Ministerio de salud



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ANEXO N°11







HOJA DE PROPUESTA ECONOMICA







DESCRIPCIÒN

Monto

S/.

I.G.V.

Monto Total

S/.


















TOTAL PROPUESTA

S/.


ANEXO Nº12




TERMINOS DEL CONTRATO DEL PERSONAL DESTACADO







Nombres y Apellidos

Documento de Identidad

Cargo o Actividad a Realizar

Remuneración

Plazo del Destaque











































































































ANEXO Nº13
FACTORES DE EVALUACIÓN DE PROPUESTAS

La evaluación de las propuestas se efectuará en dos (02) etapas: Evaluación de Propuesta Técnica y Evaluación de Propuesta Económica, el máximo puntaje a obtener será de cien (100) puntos.


A. EVALUACIÓN DE PROPUESTA TÉCNICA
La Evaluación Técnica comprende dos (02) etapas:
1. ADMISIÓN
Se verificará si la propuesta cumple con la presentación de los documentos solicitados en el numeral 8.8 de las presentes Bases, el Requerimiento y las Especificaciones Técnicas del Anexo N°01, de lo contrario será desestimada.
2. CALIFICACIÓN Puntaje Máximo 100 puntos

2.1 Experiencia Empresarial . Máximo 40 puntos
Se deberà adjuntar copias de los comprobantes de pagos(facturas) canceladas ò contratos culminados referidos a la prestaciòn de servicios relacionados con el objeto de la convocatoria, debiendo presentar hasta un màximo de diez (10) documentos, con una antigüedad no mayor de tres (03) años . (Artª 66ª del Reglamento del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del estado.).

SUMA DE LOS MONTOS DE FACTURAS Y/O CONTRATOS

PUNTAJE

Más de 4´500,000.00

40

Más de 3´500,000.00 a 4´500,000.00

35

Más de 2´500,000.00 a 3´500,000.00

30

Más de 1´500,000.00 a 2´500,000.00

25

Hasta 1´5000,000.00

20


2.2 Calidad de Servicio Máximo 30 puntos
El postor presentará un máximo de diez (10) constancias de calidad de servicio, según lo estipulado en el numeral 8.8.14 de las presentes Bases, las mismas que deberán corresponder a los contratos presentados para acreditar la experiencia del postor. Las que no se relacionen con dichos contratos o correspondan a contratos que han sido desestimados por no ajustarse a lo establecido, no serán consideradas para la evaluación.


DESCRIPCIÓN

PUNTAJE

Por cada constancia con calificación MUY BUENO O EXCELENTE

3 puntos

Por cada constancia con calificación BUENO

2 puntos



2.3 Personal Propuesto Máximo 20 puntos
Se evaluará la experiencia del personal propuesto en el objeto de la convocatoria:
Gerente ò Jefe de Operaciones (01) 08 puntos

Tiempo de experiencia como Gerente

ó Jefe de Operaciones ó cargos similares

Más de cinco años 08 puntos

Más de tres a cinco años 07 puntos

De dos a tres años 05 puntos


Supervisor: 12 puntos

-Tiempo de experiencia como supervisor

o cargos similares

Mayor a 5 años 04 puntos c/u

Más de tres a cinco 02 puntos c/u

De dos a tres años 01 puntos c/u



(hasta un máximo de tres (3) supervisores),

Tanto el Gerente ò Jefe de Operaciones y los Supervisores, deberán adjuntar copia de los documentos con las cuales se acreditarán la mencionada experiencia (máximo 5 constancias proporcionadas por los empleadores)




2.4 Mejoras Adicionales Máximo 10 puntos
Se evaluará las mejoras adicionales en cantidad de insumos y equipos; las cuales deben estar vinculadas con la naturaleza del servicio.
Equipos hasta 03 puntos

(Se otorgará puntaje a los postores que ofrezcan equipos adicionales a lo solicitado en el Anexo N°01 – Términos de Referencia de las Bases)

Máquina Hidrolavadora (trimestral) 01 punto

Lavadora de alfombras (trimestral) 01 punto

Podadora eléctrica (mensual) 01 punto
Insumos hasta 02 puntos

(Se otorgará puntaje a los postores que ofrezcan insumos adicionales a lo solicitado en el Anexo N°01 – Términos de Referencia de las Bases)

Dispensadores de papel higiénico y jabón 01 punto

20 unidades de Insecticida en spray

de 500ml apox. 01 punto
Personal Operativo hasta 05 puntos
Se otorgará 01 punto por cada personal operativo adicional a lo solicitado en el Anexo N°01 – Términos de Referencia de las Bases, máximo 5 personas.
=============

PROYECTO DE CONTRATO
CONTRATO N° -2005
Conste por el presente documento, la “Contratación de los Servicio de Mantenimiento y Limpieza de Locales”, que celebre de una parte el Ministerio de Salud, RUC N° 20131373237, con domicilio legal en la Av. Salaverry N° 801, Jesús María, representado por................................................................................................, Directora Ejecutiva de Logística, identificado con D.N.I. N° ........................................., que en adelante se denominará “ EL MINISTERIO”; y de la otra parte . .................................................., con R.U.C. N°................................, acreditado por su apoderado.................., identificado con D.N.I. N°............, a quien adelante se les denominará “EL CONTRATISTA”; en los términos y condiciones siguientes:
CLAUSULA PRIMERA : ANTECEDENTES
Por Resolución Vice Ministerial N° 078-2005-SA-DVM de fecha 12.Abril 2005 se autorizó la convocatoria del Concurso Público N° 0003-2005-MINSA “Contratación de los Servicio de Mantenimiento y Limpieza de Locales” destinado a los locales del Organismo Central y otras dependencias del Ministerio de Salud.
“EL CONTRATISTA” es una empresa dedicada a la prestación del servicio de mantenimiento y limpieza y cuenta con la capacidad operativa y experiencia necesaria para cumplir con la prestación de los servicios requeridos por “EL MINISTERIO”.
CLAUSULA SEGUNDA : DOCUMENTOS DEL CONTRATO
Forman parte integrante de este Contrato, los siguientes documentos:
Las Bases y sus respectivos Anexos, así como la Absolución de Consultas y Observaciones debidamente integradas.

La Propuesta de “EL CONTRATISTA” y sus documentos Anexos.


CLAUSULA TERCERA: OBJETO
Por el presente Contrato “EL CONTRATISTA” se obliga a la prestación del Servicio de Mantenimiento y Limpieza de los siguientes locales:
SEDE CENTRAL

Av. Salaverry N° 801 – Jesús María



OFICINA DE EPIDEMIOLOGÍA

Jr. Camilo Carrillo N° 402 – Jesús María



OFICINA GENERAL DE DEFENSA NACIONAL

Guillermo Marconi N° 317 – San Isidro



ALMACEN CENTRAL

Av. Venezuela N° 2195 – Breña



HOGAR MONTE CARMELO

Av. Las Gaviotas N° 138 y Calle T – San Bartolo



CUNA JARDIN DOMINGUITO SAVIO

Esquina Máximo Abril y Ramón Dagnino – Jesús María



ARCHIVO CENTRAL

Jr. Cuzco N° 1115 – Barrios Altos



DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD AMBIENTAL – DIGESA

Las Amapolas N° 350 Urb. San Eugenio – Lince



ALMACEN DIGESA

Av. Surco N° 199 – Surco



PROGRAMA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA, EQUIPAMIENTO Y MANTENIMIENTO – PRONIEM

Av. Brasil N° 249 – Lima


DIRECCIÓN GENERAL DE MEDICAMENTOS, INSUMOS Y DROGAS – DIGEMID

Av. Arenales N° 1302 – Jesús Maria

Jr. Tizón y Bueno cuadra 2 – Jesús María

PROCURADURIA GENERAL

Calle Manuel A. Fuentes N° 870 – San Isidro


El servicio se prestará de acuerdo a los Términos de Referencia detalladas en las Bases y Propuestas de “EL CONTRATISTA”. Queda establecido que “EL MINISTERIO”, de acuerdo a sus necesidades y requerimientos, podrá disponer la reubicación y redistribución del personal encargado de la ejecución del servicio en cada uno de los locales, siempre y cuando ello no implique el incremento del personal encargado de brindar el servicio contratado “EL CONTRATISTA” se compromete a brindar todas las facilidades del caso para la atención de cualquier reubicación y/o distribución dentro de los alcances de la presente cláusula. Ello se hace extensivo para los casos en que “EL MINISTERIO” proceda a la reubicación de las oficinas antes mencionadas.
CLAUSULA CUARTA: MONTO DEL CONTRATO
El importe del presente Contrato asciende a la suma total de S/....................Nuevos Soles, incluido el impuesto General a las ventas. El costo del servicio consignado en el presente contrato podrá reajustarse cuando el Supremo Gobierno decrete aumentos en el Ingreso Mínimo Vital o cualquier tributo que afecte directamente el costo del servicio, para lo cual “EL CONTRATISTA” deberá presentar previamente a “EL MINISTERIO” su estructura de costos para que éste lo apruebe. Asimismo, los precios podrán reajustarse cada cuatro meses tomando como base el índice de precios al por mayor del mes de reajuste que a nivel nacional establece el INEI, previa aprobación de la estructura de costos respectiva. (Artículo 55ª del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado).
CLAUSULA QUINTA: FORMA DE PAGO
El pago del servicio se efectuará al vencimiento de cada mes, con la presentación de la conformidad del servicio de las dependencias usuarias a cargo del área de Servicios Auxiliares de la Oficina Ejecutiva de Logística respecto al servicio brindado, y la factura correspondiente.
El pago del primer mes será proporcional a los días de prestación efectiva del servicio.
El pago será cancelado obligatoriamente a través del abono directo en una cuenta bancaria, la cual será indicada en su debido momento por el postor ganador de la Buena Pro, de acuerdo a la Directiva de Tesorería para el Año Fiscal 2005, aprobada con Resolución N°003-2005-EF/77.15, Art. 29°.
CLAUSULA SEXTA: CUMPLIMIENTO DEL SERVICIO
El servicio contratado se brindará diariamente incluidos los días sábados y feriados.

“EL CONTRATISTA” prestará el servicio conforme a lo establecido en los Términos de Referencia de las Bases, así como en lo establecido en su Propuesta Técnica y Económica.


CLAUSULA SETIMA : ADICIONALES, REDUCCIONES Y AMPLIACIONES
Para alcanzar la finalidad del contrato y mediante resolución previa, el Ministerio de Salud podrá disponer la ejecución de prestaciones adicionales, de conformidad con el Artículo 42º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y del Artículo 231º y 232º del Reglamento.
CLAUSULA OCTAVA: SEGUROS
A la suscripción del Contrato, “EL CONTRATISTA” presentará los originales de las pólizas de seguros que se indican en el numeral 7.8.1 y 7.8.2 de las Bases, debiendo entregar una copia de los mismos a “EL MINISTERIO”.


CLAUSULA NOVENA: PLAZO DE VIGENCIA DEL CONTRATO
El presente Contrato tendrá una duración de doce (12) meses, contados a partir del día siguiente de la suscripción del mismo.
CLAUSULA DECIMA : CONTRATACIONES COMPLEMENTARIAS
Dentro de los tres (03) meses posteriores a la culminación del Contrato del Servicio de Limpieza y Mantenimiento de Locales, el Ministerio de Salud podrá contratar complementariamente el indicado servicio por única vez y hasta por un máximo del treinta por cien (30%), en concordancia con lo establecido en el Artículo 236° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. N° 084-2004-PCM.
CLAUSULA DECIMO PRIMERA: GARANTIAS
A la firma del Contrato “EL CONTRATISTA” presenta las siguientes garantías:

Garantía N°............del Banco.........., por el importe de S/........( .......................y 00/100 Nuevos Soles) como Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, con fecha de vencimiento **/**/2005.


Las Garantías deben tener las siguientes características: Incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática; siendo girada a la orden del Ministerio de Salud – Oficina General de Administración y con fecha de vencimiento hasta la liquidación del Contrato.
CLAUSULA DECIMO SEGUNDA : INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
12.1 Penalidad por Mora en la ejecución de la prestación:

En caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad le aplicará al contratista una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por cien (10%) del monto contractual, de ser el caso, o de la prestación parcial en el caso de ejecución periódica. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de fiel cumplimiento de contrato o adicional por el monto diferencial de propuesta.

En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:
Penalidad diaria = 0.10 x Monto

F x Plazos en días

Donde F = 0.25
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, la Entidad podrá resolver el contrato por incumplimiento.
12.2 Causales de resolución por causas imputables al contratista:

La Entidad podrá resolver el contrato, de conformidad con el inciso c) del Artículo 41° de la Ley, en los casos en que el contratista:


12.2.1 Incumpla injustificadamente obligaciones contractuales esenciales, legales o reglamentarias a su cargo, pese a haber sido requerido para ello. En el caso de obligaciones contractuales no esenciales, la Entidad podrá resolver el contrato sólo si, habiéndolo requerido dos (2) veces, el contratista no ha verificado su cumplimiento:

  • Falta de uno o más operarios a su turno de labor en el local que estuviese asignado.

  • Utilización de insumos de inferior calidad a lo ofertado en su propuesta técnica.

  • Negligencia en el desarrollo del servicio en perjuicio del personal y bienes del Ministerio de Salud.

  • Incumplimiento reiterado de las tareas establecidas en las rutinas diarias, rutinas semanales, rutinas mensuales, rutinas trimestrales y labores de apoyo.

  • Presentación incorrecta del personal de operarios para el desarrollo del servicio (uniforme incompleto, deteriorado, etc).

  • Sustracción de objetos (bienes del MINSA o personales).

  • Otros que el Área de Servicios del Ministerio de Salud establezca oportunamente.

12.2.2 Haya llegado a acumular el monto máximo de la penalidad por mora en la ejecución de la prestación a su cargo.

12.2.3 Paralice o reduzca injustificadamente la ejecución de la prestación, pese a haber sido requerido para corregir tal situación.


El contratista podrá solicitar la resolución del contrato, de conformidad con el inciso c) del Artículo 41º de la Ley, en los casos en que la Entidad incumpla injustificadamente sus obligaciones esenciales las mismas que se contemplan en las Bases o en el contrato, pese a haber sido requerido conforme al procedimiento establecido en el Artículo 226°.
12.3 Resolución del Contrato
Cualquiera de las partes, o ambas, pueden poner fin al contrato por un hecho sobreviniente a la suscripción del mismo, siempre que se encuentre previsto expresamente en las Bases, en el contrato o en el Reglamento.

Por igual motivo, se puede resolver el contrato en forma parcial, dependiendo de los alcances del incumplimiento, de la naturaleza de las prestaciones, o de algún otro factor relevante, siempre y cuando sea posible sin afectar el contrato en su conjunto.

Asimismo podrá resolverse el contrato de comprobarse lo siguiente:


  1. Si “EL MINISTERIO” , comprobara durante la vigencia del Contrato que “EL CONTRATISTA” ha perdido la vigencia de su registro ante el Registro Nacional de Empresas y Entidades que realizan Actividades de Intermediación Laboral.

  2. Independientemente de las causales de resolución señaladas, EL MINISTERIO podrá resolver el contrato a EL CONTRATISTA, si éste no cumple con sus obligaciones derivadas de obligaciones laborales, previsionales así como cualquier otra sea por beneficios sociales o infracciones laborales, u obligaciones derivadas de éstas.


CLAUSULA DECIMO TERCERA: CONTROL Y SUPERVISIÓN
El control y la supervisión de la ejecución del Servicio de Limpieza y Mantenimiento estará a cargo del área de Servicios Auxiliares de la Oficina Ejecutiva de Logística.

Las Oficinas no ubicadas en la Sede Central del Ministerio de Salud (DIGESA, PRONIEM y DIGEMID), en coordinación con el área de Servicios Auxiliares de la Oficina Ejecutiva de Logística llevarán el control mensual de los implementos e insumos utilizados, así como la verificación de la ejecución del servicio contratado.

Asimismo, a fin de verificar el cumplimiento de sus obligaciones laborales y provisionales, EL MINISTERIO podrá en cualquier momento de manera inopinada solicitar a la autoridad administrativa de trabajo a fin de que ésta realice las inspecciones de cumplimiento correspondientes.
CLAUSULA DECIMO CUARTA: DE LOS IMPLEMENTOS E INSUMOS A UTILIZAR MENSUALMENTE
“EL CONTRATISTA” dotará a su personal, de todos y cada uno de los materiales, maquinas, herramientas, uniformes y demás implementos necesarios.

Los insumos son propiedad del Ministerio de Salud.

Las cantidades de los implementos e insumos a ser distribuidos y utilizados mensualmente en la totalidad de los locales en que se prestará el servicio, los mismos que serán ingresados al inicio de cada mes, es el siguiente:

La cantidad a ingresar en cada uno de los locales en que se brindará el servicio se indica en el Anexo N° 01.

“EL MINISTERIO” asignará un ambiente adecuado para que “EL CONTRATISTA” pueda utilizarlo como depósito de los materiales, equipos e implementos , haciéndole entrega de las llaves al supervisor – Jefe de Grupo de la empresa, siendo éste el único responsable de portar las llaves, abrir y cerrar el ambiente asignado y de los artículos que allí se encuentren depositados y/o almacenados.

Sin embargo, “EL CONTRATISTA” dará las facilidades y aceptará las medidas de seguridad que “EL MINISTERIO” adopte para prevenir incendios, inundaciones u otros riesgos similares.


Asimismo, a fin de verificar la existencia y estado de conservación de los materiales, la Oficina de Servicios Auxiliares podrá en cualquier momento de manera inopinada solicitar al Supervisor Jefe de Grupo de la empresa las facilidades para la verificación de los materiales.
CLAUSULA DECIM0 QUINTA: OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Cumplir con la prestación del servicio de mantenimiento y limpieza dentro de las condiciones establecidas en la Cláusula Sexta de este Contrato, Bases, Propuesta y demás documentos complementarios.

No ceder a terceros, total o parcialmente los derechos y obligaciones de este Contrato.

“EL CONTRATISTA” declara estar legalmente autorizado para efectuar la prestación de los servicios de limpieza y mantenimiento conforme al presente Contrato.

“EL CONTRATISTA” se obliga a atender el aumento o disminución de los servicios de limpieza y mantenimiento contratados a simple requerimiento escrito de “EL MINISTERIO”.

“EL CONTRATISTA” durante la vigencia del presente contrato, se obliga en abonar a su personal el haber básico mensual indicando en su propuesta económica, debiéndose adicionarse a éste concepto el pago por las horas extras, domingos, feriados laborados y demás conceptos de ley, y aquellos que figuran en la propuestas como vacaciones, indemnizaciones y gratificación.

“EL CONTRATISTA” asume el pago puntual de los haberes de sus trabajadores empleados, así como sus derechos y beneficios sociales de conformidad con las leyes laborales vigentes y demás dispositivos legales; asimismo se obliga a presentar mensualmente, para el pago de la factura correspondiente, fotocopias de las Planillas de Haberes y Boletas de Pago debidamente firmadas por el trabajador y fotocopia de las Constancias de Pago al día de las Contribuciones Sociales y Obligaciones Tributarias.

Para el pago de la última factura, “EL CONTRATISTA” deberá acreditar documentariamente el pago de los beneficios sociales a cada uno de sus trabajadores empleados para el servicio contratado.

Asumir directa e íntegramente el costo de todos los posibles daños y perjuicios que pudiera sufrir el personal a su cargo durante la ejecución del presente Contrato por acciones que se deriven de accidentes, atentados, etc.

Sustituir en forma inmediata al personal que a consideración de “EL MINISTERIO” no reúnan las condiciones mínimas requeridas, cometan actos indebidos, incumplan las funciones asignadas u otros que “EL MINISTERIO” estime conveniente.

En caso de sustracción, pérdida o deterioro de los objetos de propiedad de “EL MINISTERIO” por dolo o culpa del personal asignado, “EL CONTRATISTA” deberá reponerlos con otros de iguales o similares características a los anteriores, a satisfacción de “EL MINITERIO”.

Se obliga a cumplir con el servicio materia del presente Contrato, de acuerdo a la descripción del servicio, establecido en las Especificaciones Técnicas de las presentes Bases.

Asumir directa e íntegramente el costo de todos los posibles perjuicios que puedan sufrir las instalaciones de “EL MINISTERIO” por acciones que se deriven por responsabilidad de su personal designado para la prestación del servicio.

Contar y entregar a “EL MINISTERIO” copia de la Cobertura de Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo, cuya obligación nace al día siguiente de la suscripción del presente contrato. Dicho seguro cubrirá accidentes de trabajo y enfermedades profesionales para los trabajadores que desarrollen actividades consideradas como riesgosas (Ley Nª 26790, su Reglamento D.S. Nª 009-97-SA, y D.S. Nª 003-98-SA).

Asimismo “EL CONTRATISTA deberá entregar a “EL MINISTERIO” , copia de la factura que acredite haber contratado y cancelado la cobertura del seguro Complementario de Trabajo de Riesgo.

Presentar a “EL MINISTERIO” copia de la Constancia de inscripción en el Registro Nacional de Empresas y Entidades que realizan actividades de intermediación Laboral, emitida por la Autoridad Administrativa de Trabajo respectiva.
CLAUSULA DECIMO SEXTA : COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES
“EL CONTRATISTA” declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente Contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
CLAUSULA DECIMO SETIMA: SOLUCION DE CONTROVERSIAS - ARBITRAJE
Se regirá de conformidad con lo dispuesto en el Titulo V del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Capítulo IV del Titulo V de su Reglamento.
CLAUSULA DECIMO OCTAVA : DOMICILIO
Las partes se cursarán las comunicaciones o notificaciones correspondientes al presente Contrato, a los domicilios señalados en la introducción del mismo. Dichos domicilios sólo podrán ser variados para efectos del presente Contrato, dentro del radio urbano de Lima.
CLAUSULA DECIMO NOVENA: MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
El presente contrato, sus anexos y sus disposiciones podrán ser modificados en el marco de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, mediante acuerdo previo y escrito de las partes, via addendum.
CLAUSULA VIGESIMA : TERMINOS DEL CONTRATO PERSONAL DESTACADO
“EL CONTRATISTA” declara que el personal indicado en su Propuesta Técnica es el mismo que se encargará de realizar las labores comprendidas en el servicio contratado, en la misma cantidad de personas y en la misma especialidad que ha consignado para cada uno de ellos. “EL CONTRATISTA” comunicará a “EL MINISTERIO” con cinco (05) días de anticipación cualquier cambio del personal destacado, debiendo éste realizar las mismas actividades del personal reemplazado.
CLAUSULA VIGÉSIMA PRIMERA : SERVICIOS A REALIZARSE
Las Labores a realizarse como consecuencia de la ejecución del presente contrato será de naturaleza temporal, complementaria y de carácter especializado, relativa a las labores de limpieza y mantenimiento.

“EL MINISTERIO” deja constancia que los servicios que contrata no constituyen tercerización de sus funciones y/o actividades principales que le corresponden como Entidad Pública.


CLAUSULA VIGESIMA SEGUNDA: DISPOSICION FINAL
El presente Contrato se rige por las cláusulas que contiene, y supletoriamente, por las disposiciones contenidas en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento y en el Código Civil.

“EL MINISTERIO” y “EL CONTRATISTA” mutuamente acuerdan ejecutar completamente el presente Contrato y someterse a todas sus cláusulas y estipulaciones, a los documentos que lo integran, así como a las normas legales y administrativas aplicables.


En señal de conformidad con las estipulaciones del presente Contrato, lo suscriben las partes en Lima, a los..........días del mes de................del 2005.

............................................ ............................................................

EL MINISTERIO EL CONTRATISTA



REGISTRO DE PARTICIPANTE



RAZON SOCIAL : …………………………………

REP. LEGAL : …………………………………

DIRECCION : …………………………………

DISTRITO : …………………………………

TELEFONOS : …………………………………

TELEFAX : …………………………………

RUC : …………………………………

CORREO ELECTRONICO : …………………………………

COMPRADOR DE BASES : …………………………………

FECHA Y HORA DE LA COMPRA

DE LAS BASES : ………………………………….

PERSONA ENCARGADA DEL PROCESO : …………………………………


REGIMEN DE NOTIFICACIONES

(Artículo 87º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado)

Lima, ...…. de .......……….. del 2005

Por medio de la presente, Don ..............................., identificado con DNI N° ..................................... Representante Legal de .................(nombre Persona Jurídica o Persona Natural)........., con RUC N° ........................., con domicilio legal en .........................................., autorizo al Comité Especial del Concurso Público N°0003-2005-MINSA “Contratación del Servicio de Limpieza y Mantenimiento de Locales”, a que me notifique todos los actos realizados dentro del presente proceso de selección de la siguiente manera:


( ) Autorizo al Comité Especial a que me notifique todos los actos realizados dentro del presente proceso de selección a la siguiente dirección de correo electrónico: .......................................
( ) Autorizo al Comité Especial a que me notifique todos los actos realizados dentro del presente proceso de selección personalmente en la sede del Ministerio de Salud - MINSA.

Lugar y Fecha: …………………………………………………….


Apellidos y Nombres: ……………………………………………...
DNI: ………………………………………………………………...
Teléfono …..………………………………………………………...

Firma del representante Legal: …………………………………..


NOTA IMPORTANTE: El presente formato deberá ser entregado en Mesa de Partes de la Oficina Ejecutiva de Logística (2do. Piso del MINSA), o remitido vía Fax al 315-6600 (Anexo 2327 / 2318) o vía mail a psanchez@minsa.gob.pe dentro de las 48 horas de haber recibido las bases.




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