal, servicio de reparación de un alternador automotriz, etc.


  1. Carné de Identidad

Documento que la Empresa entrega a toda persona natural o jurídica que trabaje para el Contratista, el mismo que lo autorizará a ingresar a instalaciones, oficinas, áreas industriales, etc., sea el caso y sólo por asuntos de trabajo.

El carné debe exhibirse en forma visible, mientras la persona permanezca dentro de las instalaciones de la Empresa.




  1. Autorización de Ingreso

Documento que la Empresa entrega a toda persona natural o jurídica que trabaje para el Contratista por periodos cortos (menores de 60 días); el mismo que lo autorizará a ingresar a instalaciones, oficinas, áreas industriales, etc., según sea el caso y sólo por motivos de trabajo.


  1. Pase de Salida de Materiales

Documento necesario que indica la autorización de la salida de material (equipo, mobiliario, herramienta, repuesto, accesorio, producto, documentación, etc.) de las instalaciones a través del portón que en él se indique.


  1. Permiso de Trabajo

Documento que autoriza la ejecución de trabajos de inspección, mantenimiento, reparación, pintura, construcción, etc., en los equipos o instalaciones, bajo ciertas condiciones y requisitos.


  1. IDENTIFICACIÓN

        1. El Contratista, su personal y vehículos que efectúan un trabajo en cualquier instalación de propiedad de la Empresa, deben estar registrados e identificados ya sea con un carné de identidad o autorización de ingreso, documentos que son extendidos por la Unidad Seguridad Industrial y Protección Ambiental de la Empresa.

Ninguna persona o vehículo podrá ingresar sin portar su carné de identidad o autorización de ingreso.


        1. Para obtener estos documentos, el Contratista suministrará al Supervisor de Contacto los siguientes documentos:




Carné de identidad

Autorización de Ingreso

Presentar con 15 días de anticipación

Presentar con 02 días de anticipación

Solicitud de carné para personal

Solicitud de Autorización de Ingreso a las Instalaciones

Copia de DNI

Certificado de Antecedentes Policiales, con una antigüedad no mayor de 60 días




Relación de personal, con el sello de recepción de EsSalud inscrito en el Seguro Complementario Trabajo de Riesgo por Prestaciones de Salud (Sólo para Refinería El Milagro).

Póliza vigente por el número de días que se solicita la autorización de ingreso y la relación de personal con el sello de ONP o Cia. De seguros inscritos en el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo por prestaciones de Invalidez, Sobrevivencia y gastos de sepelio (Sólo para Refinería El Milagro).

Comprobante de haber cancelado el valor de emisión de cada carné de identidad es de 10 nuevos soles.





Vigencia hasta por 1 año

Vigencia hasta por 60 días.

(Ver formato adjunto Nº1)


Autorización de ingreso para Vehículos

Copia de la Tarjeta de Propiedad y SOAT vigente.

Motor del vehículo debe ser a Diesel para áreas clasificadas (áreas industriales).

La licencia de conducir debe estar vigente y corresponder a la clase y categoría del vehículo.

El vehículo debe estar en buen estado de conservación y funcionamiento.

En caso de volquetes, debe contar con su tarjeta de cubicación y tener su placa y capacidad impresa en la tolva.

El vehículo del contratista debe estar identificado con si respectivo logotipo.

El vehículo deberá llevar su extintor PQS Portátil.

- Ingreso se autoriza solo para transporte de materiales.


        1. Al ingresar a las instalaciones de la Empresa, el personal del Contratista individualmente tiene la obligación de mostrar se respectivo Carné de Identidad, Carné de Visitante o Autorización de Ingreso al personal de vigilancia, quien solicitará su confrontación con el respectivo D.N.I. que es obligatorio llevarlo consigo y se devolverá a su salida.




        1. Mientras permanezca dentro de las instalaciones de la Empresa todo el personal debe llevar consigo, en forma visible el Carné de Identidad o Carné de Visitante para los que tienen Autorización de Ingreso.




        1. Está prohibido que el personal del Contratista abandone el área asignada de trabajo.




        1. El Contratista es responsable por los Carnés de Identidad, de Visitante o Autorización de Ingreso, que se le han entregado para su personal. El uso indebido, se considera como violatorio a las normas de seguridad y como tal, el Contratista será sancionado de acuerdo a la gravedad del caso.




        1. El Contratista no podrá transferir personal a otro Contratista, sin que previamente lo haya puesto en conocimiento de la Unidad Seguridad Industrial y Protección Ambiental, para efectos de identificación.




        1. Terminadas las obras, el Contratista devolverá al Supervisor de Contacto todos los Carnés de Identidad que le fueran entregados; el Supervisor de Contacto devolverá los carnés a la Unidad Seguridad Industrial y Protección Ambiental.




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