Primitiva casa baroja


XII Don Pedro Velez de Guebara



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XII

Don Pedro Velez de Guebara

En 1410, unido al benemérito doctor Gonzalo Moro, ajustó un tratado de Treguas de las costas del Cantábrico con Ingla­terra. Estuvo casado con D.ª Constanza de Ayala, hija de Fernán Pérez de Ayala, Señor de Salvatierra, Merino mayor de Guipúzcoa, y de su mujer D.ª María Sarmiento. Había ya muerto en 1419, dejando a su viuda cuatro niños de corta edad: D. Pedro Velez, D. Iñigo, D.ª Isabel y D.ª María de Guebara. En esta situación hubo de luchar D.ª Constanza contra las asechanzas de los enemigos de su casa, según se deduce de la carta que dirigió a los caballeros gamboinos de Mondragón y que transcribimos íntegra, como muestra de la forma en que se correspondían entonces los Parientes mayo­res; a la que presta mayor ínterés la circunstancia de hallarse suscrita por una Ricahembra. Dice así:



Ұ

Juan Bañez de Artazubiaga e Pedro Sánchez de Orozco e Pedro Martínez de Orozco e Lope Ibáñez de Olabarrieta e los otros buestros parientes del linaje de Bañez e a cada uno de

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bos, yo D.ª Constanza de Ayala, Mujer de D. Pedro de Gueba­ra, que Dios perdone, vos envio mucho saludar, como aquellos para quien mucho bien e mucha honra querria: Sabed que me dijeron en como algunas personas vos decían, e especialmente a vos el dicho Juan Bañez, que yo vos envié a convidar, que biniesedes e esta onrra e cabo de año de dicho D. Pedro, por vos fazer enojo: e so marabillada en vos decir tal cosa, e mucho mas me marabillo en vosotros lo creer; que yo por mios e de don Pedro Velaz mi fijo vos tengo; e vos tengo por de esta casa mia, e de mi fijo: e así vosotros debedes ser ciertos, que bosotros todos, e cada uno de bos, guardado el servicio e onrra mia e del dicho mi fijo, e de su solar, que yo e el dicho don Pedro Velaz mi fijo vos abriamos de defender de quien enojo vos quisiere facer; e no a vosotros que sodes de esta casa, mas aunque fuere otro alguno de otras partes que a esta onrra biniese, yo no faria, ni mandaria facer enojo alguno; pues asi debedes creer que mucho menos lo faria yo contra vos­otros ni contra alguno de vos; e así no creades tales dezires como los que vos dizen; por que bos ruego que bosotros querades benir a la dicha onrra; e sobre esto, Juan Sánchez de Garibay fablará con vosotros más largamente; ruego bos que lo creades todo lo que de mi parte sobre ello bos dijere. E eso mesmo bos ruego que trayades con bosotros a la dicha onrra a buestras Mujeres. E Dios bos de la su gracia. Fecha Veynte y siete días de Noviembre.



Doña Constanza».

Esta señora autorizó a los vecinos de Oñate para que hi­ciesen en cada año la elección de alcalde ordinario de la villa, que en los tiempos antiguos nombraba el Conde, reservándose únicamente la facultad de confirmarla.




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