Tribunal segundo


Acta de reconocimiento por Kardex Fotográfico, de folios 191 a 193



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31. Acta de reconocimiento por Kardex Fotográfico, de folios 191 a 193: redactada en la ciudad y departamento de Santa Ana, a las ocho horas con veinticinco minutos del día veinte de marzo de dos mil catorce, por el licenciado Salvador Ruíz Pérez, fiscal auxiliar juntamente con el investigador J. R. C. C., asimismo presente en el acto el señor J. A. R. M., dejaron constancia de Reconocimiento por medio de Fotografías para esclarecer el delito de privación de libertad en perjuicio de José Ernesto M. U.; por lo anterior teniendo el fiscal un KARDEX FOTOGRÁFICO proporcionado por el investigador, el cual está conformado por CINCO FOTOGRAFÍAS A COLORES, incluida la fotografía de la persona mencionada en la presente investigación de nombre TOMÁS HERNÁN C. G.; se procedió a interrogar al testigo J. A. R. M., en el sentido que describa a la persona que identificó con el nombre de TOMÁS, que menciono en su entrevista como la persona que llegó a la vivienda de su primo JOSÉ ERNESTO M. U., al respecto el testigo manifestó que es como de cuarenta a cuarenta y cinco años de edad, piel morena, fornido, cara aguileña, pelo corto castaño, de un metro con setenta y cinco centímetros de estatura aproximadamente. Acto seguido se procedió a exhibirle al testigo relacionado, el KARDEX FOTOGRÁFICO colocado en una hoja de papel bond tamaño carta, con su respectivo número de identificación establecido de forma correlativa del uno al cinco y adjuntado en una hoja aparte la nómina de los nombres de las personas que aparecen en las fotografías; luego de observarlas por un lapso de tiempo prudencial, el testigo J. A. R. M., señaló la fotografía NÚMERO UNO (03), manifestando que esa foto, es la del hombre que describió en su entrevista y que a eso de las cero nueve horas con veinte minutos del día dieciocho de febrero del año dos mil catorce, llegó a la casa de su primo JOSÉ ERNESTO, con el propósito de revisar la camioneta marca [...], color [...] que su primo tenía en venta; asimismo es la persona que se identificó con el nombre de TOMÁS; minutos después él con su primo y TOMÁS salieron a probar dicho vehículo por un lapso de unos veinte minutos, el cual condujo TOMÁS, mientras su primo le explicaba las funciones del mismo, al regresar a la vivienda TOMÁS le dijo a su primo que el vehículo estaba en buenas condiciones, que cerrarían negocio jueves o viernes de esa misma semana por la cantidad de VEINTISÉIS MIL DÓLARES. Luego al revisar los nombres de la nómina anexa al KARDEX FOTOGRÁFICO, encontramos que la fotografía NÚMERO TRES (03) corresponde a TOMÁS HERNÁN C. G., por lo que se hizo constar que el señor TOMÁS HERNÁN C. G. SI FUE RECONOCIDO por el testigo J. A. R. M. Acta firmada por el testigo R. M., el fiscal del caso Ruíz Pérez y el investigador C. C. A folios 194 se observan las cinco fotografías de las personas relacionadas en el acta y a folio 195 el litado de nombre de dichas personas. El acta, fotografías y listado en la esquina superior derecha contienen estampado el sello de la DECO Policía Nacional Civil.

32. Acta de Reconocimiento por Kardex Fotográfico de folios 196 a 197: redactada en la ciudad y departamento de Santa Ana, a las nueve horas con treinta minutos del día veinte de marzo de dos mil catorce, por el licenciado Salvador Ruíz Pérez, fiscal auxiliar, juntamente con el investigador J. R. C. C., asimismo presente en el acto el testigo con clave MARINERO, dejaron constancia de Reconocimiento por medio de Fotografías para esclarecer el delito de privación de libertad en perjuicio del señor José Ernesto M. U.; por lo anterior teniendo el fiscal un KARDEX FOTOGRÁFICO proporcionado por el investigador, el cual está conformado por CINCO FOTOGRAFÍAS A COLORES, incluida la fotografía de la persona mencionada en la presente investigación de nombre BERTA MARITZA DE LOS ÁNGELES A. S.; por lo anterior se procedió a interrogar al testigo con clave MARINERO, en el sentido que describa a la mujer que mencionó en su entrevista como la que acompañaba al señor José Ernesto M., al respecto el testigo manifestó que es como de cuarenta y cinco años de edad, piel morena, poco fornida, cara redonda, pelo negro y en esa ocasión vestía una blusa color piel de jaguar. Acto seguido se procedió a exhibirle al testigo relacionado, el KARDEX FOTOGRÁFICO colocado en una hoja de papel bond tamaño carta, con su respectivo número de identificación establecido de forma correlativa del uno al cinco y adjuntado en una hoja aparte la nómina de los nombres de las personas que aparecen en las fotografías; luego de observarlas por un lapso de tiempo prudencial, el testigo con clave MARINERO, señaló la fotografía NÚMERO UNO (01), manifestando que esa foto es de la mujer que describió en su entrevista y es la persona que a eso de las tres de la tarde del día veinte de febrero del año dos mil catorce, observo que acompañaba a don José Ernesto, ya que éste conducía su camioneta marca [...], color [...], con defensa metálica delantera, con proyección a la salida de la Residencial [...] de la ciudad de Santa Ana. Luego al revisar los nombres de la nómina anexa al KARDEX FOTOGRÁFICO, encontramos que la fotografía NÚMERO UNO (01) corresponde a BERTA MARITZA DE LOS ÁNGELES A. S., por lo que se hizo constar que la señora BERTA MARITZA DE LOS ÁNGELES A. S. SI FUE RECONOCIDA por el testigo con clave MARINERO. El acta firmada por el fiscal del caso Ruíz Pérez y el investigador C. C.; no así por el testigo quien dejó impresión de sus dedos pulgares de sus manos. A folios 198 se observan las cinco fotografías de las personas relacionadas en el acta y a folio 199 el listado de nombre de dichas personas. El acta, fotografías y listado en la esquina superior derecha contienen estampado el sello de la DECO Policía Nacional Civil.

33. Acta de reconocimiento por Kardex Fotográfico, de folios 235 a 237: redactada en la ciudad y departamento de Santa Ana, a las quince horas del día tres de abril de dos mil catorce, por el licenciado Salvador Ruíz Pérez, fiscal auxiliar, juntamente con el investigador J. R. C. C., asimismo presente en el acto el testigo con clave ALEMÁN, dejaron constancia de reconocimiento por medio de fotografías para esclarecer el delito de privación de libertad en perjuicio de José Ernesto M. U.; por lo anterior teniendo el fiscal un KARDEX FOTOGRÁFICO proporcionado por el investigador, el cual está conformado por CINCO FOTOGRAFÍAS A COLORES, incluida la fotografía de la persona mencionada en la presente investigación de nombre BERTA MARITZA DE LOS ÁNGELES A. S.; por lo anterior se procedió a interrogar al testigo con clave ALEMÁN, en el sentido que describa a la mujer que mencionó en su entrevista como la que lo contrató para que le trasladara en grúa un vehículo marca [...], modelo [...], color [...], [...], [...], placa PARTICULAR [...] (P[...]), al respecto el testigo clave ALEMÁN manifestó que es como de cuarenta años de edad, piel morena, cara redonda, pelo negro y largo, de complexión física semi fornida, de un metro cincuenta centímetros de estatura aproximadamente, vestía pantalón color azul y blusa blanca. Acto seguido se procedió a exhibirle al testigo relacionado, el KARDEX FOTOGRÁFICO colocado en una hoja de papel bond tamaño carta, con su respectivo número de identificación establecido de forma correlativa del uno al cinco y adjuntado en una hoja aparte la nómina de los nombres de las personas que aparecen en las fotografías; luego de observarlas por un lapso de tiempo prudencial, el testigo con clave ALEMÁN, señaló la fotografía NÚMERO TRES (03), manifestando que esa foto es de la mujer que describió en su entrevista y es la persona que lo contrató para que le trasladara en grúa el vehículo placa PARTICULAR [...] (P[...]) desde una Residencial que se ubica por el sector de las oficinas de [...] hasta una casa de dos niveles, pintada de color blanco situada en Residencial [...], ambos lugares de la ciudad de Santa Ana, habiéndole cancelado por ese trabajo la cantidad de VEINTICINCO DÓLARES AMERICANOS ($25.00), el cual finalizó a la una y media de la tarde aproximadamente del día veinte de febrero de dos mil catorce. Luego al revisar los nombres de la nómina anexa al KARDEX FOTOGRÁFICO, encontramos que la fotografía NÚMERO TRES (03) corresponde a BERTA MARITZA DE LOS ÁNGELES A. S., por lo que se hizo constar que la señora BERTA MARITZA DE LOS ÁNGELES A. S. SI FUE RECONOCIDA por el testigo con clave ALEMÁN. El acta está firmada por el fiscal del caso Ruíz Pérez y el investigador C. C.; no así por el testigo quien dejó impresión de sus dedos pulgares de sus manos. A folios 238 se observan las cinco fotografías de las personas relacionadas en el acta y a folio 239 el listado de nombres de dichas personas. El acta, fotografías y listado en la esquina superior derecha contienen estampado el sello de la DECO Policía Nacional Civil.

34. Acta de Registro con prevención de allanamiento (SECUESTRO DE OBJETOS), de folios 508 a 510: realiza en el interior de la casa número [...], ubicada en polígono [...], calle [...], Residencial [...], cantón [...], jurisdicción de Santa Ana, a las veintiuna horas del día veintidós de mayo de dos mil catorce, por los investigadores J. V. M. F., W. O. M. M. y J. L. G. P., acompañados de un equipo de personal uniformado agentes M. A. G. M., I. A. E., J. J. T. J. y J. E. V., con el propósito de practicar Registro con Prevención de Allanamiento de dicho inmueble en cumplimiento a una orden emitida por el licenciado Romeo Aurora Giamattei en su calidad de Juez Noveno de Paz de la ciudad de San Salvador, según oficio No. 1530 de esa misma fecha mediante el cual autoriza la práctica de la diligencia, y con el propósito de hacer efectiva la detención administrativa del señor Tomás Hernán C. G., por lo que de conformidad a los artículos 20 de la Constitución de la República, 139, 140, 191, 192, 193, 194 y 276 del Código Procesal Penal procedieron a ello con el resultado siguiente: “al llegar al lugar se observa una vivienda de construcción mixta de dos niveles, el techo es de duralita las paredes pintadas de color ocre y blanco, posee un rotulo pequeño donde se lee “se vende [...]”, está orientada de norte a sur con puerta de acceso ubicada de oriente a poniente; procedimos a tocar la puerta identificándonos como Agentes policiales siendo atendidos de inmediato por el señor TOMAS HERNAN C. G. de cuarenta y ocho años de edad, de profesión ingeniero, originario de Santa Ana, hijo de los señores [...] y [...], casado con [...] quien se identificó con su documento único de identidad número [...] a quien luego de identificarlos se procedió a notificarle el motivo de nuestra presencia en el lugar dándole lectura a la orden de registro con prevención de allanamiento, quien manifiesta comprender y de una manera voluntaria nos permite el acceso a la vivienda, encontrándose en el interior de la misma [...] (…) y [...] (…); por lo que en este mismo acto se procede a notificarle al señor C. G. que desde este momento queda detenido en cumplimiento a una orden administrativa girada por el licenciado Salvador Ruíz Pérez (…) por atribuírsele el delito de Atentados contra la Libertad Individual Agravada en la modalidad de delito de Privación de Libertad, en perjuicio de la víctima José Ernesto M. U., ello según oficio 1434-Fgr-14 de esta misma fecha, por lo que al mismo tiempo se la hacen saber los derechos y garantías que la ley le confiere (…); luego se procede a realizar un minucioso registro en toda la vivienda por parte de los investigadores M. F. y G. P., iniciando en la sala en donde se encuentra un Juego de sala, un módulo y un televisor encontrado como Evidencia Uno un teléfono celular marca Black Berry, modelo 8520, IMEI 354[...], Chip Tigo, 895[...], con número asignado [...], el cual se encontró sobre un sillón del Juego de sala; expresando el joven [...] que dicho aparato es el que usa su padre Tomas Hernán, también como Evidencia dos. Un teléfono celular marca Samsung modelo GT-I8990L, color negro, IMEI 355[...], el chip Tigo serie 895[...], con número asignado [...], el cual fue encontrado en un sillón de la sala, según manifiesta el joven [...] es el de su uso personal; seguidamente se procede al registro en el área de cocina y traspatio donde se observa un juego de comedor, una computadora con su mueble, no encontrando nada, en el segundo nivel consta de tres habitaciones un espacio de guarda ropa y dos baños uno interno dentro de una habitación el otro externo, iniciando el registro en la primera habitación el cual es el dormitorio del imputado Tomas Hernán; encontrando como Evidencia tres, diez chip, siete de ellos de la compañía Tigo series 895[...], 895[...], 895[...], 895[...], 895[...], 895[...],- 895[...], uno compañía no determinada serie 893[...], uno de la compañía Alo serie 895[...], uno de la compañía Movistar serie 895[...]; los cuales fueron encontrados en un gabetero de respaldo de la cama; posteriormente se procede al registro de la habitación que es utilizado como dormitorio de la menor [...], encontrado como Evidencia Cuatro un teléfono celular marca Samsung, modelo SGH749, IMEI 353[...], color anaranjado, chip tigo serie 895[...], con número asignado [...], según lo expresado por el joven [...] es de uso de su hermana, seguidamente se registró la tercera habitación que es usado como dormitorio del Joven [...] no encontrando nada, luego se procede al registro del espacio que es utilizado como guarda ropa encontrando entre las ropas como Evidencia CINCO, un trípode color plateado con negro, marca Ambico, también una lámpara color negro sin marca, sin baterías, en mal estado, las cuales se encontraban en el espacio utilizado como guarda ropa contiguo a la habitación del imputado Tomas Hernán, objetos que según el Joven [...], fueron extraídos de la camioneta; de igual forma se hace constar que frente a la vivienda se encuentra estacionada la camioneta de las siguientes características, según tarjeta de circulación placas particular [...], marca [...], modelo [...], [...], color [...], año [...], clase Automovil; tipo [...], propiedad de José Ernesto M. U., dicho vehículo se describe como Evidencia SEIS juntamente con su tarjeta de circulación y la llave de encendido; por lo que todas las evidencias son incautadas por el investigador M. F. (...)”. Acta firmada el detenido y los intervinientes en la misma, la cual contiene en la esquina superior derecha el sello de la DECO Policía Nacional Civil.

Acta de registro con prevención de allanamiento, de folios 522 a 525: realizada en la casa número [...], ubicada en final de la [...] calle [...], Residencial [...], Santa Ana, departamento de Santa Ana, a las veintiuna horas con diez minutos del día veintidós de mayo de dos mil catorce, por los investigadores A. O. A. M., S. A. C. S., R. A. V. G., y J. D. H. T., juntamente con los agentes R. O. P. H., J. I. S. V., J. F. A. G., y C. A. A., quienes dejaron constancia del Registro con Prevención de Allanamiento de dicho inmueble, el cual fue autorizado por el licenciado Romeo Aurora Giammattei, Juez Noveno de Paz de San Salvador, mediante oficio No. 1530 de fecha veintidós de mayo de dos mil catorce, mediante el cual autoriza la práctica de la diligencia, y con el propósito de hacer efectiva la detención administrativa de la señora Berta Maritza de los Ángeles A. S., por lo que de conformidad a los artículos 20 de la Constitución de la República, 139, 140, 191, 192, 193, 194, 276 y 283 todos del Código Procesal Penal procedieron a ello con el resultado siguiente: “Efectivamente en el lugar se observa una construcción de dos niveles, construida de paredes de Block, repelladas y pintadas de color blanco, techo de duralita color rojo, con puerta principal de acceso pintada de color blanco, con varias ventanas tipo francesas en el frente, donde también se encuentran varias plantas ornamentales, dicha construcción orientada topográficamente en los rumbos de Norte a Sur y en la pared del lado derecho se encuentra un rotulo blanco con letras de color rojo donde se lee: VENDO y el número de teléfono celular [...] ([...]); en el lugar fuimos atendidos por el señor P. F. d. P. C., conocido por P. F. d. P. V. (…) y la señora Berta Maritza de los Ángeles A. S. de cuarenta y ocho años de edad, portadora de su DUI número [...] ([...]) a quienes previo al ingreso se les explico claramente el motivo de la presencia policial, habiendo manifestado ambas personas ser los responsables de la vivienda y no tener inconveniente alguno en que se realice el acto ordenado, indicando al mismo tiempo que junto a ellos, también se encuentran en la vivienda los dos hijos procreados de nombre [...], y [...], de diecinueve y dieciséis años respectivamente; el ingreso a la vivienda se realiza sin violencia alguna y por la puerta principal, al hacerlo se observa que el piso es de cerámica blanca y en el primer piso se ubica la sala, el comedor, la cocina, el patio y un área de lavandería; en el segundo nivel se localizan tres dormitorios, un baño y una pequeña terraza; dejando constancia que siendo las veintiuna horas con veinte minutos de este mismo día, al interior de la vivienda se procede a notificarle a la señora Berta Maritza de los Ángeles A. S., que en su contra existe una orden de detención de tipo Administrativa (…) se le hizo saber de los derechos y garantías que la ley le confiere (…); acto seguido se procede a realizar un minucioso registro en ambos niveles de la vivienda, ello a presencia del señor P. F. d. P., encontrando en el dormitorio principal utilizado por la señora Berta Maritza de los Ángeles A. S., sobre una mesa contiguo a la cama, dos teléfonos celulares, el primero marca T Mobile, color negro y vino de la empresa TIGO, número asignado según indago, [...] ([...]) IMEI número 354[...], chip TIGO número 895[...]; el segundo celular marca Samsung, color negro y gris, de la empresa DIGICEL, línea asignada según se indago [...] ([...]), IMEI número 354[...], chip DIGICEL número 895[...]; seguidamente al continuar con el registro sobre la cama se encontró una blusa parchada tipo piel de Leopardo, color blanco y negro, marca RAM, talla L, con botón dorado de cierre en la parte trasera, sin mangas, la cual según se indago es de uso de la señora Berta Maritza de los Ángeles A. S.; posteriormente al continuar con el Registro sobre el sillón para tres personas ubicado en la sala se encontró otro teléfono celular, este marca HUAWEI, color negro, pantalla táctil, de la empresa DIGICEL, el cual según se indago posee el número [...], IMEI número 861[...], con chip digicel número 895[...], utilizado según versión por el joven [...], posteriormente al continuar con el registro en la primera gaveta de lado derecho de un mueble de madera color café oscuro, ubicado en la sala, se encontró un pasaporte de la República de El Salvador, a nombre de [...], número [...] extendido el veinte de mayo de dos mil cuatro, el cual se encuentra visado por el país de Estados Unidos de Norte América, de fecha dos de febrero de dos mil siete; de cual ninguno de los habitantes de la casa, supo dar explicación del porqué se encuentra bajo el lugar; dejando constancia que al mismo tiempo frente a la vivienda sobre la calle se encuentra estacionado un vehículo automotor marca [...], modelo [...], tipo [...], color [...], placas particular [...] (P.[...]), el cual según versión del señor P. F. d. P., es propiedad de su ex esposa Berta Maritza de los Ángeles A. S., y lo utiliza para movilizarse y realizar cualquier diligencia, dicho vehículo según se puede notar posee un rotulo en el vidrio trasero donde se lee: Se Vende en letras color naranja, año [...] y el número de teléfono [...] ([...]); al consultar la tarjeta de circulación del referido vehículo, la cual se tuvo a la vista, se puede observar que el automotor relacionado se encuentra a nombre de J. R. T. A., residente en Urbanización [...], senda [...] casa número [...], Santa Ana; luego al continuar con el registro sobre un mueble de madera color cafe, ubicado en la sala se encontró una computadora de escritorio, CPU marca Star View, color negro con gris, el cual posee en la parte trasera una viñeta de color amarilla con letras negras y números en los que se lee 23O[...]; dejando constancia que todo lo detallado incluida la Tarjeta de circulación y llave de encendido del vehículo antes mencionado (…), se incauta debido a que podría encontrarse información que ayude a esclarecer los delitos investigados; asimismo dejo constancia que se da por enterado de los objetos incautados el señor P. F. d. P. C. (…)”. Acta firmada por todos la detenida y los intervinientes en la misma, no así por el señor P. F. d. P. C., el joven [...] y la menor [...], por manifestar no querer hacerlo.

Oficio número 1531 de fecha veintidós de mayo de dos mil catorce, donde se ordena el registro con prevención de allanamiento por el Juez Noveno de Paz de la ciudad de San Salvador, de folio 505: dicho oficio dirigido al señor Procurador General de la República, en el cual se solicitó designara un defensor para que asistiera al REGISTRO CON PREVENCIÓN DE ALLANAMIENTO, a realizarse en los inmuebles siguientes: OBJETIVO UNO: VIVIENDA NUMERO [...], UBICADA EN FINAL DE LA [...] CALLE [...], RESIDENCIAL [...], SANTA ANA, INMUEBLE DONDE HABITA LA SEÑORA BERTA MARITZA DE LOS ÁNGELES A. S., QUIEN ES SOBRINA POLÍTICA DE LA VICTIMA EL SEÑOR JOSÉ ERNESTO M. U., PERSONA QUE LLEGO JUNTAMENTE CON EL SEÑOR TOMAS HERNÁN C. G., YA QUE MARITZA LE COMPRO EL VEHÍCULO EL DÍA VENTE DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL CATORCE, LE FALSIFICO LA FIRMA Y PRIVO DE LIBERTAD A LA VICTIMA QUIEN AUN SE ENCUENTRA DESAPARECIDO. DICHA VIVIENDA ES DE DOS NIVELES, CONSTRUIDA CON LADRILLO DE BLOCK, TECHO DE DURALITA COLOR ROJO PAREDES REPELLADAS Y PINTADAS DE COLOR BLANCO, LA PUERTA PRINCIPAL ES DE MADERA PINTADA DE COLOR BLANCO, TIENE VARIAS VENTANAS TIPO FRANCESAS Y TOPOGRÁFICAMENTE ESTA ORIENTADA DE NORTE A SUR, EN LA PARTE FRONTAL POSEE DIVERSAS PLANTAS ORNAMENTALES, EN LA PARTE INTERMEDIA DE LA PARED DE LADO DERECHO TIENE UN ROTULO BLANCO Y EN LETRAS DE COLOR ROJO ESTA ESCRITO: VENDO [...]; y OBJETIVO DOS: RESIDENCIA UBICADA EN VIVIENDA CASA NUMERO [...], UBICADA EN POLÍGONO [...], CALLE [...], RESIDENCIAL [...], CANTÓN [...], JURISDICCIÓN DE SANTA ANA, INMUEBLE DONDE HABITA EL SEÑOR TOMAS HERNÁN C. G., PERSONA QUE LLEGO EL DÍA VEINTE DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL, JUNTAMENTE CON LA SEÑORA BERTA MARITZA DE LOS ÁNGELES A. S., DONDE MARITZA LE COMPRO EL VEHÍCULO, LE FALSIFICO LA FIRMA Y PRIVO DE LIBERTAD A LA VICTIMA, QUIEN SE ENCUENTRA DESAPARECIDO. DICHA VIVIENDA ES DE CONSTRUCCIÓN MIXTA, DE DOS NIVELES, TECHO DE DURALITA, PAREDES PINTADAS DE COLOR OCRE Y BLANCO, TIENE UN ROTULO PEQUEÑO QUE TEXTUALMENTE SE LEE: SE VENDE [...]. Lo anterior con el objetivo de secuestrar los objetos que estuvieran relacionados con los delitos de PRIVACIÓN DE LIBERTAD en perjuicio de JOSÉ ERNESTO M. U. y FALSEDAD IDEOLÓGICA AGRAVADA, en perjuicio de LA FE PÚBLICA. Asimismo hacer efectiva la captura de los imputados BERTA MARITZA DE LOS ÁNGELES A. S. y TOMAS HERNÁN C. G., si fuera procedente. No omito manifestarle que el plazo de vigencia de esta será de VEINTICUATRO HORAS a partir de la notificación; todo con el objeto de verificar el acto a practicarse. El oficio está firmado por el licenciado Romeo Aurora Giammattei, Juez Noveno de Paz junto a sello de dicho juzgado.

35. Acta de registro con prevención de allanamiento y a su vez inspección y de levantamiento de cadáver de folios 578 a 580: realizada en el lote número [...] y [...] del polígono [...], Urbanización [...], cantón [...], Santa Ana, a las diez horas con treinta minutos del día veintiséis de mayo de dos mil catorce, por los investigadores C. A. C. M. y A. O. A. M., acompañados de los técnicos de la Sección de la Policía Técnica y Científica delegación policial de Santa Ana, además el fiscal auxiliar Salvador Ruiz Pérez, con el objeto de dar cumplimiento a lo ordenado y autorizado por el Juez Noveno de Paz de San Salvador, mediante oficio número mil quinientos setenta y nueve guion cincuenta y dos guion AUC guion catorce, de fecha veinticinco de mayo del presente año, donde autoriza el ingreso a la propiedad consistente en el lote número [...] y [...] del polígono [...], urbanización [...], Santa Ana, el cual topográficamente está orientado de sur a norte, estando el perímetro protegido con un muro construido con ladrillo de block sin repellar, ni pintar, el acceso orientado de sur a norte, y su ingreso es a través de un portón metálico corredizo color negro y café, cabe expresar que la presente diligencia está relacionada con el ilícito penal de Atentados contra la Libertad Individual Agravados, bajo la modalidad de Privación de Libertad, en perjuicio de JOSÉ ERNESTO M. U., y FALSEDAD IDEOLÓGICA AGRAVADA en perjuicio de la fé pública, atribuidos a Berta Maritza de los Ángeles A. S. y Tomas Hernán C. G., asimismo es necesario hacer constar que la propiedad relacionada es propiedad de la imputada Berta Maritza de los Ángeles A. S., en donde posiblemente según persona clave CACIQUE pudiera estar enterrado el privado de libertad en la propiedad de BERTA MARITZA, (…) se procedio a ello obteniendo el resultado siguiente: “Efectivamente al constituirnos al lugar observamos un muro perimetral construido de ladrillo de block, circulado completamente, conteniendo en su entrada principal y única un portón de regular tamaño, corredizo, metálico, color negro y café, estando cerrado completamente y custodiado por los agentes A. M. y agente R. C., (…) se procede a abrir la puerta del portón, pero antes se procede a la fijación de la puerta y el portón y el terreno en general en la parte de afuera del mismo, mediante FOTOGRAFÍAS, al abril la puerta ya en el interior del terreno, se observa que el terrenos es rústico en el cual se observa maleza y zacate y bastante tierra distribuida en todo el terreno, siendo este de las dimensiones siguientes: veinte metros de ancho, por treinta metros de largo o de fondo, alrededor del terreno se observan árboles de diferentes clases y maleza, lugar que no es muy transitado debido a que es una urbanización en la cual se están vendiendo lotes, por lo tanto no existen muchas casas cerca de la propiedad, siendo un lugar semi urbano, observando que la escena es ABIERTA, condiciones climatológicas soleado, luego estando en el interior ya del terreno antes descrito, es señalizado por la persona clave CACIQUE, luego que el observó como una pequeña TUMBA o tierra y contiguo a este una pala y piocha sobre la tierra suelta, y que la señora BERTA MARITZA DE LOS ÁNGELES A. S. le manifestó que había una persona enterrada en el lugar y que lo había enterrado su amigo TOMÁS, siendo el lugar ubicado topográficamente al costado oriente de la puerta del portón de la entrada, como a unos doce metros aproximadamente, siendo preliminarmente fijados mediante fotografías por los técnicos del laboratorio, luego de eso bajo la coordinación del licenciado Salvador Ruiz Pérez de la unidad Especializada de Crimen Organizado de la Fiscalía por ser quien coordina la investigación en base al artículo ciento noventa y tres inciso tercero, de la Constitución de la República de El Salvador, se procede a realizar la excavación por medio de personal y apoyados por investigadores Sub Inspector R. P. C., Sargento W. A. Á. V., se procede a realizar la Excavación de un hoyo de las siguientes dimensiones, preliminarmente se observan el hoyo o fosa escavado con uno tres punto veinticinco metros por dos punto cuarenta metros de diámetro, luego de escavar una profundidad de un metro con sesenta y cinco centímetros aproximadamente, se observa una superficie dura cubierta al parecer con una sábana, pudiendo ser el cuerpo de una persona que está en el interior de la fosa, observándose que en el terreno se pudo haber rellenado con tierra ya que presenta un leve desnivel y porque también al escavar se observa diferentes tonalidades de suelo o terreno a simple vista, pero ya la propia fosa, hoyo o tumba posee un diámetro de noventa y dos centímetros por uno punto noventa y tres metros de profundidad ochenta y cinco centímetros donde se observa el cuerpo de una persona cubierto con una sábana tipo frazada al parecer ubicado pies al sur poniente y cabeza al norte, presentándose el médico del Instituto de Medicina Legal de Santa Ana Doctor F. T., por lo que en base a las facultades establecidas en los artículos cientos ochenta y ocho y ciento ochenta y nueve del código Procesal Penal vigente se observa y procede a realiza el levantamiento respectivo de cadáver yace el cuerpo de DECUBITO VENTRAL UN POCO LARATERIZADO HACIA LA DERECHA, cubierto de la cadera hacia arriba con una aparente frazada color rozada, que al extenderla es un “hedredón” el cual es fijado mediante fotografías el cadáver viste un pantalón de lona azul aparentemente calcetines aparentemente azules, camisa de vestir color fondo blanco a cuadros aparentemente rayas azules, camiseta tipo centro color blanco, cincho de cuero que no aprecia el color, calcetines color azules, atado de pies y manos con un lazo de naylon color anaranjado, en la bolsa trasera derecha se encontró un peine pequeño color negro, en la bolsa delantera derecha se encontró unas monedas, en las otras bolsas no se encontró nada, como señales especiales se observa AMPUTACIÓN ANTIGUA de segundo dedo de la mano derecha, como SIGNOS ABIOTICOS: el estado es PUTREFACTO, ROSTRO CORIFICADO APARENTEMENTE Y ADIPOSIRA, el cadáver es traslado como se encontró sin hacer más revisión al Instituto de Medicina Legal de la ciudad de San Salvador para determinar mediante AUTOPSIA, ESTUDIO ANTROPOLÓGICO y FICHA IDENTIFICATIVA la causa especifica de la muerte, teniendo aproximadamente de UN MES A UN AÑO DE FALLECIDO, presentando el médico a eso de las QUINCE HORAS CON CINCO MINUTOS de este día, por último el cadáver tiene una prótesis dental completa removible, en el lugar se presentó el señor J. A. R. M. quien es primo del señor JOSÉ ERNESTO M. U., quien es de sesenta y tres años de edad, quien hasta el día de ahora se encuentra desaparecido, quien manifestó que según la ropa que porta la víctima, el edredón o frazada color rosado pertenecen a su primo de igual forma la amputación que se observa del segundo dedo de la mano derecha, agrega que su primo se lo había amputado en un accidente de trabajo, por lo tanto en base a todos los indicios antes relacionados preliminarmente se establece que se trata del señor M. U., pero que mediante una prueba de ADN se establecerá científicamente la identidad de la persona encontrada en la fosa clandestina, realizado el respectivo trabajo por medio de los técnicos de laboratorio, FOTOGRAFO: M. A. R., PLANIMETRISTA: J. A. L., RECOLECCIÓN: R. A. M., quienes realizaron álbum fotográfico de toda la escena del delito fijando la misma y también se realizó croquis planimétrico los cuales serán agregados oportunamente a la presente, dándose por finalizada a eso de las diecisiete horas con cero minutos de este día.”. El acta está firmada por el fiscal del caso, cuatro investigadores de la DECO, médico forense, dos de personal de custodia, los técnicos: fotógrafo, planimetrista, recolector y el señor J. A. R.

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