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LÍNEAS ESTRATÉGICAS PROGRAMA DE GOBIERNO



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5.4LÍNEAS ESTRATÉGICAS PROGRAMA DE GOBIERNO.



Cantón Social e Incluyente, con Calidad de Vida”.

  • Educación

  • Salud

  • Recreación, Deporte y Aprovechamiento del tiempo libre

  • Cultura

  • Grupos Vulnerables

  • Acciones transversales del Postconflicto

Cantón con Infraestructura y Desarrollo Territorial


  • Infraestructura de Transporte

  • Servicio de Agua Potable y Saneamiento Básico

  • Servicios Públicos Domiciliarios ( energía eléctrica y gas)

  • Medio Ambiente

  • Vivienda y Desarrollo Urbano

  • Equipamiento municipal

Cantón Productivo y Competitivo

  • Desarrollo Agrario

  • Empleo y Desarrollo Económico

  • Turismo

  • Media Ambiente

Cantón Gobernable y Participativo

  • Participación Comunitaria

  • Derechos Humanos

  • Tecnologías de la información y las Telecomunicaciones

  • Fortalecimiento Institucional



5.5DIAGNOSTICOS SECTORIALES




SITUACIÓN SOCIAL-POBLACIONAL


Las causas de la crisis humanitaria en el Departamento del Chocó son antiguas, profundas y estructurales. Quienes se han ocupado a fondo de la cuestión, coinciden en señalar que la pobreza del Chocó obedece, entre otros, a los siguientes factores: 1) un legado colonial de instituciones débiles; 2) difíciles condiciones geográficas y climáticas que incrementan los costos de los factores de producción y aíslan al departamento del resto del país; 3) una estructura económica enfocada casi exclusivamente en un único sector, la minería del oro; y 4) el aislamiento del departamento de la actividad económica nacional (Bonet1,2007)4.
En los últimos años el departamento se ha visto expuesto a nuevas problemáticas como la incursión de nuevos grupos armados ilegales, y el aumento de la minería informal e ilegal. Esto sumado a la escasa gestión pública, ha contribuido a que en el año los últimos tres años (2012-2015) el departamento haya vivido una auténtica crisis humanitaria que demanda la acción conjunta de la institucionalidad pública, tanto del orden nacional, como departamental y municipal
Los municipios que reciben mayor cantidad de población desplazada son: Bojayá (3.154 personas), Rio sucio (9.978 personas) y Quibdó (30.849 personas); de igual forma, son estos municipios los que expulsan mayor número de personas: Bojayá (10.563 personas), Quibdó (15.793 personas) y Rio sucio (25.612 personas). Esto puede indicar graves problemas en materia de conflicto y propone grandes retos a los gobiernos locales para abordar procesos de reconciliación local. Por su parte, el municipio de Cértegui es tanto el menor expulsor (14 personas) como el menor receptor (0 personas) de personas desplazadas.

Contexto Municipal

Con respecto al Cantón del San Pablo el Índice de Pobreza Multimodal -IPM- corresponde al 97.2%, frente al 85.8% que presenta el departamento del Choco y un 49% el indicador nacinal. El Índice de Necesidades Básicas Insatisfechas –NBI- se identifica en un 52.55%. Para el año 2015, se contaba con 570 familias beneficiadas de Familias en Acción y 0 beneficiarios de Jóvenes en acción, en el programa de 0 a siempre se tenían 595 beneficiarios y el programa Colombia Mayor atendía 326 cupos. Desde la estrategia RED UNIDOS, para el año 2015, fueron acompañados 448 hogares discriminados así: 227 en la cabecera municipal, lo que corresponde al 51% de la cobertura; 193 para los centros poblados, que es igual al 43% y 28 familias de rural disperso, equivalentes al 6%.

La atención de la población vulnerable refleja el siguiente comportamiento; el porcentaje de personas registradas en SISBEN corresponde al 73%; solo 430 familias, que corresponden al 22% de los habitantes, es acompañado por programas de la ANSPE-RED UNIDOS- Agencia Nacional para la Superación de la Pobreza Extrema- Los niños que cuentan con atención integrar por el ICBF ascienden a 906.

Tabla . Resumen contexto social.



Resumen Contexto social

Personas atendidas

RED UNIDOS

448 familias

Familias en acción

570

Jóvenes en acción

0

Registrados SISBEN

0

Programa de 0 a siempre ICBF

595

Colombia Mayor

326

Fuente: Ficha de Caracterización Territorial DNP

El proceso de recolección de información mediante el desarrollo de los talleres de socialización y concertación del plan de desarrollo, permitió evidenciar la necesidad de ampliación de coberturas e intervenciones psicosociales en los programas que se vienen ejecutando por parte del Estado Colombiano; de manera especial los que se vienen ejecutando en la actualidad en la jurisdicción municipal (RED UNIDOS, Familias en Acción Adulto Mayo, etc).


Víctimas y Postconflicto

La política de prevención, protección, atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado tiene por objeto el reconocimiento de los individuos, familias o colectividades que se han visto afectados por los diferentes hechos victimizantes – Ley 1448 de 2011- . Con esta política se busca que tanto el Gobierno nacional como las Entidades territoriales avancen en garantizar el goce efectivo de los derechos de las víctimas, y con ello, que esta población supere la situación de vulnerabilidad socioeconómica (en el caso de victimas de desplazamiento forzado) y sea reparada integralmente por el daño sufrido.

Desde la promulgación de la ley 387 del 1997 y sobre todo en el año 2004 y con la intervención de la Corte Constitucional, se ha avanzado en la construcción de lo que hoy denominamos la política pública dirigida a la Población víctima del Desplazamiento Forzado por la Violencia. En el año 2010, la Corte Constitucional abordó varios temas importantes de esta política a través de los autos de seguimiento 383 y 385 a la Sentencia T-025 de 2004. Finalmente en el año 2011, se promulgan la ley de Víctimas (1448 del año 2011) y la ley del Plan Nacional de Desarrollo (1753 del año 2015), lo que ha consolidado con nuevas herramientas la política señalada.

En relación a la ley de víctimas se indicó que se ocupa de dos componentes: (i) Ayuda humanitaria, atención y asistencia y; (ii) reparación de las víctimas. De lo anterior y con fundamento en el artículo 60 de la ley podemos concluir que el tema de la Estabilización Socioeconómica, al igual que las medidas de protección, se continúan rigiendo por la ley 387 de 1997.

El Plan Nacional de Desarrollo (Ley 1753 de 2015) en su capítulo IV, refuerza algunas acciones en cuanto a la Política Pública dirigida a la Población Víctima del Desplazamiento Forzado por la Violencia, fortaleciendo estrategias orientadas al Goce Efectivo de Derechos; haciendo énfasis especial en el tema del restablecimiento social y económico determinando acciones que involucran a los distintos niveles del Gobierno (Nacional, Departamental y Municipal) y en general, a todos los actores del Estado, Programa de Reintegración Social y Económica. Criterios de salida de la ruta de Reparación Administrativa, Enfoque psicosocial y Reparación Colectiva, entre otros.

La Ley 1448 del 2011, define en su artículo 174, las funciones de las entidades territoriales atinentes a la implementación de la Ley de víctimas, disponiendo que con cargo a los recursos del presupuesto se ofrezcan servicios de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas traducidos en: asistencia y urgencia, asistencia de gastos funerarios, atención y reparación integral. Con cargo a los recursos que se reciben del Sistema General de Participaciones, el Municipio deberá garantizar la prestación eficiente de los servicios de salud, agua potable, educación y saneamiento básico.

Se dispone además, la obligación de establecer un plan de acción para el Municipio de prevención, asistencia, atención y reparación integral a las víctimas, que responda a los hechos victimizantes generados en el territorio Municipal y con un enfoque diferencial. El Plan de atención a víctimas debe contener medidas de asistencia y atención humanitaria, adoptar mecanismos que faciliten la asistencia legal a las víctimas para garantizar el derecho a la verdad, la justicia, la restitución de derechos vulnerados y de sus bienes patrimoniales; diseñar y adoptar medidas de garantía al acceso a planes, programas y proyectos integrales de desarrollo urbano y rural, una estrategia de atención integral a las víctimas que articule los servicios de las instituciones estatales.

El Municipio de Cantón del San Pablo, no cuenta con un Sistema de Información a Población Desplazada, que permita tener claridad de cuál es la condición de este sector. El censo actual arroja la cifra de 652 personas en situación de desplazamiento asentadas en esta municipalidad. Además el Departamento para la Prosperidad Social (antes Acción Social) y según la Ficha Municipal DNP, para el periodo 2002-2013, por desplazamiento forzado del cantón se movilizó 581 personas y fueron recepcionadas 244 personas, en cual corresponde a un consolidado histórico. El componente de seguridad, medido entre 2008 y 2012, ha mejorado, reflejando una taza de homicidios de 14 x 100 mil hab5.

El Municipio de Cantón del San Pablo, cumplió con la conformación de la Mesa Municipal de Atención Integral a Población Desplazada, que dentro de sus funciones se encargaba de liderar y coordinar las acciones de política pública Municipal para la atención a la Población desplazada.

Finalmente, para garantizar el cumplimiento de la ley, el Municipio de Cantón del San Pablo deberá disponer los recursos necesarios para definir el plan de atención a víctimas y disponer de una infraestructura que garantice la implementación del mismo. Consecuentes con la decisión del Gobierno Nacional, de dar prioridad y poner todo su empeño en sacar adelante la Ley 1448 del 2011 de atención integral, reparación a víctimas y restitución de tierras, la Alcaldía de Cantón del San Pablo, se propone articular una serie de acciones que posibiliten la atención y asesoría integral, a las víctimas registradas en nuestra municipalidad, el cual será incluido en el presente Plan de Desarrollo.


Tabla . Resumen de hechos victimizantes

Hechos

Personas

Acto terrorista

1

Amenaza

0

Delitos contra la libertad y la integridad sexual

0

Desaparición forzada

0

Desplazamiento

613

Homicidios

41

Minas antipersonal

1

Perdida de Bienes Muebles o Inmuebles

0

Secuestro

1

Tortura

0

Vinculación de Niños , Niñas y adolecentes

1

Fuente: Red nacional de información al servicio de las víctimas.
Así las cosas, si bien la estadística de afectación a la población Cantoseña por acciones victimizantes, no es tan fuerte; es deber de la administración municipal adelantar las acciones de implementación de la Ley 1448 del 2011, en sus diferentes componentes y apoyar las políticas públicas que el gobierno nacional viene adelantado en el marco de la construcción de agenda del postconflicto.


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