SEGUNDO.- La parte quejosa señaló como antecedentes de su demanda los señalados a continuación:
"ANTECEDENTES. --- 1.- Por escrito presentado el "26 de marzo de 1999, la empresa quejosa acudió a "demandar la nulidad de la resolución contenida en "el Oficio 324-SAR-R3-L19-D-38717 de fecha 17 de "diciembre de 1998, emitida por la Administración "Local de Auditoría Fiscal de Guadalupe, Nuevo "León, mediante la cual se determinó a cargo de la "quejosa un crédito fiscal en cantidad total de "$242,101,85. Esto consta en los autos de donde "emana al acto reclamado. --- 2.- El Juicio de "Nulidad mencionado se radicó en la Primera Sala "Regional del Noreste del Tribunal Fiscal de la "Federación que ahora se señala como autoridad "responsable bajo el expediente No. 906/99 el cual, "seguido por sus demás trámites, finalizó mediante "sentencia de fecha 15 de septiembre de 1999 en la "cual la autoridad responsable aplica en perjuicio "de mi representada el artículo 46-A del Código "Fiscal de la Federación. --- 3.- Visto lo anterior, la "quejosa se ve en la necesidad de promover el "presente juicio de garantías solicitando el Amparo "y Protección de la Justicia Federal en contra de la "sentencia que constituye el acto señalado como "reclamado, emitida por la Primera Sala Regional "del Noreste del Tribunal Fiscal de la Federación y "notificada el pasado 8 de noviembre de 1999."