Primera convocatoria


CLAUSULA PRIMERA.- DEL PROCESO Y LAS PARTES CONTRATANTES



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CLAUSULA PRIMERA.- DEL PROCESO Y LAS PARTES CONTRATANTES


El MUNICIPALIDAD DISTRITAL de EL TIGRE es una entidad con personería jurídica de derecho publico y de acuerdo a las facultades que otorga la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.

Que en el ámbito de las funciones establecidas por la Ley le compete administrar los recursos públicos del Programa del Vaso de Leche asignados al Distrito de xxxxxxxxxxx conforme a lo dispuesto por la Ley _______________________________________.

Que para tal efecto y conforme a lo regulado por el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, se ha llevado a cabo la adjudicación Directa Selectiva N° 001-2007-CEPVL-MDT de cuyo proceso se ha otorgado la Buena Pro a _____________________________.

CLAUSULA SEGUNDA.- EL OBJETO


Por el presente contrato, EL CONTRATISTA se obliga a proveer a LA MUNICIPALIDAD de _______________________ conforme a las especificaciones técnicas establecidas en las bases administrativas integradas, que forman parte del presente contrato.

CLAUSULA TERCERA.- MONTO DEL CONTRATO


LA MUNICIPALIDAD abonara al CONTRATISTA como monto total, la suma de S/. ( ) Incluido los impuestos de ley, importe que será cancelado por cada entrega a la presentación de la factura por el CONTRATISTA, previa conformidad de recepción otorgada por la Unidad de Logística y Servicios Generales y V° B° del jefe de Programa del vaso de leche.

CLAUSULA CUARTA.- DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO


El presente contrato es a partir de __________________ hasta el ____________________ 2006.

CLAUSULA QUINTA.- GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO


EL CONTRATISTA como requisitos indispensable para la suscripción del contrato debe entregar a LA MUNICIPALIDAD la garantía de fiel cumplimiento, sujetándose para el efecto al procedimiento establecido en el articulo 215° y 216º del Reglamento .
CLAUSULA SEXTA.- DE LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA

EL CONTRATISTA tiene la responsabilidad total sobre la ejecución y el cumplimiento del contrato de acuerdo a su propuesta técnica – Económica, no pueden ceder o transferir total o parcialmente las obligaciones que son materia de la misma.


EL CONTRATISTA se compromete a entregar mensualmente junto al lote que suministre del producto para el programa vaso de leche, certificados Físico Químico y Microbiológico y son responsables ante LA MUNICIPALIDAD el laboratorio que emite los certificados y EL CONTRATISTA.

CLAUSULA SETIMA.- DE LAS PENALIDADES


EL CONTRATISTA, en caso de incumplimiento en la prestación del servicio, se obliga a asumir las penalidades previstas en el Articulo 222° del Reglamento.

Para dicho efecto, LA MUNICIPALIDAD deberá cursar una carta notarial a EL CONTRATISTA concediéndole un plazo de cinco días hábiles para cumplir con su obligación, caso contrario, será de aplicación lo dispuesto en el párrafo anterior.



CLAUSULA OCTAVA- CAUSALES DE RESOLUCION IMPUTABLE AL CONTRATISTA


Son causales de resolución del presente contrato, lo establecido por los Artículos 225º y se procederá conforme al artículo 226º del Reglamento.

CLAUSULA NOVENA.- RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS


Se formaliza de conformidad con los Artículos 272º y 273º del Reglamento.

Las partes acuerdan que cualquier controversia que sufran desde la celebración del contrato, será resuelta mediante arbitraje, conforme a las disposiciones de la Ley y el Reglamento a falta en la designaciones del mismo o ante la rebeldía de una de las partes en cumplir con dicha designación, cualquiera de ellas solicitará al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado haga la designación. El laudo Arbitral emitido es vinculante para las partes y pondrán fin al procedimiento de manera definitiva, siendo el laudo inapelable ante el Poder Judicial o ante cualquier instancia Administrativa.



CLAUSULA DECIMA.- DE LA RESPONSABILIDAD POR DAÑOS


EL CONTRATISTA deberá responder en caso de daños y perjuicios ocasionando como consecuencia del incumplimiento del presente contrato. Igualmente se responsabiliza por los errores, daños o perjuicios que se causen a LA MUNICIPALIDAD o a terceros personas, en la ejecución del suministro de los bienes, originados ya sea en forma dolosa o por negligencia, debidamente acreditado.

CLAUSULA DECIMA PRIMERA.- LIQUIDACIÓN


La liquidación del contrato se formulara de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

CLAUSULA DECIMA SEGUNDA.- CONDICIONES FINALES


Forman parte integrante del presente contrato, las Bases administrativas y el contenido del la propuesta técnica y económica presentadas por EL CONTRATISTA durante al proceso de Adjudicacion. En todo lo no previsto serán de aplicación las disposiciones de la Ley, el Reglamento y supletoriamente el Código Civil.
En señal de conformidad las partes suscriben el presente contrato a los días del mes de del 2007.

____________________________ ___________________________



LA MUNICIPALIDAD EL CONTRATISTA


ANEXO Nº 06

FACTORES DE CALIFICACIÓN PARA LOS COMPONENTES DE LA RACIÓN

PUNTOS




CALIDAD DEL PRODUCTO – LECHE EVAPORADA







10

I

1.1. VALORES NUTRICIONALES (Certificado de Calidad













según Especificaciones Técnicas del Anexo 03)













Sólidos Totales




2







- De 25.01% a 25.25 %

0.5










- De 25.26% a 25.50 %

1










- De 25.51 a 26.50%

2










Proteínas




2







-    De 34.01% a 34.50%

0.5










-    de 34.51% a 35.00%

1










-    De 35.01% a 36.10%

2










Grasa




2







-    De 7.51% a 7.60 %

0.5










-    De 7.61% a 7.70%

1










-    De 7.71% a 8.00%

2










Porcentaje de componentes Nacionales (insumos) LECHE




4







- De 99.51% a 100 %

4










- De 95.01.34% a 99.50 %

2










- De 90.01 a 95.00 %

1







II

INFRAESTRUCTURA Y CONDICIONES DE PROCESAMIENTO DEL FABRICANTE – LECHE EVAPORADA







10




2.1. Certificado de Inspección Higiénico Sanitaria de Planta – LECHE




3







- De 95 a 100 pts.

3










- De 90 a 94 pts.

2










- De 80 a 89 pts.

1










2.2.Certificado de Inspección Técnico Productiva de Planta – LECHE




3







- De 95 a 100 pts.

3










- De 90 a 94 pts.

2










- De 80 a 89 pts.

1










2.3. Certificado de Capacidad Instalada de Producción













en unidades de 410 gr//día




4







- Mayor de 77,450 und/día

4










-  De 30,000 a 77,450 und/día

2










-  Menor a 30,000 und/día

1







III

EVALUACION DE LA EMPRESA POSTORA – LECHE













Volumen de ventas del producto igual al de la presente Convocatoria, en el mercado institucional durante el periodo del 2004 a la fecha del acto de presentación de propuestas (10 ENTIDADES)







10




2 VECES EL VALOR REFERENCIAL A MAS

10










1 VEZ EL VALOR REFERENCIAL

5










MENOS DE 1 VEZ EL VALOR REFERENCIAL

1







IV

PLAZO DE ENTREGAS DE LOS DOS COMPONENTES DE LA RACION







10




MENOR PLAZO DE ENTREGAS

10










SEGUNDO EN PRELACIÓN

5










TERCERO EN PRELACIÓN

3










CUARTO EN PRELACIÓN

1







V

PREFERENCIA DE LOS BENEFICIARIOS – RACIÓN LECHE/AVENA







10




EXELENTE

10










MUY BUENO

5










BUENO

3










REGULAR

1










TOTAL







50



ANEXO Nº 07

DECLARACIÓN JURADA DE PACTO DE INTEGRIDAD
Iquitos,…….de Enero de 2007.
SEÑORES

COMITE ESPECIAL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL TIGRE

PRESENTE
Referencia: ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA Nº 001-2007-CEPVL-MDT

De nuestra consideración:
En aplicación de la Norma Técnica de Control Interno Nº 700-06 - Contrataciones y Adquisiciones de Bienes, Servicios y Obras, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 123-2000-CG, en mi calidad de representante de ....................................................................... declaro bajo juramento lo siguiente:
Que, reconocemos la importancia de la aplicación de los principios que rigen los procesos de contrataciones señalados en el Art. 3º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D. S. N° 083-2004-PCM.
Que, no hemos ofrecido u otorgado, ni ofreceremos u otorgaremos, ya sea directa o indirectamente a través de terceros, ningún pago o beneficio indebido o cualquier otra ventaja inadecuada a funcionario de la Municipalidad alguno o a sus familiares o socios comerciales, a fin de obtener o mantener el contrato objeto del Proceso de Adjudicación Directa Selectiva.
Que, no hemos celebrado o celebrar acuerdos formales ó tácitos, entre los postores, a fin de establecer prácticas restrictivas de libre competencia.
Que, no aceptaremos la extorsión por parte de los funcionarios de la Entidad convocante.

Atentamente,



Sello y firma del Representante

Legal del Postor





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