Unece draft Guidance to the Protocol on prtrs



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Introducción


El 18 de enero de 2006 se adoptó el Reglamento (CE) Nº 166/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al establecimiento de un Registro Europeo de Emisiones y Transferencias de Contaminantes y por el que se modifican las Directivas 91/689/CEE y 96/61/CE”1 (el “reglamento PRTR Europeo” ).

El presente documento establece las pautas a seguir en los distintos procedimientos de comunicación de la información según lo dispuesto en el Reglamento PRTR Europeo.

El PRTR Europeo (en lo sucesivo E-PRTR) tiene por objeto aplicar a nivel comunitario el Protocolo CEPE/ONU PRTR, que fue firmado por la Comunidad Europea y 23 Estados Miembros en mayo de 2003 en Kiev en el marco de la Convención Aarhus2. El E-PRTR sustituirá al Inventario Europeo de Emisiones Contaminantes (EPER3) en virtud del cual se comunicaron los datos correspondientes a los años 20014 y 2004.

El reglamento E-PRTR tiene por objeto fomentar el acceso del público a la información medioambiental mediante el establecimiento de un registro PRTR Europeo coherente e integrado, contribuyendo así a prevenir y reducir la contaminación del medio ambiente, ofreciendo datos para el establecimiento de directrices políticas y facilitando la participación del público en el proceso de toma de decisiones en asuntos medioambientales.

El nuevo Reglamento establece, a escala comunitaria, un registro de emisiones y transferencias de contaminantes integral en forma de base de datos electrónica accesible al público, y determina las normas para su funcionamiento, con el objetivo de implantar el Protocolo sobre los registros de emisiones y transferencias de contaminantes de la CEPE/ONU y a facilitar la participación del público en el proceso de toma de decisiones en asuntos medioambientales, así como a contribuir a prevenir y reducir la contaminación del medio ambiente.

La presente guía no se refiere a asuntos relacionados con el establecimiento o la aplicación de obligaciones relacionadas con los PRTR nacionales en virtud del Protocolo de la CEPE/ONU.



Artículo 1

Objeto

Con el fin de aplicar el Protocolo de la CEPE/ONU sobre registros de emisiones y transferencias de contaminantes (en lo sucesivo, "el Protocolo") y facilitar la participación del público en el proceso de toma de decisiones en asuntos medioambientales, así como contribuir a prevenir y reducir la contaminación del medio ambiente, el presente Reglamento establece a escala comunitaria un registro de emisiones y transferencias de contaminantes integrado (en lo sucesivo, el "PRTR europeo") en forma de base de datos electrónica accesible al público, y determina las normas para su funcionamiento.”




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