Artículo 10 Protección de la familia, las madres y los hijos
26. Se ruega proporcionen información, incluidos datos estadísticos, sobre la repercusión de las medidas adoptadas para combatir el trabajo infantil.
La Secretaría Contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas –SVET- y el MINTRAB, validaron el Protocolo para la detección de víctimas de trabajo infantil peligroso, peores formas de trabajo infantil y trata de personas, en la modalidad de trabajo forzoso y explotación laboral infantil. Establece que los inspectores de trabajo están obligados a detectar los casos y referirlos por medio de informe a la SVET, quien formulará la denuncia ante el Ministerio Público y coordinará el equipo de respuesta para el rescate y brindar la atención integral.
La SVET, creó, implementó y coordina la Mesa Nacional Contra la Explotación Laboral Infantil, donde participan activamente el Ministerio Público, Organismo Judicial, Procuraduría General de la Nación, Secretaría de Bienestar Social, Ministerio de Desarrollo Social, Ministerio de Trabajo y Prevención Social, Secretaría de Seguridad Alimentaria y Nutricional, Policía Nacional Civil, y la Comisión Nacional para Erradicar el Trabajo Infantil.
La ENEI 2012 y 2013 reflejan un efecto positivo en cuanto a la reducción del trabajo infantil tal como se reporta en la siguiente gráfica:
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