El senado y la camara de diputados de la provincia de buenos aires sancionan con fuerza de



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#26349


Honorable Cámara de Diputados

Provincia de Buenos Aires





EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY


Artículo 1°.- Modifíquese el artículo 6 de la Ley 13035, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 6°: Autorízace al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el Ejercicio vigente, las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente ley.

A los efectos del artículo 47° de la ley general de expropiaciones (ley 5.708 y sus modificatorias), se considerará abandonada la expropiación si el expropiante no promueve el juicio respectivo dentro del plazo de cinco (5) años desde la sanción de la presente ley.”


Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.


FUNDAMENTOS

Nos encontramos ante una crisis socioeconómica, que trastoca los mas elementales derechos como los de trabajar y ejercer toda industria lícita.

Miles de trabajadores ver cercenado su derecho constitucional al trabajo, sobre todo por el cierre de establecimientos productivos o el abandono de los mismos por parte de sus dueños.

El trabajo es el medio indispensable para satisfacer las necesidades espirituales materiales del individuo y de la comunidad.

Esta situación genera un multiplicidad de problemas, ya no solo para los trabajadores que pierden objetivamente las fuentes de ingresos de su grupo familiar y subjetivamente el sentido de la dignidad sino para la sociedad toda por el desaprovechamiento del conocimiento y el potencial productivo que tanto costó generar, la ruptura de la cadena de pagos, la merma del consumo, la baja de la capacidad contributiva y el aumento de los índices de exclusión por nombrar sólo algunas de sus consecuencias.

El derecho de trabajar debe ser protegido por la sociedad, considerándolo, con la dignidad que merece y proveyendo ocupación a quién la necesite.

Los trabajadores se han organizado para afrontar la desocupación a través de la formación de la “Cooperativa de Trabajo Fénix Limitada”, con el reconocimiento del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social, para funcionar normalmente como persona jurídica, sobre la base de lo establecido por la Ley Nacional de Cooperativas N° 20.337.

Este emprendimiento fue posible, principalmente por su capacidad de organización pero también por el impulso de la Ley de Expropiación, que tuvo resultado positivo con la promulgación de la Ley 13.035.

La Cooperativa de Trabajo Fénix Limitada, es una fábrica recuperada que está formada por 12 trabajadores de la ex firma INSA SCA., domiciliada en la calle Humahuaca 2526 de Lanas –Pcia. de Buenos Aires-, ha sido fundada el 24/07/2002 como consecuencia del abandono progresivo de sus dueños. Tuvieron que hacer frente junto a sus familias a varias dificultades, embates judiciales, peligro de ejecución del edificio, etc. para conservar la fuente de trabajo.

Se especializan en la fabricación y comercialización de repuestos sanitarios, flotantes de entrada de agua CAMARA INSA y una variada lista de cabezales, vástagos y repuestos de todas las marcas de sanitarios en plaza.

Después de 2 años se encuentran creciendo, recuperando servicios esenciales con Edesur, Metrogas, Aguas Argentinas y Telefónica que la fábrica había perdido como así también la obtención de créditos en materia prima.

Paulatinamente fueron recuperando algunos de los tornos que son fundamentales para la producción he hicieron reparaciones de mantenimiento básico en los mismos.

Cuentan con un auto y una moto, obtenidos por el personal de la Cooperativa, para realizar las entregas. Cuentan con stock de materia prima lo que les permite tener una continuidad en el proceso de fabricación, y así contar con la gran variedad de artículos que llegan a los 2500 en total, que forman parte de los productos terminados. Incrementaron las ventas considerablemente a pesar de tener más competencia que antes, recuperando el 60% de los clientes de la firma anterior.

A modo de ejemplo se puede mencionar el producto terminado CAMARA INSA que en los comienzos de la fundación de la Cooperativa era de 1.000 unidades por mes ahora es de 10.000 unidades.



Por todo lo expuesto, es que solicitamos a los Señores Legisladores acompañen con su voto positivo la presente iniciativa.
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