“…conjunto o complejo de actos, realizados por las partes… y el juez o tribunal, concatenados entre sí, en cuanto uno sucede al que lo precede y es causa del que le sigue y que van, desde el acto inicial que naturalmente lo incoa, hasta el que lo decide…” (Carlos, E.B. “Introd.al Est.del Der.Proc., pág.128)
“…conjunto de actos coordinados que se ejecutan por o ante los funcionarios competentes del órgano judicial del Estado, para obtener la declaración, la defensa o realización coactiva de los derechos que pretendan tener las personas privadas o públicas, en vista de su incertidumbre o de su desconocimiento o insa-tisfacción, mediante la actuación de la ley en un caso concreto…” (Devis Echandía “Nociones Generales de Der.Proc.Civil”, pág.131
Juicio: expresión que supone la existencia de controversia o conflicto
Juicio: expresión que supone la existencia de controversia o conflicto
Proceso: la palabra comprende tanto la controversia, o conflictos sin controversia – rebeldía-, procesos de jurisdicción voluntaria.
Procedimiento: “…constituye cada una de las fases o etapas que aquel puede comprender…” (Palacio, Lino E. “Tratado de Der.Proc.Civ.”, T.1.,pág.226) (ej. Proced.de 1ª Inst. puede seguir si es apelado a un Proced. 2ª Inst., en ese caso un solo proceso tendría 2 procedim.)
Elemento subjetivo: a) sujetos primarios: juez o tribunal, y partes; (en los procesos voluntarios los sujetos primarios son los peticionarios – ej. Sumaria información) ; b) terceros ; c) sujetos secundarios: I) auxiliares del órgano – secretarios, oficiales de justicia, peritos); II) auxiliares de las partes o peticionarios (ej.abogados y procuradores)
Elemento subjetivo: a) sujetos primarios: juez o tribunal, y partes; (en los procesos voluntarios los sujetos primarios son los peticionarios – ej. Sumaria información) ; b) terceros ; c) sujetos secundarios: I) auxiliares del órgano – secretarios, oficiales de justicia, peritos); II) auxiliares de las partes o peticionarios (ej.abogados y procuradores)
Elemento objetivo: puede hallarse constituido por una pretensión (para resolver un conflicto) o por una pretensión extracontenciosa (para constituir, integrar o acordar eficacia a una relación jurídica)
Actividad: conjunto de actos que deben cumplir los sujetos procesales desde el comienzo del proceso hasta la decisión que le pone térmilno.
Jurisdicción: “es la potestad pública de conocer y fallar los asuntos conforme a la ley, o sea la facultad atribuida al poder judicial para administrar justicia…” (Caravantes Trat. pág. 118)
Jurisdicción: “es la potestad pública de conocer y fallar los asuntos conforme a la ley, o sea la facultad atribuida al poder judicial para administrar justicia…” (Caravantes Trat. pág. 118)
Competencia: es “… la aptitud o capacidad de un juez u órgano determinado para ejercer la jurisdicción…” “…es la medida de la jurisdicción…” “técnicamente, la jurisdicción es una función y la competencia la aptitud para ejercerla…” (Carlos, E.B. op. cit. pág.209).
Acción: es “…el poder jurídico ejercitado por un particular o un órgano del estado público generador del proceso y dirigido a obtener, mediante sentencia la actuación del derecho…” (Carlos, E.B. op. cit. pag. 274 y 275)
Proc.Contenciosos: por la finalidad de la pretensión que constituye su objeto: a) de declaración, b) de ejecución; y c) cautelar.
Procesos Singulares y Universales.
Libro Tercero – Capítulo I – Procesos de Cognición.
Libro Tercero – Capítulo I – Procesos de Cognición.
Ordinario- Título I Sección I y II arts.390 a 407.
Sumario – Título II Sección II - arts.408 a 412
Sumarísimo – Título III - arts.413 a 415-
Arbitral – Título IV – Secciones I a V - arts.416 a 441-
Demanda y contestación– arts.130,398 a 401 –
Demanda y contestación– arts.130,398 a 401 –
Prueba – art.402 – Plazo 10d. Ofr.- y 30d. Prod.-salvo plazo extraordinario arts. 403 a 405 – Prueba anticip.o aseg.de pruebas -arts.146 – 272 a 275 del CPCC. (también med. Prep. Art.390 inc.5)
Prueba pericial – arts.186 a 198 -
Clausura del término de pruebas y alegatos – art.406-
Agregac.de alegatos, autos y sentencia – art.407-
Perito: “Es el tercero, calificado por sus conocimientos técnicos, artísticos o científicos, que por encargo del juez concurre al proceso para auxiliarlo a fin de que se forme opinión fundada sobre los hechos cuya comprobación requiere aquellos conocimientos o aptitudes jurídicas” (Acosta, J.V. “Visión Jurisprudencial de la Prueba Civil, Edit. Rubinzal- Culzoni, T.II. Pág.252)
Perito: “Es el tercero, calificado por sus conocimientos técnicos, artísticos o científicos, que por encargo del juez concurre al proceso para auxiliarlo a fin de que se forme opinión fundada sobre los hechos cuya comprobación requiere aquellos conocimientos o aptitudes jurídicas” (Acosta, J.V. “Visión Jurisprudencial de la Prueba Civil, Edit. Rubinzal- Culzoni, T.II. Pág.252)
Ofrecimiento: a pedido de parte o de oficio – art.186-
Numero Impar: 1 o 3 – art.186-
Nombrados por las partes o el juez en su defecto – art.186-
Audiencia para fijar los puntos de la pericia y de nombramiento-art.187-
Plazo: fijación y computo – art.187-
Incomparendo a la audiencia – art.188-
Aceptación.Notificación – art.189, 191, y 195-
Recusación y excusación – art.190-
Objeto de la pericia: a) de reconoc. Inmediato b) de estudio – plazo- art.192-
Dictamen: Forma, participación, delegados técnicos,obervaciones, plazo, ampliación – art.193-
Vencimiento del término sin presentación del dictamen – art.194-
Falta de cooperación del litigante en la pericia- art.196-