Ministerio de salud



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PROFORMA DE CONTRATO



CONTRATO Nº -2008/(NOMBRE DE LA ENTIDAD)
Conste por el presente documento el contrato de Medicamentos que celebran, de una parte (NOMBRE DE LA ENTIDAD) con R.U.C. Nº xxxxxxxxxxxxx, señalando domicilio legal en xxxxxxxxxxxxx, Provincia xxxxxxxxxxxx y Departamento de xxxxxxxx, debidamente representado por el ………………………………………………………, identificado con D.N.I. ………….., en calidad de ………………………………………………., designado mediante …………………………………………………………………………….. y quien en adelante se denominará “EL CONTRATANTE” y de la otra parte la empresa …………. con RUC N° 20……… inscrita en la Partida N° …….. del Registro de Personas Jurídicas de los Registro Públicos de la Oficina Registral de Lima, señalando domicilio legal en …………………… N° … distrito de ……………, provincia y departamento de Lima representado por ………………………………………… identificado con D.N.I. N° …….., con poder inscrito en los asientos ……………….. de la Partida Nº ……… del Registro de Personas Jurídicas de los Registro Públicos de la Oficina Registral de Lima, a quien en adelante se le denominará “EL CONTRATISTA”; en los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
    1. Con Memorandum Nº 6886-2008-OL/MINSA, se aprueba el expediente del proceso de selección de la Licitación Pública por Subasta Inversa N° 0029-2008-MINSA para la Adquisición de Medicamentos.

    2. Con Resolución Vice Ministerial N° 286-2008-SA-DVM, se designa al Comité Especial de la Licitación Pública por Subasta Inversa N° 0029-2008-MINSA para la Adquisición de Medicamentos, encargado de conducirlo.


El indicado Proceso de Selección que estuvo a cargo del Comité Especial, culminó con el otorgamiento de la Buena Pro con fecha …………………, la misma que quedó consentida el …de …… del 2008, del que se origina la presente relación contractual.

    1. “EL CONTRATISTA” es una empresa dedicada entre otros a la comercialización de medicamentos y cuenta con la capacidad y experiencia necesaria para cumplir con la prestación requerida por “EL CONTRATANTE”.


CLÁUSULA SEGUNDA: DOCUMENTOS DEL CONTRATO

Son parte integrante de este Contrato, los siguientes documentos:



    1. Las Bases y sus respectivos Anexos.

    2. La Propuesta de “EL CONTRATISTA” y sus documentos Anexos.

    3. La Orden de Compra.


CLÁUSULA TERCERA: OBJETO

Por el presente contrato “EL CONTRATISTA” se obliga a vender a “EL CONTRATANTE” los medicamentos señalados en las Bases, cuyas especificaciones técnicas, cantidades, importes unitarios y totales, se fijan en la propuesta de “EL CONTRATISTA”, el mismo que forma parte del presente contrato.


Item Nº :

Principio Activo : ..........

Concentración : ……

Forma farmacéutica : …….

Nombre de Marca : ……..

Forma de Presentación : …………………

Laboratorio Fabricante : …………

País de Fabricación : …..

Envase Mediato : ………………………….
Envase Inmediato : …………………

Nº Registro Sanitario : …….

Vigencia del R. S. : ……….

Farmacopea de refer. : …………………………………

CLÁUSULA CUARTA: MONTO ADJUDICADO


ITEM Nº

DESCRIPCION

CANTIDAD

PRECIO UNITARIO S/.

PRECIO TOTAL S/.

..

…………………

……

……

….

..

.........................

……

……

…….

MONTO TOTAL S/.

…….

El precio adjudicado de cada ítem concuerda con la propuesta económica de “EL CONTRATISTA”, la misma que al formar parte del presente contrato, no podrá ser alterada, modificada o sustituida, permaneciendo inalterable hasta la culminación del presente contrato, en caso se diera, inclusive hasta la ampliación complementaria del 30% que establece el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.


CLÁUSULA QUINTA: FORMA DE PAGO


    1. El pago se efectuará en Nuevos Soles luego de la recepción formal del expediente de pago completo sin observaciones, de acuerdo a lo establecido en los artículos 237° y 238° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

    2. Los documentos que formen parte del expediente de pago deberán estar debidamente firmados, fechados y sellados, no debiendo existir borrones ni enmendaduras de ningún tipo.

    3. La Facturación será a nombre de EL CONTRATANTE que emite la respectiva Orden de Compra, donde se indicará la dirección y el Nº de RUC.

    4. Las penalidades que se generen por las demoras en las entregas periódicas serán cobradas directamente por EL CONTRATANTE.

    5. Los documentos contables deberán consignar obligatoriamente el número de la orden de compra como referencia.

    6. Son requisitos de pago:

      1. Que el contratista haya cumplido con la entrega total de las cantidades indicadas en la Orden de Compra.

      2. Que haya canjeado, repuesto o entregado los medicamentos por las causales de vicios ocultos o se advirtiera mermas y/o medicamentos deteriorados a consecuencia del transporte durante el acto de recepción.

      3. En el caso de existir observaciones, que éstas hayan sido subsanadas.


CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE PAGO


    1. El expediente de pago completo deberá contener los siguientes documentos:

      1. Factura (Original, SUNAT y copia)

      2. Orden u Órdenes de Compra – Guía de Internamiento (Original y copia)

      3. Guía de Remisión (Original, SUNAT y copia)

      4. Notas contables, si hubiera, (Original, SUNAT y copia)

      5. Formato de Pago a Tesorería, si hubiera, (Original y copia)

      6. Para el caso de las Entidades pertenecientes al Ministerio de Salud, ESSALUD , MINDEF- INPE:

Adicionalmente a los documentos descritos, el expediente de pago deberá contener el Acta de Recepción y Conformidad debidamente firmada (Original y copia). (Ver Anexo 18)


      1. Para el caso del MININTER:

Los documentos citados como componentes del expediente de pago se presentarán en original y 6 copias, concordante a sus procedimientos establecidos.
CONSIDERACIONES ESPECIALES PARA EL MINISTERIO DE SALUD


    1. La DISA o DIRESA conjuntamente con el Area Usuaria respectiva se encargará de emitir la conformidad final que dará por concluido definitivamente el contrato y por cerrado el expediente lo cual se deberá efectuar dentro del plazo máximo de diez (10) días de verificada la última entrega, para lo cual la DISA o DIRESA debería recabar las actas respectivas de las distintas dependencias bajo sus ámbitos.

    2. Los Hospitales Unidades Ejecutoras realizarán la liquidación de cada orden de compra girada en el marco del presente contrato, y luego comunicarán a la DIRESA o DISA correspondiente, para la liquidación final del contrato, salvo al requerimiento realizado por la Farmacia Institucional de la DIGEMID cuya liquidación estará a cargo de la Oficina Ejecutiva de Logística del Ministerio de Salud.

    3. Las penalidades que se generen por las demoras en las entregas periódicas serán cobradas directamente por cada DIRESA, DISA, MINSA u otra dependencia que haya suscrito el contrato, según corresponda.

    4. El pago será cancelado obligatoriamente a través del abono directo en una cuenta bancaria, la cual será indicada en su debido momento por el postor ganador de la Buena Pro, de acuerdo a la Directiva de Tesorería para el Año Fiscal 2008.


CONSIDERACIONES ESPECIALES PARA ESSALUD


    1. El contratista podrá solicitar el abono en cuenta corriente a través de la banca electrónica, mediante carta firmada por el representante legal de la empresa, adjuntando la siguiente información:

      1. Razón Social

      2. R.U.C.

      3. Banco (a la fecha se viene trabajando con 4 Bancos: Continental, Crédito, Scotiabank y Citibank), esto queda a libre elección del contratista y en el orden de preferencia que desee.

      4. Número de cuenta (corriente o ahorros - soles)

      5. Correo electrónico

      6. Persona y teléfono para efectuar coordinaciones


CONSIDERACIONES ESPECIALES PARA EL MINISTERIO DE DEFENSA (JESAL, FOSPEME, Fuerza Aerea del Perú y Marina de Guerra del Perú)


    1. Cada Entidad participante conjuntamente con el Area respectiva se encargara de emitir la conformidad final que dará por concluido definitivamente el contrato y por cerrado el expediente lo cual se deberá efectuar dentro del plazo maximo de diez (10) días de verificada la ultima entrega, para lo cual la entidad participante debería recabar las actas respectivas de las distintas dependencias bajo sus ámbitos.

    2. Cada entidad participante realizará la liquidación de cada orden de compra girada en el marco del presente contrato, y luego comunicarán con el Área respectiva correspondiente, para la liquidación final del contrato.

    3. Las penalidades que se generen por las demoras en las entregas periodicas seran cobradas directamente por cada Entidad ue haya suscrito el contrato, según corresponda.



    1. El pago será cancelado obligatoriamente a través del abono directo en una cuenta bancaria, la cual será indicada en su debido momento por el postor ganador de la Buena Pro, de acuerdo a la Directiva de tesorería del Año fiscal.



CONSIDERACIONES ESPECIALES PARA EL MINISTERIO DEL INTERIOR (FOSPOLI)


    1. Cada Entidad participante conjuntamente con el Area respectiva se encargara de emitir la conformidad final que dará por concluido definitivamente el contrato y por cerrado el expediente lo cual se deberá efectuar dentro del plazo maximo de diez (10) días de verificada la ultima entrega, para lo cual la entidad participante debería recabar las actas respectivas de las distintas dependencias bajo sus ámbitos.

    2. Cada entidad participante realizará la liquidación de cada orden de compra girada en el marco del presente contrato, y luego comunicarán con el Área respectiva correspondiente, para la liquidación final del contrato.

    3. Las penalidades que se generen por las demoras en las entregas periodicas seran cobradas directamente por cada Entidad ue haya suscrito el contrato, según corresponda.

    4. El pago será cancelado obligatoriamente a través del abono directo en una cuenta bancaria, la cual será indicada en su debido momento por el postor ganador de la Buena Pro, de acuerdo a la Directiva de tesorería del Año fiscal

    5. Excepcionalmente el MININTER podrá tambien cancelar compromisos a través de cheques emitidos a favor de EL CONTRATISTA.


CONSIDERACIONES ESPECIALES PARA EL INSTITUTO PENINTECIARIO (INPE)


    1. Cada Entidad participante conjuntamente con el Area respectiva se encargara de emitir la conformidad final que dará por concluido definitivamente el contrato y por cerrado el expediente lo cual se deberá efectuar dentro del plazo maximo de diez (10) días de verificada la ultima entrega, para lo cual la entidad participante debería recabar las actas respectivas de las distintas dependencias bajo sus ámbitos.

    2. Cada entidad participante realizará la liquidación de cada orden de compra girada en el marco del presente contrato, y luego comunicarán con el Área respectiva correspondiente, para la liquidación final del contrato.

    3. Las penalidades que se generen por las demoras en las entregas periodicas seran cobradas directamente por cada Entidad ue haya suscrito el contrato, según corresponda.

    4. El pago será cancelado obligatoriamente a través del abono directo en una cuenta bancaria, la cual será indicada en su debido momento por el postor ganador de la Buena Pro, de acuerdo a la Directiva de tesorería para el Año fiscal 2008.

    5. Excepcionalmente el INPE podrá tambien cancelar compromisos a través de cheques emitidos a favor de EL CONTRATISTA


CLÁUSULA SEXTA: CONTROL DE CALIDAD


    1. Los productos estarán sujetos al Control de Calidad previo a su entrega en el lugar de destino final y, se realizarán en cualquiera de los Laboratorios conformantes de la Red de Laboratorios Oficiales de Control de Calidad del Ministerio de Salud que se detalla a continuación:

  • Centro Nacional de Control de Calidad del Instituto Nacional de Salud, Av. Defensores del Morro Nº 2268 (Ex - Huaylas) Chorrillos, teléfono 467-6696.

  • Laboratorio de Control de Calidad de Hypatia S.A., Av. Faustino Sánchez Carrión Nº 410 (antes Pershing) Magdalena del Mar, teléfono 463-0584.

  • International Analytical Services S.A. INASSA, Av. La Marina Nº 3035 – San Miguel, teléfono 578-2535 / 578-2534.




  • Sociedad de Asesoramiento Técnico – SAT, Av. Almirante Wisse Nº 2580 – 2586 – Lince, teléfono 222-0518 / 222-0512.

    1. Los controles de calidad están sujetos a lo establecido en la Ficha Técnica.

    2. La demora en los plazos de entrega que se deriven por resultado NO CONFORME en el Control de Calidad, será de responsabilidad de EL CONTRATISTA, independientemente de ser sujeto a sanciones y moras contempladas en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y demás normas aplicables.


DEL ROTULADO, LOGOTIPO Y EMBALAJE DE LOS PRODUCTOS


    1. Esta sujeto a lo establecido en las Fichas Técnicas.

    2. Los medicamentos deberán tener, en el envase inmediato, el siguiente logotipo:



MINSA - DIGEMID

ESTADO PERUANO

MINSA




MINSA -OGA

ESTADO PERUANO

MINSA-SISMED

PROHIBIDA SU VENTA




ESSALUD

ESTADO PERUANO

ESSALUD

“Prohibida su venta”




MINDEF

ESTADO PERUANO

JESAL - 2009

“Prohibida su venta”





ESTADO PERUANO

FOSPEME - 2009

“Prohibida su venta”




ESTADO PERUANO

FUERZA AEREA DEL PERU

“Prohibida su venta”





ESTADO PERUANO

MARINA DE GUERRA DEL PERU

“Prohibida su venta”




MININTER

ESTADO PERUANO

FOSPOLI

“Prohibida su venta”





INPE

ESTADO PERUANO

USO INPE

“Prohibida su venta”






    1. Los medicamentos deberán tener, en el envase mediato, el siguiente logotipo:


ESTADO PERUANO

MINSA

LP Nº 0029-2008-MINSA



SISMED


“Prohibida su Venta”

L.P. N° 0029-2008-MINSA






ESTADO PERUANO

ESSALUD

“Prohibida su venta”



L.P. N° 0029-2008-MINSA




ESTADO PERUANO

JESAL - 2009

“Prohibida su venta”

L.P. N° 0029-2008-MINSA




ESTADO PERUANO

FOSPEME - 2009

“Prohibida su venta”

L.P. N° 0029-2008-MINSA




ESTADO PERUANO

FUERZA AEREA DEL PERU

“Prohibida su venta”

L.P. N° 0029-2008-MINSA




ESTADO PERUANO

MARINA DE GUERRA DEL PERU

“Prohibida su venta”

L.P. N° 0029-2008-MINSA




ESTADO PERUANO

FOSPOLI

“Prohibida su venta”



L.P. N° 0009-2008-MINSA



ESTADO PERUANO

USO INPE

“Prohibida su venta”

L.P. N° 0009-2008-MINSA



    1. No se aceptarán stickers impresos, ni sello de tampón, ni a manuscrito con el logotipo solicitado. DEBIENDO ESTAR IMPRESAS CON INK INYECTOR.



CLÁUSULA SÉPTIMA: PLAZO, LUGAR Y CONDICIONES DE ENTREGA


    1. HORARIO ENTREGA

      1. Para el Ministerio de Salud;

Medicamentos a nivel central

En el Almacén Central del Ministerio de Salud, ubicado en la Av. Venezuela N° 2195 – Breña, los días hábiles de lunes a viernes, en el horario de atención 09:00 am a 1:00 pm y de 2:00 pm a 4:00 pm.


Medicamentos a nivel de DIRESAS, DISAS y demás Unidades Ejecutoras

Los medicamentos adjudicados deberán ser entregados por el contratista en los almacenes especializados de medicamentos de las Direcciones de Salud, Direcciones Regionales y Subregionales de Salud, Hospitales e Institutos Especializados, de acuerdo al cuadro de distribución del Anexo N° 05, en los días hábiles de lunes a viernes, los horarios de atención se establecerán en los respectivos contratos que se firmen.




      1. Para ESSALUD

El horario para la recepción de los medicamentos en los almacenes de EsSALUD es de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 1.00 p.m. y de 2.00 p.m. a 3.00 p.m.


      1. Para MINDEF

Ejercito del Peru – Almacén JESAL: El horario para la recepción de los medicamentos en el Almacén del BTN SAN (Cuartel San Martín Cdra. 13 de la Av. Del Ejercito - Miraflores) es de de lunes a viernes de 08:00 a.m. a 12:30 p.m. y de 13:30 p.m. a 16:45 p.m.
Ejercito del Peru – Almacén FOSPEME El horario para la recepción de los medicamentos en el Almacén de FOSPEME (Sótano FOSPEME – Emergencia del HMC- Av. Pershing s/n Jesús María) es de de lunes a viernes de 08:00 a.m. a 13:00 horas.
Marina de Guerra del Perú: El horario para la recepción de los medicamentos en los Almacenes o Pañoles de Medicinas (Sótano del Hospital) sito en el Centro Médico Naval “CMTS” u Hospital Naval Av. Venezuela S/N Cdra. 28 Urb. Bellavista – Callao, es de lunes a viernes de 08:00 a.m. a 13:30 p.m. y de 14:30 p.m. a 16:45 p.m.
Fuerza Aerea del Perú: El horario para la recepción de los medicamentos en el Almacén del Servicio de Sanidad y Farmacia de la FAP, Calle Manuel Segura N° 422 – Santa Beatriz es de lunes a viernes de 08:00 a.m. a 13:00 p.m. y de 14:00 p.m. a 16:00 p.m.


      1. Para MININTER

El horario para la recepción de los medicamentos en el Almacén de Medicinas del FOSPOLI, Av. Brasil S/N Cdra. 26 – Jesús María, de lunes a viernes de 08:00 a.m. a 13:00 p.m. y de 14:00 p.m. a 17:00 p.m.


      1. Para el INPE

Los bienes mencionados se hará en una (01) sola entrega, y serán recepcionados según se detalla a continuación :


NOMBRE DE LA

UNIDAD EJECUTORA

DOMICILIO DE LA

UNIDAD EJECUTORA

TELÉFONO

LUGAR DE INTERNA-

MIENTO DE LA UNIDAD

EJECUTORA

U.E.002- OFICINA

REGIONAL LIMA



Av. Abancay Cuadra 5 –

4to Piso – Lima



427-0470

Jr. Tacna 441 interior 3,

Magdalena



Telf: 263-2381

U.E.003- OFICINA REGIONAL NORTE CHICLAYO

Jr. Manco Cápac N°450 – Chiclayo

(074) 231-144

(074) 204-742



Calle Manco Cápac 450 – Chiclayo

U.E.005- OFICINA

REGIONAL CENTRO, HUANCAYO



Jr. Cuzco N°490 –

Huancayo


(064) 217-459

Jr. Cuzco N° 490 –

Huancayo


U.E.011- OFICINA

REGIONAL NOR

ORIENTE, SAN MARTIN


Km. 5.5 Carretera a

Yurimaguas .Pampas de

Sananguilla. Banda

Shilcayo Tarapoto



(042) 527-280

Km. 5.5 Carretera a

Yurimaguas .Pampas

de Sananguilla. Banda Shilcayo.

Tarapoto


U.E.004- OFICINA REGIONAL ORIENTE, PUCALLPA

Jr. Mayro N°616- Huanuco

(062) 519-259

Jirón Mayro N° 616-618 Huánuco

U.E.006- OFICINA

REGIONAL SUR

ORIENTE, CUSCO


Urbanización Magisterio

2 Etapa D-8 (altura

Frente a SENAIM)


(084) 228-255

Prolongación Av. La

Cultura Km 5.5 Distrito

De San Jerónimo (E.P.

CUSCO-EXQUENCORO)



U.E.007- OFICINA

REGIONAL SUR

AREQUIPA


Calle Siglo XX s/n

Cercado Arequipa




(054)206380


Calle Siglo XX s/n

Cercado Arequipa



U.E. 010 – OFICINA

REGIONAL ALTIPLANO

PUNO


Avenida Floral Nº 809

(Altura Universidad UNA)



(051) 363967

Avenida Floral Nº 809

(Altura Universidad

UNA)


Las recepciones de los productos serán de Lunes a Viernes de 08.30 a 13.00 horas y de 14.00 a 16.30 p.m. horas.

Los plazos de entrega indicados, empezarán a contabilizarse a partir del día siguiente que “EL CONTRATISTA” recepcione la orden de compra.


    1. LUGAR Y FORMA DE LAS ENTREGAS




      1. Las entregas deberán realizarse en de acuerdo al cronograma de entregas detallado en el ANEXO Nº 05.

      2. Las entregas deberán efectuarse según la programación y cantidades establecidas en las presentes Bases, pudiendo estas cantidades fluctuar en +/- 30% de la cantidad mensual programada.

      3. Los bienes deberán ser entregados de acuerdo a las características de las fichas técnicas.

      4. Los Almacenes no están obligadas a recepcionar los bienes adjudicados fuera de los días y horario señalado.

      5. La Licitación tiene 12 (doce) entregas normales (mensuales), según Cuadro de Distribución señalado en el Anexo N° 05.




    1. PLAZO DE ENTEGA


PARA EL MINSA
PRIMERA ENTREGA

      1. Se entiende como primera entrega lo correspondiente al primer mes del cronograma establecido, a partir del segundo mes del cronograma se considerará como entregas sucesivas, así no exista programación de entregas previas.




      1. La primera entrega se realizará en un plazo máximo de sesenta (60) días calendario, contados a partir de la suscripción del contrato. Este plazo incluye el plazo de las pruebas de Control de Calidad.

      2. Para la realización de la primera entrega, es necesario que la Unidad Ejecutora envíe a EL CONTRATISTA la orden de compra correspondiente, la misma que podrá ser entregada hasta 10 días antes del cumplimiento del plazo de 60 días, sin que se altere el plazo de entrega.

Si la O/C se entrega antes del plazo, la primera entrega se mantiene como máximo hasta los 60 días de haber firmado el contrato.

Si la Orden de Compra se entrega a EL CONTRATISTA después de los plazos máximos establecidos para la primera entrega, se considerará como una “orden atrasada”.


ENTREGAS SUCESIVAS


      1. Para las siguientes entregas las órdenes de compra deberán ser emitidas y enviadas a EL CONTRATISTA dentro del mes de entrega programado siendo el plazo máximo el último día del mes correspondiente. Una vez recepcionada la orden de compra el “Contratista” deberá entregar el producto en un plazo máximo de 10 días calendarios.

      2. Si las ordenes de compra fueron giradas correctamente pero en forma adelantada, no es necesario devolverlas, bastará con informarle a la Unidad Ejecutora; ya sea por carta, fax, o correo electrónico que dicha O/C será atendida en el mes que le corresponda.

      3. La Unidad Ejecutora podrá coordinar con el proveedor la atención por adelantado de cualquier entrega, siempre y cuando ambas partes estén de acuerdo.


ORDEN DE COMPRA ATRASADA


      1. La orden atrasada se refiere a la demora de la entrega de la Orden de Compra al Contratista, es decir una entrega de la Orden de Compra posterior al mes correspondiente de entrega, la misma que puede ser emitida hasta un plazo máximo de 30 días calendario contados a partir del primer día del mes siguiente al que correspondía.




      1. El límite de emisiones de órdenes de compra atrasadas será de una (1) por cada entrega.

Para la primera entrega:



        • Se considerará como una “Orden Atrasada” cuando la Orden de Compra se entregue al Contratista después del día 50 posterior a la firma del contrato.

Para entregas sucesivas:



        • Se considerará como una “Orden Atrasada” cuando la Orden de Compra se entregue al Contratista después del último día hábil del mes correspondiente.




      1. Para el caso de las “Ordenes de Compra Atrasadas”, una vez recepcionada la orden de compra el “Contratista” deberá entregar el producto en un plazo máximo de 30 días calendarios, plazo establecido para todas las Unidades Ejecutoras.



      1. La posibilidad de juntarse “Ordenes de Compra Atrasadas” significaría que una de ellas o todas hayan presentado un retraso mayor a 30 días, en estos casos se programará la atención previa coordinación con EL CONTRATISTA.


PARA ESSALUD

      1. El cronograma de entregas es el siguiente:

      2. 1ra. entrega: Del 54° al 60° días calendarios contados a partir del día siguiente de la firma del contrato. El último día de dicho plazo se convierte en la fecha límite de entrega la cual estará señalada en las respectivas órdenes de compra.

      3. A partir de la 2da. entrega, estas se realizaran las terceras semanas de cada mes.




      1. En ningún caso podrán efectuarse dos o más entregas en un mismo mes, salvo pedidos de urgencia que serán coordinados y comunicados en el momento que se presenten.

      2. Las entregas deben efectuarse en los Almacenes de los diferentes Centros Asistenciales de ESSALUD a nivel nacional; cuyas direcciones se señalarán en las correspondientes órdenes de compra. El directorio se presenta en el Anexo 07.

      3. Las entregas mensuales serán formalizadas en las correspondientes Ordenes de Compra, a partir de la segunda entrega, con una anticipación de veinticinco (25) días calendarios con respecto al primer día de la fecha de entrega.

      4. Para los casos excepcionales producidos por alguna urgencia, previa coordinación y consentimiento del contratista podrá entregársele la(s) orden(es) de compra con una anticipación de uno (01) a siete (07) días calendarios, dependiendo del lugar de destino.

      5. La unidad mínima de despacho a consignar en las órdenes de compra será la que proporcione el contratista en el Anexo 16 Presentación del Producto,


PARA EL MINISTERIO DE DEFENSA (JESAL, FOSPEME, FAP y MGP)
PRIMERA ENTREGA

      1. Se entiende como primera entrega la correspondiente al primer mes del cronograma establecido (a la JESAL se realizara la entrega total de la adquisicion en una sola vez y esta sera el primer mes del cronograma establecido), a partir del segundo mes del cronograma se considerará como entregas sucesivas, así no exista programación de entregas previas.

      2. La primera entrega se realizará en un plazo máximo de sesenta (60) días calendario, contados a partir de la suscripción del contrato. Este plazo incluye el plazo de las pruebas de Control de Calidad.

      3. Para la realización de la primera entrega, es necesario que la Unidad Ejecutora envíe a EL CONTRATISTA la orden de compra correspondiente, la misma que podrá ser entregada hasta 10 días antes del cumplimiento del plazo de 60 días, sin que se altere el plazo de entrega.

Si la O/C se entrega antes del plazo, la primera entrega se mantiene como máximo hasta los 60 días de haber firmado el contrato.

Si la Orden de Compra se entrega al proveedor después de los plazos máximos establecidos para la primera entrega, se considerará como una “orden atrasada”.


ENTREGAS SUCESIVAS


      1. Para las siguientes entregas las órdenes de compra deberán ser emitidas y enviadas a EL CONTRATISTA dentro del mes de entrega programado siendo el plazo máximo el último día del mes correspondiente. Una vez recepcionada la orden de compra a EL CONTRATISTA deberá entregar el producto en un plazo máximo de 10 días calendarios.

      2. Si las ordenes de compra fueron giradas correctamente pero en forma adelantada, no es necesario devolverlas, bastará con informarle a la Unidad Ejecutora; ya sea por carta, fax, o correo electrónico que dicha O/C será atendida en el mes que le corresponda.

      3. La Unidad Ejecutora podrá coordinar con el proveedor la atención por adelantado de cualquier entrega, siempre y cuando ambas partes estén de acuerdo.


ORDEN DE COMPRA ATRASADA


      1. La orden atrasada se refiere a la demora de la entrega de la Orden de Compra al Contratista, es decir una entrega de la Orden de Compra posterior al mes correspondiente de entrega, la misma que puede ser emitida hasta un plazo máximo de 30 días calendario contados a partir del primer día del mes siguiente al que correspondía.

      2. El límite de emisiones de órdenes de compra atrasadas será de una (1) por cada entrega.

      3. Para la primera entrega:

        • Se considerará como una “Orden Atrasada” cuando la Orden de Compra se entregue a EL CONTRATISTA después del día 50 posterior a la firma del contrato.

Para entregas sucesivas:

        • Se considerará como una “Orden Atrasada” cuando la Orden de Compra se entregue al Contratista después del último día hábil del mes correspondiente.

      1. Para el caso de las “Ordenes de Compra Atrasadas”, una vez recepcionada la orden de compra el “Contratista” deberá entregar el producto en un plazo máximo de 30 días calendario, plazo establecido para todas las Unidades Ejecutoras.

      2. La posibilidad de juntarse “Ordenes de Compra Atrasadas” significaría que una de ellas o todas hayan presentado un retraso mayor a 30 días, en estos casos se reprogramará la atención previa coordinación con el contratista.


PARA EL MININTER - FOSPOLI
PRIMERA ENTREGA

      1. Se entiende como primera entrega lo correspondiente al primer mes del cronograma establecido, a partir del segundo mes del cronograma se considerará como entregas sucesivas, así no exista programación de entregas previas.

      2. La primera entrega se realizará en un plazo máximo de sesenta (60) días calendario, contados a partir de la suscripción del contrato. Este plazo incluye el plazo de las pruebas de Control de Calidad.

      3. Para la realización de la primera entrega, es necesario que la Unidad Ejecutora envíe a EL CONTRATISTA la orden de compra correspondiente, la misma que podrá ser entregada hasta 10 días antes del cumplimiento del plazo de 60 días, sin que se altere el plazo de entrega.

Si la O/C se entrega antes del plazo, la primera entrega se mantiene como máximo hasta los 60 días de haber firmado el contrato.

Si la Orden de Compra se entrega al proveedor después de los plazos máximos establecidos para la primera entrega, se considerará como una “orden atrasada”.


ENTREGAS SUCESIVAS


      1. Para las siguientes entregas las órdenes de compra deberán ser emitidas y enviadas a EL CONTRATISTA dentro del mes de entrega programado siendo el plazo máximo el último día del mes correspondiente. Una vez recepcionada la orden de compra EL CONTRATISTA deberá entregar el producto en un plazo máximo de 10 días calendarios.

      2. Si las ordenes de compra fueron giradas correctamente pero en forma adelantada, no es necesario devolverlas, bastará con informarle a la Unidad Ejecutora; ya sea por carta, fax, o correo electrónico que dicha O/C será atendida en el mes que le corresponda.

      3. La Unidad Ejecutora podrá coordinar con el proveedor la atención por adelantado de cualquier entrega, siempre y cuando ambas partes estén de acuerdo.


ORDEN DE COMPRA ATRASADA


      1. La orden atrasada se refiere a la demora de la entrega de la Orden de Compra al Contratista, es decir una entrega de la Orden de Compra posterior al mes correspondiente de entrega, la misma que puede ser emitida hasta un plazo máximo de 30 días calendario contados a partir del primer día del mes siguiente al que correspondía.

      2. El límite de emisiones de órdenes de compra atrasadas será de una (1) por cada entrega.

Para la primera entrega:



        • Se considerará como una “Orden Atrasada” cuando la Orden de Compra se entregue al Contratista después del día 50 posterior a la firma del contrato.

Para entregas sucesivas:



        • Se considerará como una “Orden Atrasada” cuando la Orden de Compra se entregue al Contratista después del último día hábil del mes correspondiente.




      1. Para el caso de las “Ordenes de Compra Atrasadas”, una vez recepcionada la orden de compra el “Contratista” deberá entregar el producto en un plazo máximo de 30 días calendario, plazo establecido para todas las unidades Ejecutoras.




      1. La posibilidad de juntarse “Ordenes de Compra Atrasadas” significaría que una de ellas o todas hayan presentado un retraso mayor a 30 días, en estos casos se reprogramará la atención previa coordinación con el contratista.


PARA EL INPE


      1. El presente contrato entra en vigencia desde el día siguiente de la recepción de las órdenes de compra emitidas por las Oficinas Regionales del Instituto Nacional Penitenciario señaladas en el numeral 7.1.15 del contrato, hasta la recepción y conformidad de la prestación por parte de las mismas. El plazo para la entrega de los bienes señalados en la cláusula anterior, es de 60 días calendarios para la Oficina Regional Lima y Oficinas Regionales, después de recibida la Orden de Compra.



    1. DE LAS CONDICIONES DE ENTREGA

En el Acto de Recepción de los bienes que formarán parte de la entrega, el proveedor deberá entregar en el punto de destino, copia simple de los siguientes documentos; a fin de llevar a cabo la conformidad de recepción:


PARA EL MINSA


      1. Para la entrega de los medicamentos será obligatoria la presentación de los siguientes documentos:

  1. Orden de Compra - Guía de Internamiento (copia).

  2. Guía de Remisión (Destinatario + SUNAT + 02 copias adicionales). Esta deberá consignar en forma obligatoria para cada ítem el número de lote y la cantidad entregada por lote.

  3. Copia Simple del Registro Sanitario por única vez, con la primera entrega o si es renovado con la entrega correspondiente.

  4. Copia del Protocolo de Análisis emitido por el fabricante o quien encarga su fabricación, según lo dispuesto en el Art. 28 del D.S. Nº 020-2001, por cada lote entregado.

  5. Copia del Informe de Ensayo CONFORME emitido por un Laboratorio de la Red, del lote(s) muestreado(s), correspondientes a las pruebas de control de calidad establecidad en las Fichas Técnicas respectivas, según corresponda.

  6. Copia del Acta de Muestreo emitido por el Laboratorio de la red.

  7. Copia de la Declaración Jurada de Compromiso de Canje y/o reposición por Defectos o Vicios Ocultos, por única vez con la primera entrega que efectúe en cada Unidad Ejecutora.

  8. Declaración Jurada donde se especifique las condiciones especiales de almacenamiento, embalaje y distribución (éste último documento sólo para la primera entrega). Anexo Nº17

Solo para el caso de los items de la Oficina de Recursso Estratégicos:

  1. Pedido de Comprobante de Salida (PECOSA) de todas las DISAS/DIRESAS donde se distribuyan los items adjudicados, estas Pecosas seran entregadas por la ORE previamente, antes de la entrega.

Los documentos solicitados en los literales c), d), e), f), y h deberán ser firmados por el Químico Farmacéutico Regente o Director Técnico de la empresa.



Toda la documentación presentada debe ser legible.


      1. La recepción de los bienes estará a cargo del profesional Químico Farmacéutico responsable del Almacén Especializado y del Jefe de Almacén de la Dirección de Logística y en un plazo máximo de dos (02) días hábiles de recibidos los bienes, realizarán las siguientes acciones:


Químico Farmacéutico

  • Verificar si el producto entregado corresponde a lo solicitado en la orden de compra y cumple con los requerimientos técnicos mínimos establecidos en las presentes Bases.

  • Verificar si las características técnicas de los lotes de medicamentos corresponden a lo indicado en el Protocolo de Análisis, Informe de Ensayo y el Acta de Muestreo, así como su adecuado estado de conservación.

  • Llenar y firmar el acta de verificación cuali-cuantitativa (Original + 02 copias) (Anexo No 19).


Jefe de Almacén de Logística

  • Cotejar las cantidades que se indican en la Orden de Compra con la cantidad de productos recepcionados en el Almacén Especializado, asimismo verificar el cumplimiento del Plazo de entrega establecido en las presentes Bases.

  • Determinar si hay daños por rotura, aplastamiento u otros, haciendo las observaciones correspondientes en el Acta de Verificación Cuali-Cuantitativa.

  • Consignar la fecha real en la que se recepcionó los bienes.

  • Llenar el Acta de Verificación Cuali-Cuantitativa (Anexo No 18)

  • Firmar (a manuscrito) y sellar los siguientes documentos:

  • Orden de Compra - Guía de Internamiento (copia).

  • Guía de Remisión (Destinatario + SUNAT + 02 copias adicionales).

  • Acta de Verificación Cuali-Cuantitativa (Original + 02 copias)




      1. El representante del Proveedor en provincia deberá firmar el Acta de Verificación Cuali-Cuantitativa, de no ser así, el documento será suscrito en Lima, asumiendo las observaciones a que haya lugar.

      2. La fecha de recepción por parte de la Entidad es la correspondiente al día en que, independientemente del proceso de verificación, se puso la mercadería en los ambientes del Almacén correspondiente por parte del proveedor.

      3. De no ser encontrados conformes los bienes, no se recepcionarán y se consignará la observación “NO CONFORME – NO RECIBIDO” en el Acta de Verificación Cuali-Cuantitativa y, EL CONTRATISTA por indicación del Químico Farmacéutico responsable del Almacén Especializado y del Jefe de Almacén reemplazará el bien observado, a partir del cual se generará una nueva Acta de Verificación Cuali-Cuantitativa. En todos los casos, continuará respetándose el plazo de entrega y la aplicación de las penalidades, debiendo informar a la Oficina de Logística de la Unidad Ejecutora correspondiente.




      1. La conformidad no invalida el derecho posterior de las Unidades Ejecutoras, DISA, DIRESA y el MINSA participantes de reclamar los defectos de fabricación que se detecten durante el uso de los bienes, así como alguna deficiencia cualitativa y cuantitativa, atribuible al contratista.


PARA ESSALUD
CONFORMIDAD DE RECEPCIÓN


      1. La conformidad de la recepción se sujeta a lo dispuesto en el Artículo 233º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y será dada por el Jefe de Almacén (o quien haga sus veces) y por el encargado del Área de Salud (o quien haga sus veces) en el almacén de destino, considerando el cumplimiento de lo siguiente:




      1. Calidad

Los medicamentos que se entregan corresponden a las especificaciones técnicas incluidas en la propuesta adjudicada y se encuentran en adecuado estado de conservación. Para llevar a cabo tal verificación el contratista deberá entregar en cada punto de destino copia simple de los siguientes documentos:

  1. Protocolo ó Certificado de Análisis de Control de Calidad; en el que se pueda verificar que los medicamentos que está entregando cumplen con las especificaciones técnicas requeridas. Este documento debe ser emitido por el laboratorio fabricante o por quien encargue su fabricación.

  2. Copia del Informe de Ensayo CONFORME emitido por un Laboratorio de la Red, del lote(s) muestreado(s), correspondientes a las pruebas de control de calidad establecidad en las Fichas Técnicas respectivas, según corresponda.

  3. Copia del Acta de Muestreo emitido por el Laboratorio de la red.

  4. Copia del Registro Sanitario del producto, el cual deberá estar vigente a la fecha de entrega de los bienes.

  5. Sólo para la primera entrega: Declaración Jurada y/o folletos y/o cartillas ú hojas de instrucciones donde se especifiquen las condiciones especiales de almacenamiento, embalaje y distribución,

Los documentos descritos en los literales precedentes deberán ser firmados por el Químico Farmacéutico regente o Director Técnico de la empresa CONTRATISTA.


      1. Cantidad

  1. La entrega de los medicamentos se realiza en las cantidades requeridas y especificadas en las correspondientes órdenes de compra.

  2. La Guía de Remisión deberá indicar obligatoriamente por cada punto de destino el número de los lotes entregados y la cantidad de medicamentos que suministra con cada lote por cada ítem. No deberán entregar más de 4 (CUATRO) lotes distintos de un mismo ítem por cada entrega y punto de destino.

      1. Oportunidad

La entrega de los medicamentos se realiza en el plazo de entrega señalado en las correspondientes órdenes de compra.


      1. Lugar

La entrega de los medicamentos se realiza en los almacenes de los diferentes Centros Asistenciales de destino, indicados en las respectivas órdenes de compra.

      1. Si durante el acto de recepción de los bienes se advirtiera mermas y/o medicamentos deteriorados a consecuencia del transporte, el contratista deberá proceder a reponer o canjear los bienes que se hayan detectado en las situaciones descritas.

      2. La conformidad de recepción no invalida el reclamo posterior por parte de ESSALUD, por defectos o vicios ocultos, inadecuación a las Especificaciones Técnicas, cuando se obtenga un resultado final NO CONFORME de control de calidad posterior a la entrega u otras situaciones anómalas no detectables o no verificables durante la recepción de los medicamentos debiendo el contratista proceder a reponer o canjear en un plazo no mayor de sesenta (60) días calendario los bienes que se hayan detectado en las situaciones descritas.


PARA EL MINISTERIO DE DEFENSA (JESAL, FOSPEME, FAP y MGP)


      1. Para la entrega de los medicamentos será obligatoria la presentación de los siguientes documentos:

  1. Orden de Compra - Guía de Internamiento (copia).

  2. Guía de Remisión (Destinatario + SUNAT + 02 copias adicionales). Esta deberá consignar en forma obligatoria para cada ítem el número de lote y la cantidad entregada por lote.

  3. Copia Simple del Registro Sanitario, en cada entrega.

  4. Copia del Protocolo de Análisis emitido por el fabricante o quien encarga su fabricación, según lo dispuesto en el Art. 28 del D.S. Nº 020-2001, por cada lote entregado.

  5. Copia del Informe de Ensayo CONFORME emitido por un Laboratorio de la Red, del lote(s) muestreado(s), correspondientes a las pruebas de control de calidad establecida en las Fichas Técnicas respectivas, según corresponda. en cada entrega.

  6. Copia del Acta de Muestreo emitido por el Laboratorio de la red, en cada entrega

  7. Copia de la Declaración Jurada de Compromiso de Canje y/o reposición por Defectos o Vicios Ocultos,. en cada entrega

  8. Declaración Jurada donde se especifique las condiciones especiales de almacenamiento, embalaje y distribución (éste último documento sólo para la primera entrega). Anexo Nº17

Los documentos solicitados en los literales c), d), e), f), y h deberán ser firmados por el Químico Farmacéutico Regente o Director Técnico de la empresa

Toda la documentación presentada debe ser legible.




      1. La recepción de los bienes estará a cargo de:

La recepción de los bienes estará a cargo del profesional Químico Farmacéutico responsable del Almacén correspondiente y del Jefe de Almacén de la Dirección de Logística debiendo realizar las siguientes acciones:

Químico Farmacéutico

  • Verificar si el producto entregado corresponde a lo solicitado en la orden de compra y cumple con los requerimientos técnicos mínimos establecidos en las presentes Bases.

  • Verificar si las características técnicas de los lotes de medicamentos corresponden a lo indicado en el Protocolo de Análisis, Informe de Ensayo y el Acta de Muestreo, así como su adecuado estado de conservación.

  • Llenar y firmar el acta de verificación cuali-cuantitativa (Original + 02 copias).


Jefe de Almacén de Logística

  • Cotejar las cantidades que se indican en la Orden de Compra con la cantidad de productos recepcionados en el Almacén correspondiente, asimismo verificar el cumplimiento del Plazo de entrega establecido en las presentes Bases.

  • Determinar si hay daños por rotura, aplastamiento u otros, haciendo las observaciones correspondientes en el Acta de Verificación Cuali-Cuantitativa.

  • Consignar la fecha real en la que se recepcionó los bienes.

  • Llenar al Acta de Verificación Cuali-Cuantitativa

  • Firmar (a manuscrito) y sellar los siguientes documentos:

  • Orden de Compra – Guia de Internamiento (copia)

  • Guia de Remision (Destinatario + SUNAT + 02 copias adicionales)

  • Acta de Verificación Cuali-Cuantitativa (Original + 02 copias)




      1. La fecha de recepción por parte de la Entidad es la correspondiente al día en que, independientemente del proceso de verificación, se puso la mercadería en los ambientes del Almacén correspondiente por parte del proveedor.

      2. De no ser encontrados conformes los bienes, no se recepcionarán y se consignará la observación “NO CONFORME – NO RECIBIDO” en el Acta de verificación Cuali-Cuantitativa y EL CONTRATISTA por indicación del Químico Farmacéutico responsable del Almacén correspondiente y del Jefe de Almacén reemplazará el bien observado, a partir del cual se generará una nueva Acta de Verificación Cuali-Cuantitativa. En todos los casos, continuará respetándose el plazo de entrega y la aplicación de las penalidades.

      3. La conformidad no invalida el derecho posterior de las Entidades participantes de reclamar los defectos de fabricación que se detecten durante el uso de los bienes, así como alguna deficiencia cualitativa y cuantitativa, atribuible al contratista.


PARA EL MINISTERIO DEL INTERIOR ( FOSPOLI)


      1. Para la entrega de los medicamentos será obligatoria la presentación de los siguientes documentos:

  1. Orden de Compra - Guía de Internamiento (copia).

  2. Guía de Remisión (Destinatario + SUNAT + 02 copias adicionales). Esta deberá consignar en forma obligatoria para cada ítem el número de lote y la cantidad entregada por lote.

  3. Copia Simple del Registro Sanitario por única vez, con la primera entrega o si es renovado con la entrega correspondiente.

  4. Copia del Protocolo de Análisis emitido por el fabricante o quien encarga su fabricación, según lo dispuesto en el Art. 28 del D.S. Nº 020-2001, por cada lote entregado.

  5. Copia del Informe de Ensayo CONFORME emitido por un Laboratorio de la Red, del lote(s) muestreado(s), correspondientes a las pruebas de control de calidad establecidas en las Fichas Técnicas respectivas, según corresponda.

  6. Copia del Acta de Muestreo emitido por el Laboratorio de la red.

  7. Copia de la Declaración Jurada de Compromiso de Canje y/o reposición por Defectos o Vicios Ocultos, por única vez con la primera entrega que efectúe en cada Unidad Ejecutora.

  8. Declaración Jurada donde se especifique las condiciones especiales de almacenamiento, embalaje y distribución (éste último documento sólo para la primera entrega). Anexo Nº17

Los documentos solicitados en los literales c), d), e), f), y h deberán ser firmados por el Químico Farmacéutico Regente o Director Técnico de la empresa.
Toda la documentación presentada debe ser legible.


      1. La recepción de los bienes estará a cargo del profesional Químico Farmacéutico responsable del Almacén Especializado y del Jefe de Almacén de la Direccion de Logística y en un plazo máximo de dos (02) días hábiles de recibidos los bienes, realizaran las siguentes aciones:


Químico Farmacéutico

  • Verificar si el producto entregado corresponde a lo solicitado en la orden de compra y cumple con los requerimientos técnicos mínimos establecidos en las presentes Bases.

  • Verificar si las características técnicas de los lotes de medicamentos corresponden a lo indicado en el Protocolo de Análisis, Informe de Ensayo y el Acta de Muestreo, así como su adecuado estado de conservación.

  • Llenar y formar el acta de verificación cuali-cuantitativa (Original + 02 copias)


Jefe de Almacén de Logística

  • Cotejar las cantidades que se indican en la Orden de Compra con la cantidad de productos recepcionados en el Almacén Especializado, asimismo verificar el cumplimiento del Plazo de entrega establecido en las presentes Bases.

  • Determinar si hay daños por rotura, aplastamiento u otros, haciendo las observaciones correspondientes en el Acta de Verificación Cuali-Cuantitativa.

  • Consignar la fecha real en la que se recepcionó los bienes.

  • Llenar el Acta de Verificación cuali-cuantitativa

  • Firmar (a manuscrito) y sellar los siguientes documentos:

  • Orden de Compra – Guia de internamiento (copia).

  • Guia de Remisión (Destinatario + SUNAT + 02 copias adiciónales)

  • Acta de Verificación Cuali-Cuantitativa (Original + 02copias)

  • El representante del Proveedor en provincia deberá firmar el Acta de verificación Cuali-cuantitativa, de no ser asi, el documento será suscrito en Lima, asumiendo las observaciones a que haya lugar.

  • La fecha de recepcion por parte de la Entidad es la correspondiente al día en que, independientemente del proceso de verificación, se pudo la mercadería en los ambientes del Almacén correspondiente por parte del proveedor.

  • De no ser encontrados conforme los bienes, no se recepcionaran y se consignará la onservacion “NO CONFORME – NO RECIBIDO” en el Acta de verificación Cuali-cuantitativa y, EL CONTRATISTA por indicacion el Químico Farmacéutico responsable del del Almacén Especializado y del Jefe de Almacén reemplazará el bien observado, a partir del cual se generará una nueva Acto de Verificaión Cual-Cuantitativa. En todos los casos, continuará respetandose el plazo de entrega y la aplicación de las penalidades, debiendo informar a la Oficina de Logistica de la Entidad Ejecutora correspondiente.

  • La conformidad no invalida el derecho posterior de las Entidades participantes de reclamar los defectos de fabricación que se detectyen durante el uso de os bienes, así como alguna deficienci cualitantiva y cuantitauva, atribuible al contratista.


PARA EL INPE

      1. Para la recepción de los bienes, se tendrá en cuenta lo establecido en el artículo 233º del Reglamento, el mismo que estará a cargo de un profesional de la salud designado para tal efecto y del Jefe de Almacén de la Unidad de Recursos Materiales y Servicios, o quien haga sus veces, quienes realizarán las siguientes acciones:




  • Verificar si los medicamentos entregados corresponden a lo solicitado en la orden de compra con la cantidad recepcionada en el almacén, asimismo verificar el cumplimiento del plazo de entrega establecido en el presente contrato.




  • Determinar si hay daños por rotura, aplastamiento u otros, haciendo las observaciones correspondientes en el Acta de Recepción y conformidad.




  • Consignar la fecha real en que se recepcionó el bien.




  • Firmar y sellar los siguientes documentos:

- Orden de compra

- Guía de Remisión (Destinatario + SUNAT + 02 copias adicionales).

- Copia del protocolo de análisis emitidos por el fabricante.

- Copia del Registro Sanitario



- Copia de la Factura

  • Suscribir, llenar y firmar el acta de recepción y conformidad




    1. OTRAS CONSIDERACIONES PARA LAS ENTIDADES PARTICIPANTES




      1. EL CONTRATANTE podrá disponer la ejecución de prestaciones adicionales, para lo cual deberán contar con la asignación presupuestal necesaria y con la resolución previa del Titular o la máxima autoridad administrativa de la Entidad, según corresponda. El costo de los adicionales se determinará sobre la base de las especificaciones técnicas del bien y de las condiciones y precio pactados en el contrato; en defecto de éstos, se determinará por acuerdo entre las partes.

      2. Dentro de los tres (3) meses posteriores a la culminación del contrato, EL CONTRATANTE podrá adquirir o contratar complementariamente bienes con el mismo contratista, por única vez y hasta por un máximo del treinta por cien (30%) del monto del contrato original, siempre que se trate del mismo bien y que el contratista preserve las condiciones que dieron lugar a la adquisición.

      3. EL CONTRATANTE según los dos numerales anteriores podrá ordenar adicionales o contratar complementariamente, pero no ordenar reducciones de bienes.

      4. Para el segundo semestre EL CONTRATANTE y EL CONTRATISTA podrán, de mutuo acuerdo efectuar una reprogramación de la distribución de medicamentos, respetando las cantidades totales adjudicadas. En caso de realizarse la reprogramación, esta debe oficializarse mediante la firma de una addenda, la cual deberá contar con su respectiva disponibilidad presupuestal.

      5. Las empresas importadoras y distribuidoras que comercialicen medicamentos, deberán contar para tal efecto con una sección droguería cuyo funcionamiento se sujeta al régimen previsto en el Titulo IV del D.S. 021-2001-SA.

      6. La demora en los plazos de entrega que se deriven por resultado NO CONFORME en el Control de Calidad, será de responsabilidad de EL CONTRATISTA, independientemente de ser sujeto a sanciones y moras contempladas en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y demás normas aplicables.




    1. DE LA RECEPCIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA

      1. EL CONTRATANTE, remitirá la Orden de Compra, por el medio que EL CONTRATISTA determine mediante una carta indicando lo siguiente: Fax, Correo Electrónico, y responsable del mismo.

Por lo que el “EL CONTRATISTA” está en la obligación de recepcionar la Orden de Compra por medio escrito, por fax o por cualquier otro medio electrónico de lunes a viernes en horario de oficina (8:00 am hasta 5:00 pm). Para el caso del uso de fax o medio electrónico el “EL CONTRATISTA” deberá confirmar la recepción y conformidad de la orden de compra, por el mismo medio en el que lo recibió en un plazo no mayor a 24 horas.

Se puede utilizar medios electrónicos (e-mail) para confirmar la recepción siempre y cuando contenga firma electrónica y pertenezca a un correo corporativo, para lo cual el postor adjudicado deberá remitir a la firma de los contratos una carta suscrita por el representante legal autorizando los correos corporativos para tal fin.



Para la recepción de la orden de compra, es válida la confirmación hecha por el correo electrónico, reenviando la O/C recibida con la palabra sobrescrita en el formulario de CONFORME o NO CONFORME.


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