Primera convocatoria



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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL TIGRE
BASES INTEGRADAS


ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA

Nº 001-2007-CEPVL-MDT


PRIMERA CONVOCATORIA

ADQUISICIÓN DE INSUMOS PARA EL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE

MARZO - 2007

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL TIGRE
RUC Nº 20220897908
PROGRAMA DEL VASO DE LECHE
ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA Nº 001-2007-CEPVL-MDT

PRIMERA CONVOCATORIA


B A S E S ADMINISTRATIVAS PARA LA ADQUISICION DE

LECHE EVAPORADA ENTERA Y CEREAL ENRIQUECIDO AZUCARADO PARA EL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE
1.- GENERALIDADES

1.1. DE LA ENTIDAD:

El MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL TIGRE es una entidad con personería jurídica de derecho público y goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.

Su organización y funcionamiento se encuentra normado por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y tiene como finalidad planificar, ejecutar e impulsar acciones con el objeto de proporcionar una adecuada prestación de los servicios públicos. Así como propagar el desarrollo integral y armónico de su jurisdicción. Le son aplicables las leyes y disposiciones que de manera general regulen las actividades del Sector Público
1.2. OBJETIVOS:

Seleccionar a una o más personas naturales o jurídicas para que provean a la Municipalidad delos productos Leche Evaporada entera en tarro de 410 gr. y/o Cereal Enriquecido Azucarado en bolsa de 1 kg. ó 10 kg”Para dar cumplimiento con lo estipulado en la Ley 27470 modificada por la Ley 27712 y la Resolución Ministerial Nº 711-2003-SA/DM, se tendrá presente el requerimiento de los beneficiarios, quienes han solicitado los insumos que se están licitando.

La descripción del producto objeto de este Proceso de Adjudicación Directa Selectiva esta consignada en las Especificaciones Técnicas y requisitos contenidos en los Anexos 03 A y Anexo 03 B, adjuntos a las presente bases administrativas.


    1. CANTIDAD A ADQUIRIR, PRECIO UNITARIO Y VALOR REFERENCIAL

Según estimaciones y requerimientos del Programa del Vaso de Leche de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL TIGRE , la cantidad a adquirir, precio unitario y monto referencial son:



ITEM


PRODUCTO


CANTIDAD


PRECIO UNITARIO


VALOR REFERENCIAL

01

LECHE EVAPORADA ENTERA

28,665.00 Latas



2.10

60,196.50

02

CEREAL ENRIQUECIDO AZUCARADO

11,752.74.00 Kg.



3.50

41,134.59

TOTAL










101,331.09

Los valores referenciales están determinados sobre la base de precios del mercado a Febrero del 2007 y considerando costos adicionales de eticado especial para el PVL, muestreo es decir certificaciones de los productos por cada mes del año, así considerar que el producto será puesto en los almacenes del PVL de la municipalidad de El TIGRE, cito en Luque Herrera S/N-INTUTO, en aplicación del Artículo 26º de la Ley.
Las propuestas que excedan en más del 10% o las que sean inferiores al 70% del monto referencial serán devueltas por el Comité Especial Permanente, teniéndolas por no presentadas.
VALOR REFERENCIAL
S/. 101,331.09 (Ciento Un Mil Trescientos Treinta y uno y 09/100 Nuevos Soles) incluye IGV, y otros que incidan en el costo total.
MODALIDAD DE ADQUISICIÓN

A Suma Alzada


1.4. CRONOGRAMA
1.4.1. REGISTRO DE PARTICIPANTES
Todo proveedor que desee intervenir como participante en el presente proceso de selección deberá registrarse pagando un derecho que le dará la oportunidad de recabar una copia de las Bases Administrativas. El lugar de registro es:
1. Lugar: Oficina de Tesorería del MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL TIGRE, sito en Calle Távara West Nº 380-Iquitos

2. Derecho de Participante: S/.20.00 (veinte y 00/100 nuevos soles)

3. Horario de atención : 08:30 a 14:30 horas
La persona que se registra como participante se adhiere al proceso de selección en el estado en que éste se encuentre, según el artículo 61º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
1.4.2. CALENDARIO
1. Convocatoria : El 05 Marzo 2007
2. Registro de Participantes : Del 06 al 16 Marzo 2007
3. Presentación de Consultas y

Formulación de observaciones : Del 06 al 08 Marzo 2007.


4. Absolución a las Consultas y

observaciones : Del 09 al 13 de Marzo de 2007


5. Integración de Bases : El 14 de Marzo de 2007
6. Presentación de Propuestas : El 21 de Marzo del 2007, de 08: 30 – 12:30 horas, en secretaría, sito en calle Távara West Nº 380-Iquitos.
7. Evaluación de propuestas Técnicas: El 21 de Marzo, a partir de 12:00
8. Apertura, Evaluación de las propuestas: 21 de Marzo 2007

Económicas y otorgamiento de la Buena Pro.



1.5. VALORES NUTRICIONALES MINIMOS
De conformidad con el numeral 4.6 del Art. 4º de la Ley Nº 27470 y su modificatoria Ley Nº 27712, el presente Proceso de Selección se ejecutará cumpliendo con lo indicado en el numeral 4.1 de la misma norma legal, para lo cual el Comité Especial Permanente de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL TIGRE ha recibido del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche el encargo de adquirir la ración combinada de leche evaporada entera con Cereal Enriquecido Azucarado, para lo cual necesariamente se tendrá en cuenta lo establecido en la RM 711-2002-SA/DM y la RM 451-2006-/ MINSA, así como lo indicado en el numeral 4.1 del Art. 4º de la Ley N° 27470 y su modificatoria Ley Nº 27712, es decir que a fin de seleccionar los proveedores se debe tener en cuenta los siguientes criterios de evaluación mínimos: valores nutricionales; condiciones de procesamiento; porcentajes de componentes nacionales; experiencia, plazo de entregas y preferencias de los consumidores beneficiarios del Programa del Vaso de Leche. El pan será aportado por los beneficiarios. La presente adquisición es para la atención de aproximadamente 4,988 beneficiarios por 252 días (del 01/04/2007 al 31/12/207)

RACIÓN ALIMENTICIA: Totales de una ración de Leche Evaporada Entera y Cereal Enriquecido Azucarado

Cuadro de la formulación de la ración diaria:





FORMULACION

DIARIA


DISTRIBUCION ENERGETICA EN CANTIDAD


Alimento Propuesto

Cant. (gr)

Prot (gr)

Grasa (gr)

Carboh (gr)

Energía (Kcal.)

  • Leche Evaporada Entera

26

1.68

1.95

2.44

34.04

  • Cereal Enriquecido Azucarado

22

2.54

2.59

10.55

75.72

  • Pan (por convenio)

30

2.88

0.09

21.54

100.5

  • Ración Propuesta

80.00

7.10

4.63

34.54

208.25

RM 711-2002-SA/DM




6.21-7.7

4.6-5.75

31.05-35.19

MIN 207



APORTES DE MICRONUTRIENTES

DE LA RACION



Leche Evaporada Entera

Cereal Enriquecido Azucarado

Total de la ración propuesta

RM 711-2002-SA/DM

 

Por ración.

Por ración




 

VITAMINAS













Vit. A - ug de retinol

39.07

395.93

435.00

425.00

Vit. C – mg

1.52

40.08

41.6

41.50

Tiamina – mg

0.04

0.45

0.49

0.45

Riboflavina – mg

0.04

0.48

0.52

0.49

Vit B6 – mg

0.00

0.62

0.62

0.60

Vit. B12 – ug

0.00

0.48

0.48

0.46

Niacina – mg

0.03

5.85

5.88

5.85

Acido Fólico – ug

0.00

41.32

41.32

41.25
















MINERALES









 

Hierro – mg

0.04

10.46

10.5

10.00

Yodo –ug

0.00

42.3

42.3

42.00

Calcio mg

30.07

436.13

466.2

465.00

Fósforo – mg

24

366.56

390.56

390.00

Zinc – mg

0

6.01

6.01

6.00

La presente ración cumple con las exigencias nutricionales requeridas en la R.M. 711-2002-SA/DM.



1.6. MODALIDAD DE FINANCIAMIENTO
Será Financiado por la Entidad con cargo a Recursos Ordinarios del Tesoro Público para el Programa del Vaso de Leche.
1.7. CODIGO CIIU DEL OBJETO DEL PROCESO

152000 Productos Lácteos


1.8. REQUISITOS PARA PARTICIPAR:

1.8.1. Haberse registrado directamente en la Municipalidad de EL TIGRE.


      1. Están impedidos de ser postores las personas naturales y jurídicas incursas en el Art. 9º de la Ley.




      1. Estar inscrito como Proveedor de Bienes en el Registro Nacional de Proveedores.




      1. Para la entrega de propuestas y adjudicación, los participantes concurren personalmente o a través de su representante debidamente acreditado ante mesa de partes de la Entidad.




      1. En caso que los postores participen en Consorcio, será necesario acreditar la existencia de una promesa formal de Consorcio, la cual se perfeccionará luego del otorgamiento de la buena pro y antes de la suscripción del Contrato. Los postores en consorcio deberán designar un representante o apoderado común con poderes suficientes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven de su calidad de postores y del contrato hasta su liquidación. Las partes del consorcio responderán solidariamente ante el MUNICIPALIDAD DISTRITAL de EL TIGRE por todas las consecuencias derivadas de su participación individual o en conjunto dentro del consorcio en el proceso de selección y en la ejecución del contrato derivado de este. Las Promesas de Consorcio deberán ser presentadas de acuerdo a lo señalado en la Directiva N° 003-2003-CONSUCODE(PRE) publicada en el diario oficial “El Peruano” el 13.03.2003 y Directiva Nº 008-2006.


2. - BASE LEGAL:
- Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

- Ley Nº 24059, Ley de Creación y Financiamiento del Vaso de Leche.

- Ley N° 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

- Ley 28652, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006.

- Ley N° 26637, Ley de Distritalización del Programa del Vaso de Leche.

- D. S. N° 083-2004-PCM. Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

- D. S. N° 084-2004-PCM. Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

- Resolución Ministerial N° 711-2002-SA/DM, que aprobó la Directiva de Valores Nutricionales Mínimos de la Ración Alimenticia Diaria del Programa del Vaso de Leche.

- Ley N° 27470. Ley que establece Normas Complementarias para la ejecución del Programa del Vaso de Leche.

- Ley N° 27712 que modifica la Ley N° 27470.

- D. S. N° 003-2001-PCM, sobre bienes elaborados en territorio nacional.

- Ley Nº 27444. Ley de Procedimiento Administrativo General.

- Ley Nº 27633 que modifica la Ley de Promoción de Desarrollo Productivo Nacional, aprobada por Ley N° 27143.

- Comunicados 001-2003(PRE), 005-2003 (PRE) y 001-2004 (PRE) del CONSUCODE



  • D.S. N° 007-1998-SA Reglamento Sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas.

  • Resolución Ministerial N° 451-2006-/MINSA, que aprobó la Norma Sanitaria para la fabricación de alimentos a base de granos y otros, Destinados a programas sociales de alimentación.

- Resolución de Alcaldía Nº 026-2007-A-MDT de fecha 29 de enero de 2007, mediante el cual se designa al Comité Especial para el Proceso del Vaso de Leche.

- Directivas del CONSUCODE.



3. - DE LA APERTURA DE LOS SOBRES Y ADJUDICACION:
3.1. La apertura de los sobres 01 (Propuesta Técnica) y 02 (Propuesta económica) se realizará en las Oficinas de Coordinación de la Municipalidad Distrital de El Tigre, sito en calle Távara West Nº 380-Iquitos.
3.2. El acto será privado.
3.3. De acuerdo con el artículo 30º de la Ley, la prórroga o postergación de las etapas del proceso de selección se determinará por acuerdo del Comité Especial Permanente, lo que se comunicará oportunamente a todos los participantes del proceso de selección.
3.4. Cualquier consulta y/u observación de los participantes sobre la presente Adjudicación deberá formularse por documento escrito firmado por el representante legal y dirigido al Presidente del Comité Especial Permanente, y entregada en Secretaría de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL TIGRE, dentro del horario establecido en el numeral 1.4.2 de las Bases Administrativas. Asimismo se deberá de facilitar el documento presentado en medio magnético (diskette de 3.5” en procesador de texto Word), requerimiento que no es obligatorio, pero que es necesario para facilitar la oportuna absolución de las consultas y/u observaciones presentadas.
3.5. La absolución de consultas, aclaración, absolución de observaciones a las bases e integración de las mismas, prorrogas, postergaciones y otras comunicaciones referentes al proceso, serán notificadas por el Comité Especial Permanente mediante el SEACE, conforme a lo establecido en el Artículo 87º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del estado y a los correos electrónicos de los participantes que lo hayan así requerido.


    1. En el caso que algún participante no hubiera formulado ninguna consulta u observación deberá entenderse su tácito sometimiento a ellas. Consecuentemente, si su propuesta no se ajusta a lo establecido en aquellas, se dará por no presentada.




    1. Las Bases Integradas son las reglas definitivas que rigen el presente proceso y son parte integrante del contrato a suscribirse.


4. DE LA PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS Y SU VALIDEZ.
4.1. La propuesta contendrá dos sobres.
Sobre Nº 1: PROPUESTA TÉCNICA

Sobre Nº 2: PROPUESTA ECONÓMICA


La documentación de cada sobre deberá estar en un fólder y sujetada por un fastener o anillado (el fólder con la documentación deberá ser puesto posteriormente en un sobre, el mismo que deberá ser entregado al Comité Especial Permanente debidamente cerrado).
4.2. En la cubierta de los Sobres, para su identificación deberá consignarse lo siguiente: Sobre Nº 1: Propuesta Técnica y Sobre Nº 2: Propuesta Económica, respectivamente, con el nombre del postor y con el siguiente texto:


MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL TIGRE

COMITE ESPECIAL PARA LA ADQUISICION DE INSUMOS PARA EL

PROGRAMA DEL VASO DE LECHE

ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA Nº 001-2007-CEPVL-MDT.

4.3. Los documentos no deberán presentar borrones, enmendaduras ni correcciones, deberán estar foliados correlativamente. Así mismo dicha documentación deberá estar sellada y firmada por el postor o su representante legal en el anverso de cada página, la firma, el sello y la foliación también se harán en el reverso cuando en él existan sellos o cualquier escrito o información.
4.4. Debe existir correspondencia y concordancia entre todos los documentos presentados en el sobre Propuesta Técnica, de tal forma que el conjunto de ellos se refiere al mismo producto ofertado.
4.5. Para efectos de facilitar la revisión de los documentos por parte del Comité Especial Programa del Vaso de Leche, toda la documentación contenida en los sobres de propuesta técnica y propuesta económica, deberán ser presentada en original y 02 copias.

5 CONTENIDO DE LOS SOBRES:
5.1. SOBRE PROPUESTA TECNICA:
En caso de detectarse la presentación de documentos y/o declaraciones juradas falsas y/o inexactas se comunicara tal hecho al CONSUCODE para el inicio del proceso sancionador respectivo. Se realizara fiscalización posterior obligatoria a toda la documentación presentada
En todos los documentos presentados debe existir correspondencia y concordancia entre ellos, de tal

forma que conste que el conjunto de ellos se refiere al mismo producto ofertado


Debe contener los siguientes documentos:
5.1.1 Documentos de Carácter General
a) Índice de los Documentos que contiene el sobre, numerados en forma correlativa.
5.1.2 Documentos considerados Requisitos Técnicos Mínimos que deberán presentar los Participantes en concordancia con el tercer párrafo del artículo 123° y de los artículos 62º y 63º del Reglamento.
En cumplimiento del artículo 125 del Reglamento, si existieran defectos de forma tales como omisiones o errores subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica, el Comité Especial Permanente, otorgará un plazo máximo de dos (2) días para la respectiva subsanación. No procede subsanación por omisión de documentos.
a) Declaración Jurada señalando el nombre o razón social del Participante y de ser el caso, el de su representante legal, domicilio, inscripción en los Registros Públicos cuando corresponda, documento de identidad conforme al Anexo Nº 01, suscrito por su representante legal.

b) Declaración Jurada suscrita por el representante legal del postor, conforme al Anexo 02, .

  1. Copia simple de registro ante el RNP.

  2. Copia Simple del Certificado de Inscripción del producto ofertado en el Registro de Productos Industriales Nacionales que administra el Ministerio de la Producción, de conformidad con la Ley 23047.

  3. Declaración Jurada suscrita por el representante legal del postor, indicando: Si es Fabricante o Distribuidor.

En el caso de ser Distribuidor o Representante, deberá presentar en original el compromiso con su proveedor o fabricante, donde conste que este se compromete a abastecer a su distribuidor con el producto materia de adquisición en las cantidades, calidad y fechas de entrega propuestas en las presente bases, así como el postor deberá presentar la documentación que corresponde del fabricante como suyo o por delegación.


f) Declaración Jurada suscrita por el postor o su representante Legal, indicando que el Producto cumple con las especificaciones técnicas establecidas en el Anexo Nº 03.
g) Declaración Jurada suscrita por el postor o su representante legal, de Disponibilidad de Stock, correspondiente o equivalente a un mes de entrega el cual se encuentra en situación de libre disponibilidad y que no esta sujeto a ningún tipo de gravamen. Siendo los stocks exigidos los siguientes:
5,000.00 tarros de leche evaporada entera de 410 gr.

3,000.00 kg. de Cereal Enriquecido Azucarado.


h) Declaración Jurada suscrita por el postor o su representante legal, indicando los Tipos de envase y sobre empaque y sus características de seguridad y resistencia.
i) Promesa de Consorcio, en caso de asociación de dos o mas empresas deberá presentar copia de la promesa formal de consorcio a ser perfeccionada luego de otorgada la buena pro y antes de celebrase el contrato.
j) Carta de Garantía que ofrece por defectos de fabricación y plazo de validez de la misma la cual no deberá ser menor a sesenta (60) días, a partir de la fecha de fabricación.
k) Copia del Registro Sanitario del producto licitado o similar, el cual debe estar a nombre del fabricante, expedido por DIGESA, de acuerdo a lo dispuesto por Decreto Supremo N° 007-98-SA.
l) Copia de la Habilitación Sanitaria de la Planta donde se elaborará el producto ofertado a nombre del fabricante, expedido por DIGESA. Con su respectiva validación técnica oficial de aplicación del Plan Haccp de acuerdo a lo establecido en la RM Nº 449-2006- MINSA.



  1. Certificado de Aportes de Micro nutrientes o Declaración Jurada en 100 gr. de producto.




  1. Pacto de integridad, según el Anexo N° 06.


5.1.3. Documentación relativa a los factores de evaluación, (factores técnicos aplicables).
Entiéndase como documentos que tiene la condición de factores técnicos aplicables a aquellos que cuya presentación conlleva a la asignación de puntaje para la obtención de la propuesta de mejor calidad.

Para acceder a la calificación el postor deberá presentar certificaciones emitidas por ente autorizado debiendo estar vigentes a la fecha del acto público.


a) Copia de certificados de Calidad, emitidos por entidad competente (Microbiológico, Físico-Químico, Organoléptico) Deberá constar la fecha de producción y fecha de vencimiento, dicho certificado deberá estar referida al producto ofertado correspondiente al stock mínimo exigido y debe estar, vigente a la fecha del acto público.
b) Certificado de Inspección Higiénico Sanitario de la planta productora, expedido por una entidad certificadora acreditada ante Indecopi, vigente a la fecha de apertura de propuestas.
c) Copia del Certificado de Inspección Técnico - Productivo de la planta productora, expedido por una entidad certificadora acreditada ante Indecopi, vigente a la fecha del acto.
d) Certificado de Capacidad real de planta de Producción expresado en Latas o tarros x 410 grs o kilos de leche evaporada por día. Tal certificación debe ser expedida por una entidad certificadora acreditada ante Indecopi y debe estar vigente a la fecha de presentación de propuestas.
e) Declaración Jurada suscrita por el postor o su representante legal, indicando que para la elaboración del producto materia del presente proceso de selección, se utiliza insumos nacionales precisándose el porcentaje (%) en concordancia con el Art. 5º de la Ley 27470.
f) Copias de contratos, constancias y/o facturas canceladas (Legibles) que acrediten la experiencia en ventas con productos iguales o similares al requerido en las presentes bases, referidas a ventas al mercado institucional o comercial, desde el periodo de Enero 2003 a la fecha del acto de presentación de propuestas. (no mas de 10) debiendo estar totalizada en el importe vendido.
g) Declaración Jurada manifestando que el producto ofertado ha sido elaborado dentro del territorio nacional.

h) Copia del Certificado de Fumigación, vigente a la fecha del acto público.

5.2. SOBRE PROPUESTA ECONÓMICA
El postor deberá presentar su carta oferta, firmada por su representante legal señalado lo siguiente:

Cantidad, precio por unidad y el Monto total de la oferta en soles (S/.).



6.- ACTO P RIVADO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS


    1. Los participantes presentarán sus propuestas, con cargo y en sobre cerrado, dentro del plazo establecido en la convocatoria, bajo responsabilidad del Comité Especial (Artº. 124 del Reglamento).


7. EVALUACION DE PROPUESTAS:


    1. EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA

  1. La calificación máxima de la propuesta técnica será de 100 puntos.




  1. La propuesta técnica será analizada y comparada con los requisitos solicitados en el ANEXO 03 y de las visitas realizadas a los almacenes y/o plantas de los postores de ser estos necesarios, para lo cual se formulara un cuadro comparativo de propuestas en base a los criterios de evaluación detallados.


PROPUESTA TÉCNICA: hasta 100 PUNTOS
1. CALIDAD DEL PRODUCTO 0-50 PUNTOS

2. INFRAESTRUCTURA Y CONDICIONES DE PROCESAMIENTO 0-20 PUNTOS

3. EXPERIENCIA DE LA EMPRESA POSTORA 0-10 PUNTOS

4. PLAZO DE ENTREGA 0-10 PUNTOS

5. PREFERENCIA DE LOS BENEFICIARIOS* 0-10 PUNTOS
* El Factor de PREFERENCIA DE LOS BENEFICIARIOS se determinará sobre la base una certificación de aceptabilidad.
7.2. EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA


  1. La calificación máxima de la propuesta económica será de 100 puntos.




  1. Califican para la evaluación de su propuesta económica todos los Participantes cuya propuesta técnica alcance un puntaje mínimo de 60 puntos.




  1. La evaluación de la Propuesta Económica consistirá en asignar 100 puntos a la oferta económica mas baja. Al resto de propuestas se les asignara puntaje según la siguiente formula :

Pj = Om x PMPE/Oi


Donde:

i = Propuesta.

Pi = Puntaje de la oferta económica i.

Oi = Oferta Económica i

Om = Oferta Económica de costo o precio mas bajo.

PMPE = Puntaje máximo de la propuesta económica.




  1. En la fecha indicada para la apertura del sobre propuesta económica participaran solo los participantes cuya propuesta técnica fueron aprobadas .Asimismo en dicha fecha se adjudicaran la buena pro indefectiblemente.




  1. El procedimiento de evaluación para determinar el mejor costo se hará según lo dispuesto por el Articulo 69° del Reglamento.


8. DESCALIFICACIÓN


  1. Se descalificara a los postores que no cumplan con los requerimientos técnicos mínimos, así como los documentos de los numerales 5.1.1 y 5.1.2 exigidos en estas bases.




  1. Salvo que exista prueba en contrario, lo que amerita una descalificación o rescisión de contrato si se hubiera suscrito, los documentos y declaraciones se presumirán válidos. Es obligación del Comité Especial realizar el correspondiente informe ante el CONSUCODE, sobre la comisión de infracciones que den lugar a la imposición de las sanciones del caso (Artículo 297º del Reglamento).

c) La descalificación se anuncia públicamente antes de continuar con el acto de apertura del sobre siguiente, lo que deberá constar en el acta y se descalificara en caso que la propuesta técnica no alcance el puntaje mínimo admisible exigido en las bases.


9. PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
El comité Especial Permanente otorgará la Buena pro, la cual se hará de acuerdo al procedimiento que a continuación se detalla.
9.1 El Comité Especial Permanente otorgará la Buena pro al postor que obtenga el mayor puntaje total, luego de sumar lo puntajes de la evaluación técnica y económica, según lo dispuesto por los artículos 70º, 71º y 132º del Reglamento.
9.2 El Comité Especial Permanente elaborara un cuadro comparativo de las propuestas presentadas y en el supuesto caso de que dos o más postores empaten, la adjudicación se procederá de conforme al Art. 133º del Reglamento.
9.3 NOTIFICACION Y PUBLICACION DEL OTORGAMIENTO Y CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO

El Comité Especial Permanente, NOTIFICARA en el SEACE la Buena Pro de conformidad con el artículo 135º del Reglamento, el mismo día de su realización.


El Comité Especial Permanente, PUBLICARÁ en el SEACE el consentimiento de la Buena Pro de conformidad con el artículo 138º del Reglamento, dentro del día siguiente de haber quedado consentido el otorgamiento de la buena pro.
10. MEDIOS IMPUGNATIVOS


  1. De acuerdo con los dispositivos legales vigentes los postores tendrán derecho a interponer medios impugnatorios, contra los acuerdos del Comité y la presentación de los documentos debe realizarse por la Unidad de Trámite Documentario de la Municipalidad y en el horario de atención, de no ser así se le desestimará.




  1. Los medios impugnatorios contra los acuerdos del Comité se presentaran por escrito, dentro de los plazos de ley y se resolverán de acuerdo al Artículo 54º de la Ley y 151º del Reglamento.


11. ENTREGA DEL PRODUCTO
Los productos se proveerán a la dirección del PVL del MUNICIPALIDAD DISTRITAL de EL TIGRE, en entregas mensuales, según el plazo de entrega que ofrezca el postor en su propuesta técnica.
La leche evaporada entera deberá ser presentada en cajas conteniendo 48 unidades x 410 gr c/u. e impresa PROGRAMAS SOCIALES.
El cronograma podrá ser modificado y adecuado de acuerdo al requerimiento del Programa del Vaso de Leche.
El postor ganador de la Buena Pro deberá presentar junto al lote que suministrará mensualmente copia de certificados Físico Químico, Microbiológico, y serán responsables solidarios ante la Municipalidad, el contratista o proveedor y el laboratorio que acredite dichos certificados.

12. CONTRATO
12.1 GENERALIDADES


  1. Dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes al consentimiento de la buena pro, la entidad citará al postor ganador, otorgándole un plazo de diez (10) días hábiles para suscribir el contrato, conforme al modelo indicado en el Anexo 04, bajo apercibimiento de perder automáticamente la buena pro sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable para el caso según el Artículo 203º del Reglamento.




  1. Antes de la suscripción del contrato, el(los postor(es) ganador(es) de la buena pro, deberá presentar una constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado, emitido por el CONSUCODE.




  1. De igual forma, como requisito indispensable para suscribir el contrato, el(los) postor(es) ganador(es) de la buena pro deberán entregar una garantía de fiel cumplimiento, por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto total contratado y tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.




  1. Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del 20%, el postor ganador, junto a la garantía de fiel cumplimiento y con idéntico objeto y vigencia, deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al 25% de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica.




  1. Asimismo, el postor deberá hacer entrega de la documentación necesaria (ficha registral y otros que les sean solicitados) que acredite la vigencia y amplitud suficiente del poder del representante que suscribirá el contrato a nombre del beneficiario de la buena pro.




  1. De determinarse que la garantía ha sido expedida sin cumplir con los requisitos de ley, o en caso de incumplimiento en la firma del contrato, por cualquier causa, se perderá el derecho adjudicado y el Comité otorgara la buena pro al postor que obtuvo el segundo lugar, siempre y cuando se sujeten las propuestas a las condiciones de las bases y otorgue la misma garantía valida que será objeto de igual procedimiento de verificación; ello sin perjuicio de las inmediatas acciones legales pertinentes.


12.2 CONDICIONES PARA EL PAGO


  1. Los pagos de las entregas mensuales según cronograma se efectuaran contra la entrega de la factura respectiva, efectuándose su cancelación de acuerdo al cronograma establecido por el SIAF.

La facturación se deberá expresar en moneda nacional y emitirse a nombre de Municipalidad Distrital de EL TIGRE – Programa del Vaso de Leche.


La factura se deberá presentar con la guía de remisión respectiva luego que el Programa del Vaso de Leche declare haber recibido a satisfacción el producto entregado.
Los pagos serán atendidos contra la recepción de las transferencias de fondos que efectúa La Dirección General de Tesoro Publico del Ministerio de Economía y Finanzas, vía SIAF.
Las facturas no podrán ser presentadas por el contratista ni ser canceladas total o parcialmente por la Administración del MUNICIPALIDAD DISTRITAL de EL TIGRE, bajo responsabilidad, antes de la recepción a entera satisfacción de los productos, según cronograma establecido.

b) Los postores deberán presentar por cada lote, certificados de calidad emitidos por un ente autorizado, respecto a evaluación de la calidad físico química y microbiológica.



12.3 HECHO FORTUITO O FUERZA MAYOR
En caso de hecho fortuito o fuerza mayor que impida el cumplimiento de la entrega en la fecha fijada, el contratista deberá presentar el documento justificatorio ente el MUNICIPALIDAD DISTRITAL de EL TIGRE, dentro de las 24 horas de la ocurrencia del mismo, se debe precisar que el caso fortuito o la fuerza mayor es la causa no imputable, consistente en un evento extraordinario, imprevisible e irresistible, que impide la ejecución de la obligación o determina su cumplimiento parcial, tardío o defectuoso. El hecho fortuito aludido por el contratista solo puede ser aceptado o negado por la entidad contratante y no a futuro por órgano de control alguno.
12.4 PENALIDAD POR INCUMPLIMIENTO

En el caso que el contratista incurriera en retrazo injustificado en la ejecución de las prestaciones que son objeto del contrato, el MUNICIPALIDAD DISTRITAL de EL TIGRE aplicara la penalidad que corresponda, observando para el efecto el procedimiento establecido en el artículo 222° del Reglamento.


Para dicho efecto, el MUNICIPALIDAD DISTRITAL de EL TIGRE cursará una carta notarial al contratista para que cumpla, caso contrario, será de aplicación de lo dispuesto en el párrafo anterior.

12.5 RESOLUCION DEL CONTRATO
En el caso que el contratista incurriera en alguna de las causales previstas en él articulo 225º del Reglamento, el MUNICIPALIDAD DISTRITAL de EL TIGRE resolverá el contrato en forma total o parcial, según corresponda, sujetándose para el efecto, al procedimiento establecido en él articulo 226º de la citada norma en consecuencia si alguna de las partes falta al cumplimiento de sus obligaciones, la parte perjudicada deberá requerirla mediante carta notarial para que las satisfaga en un plazo no mayor de cinco (5) días, bajo apercibimiento de resolver el contrato.
12.6 EJECUCION DEL CONTRATO

Las incidencias propias de la ejecución del contrato, tales como modificaciones de cantidades, cronogramas de entregas, determinación de hechos fortuitos o casos de fuerza mayor, destino, distribución del producto y otro relacionados con la materia, serán determinados por la Municipalidad, previa elaboración del Informe Técnico que lo sustente. El caso fortuito o la fuerza mayor es la causa no imputable, consistente en un evento extraordinario, imprevisible e irresistible, que impide la ejecución de la obligación o determina su cumplimiento parcial, tardío o defectuoso


12.7. MODIFICACIONES DEL CONTRATO
Ambas partes de común acuerdo podrán modificar el contrato, de conformidad a la Ley y su Reglamento, la misma que no podrá implicar variación alguna en las características técnicas de los productos, precio, objeto, calidad y condiciones ofrecidas en el proceso de selección.
13. DECLARACIÓN JURADA

Las Declaraciones Juradas referidas en las presentes bases tendrán los alcances previstos en la Ley y el Reglamento.



14. DOCUMENTACIÓN FALSA

Los postores que presenten documentación falsa y/o fraguada (numeral 9 del Artículo 294º del Reglamento) serán eliminados y/o descalificados según sea el caso, en cualquier etapa del presente proceso de selección Publica, llegando inclusive a la resolución del contrato, si ya fuera suscrito, sin perjuicio de las responsabilidades penales del caso.



15. ASPECTOS NO CONTEMPLADOS

Los aspectos no contemplados en las bases, serán resueltos por el Comité Especial y teniendo en cuenta las disposiciones expresadas en la Ley y su Reglamento.



16. OFERTA EN CONSORCIO

Los postores podrán presentar ofertas en consorcio de conformidad con el artículo 37º de la Ley.



17. A N E X O S
ANEXO 01 : CARTA DE PRESENTACION

ANEXO 02 : DECLARACION JURADA

ANEXO 03 : CARTA DE AUTORIZACION

ANEXO 04 : DECLARACION JURADA DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

ANEXO 05 : PROFORMA DE CONTRATO

ANEXO 06 : FACTORES DE CALIFICACION

ANEXO 07 : PACTO DE INTEGRIDAD

ANEXO Nº 01


CARTA DE PRESENTACION

Iquitos,…….de marzo de 2007.


SEÑORES

COMITE ESPECIAL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL TIGRE

PRESENTE


De nuestra consideración:
Nos es grato hacerles llegar a ustedes nuestra oferta para la Adjudicación Directa Selectiva Nº 001-2007-CEPVL-MDT, para la adquisición de Suministro de insumos para el Programa del Vaso de Leche.
De acuerdo a lo requerido en las Bases detallamos los siguientes datos:
NOMBRE O RAZON SOCIAL:

DOMICILIO LEGAL:

Nº TELEFONO/FAX:

R.U.C. Nº.:

E-MAIL:

NOMBRE DE SU REPRESENTANTE LEGAL:



DNI. REPRESENTANTE LEGAL:
Así mismo, declaramos de manera expresa que nos sometemos libre y voluntariamente a las Bases, Absolución de Consultas e Integración de las Bases del presente Proceso de licitación y nos obligamos a acatar todas las disposiciones que se dicten durante el mismo.
En espera que nuestra propuesta sea aceptada, quedamos de ustedes.
Atentamente,
Firma y Sello del Representante

Legal del Postor



ANEXO Nº 02
DECLARACION JURADA - ART 76º
Iquitos,…….de marzo de 2007.
SEÑORES

COMITE ESPECIAL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL TIGRE

PRESENTE

De nuestra consideración:
Con relación a la Adjudicación Directa Selectiva Nº 001-2007-CEPVL-MDT, convocada por Uds. en aplicación de lo dispuesto por las presentes bases, en mi calidad de representante legal de, …… .. …… ……. Declaro bajo juramento lo siguiente:
a) Que no tenemos impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado conforme al artículo 9º de la Ley;
b) Que conocemos, aceptamos, y nos sometemos a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección;

c) Que somos responsables de la veracidad de los documentos e información que presentamos para efectos del proceso;


d) Que nos comprometemos a mantener nuestra oferta durante el proceso de selección y hasta la suscripción del contrato en caso de resultar favorecido con la Buena pro; y
e) Que, conocemos Las sanciones contenidas en la Ley y su reglamento, así como en la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativos Generales.

Atentamente,


Firma y Sello del representante

Legal del Postor

ANEXO Nº 03
CARTA DE AUTORIZACION

(Según Art. 29 de la Directiva del Sistema Nacional de Tesorería 2007)


ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 001-2007-CEPVL-MDT

Iquitos,…….de marzo de 2007.

SEÑORES

COMITE ESPECIAL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE



MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL TIGRE

PRESENTE


Asunto: Autorización para el pago con abono en cuenta

Por medio de la presente, comunico a Ud. que el numero del Código de Cuenta Interbancario (CCI) de la empresa que presento es el........................................................................................................................ (Indicar el CCI y la razón social del proveedor titular de la cuenta)

Agradeciéndole se sirva disponer lo conveniente para que los pagos a nombre de mi representada sean abonados en la cuenta que corresponde el indicado CCI en el Banco.........................................................
Asimismo, dejo constancia que la factura a ser emitida por mi representada, una vez cumplida o atendida la correspondiente Orden de Compra y/o Servicios o las prestaciones de bienes y/o servicios materia del contrato quedara cancelada para todos sus efectos mediante la sola acreditación del importe de la referida factura a favor de la cuenta en la entidad bancaria a que se refiere el primer párrafo de la presente.
Atentamente,

................................................



Firma y Sello
ANEXO Nº 04 A
DECLARACION JURADA

LECHE EVAPORADA ENTERA

Iquitos,…….de marzo de 2007.


SEÑORES

COMITE ESPECIAL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL TIGRE

PRESENTE
De nuestra consideración:


Con relación a la Adjudicación Directa Selectiva Nº 001-2006-MDT/CEP/BYS, convocada por Uds. en aplicación de las presentes bases, en mi calidad de representante legal de.................................................

..........................; declaro bajo juramento lo siguiente respecto al producto ofertado por mi representada:



1.- Que, en la elaboración del producto ofertado se ha empleado los siguientes insumos:
INSUMOS % PROCEDENCIA

a)


b)

c)


TOTAL

En la columna de procedencia se deberá poner “nacional” o “importado”

Presentando el producto ofertado…100.% de insumos de origen nacional.
2. Que cumple con las Especificaciones Técnicas de las presentes Bases y requisitos que exige la NTP 202.002, 2001, y con las Normas Técnicas complementarias a consultar; sometiéndonos a los análisis y pruebas que pueda realizar el Programa del Vaso de Leche para su verificación correspondiente. Que se compone de Leche Evaporada Entera, en envase de 410 gr.
2.1. Requisitos Generales, siguientes:
COLOR : De Blanco a crema

OLOR : Agradable, libre de olores extraños

SABOR : Agradable, ligeramente dulce, y libre de sabores extraños a

su naturaleza


2.2. Requisitos Físico-Químico, siguientes:en (g/100)

GRASA (g/100g de leche)(%) :Min 7.50

SÓLIDOS TOTALES (g/100g de leche)(%) :Min 25.00

PROTEINA EN SÓLIDOS NO GRASOS (%) :Min 34.00

CALORIAS (KCAL/100g) :Min :130.00

PROTEINAS(g/100g de leche)(%) : Min : 5.95

ACIDEZ : Max : 0.45

2.3. Requisitos Microbiológicos, siguientes:

Pruebas de esterilidad : 7 días a 35º C - 37º C

NTP 202.002:2001




Ensayo

N

M

C

Método de ensayo

Aerobios Mesófilos (ufc/ml)

5

<100

0

FIL-IDF-113 A 1990

2.4 Contenido de Micro Nutrientes:







LECHE EVAPORADA ENTERA

Micro nutrientes

En 100 g

Vitamina A (UI/100 )

Mínimo

437.80

Vitamina A ug re/100g)

Minimo

131.35

Vitamina C (mg /100 g)

Mínimo

8.53

Vitamina D (mg /100 g)

Minimo

40.48

Vitamina B1 (mg/100 g)

Mínimo

0.33

Vitamina B2 (mg/100 g)

Minimo

0.40

Niacina (mg/100g)

Mínimo

0.31

Hierro (mg/100g)

Mínimo

0.23

Zinc (mg/100g)

Mínimo

0.83

Calcio (mg/100g)

Mínimo

220

Fósforo (mg/100g)

Mínimo

204

2-4. ENVASE Y DE ROTULADO

2.4.1. Que, el producto se presenta en cajas de cartón conteniendo 48 tarros de leche evaporada entera de 410 gr.

2.4.2. Que, los envases a utilizarse son de materiales adecuados para la conservación y manipuleo del producto y no transmiten a este, sabores, colores y olores extraños.



      1. Asimismo, llevara impreso el siguiente texto:


"PROGRAMA DEL VASO DE LECHE (LEY 24059)- PROHIBIDA SU VENTA – DITRIBUCION GRATUITA”

Fecha de vencimiento, numeración del lote


      1. No se aceptará stikers pegados de ninguna índole.



3. Que, nuestro(s) almacén(es) se encuentra(n) ubicado(s) en....................................... ......................................................., y los miembros del Comité Especial podrán acudir en cualquier momento a partir de la fecha de apertura de propuestas de la presente convocatoria, a verificar la calidad del producto, la existencia del stock mínimo requerido y las condiciones Higiénicas.
Atentamente,
Sello y firma del Representante

Legal del Postor.



ANEXO Nº 04 B

DECLARACION JURADA

CEREAL ENRIQUECIDO AZUCARADO
Iquitos,…….de marzo de 2007.
ESPECIFICACIONES TECNICAS
CEREAL ENRIQUECIDO AZUCARADO

Definición: Entiéndase por Cereal Enriquecido Azucarado la siguiente mezcla: Avena, quinua, kiwicha.arroz extruido, azúcar, Proteína aislada de soya, grasa vegetal premix vitamínico, fosfato tricálcico.

REQUISITOS QUE CUMPLE:


REQUISITOS FISICO QUÍMICO EN 100gr.

Mínimo % Máximo %

Humedad   12.00

Proteína   11.82

Fibra Cruda 1.80

Grasa 11.7

Carbohidratos La diferencia

Energia 75.72 kcal

Cenizas


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