Estudio realizado con financiación del Ministerio de Empleo y Seguridad Social



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Tal y como se hizo constar en el informe de 2014, en lo que respecta a las políticas adoptadas por el Banco, el Código General de Conducta del Banco Santander recoge cuál es su postura respecto a sus compromisos fiscales y a la operativa con paraísos fiscales en el Capítulo X. OBLIGACIONES TRIBUTARIAS y Capítulo XI. ESTABLECIMIENTOS EN PAÍSES O TERRITORIOS CALIFICADOS COMO PARAÍSO FISCAL. La entidad Se compromete a "evitar en todo caso la utilización de estructuras de carácter opaco con finalidades tributarias (...) diseñadas con el propósito de impedir el conocimiento por parte de las autoridades fiscales...". El hecho de incluir en el compromiso una referencia a cuál es el propósito o la intención, le da componente de subjetividad que hace difícil comprobar su cumplimiento. También se recoge la necesidad de informar al Consejo de Administración de las políticas fiscales. Así mismo, afirma que “no se crearán ni adquirirán participaciones en entidades domiciliadas en países o territorios que tengan la consideración de paraísos fiscales sin autorización específica del Consejo de Administración. Cuando razones de urgencia así lo aconsejen, la autorización podrá darla la Comisión Ejecutiva, dando cuenta posteriormente al Consejo”. Pero no explica cuáles son esas razones de urgencia. Añade que “El objeto social y las actividades que puedan llevarse a cabo en los países o territorios calificados como paraíso fiscal deberán estar claramente identificados y definidos. En el caso de que la actividad en el país o territorio calificado como paraíso fiscal consista en servir de vehículo especial para la emisión de valores, no se utilizará un mismo vehículo para canalizar actividades diferentes y los fondos captados no se remansarán en la propia entidad domiciliada en el país o territorio calificado como paraíso fiscal, sino que se localizarán en entidades del Grupo domiciliadas en territorios no calificados como paraíso fiscal que emitan la garantía para su captación”. En cuanto a la consideración de paraíso fiscal señala que "se entenderá que un determinado país o territorio es calificado como paraíso fiscal cuando de acuerdo con la normativa española que resulte de aplicación en cada momento, o con la normativa local que resulte de aplicación en cada caso, tenga dicha consideración".
Se compromete a informar en las cuentas anuales de las actividades desarrolladas en cada establecimiento en el país o territorio calificado como paraíso fiscal, su naturaleza, sus resultados y los mecanismos establecidos para controlar los posibles riesgos. Sin embargo, tal y como se ha podido comprobar la información aportada es incompleta, pues no incluye suficiente detalle de sus actividades, ni todas las jurisdicciones donde está presente.
En cuanto al propio Consejo de Administración, el Reglamento del Consejo (artículo 3) reserva a este, con carácter indelegable, la aprobación de las políticas y estrategias generales y, en particular, los planes estratégicos o de negocio, los objetivos de gestión y el presupuesto anual, la estrategia fiscal y de capital y liquidez, políticas de inversiones y de financiación, de dividendos y de autocartera, de control y gestión de riesgos (incluidos los fiscales)... “. Sin embargo, no se ha encontrado información en ningún documento sobre la existencia de una estrategia o política fiscal, ni la adhesión a ningún código voluntario de responsabilidad fiscal, pese a que está adherida al Código sobre Buenas Prácticas Tributarias de la Agencia Tributaria.
En el Mapa de Riesgos no se incluye de forma explícita el riesgo fiscal. El concepto con más afinidad es el riesgo de cumplimiento y legal, que se corresponde con el riesgo de derivado del incumplimiento del marco legal, las normas internas o los requerimientos de reguladores y supervisores pero sin referencia expresa a temas fiscales. Tampoco se identifican riesgos de naturaleza fiscal relevantes que puedan afectar a la consecución de los objetivos del negocio y se constata que no se ha materializado ningún riesgo fiscal durante el ejercicio 2015.

En referencia a su estructura societaria, Banco Santander afirma que ningún accionista tenía, a 31 de diciembre de 2015, participaciones significativas527.




  • La participación de State Street Bank and Trust Company, del 12,62%;

  • The Bank of New York Mellon Corporation, del 6,05%;

  • Chase Nominees Limited, del 4,84%;

  • EC Nominees Limited, del 3,99%;

  • Société Générale S.A., del 3,81%;

  • Clearstream Banking S.A., del 3,50%;

  • Guaranty Nominees Limited, del 3,23%

La entidad afirma que lo son por cuenta de sus clientes, sin que al Banco le conste que ninguno de ellos tenga individualmente una participación igual o superior al 3%. Clearstream Banking S.A es una sociedad ubicada en territorio off-shore, Luxemburgo.


Como se ha comentado anteriormente en el Informe Bancario Anual 2015528 se incluye información desagregada por países del volumen de negocio, N.º de empleados, BAI e Impuesto sobre resultados. Así mismo, en el Informe de Sostenibilidad 2015, la entidad informa de la cantidad de impuestos directos e indirectos que paga en los que considera que son los países donde tiene mayor actividad. Esta información viene acompañada de una declaración del Grupo Santander en referencia la relevancia que el pago de impuestos tiene sobre la sociedad informando de su contribución impositiva en su memoria de sostenibilidad dentro del apartado de Inversión en la Comunidad. En este apartado se proporciona información y datos del pago de los impuestos soportados directamente por el Grupo y de la recaudación de impuestos de terceros generados por el desarrollo de su actividad económica, desglosado por países y regiones.
A nivel de grupo, Banco Santander publica la tasa impositiva efectiva y la tasa impositiva nominal del impuesto de sociedades del grupo consolidado. La tasa efectiva impositiva a nivel consolidado es del 23% debido al efecto sobre la tasa de la aplicación de las diferentes tasas impositivas aplicables en cada país, del resultado de entidades asociadas y multigrupo, de la deducción del fondo de comercio en Brasil, de la revisión de impuestos diferidos, diferencias permanentes y reversión de pasivos fiscales.
Respecto a los beneficios y conceptos aplicados para reducir el pago de impuesto sobre beneficios, la entidad afirma que interpretándose el concepto de Subvenciones según la Guía de Ayudas de Estado de la Comisión Europea y, en dicho, contexto, las sociedades que forman el Grupo no han recibido subvenciones o ayudas públicas en 2015.
Como se mencionó en el informe de 2014, podría considerarse ayudas no solamente la inyección directa en el capital, sino también los EPA (esquema de protección de activos) y la compra de activos por parte del SAREB. Según una información de El Confidencial “Bruselas considera que las ayudas públicas vienen porque el precio pagado por Sareb a los bancos por sus activos (el precio de transferencia) es superior al de mercado. Y como ese sobreprecio no lo habrían conseguido vendiendo los activos en el mercado, es ayuda de Estado. Dicho de otra forma, que los descuentos con los que se han traspasado los créditos y los inmuebles deberían haber sido mayores (Bruselas lo cifra en el 72% como media y el 75% para los pisos terminados), lo que habría obligado a más provisiones, más pérdidas y más inyecciones de capital público. En vez de eso, se ha pagado un sobreprecio, lo que ha evitado esas inyecciones, pero el impacto es el mismo. Por eso es una ayuda pública”. Se desconoce si el Banco Santander ha vendido activos al Sareb o ha hecho uso de la EPA, aunque sí que es uno de los principales accionistas del Sareb.
No se ha encontrado información específica sobre exenciones. Las deducciones y los créditos fiscales por bases imponibles negativas se presentan de forma agregada por países principales. Para el conjunto del grupo ascienden a 4,808M€ de los cuales en España ascienden a 3.227M€, en Brasil a 232M€ y en EEUU a 1.078M€. Adicionalmente apunta que no ha reconocido otros activos fiscales, deducciones,.. por importe de 8.100M€.
No se ha encontrado mención en los diferentes informes sobre la existencia de una relación cooperativa con las administraciones tributarias en cada uno de los países en los que opera más allá de aseguramiento de cumplir obligaciones fiscales. En el IAGB 2015529 cuando se refiere al nivel de tolerancia al riesgo dice “El desarrollo de su actividad en base a un modelo de conducta que vele por los intereses de sus clientes y accionistas y demás grupos de interés, incluidas las distintas Administraciones tributarias”.
En cuanto a las relaciones de Banco Santander con legisladores y políticos, no ha sido posible encontrar información al respecto en los informes. Todo y así se cree relevante mencionar que Banco Santander es uno de los patronos de Fedea (Fundación de Estudios de Economía Aplicada). Según consta en la página Web530 de la Fundación “Los Patronos de Fedea apuestan por el futuro de nuestro país, conscientes de que la madurez de nuestro sistema de convivencia requiere de este tipo de instituciones. Representan a entidades que a lo largo de estos años han puesto en marcha proyectos propios de responsabilidad social corporativa que complementan la labor que han promovido en Fedea. Crear las condiciones para que surjan nuevas ideas que informen el diseño de la política pública española ha sido la aportación fundamental de los Patronos a través de Fedea.”.
Por lo que respecte a discrepancias con la Administración Tributaria, Banco de Santander provisiona para impuestos 997M€ que incluyen provisiones para procesos de naturaleza fiscal, sin ofrecer más información sobre los procesos fiscales (tipo, importe…) que ha originado la provisión.
Así mismo, no se ha encontrado información sobre la existencia de deudas tributarias.
Respecto a litigios pendientes con administraciones tributarias, la entidad proporciona información sobre el tipo de litigio (acción judicial, liquidaciones complementarias, procesos administrativos y judiciales, y autos de infracción), motivo del litigio, ejercicio fiscal y elemento fiscal afectado (Impuesto sobre beneficios, liquidación de impuestos, cotizaciones de la seguridad social, deducción por doble imposición y tratamiento fiscal de determinadas operaciones). No se informa del número concreto de litigios en curso ni de la cantidad sujeta a reclamación, ni de la provisión por el importe de la pérdida estimada (en algunos casos no ha provisionado por considerarse un pasivo contingente). La mayor parte de los litigios se han interpuesto a Banco Santander (Brasil) S.A., a excepción de una acción judicial interpuesta por Santander Holdings USA Inc y unas reclamaciones a Santander UK plc por el tratamiento fiscal de determinadas operaciones.
Estos dos últimos litigios han sido resueltos en 2015. En el caso de Santander Holdings USA Inc afectaba a la aplicación de una deducción por doble imposición internacional que se ha fallado favorablemente, y en el caso de Santander UK plc se ha fallado a favor de las autoridades fiscales británicas. También en 2015 se ha resuelto favorablemente un auto de infracción contra Banco Santander (Brasil) S.A. en relación al impuesto sobre beneficios de 2009. Tanto en el caso de USA como de Brasil es posible que las autoridades fiscales recurran la resolución. Tampoco en este caso se proporcionan datos sobre el importe afectado ni del impacto que tienen estas resoluciones en la entidad.
Banco Santander presenta las operaciones que realiza con partes vinculadas (entidades del grupo, asociadas, multigrupo, miembros del consejo de administración, directores generales y otros), en base a la actividad propia de la entidad. Esto es, operaciones de activo, pasivo, pérdidas y ganancias y otras operaciones financieras. No se presentan datos, ni a nivel de Banco Santander S.A. ni consolidado, sobre las compras intragrupo, la gestión de propiedad intelectual, operaciones de financiación…. Ni información sobre las sociedades implicadas en las operaciones, ni del peso que tienen estas operaciones dentro del grupo. Sería recomendable proporcionar información más detallada sobre este tipo de relaciones para poder valorar a qué motivación responden este tipo de operaciones.
Así mismo, tampoco se informa como se fijan los precios de transferencia de dichas operaciones. La entidad se limita a afirmar que las condiciones son “equivalentes a les que se da en transacciones hechas en condiciones de mercado o se han imputado las correspondientes retribuciones en especie”.531
A mencionar que Banco Santander informa de las operaciones intragrupo realizadas en territorios off-shore, que han sido eliminadas en el proceso de consolidación. Igualmente se trata de operaciones relativas a la actividad propia de la entidad, se detalla tipo de operación, importe, sociedad implicada y beneficio o pérdida generado. También sería recomendable los precios de transferencia.

5. Conclusiones
La valoración global de la transparencia de Banco Santander en el ámbito fiscal es de 0,79 sobre un máximo de 3, lo que sitúa a la información en un estadio de escasa de acuerdo con la metodología utilizada por el Observatorio de RSC. De las dimensiones analizadas, la máxima puntuación se obtiene en los aspectos relacionados con “paraísos y nichos fiscales” (1,14), seguidos de “impuestos e incentivos” (0,83), “relaciones con Administraciones Tributarias” (0,80) y “política y estrategia fiscal” (40).
En el Informe de Sostenibilidad 2015, Banco Santander manifiesta su compromiso con la comunidad mediante la contribución impositiva, e incorpora información sobre los impuestos soportados directamente por el Grupo como de la recaudación de impuestos de terceros generados por el desarrollo de su actividad económica en los países dónde su presencia es más significativa a nivel de grupo.

No obstante, no se hace referencia a la existencia de una estrategia o política fiscal del Grupo, ni se identifica el riesgo fiscal como un riesgo relevante para la entidad. Consta que la entidad se ha adherido a al Código de Buenas Prácticas Tributarias en España, y también en el Reino Unido por parte de Santander UK plc532. Aunque, el compromiso de la entidad con la fiscalidad responsable es de carácter básicamente genérico.

La información fiscal se encuentra fundamentalmente recogida en el Informe Financiero Anual Consolidado (CCAA Consolidadas) del grupo y de Banco Santander S.A. Este informe es un documento técnico, complejo, sin índice y que engloba diversos informes, lo que dificulta la localización de la información fiscal, que se encuentra disgregada en diferentes secciones: CC Anuales y Anexos, Informe de Gestión, Informe Anual de Gobierno Corporativo (incorporado en el Informe Financiero no el disponible en la web corporativa) y en el Informe Bancario Anual.

La fiscalidad responsable no parece ser un tema material para la entidad. En la relación de temas relevantes de la memoria de sostenibilidad no se menciona expresamente, siendo la única referencia indirecta “Medidas antifraude y prevención de la corrupción”. La información no es precisa, no tiene suficiente grado de detalle en algunos aspectos, está dispersa y en algunas ocasiones es de difícil comprensión. Así mismo, más allá del Informe Bancario anual incluido en las CCAA Consolidadas, tampoco dispone de ningún documento adicional tipo TTC que desglose la contribución fiscal en volumen, concepto, sociedad y país, que permita una valoración detallada y fundamentada del comportamiento de la entidad respecto a una fiscalidad responsable.

La entidad sigue manteniendo un elevado número de sociedades (216) en territorios considerados nichos o paraísos fiscales según la metodología del Observatorio, que realizan actividades relacionadas con la actividad propia de la sociedad matriz, a excepción de 2 ó 3 casos puntuales. La entidad reconoce su presencia en territorios off-shore aunque sólo reconoce 10 filiales y puntualiza que estos territorios “no son considerados paraísos fiscales por la OCDE ni por la Comisión Europea”. En ejercicios posteriores es posible que la entidad no proporcione datos al respecto atendiendo a la entrada en vigor de los acuerdos con éstos para el intercambio de información.

Cabe destacar que la entidad proporciona bastante información sobre las actividades, magnitudes de las sociedades, impuestos pagados, en territorios off-shore. Sin embargo, la información no tiene suficiente detalle ni abarca todas las jurisdicciones. Sería recomendable proporcionar más detalle sobre las sociedades y operaciones en estos territorios con el fin de mejorar la transparencia informativa y poder valorar su grado de significancia e impacto fiscal.

Así mismo, tampoco se incorpora mención sobre si se han tomado medidas para evitar la elusión fiscal por parte de los clientes. Aspecto que debería ser relevante para la entidad atendiendo a las diversas noticias aparecidas en los medios sobre este aspecto.

El tipo impositivo efectiva para el ejercicio 2015 ha sido del 23%. La diferencia con respecto al 30% de tasa de gravamen se debe a la aplicación de deducción, créditos fiscales y otros conceptos que se presentan de forma agregada. La forma en la que se presentan estos conceptos dificulta su comprensión, identificación del origen y los criterios de aplicación.

Banco Santander informa con cierto detalle, de diversos tipos de litigios con las administraciones tributarios mayoritariamente en Brasil, pero no se obtiene datos sobre los importes reclamados ni del volumen de las provisiones realizadas, con lo que no es posible saber el alcance de dichos litigios.

Finalmente, en cuanto a las operaciones intragrupo, se presentan en forma de operaciones habituales de la entidad, lo que no permite valorar su uso, ni de las condiciones en las que se establecen los precios de transferencia son realmente de mercado o preferentes.


CAIXA BANK

(Grupo LA CAIXA)

1. Datos generales de la entidad
CaixaBank es el banco líder en España con un modelo de banca universal, basado en la cercanía y la especialización, con una amplia oferta de productos y servicios y una extensa red de distribución multicanal. Además, mantiene alianzas estratégicas con bancos participados y dispone de participaciones en compañías del sector servicios.
CaixaBank divide su actividad en los siguientes segmentos de negocio: Banca de Particulares y Negocios, Banca Premier, Banca Privada, Banca de Empresas, Corporate & Institutional Banking. Corporate & Institutional Banking (CIB) es creada en 2015 y es producto de la integración de Banca Corporativa, Banca Institucional y otras áreas de productos que prestan servicio a los clientes, como Mercado de capitales y Tesorería. Además el grupo comercializa y gestiona Seguros, Fondos de pensiones y Fondos de inversión.

Alcance geográfico
CaixaBank está presente en 4 continentes, a través de sucursales internacionales, oficinas de representación y participaciones bancarias. La empresa afirma que mantiene una apuesta por la expansión internacional que se ha consolidado con nuevas incorporaciones y el refuerzo de la estructura de apoyo, que incluye más de un centenar de profesionales (En 2015, se han puesto en marcha las aperturas de la sucursal de Londres y de las oficinas de representación de Nueva York, Brasil y Sudáfrica.). CaixaBank opera o tiene presencia en los siguientes países:


  • Asia: China, Emiratos Árabes, India, Singapur

  • África: Angola, Egipto, Marruecos y Sudáfrica

  • América: Chile, México, Nueva York y Brasil

  • Europa: Alemania, Austria, España, Francia, Italia, Luxemburgo, Polonia, Portugal, Reino Unido, Rumanía y Turquía

CaixaBank tiene participaciones en varias entidades financieras de otros países:


BPI. Es el tercer grupo financiero privado portugués por volumen de negocio. Su actividad se focaliza en la banca comercial dirigida a empresas, instituciones y particulares. A través de su participación de control en el Banco de Fomento Angola (BFA), ocupa también una posición de liderazgo en Angola. Asimismo, mediante su participación del 30% en Banco Comercial de Investimentos (BCI) tiene también presencia en Mozambique. Caixabank controla el 44,1% de la entidad.
Boursorama. CaixaBank controla el 20,5% de este banco francés hasta junio de 2015 que se deshace de la participación en Boursorama. Forma parte del Grupo Société Générale que, con un 80% de participación, es su principal accionista. Se trata de un actor clave en banca on-line en Europa, con presencia en tres países: Francia, donde es líder, Alemania y España, a través de una joint venture con CaixaBank.
The Bank of East Asia (BEA). CaixaBank controla el 17,24% de esta entidad, en 2014 el porcentaje de participación en el capital de BEA era del 18,68%. Es el primer banco independiente de Hong Kong. Ofrece servicios de banca comercial y personal, así como de banca de empresas y de inversión. Atiende también a la comunidad china en el extranjero, operando en otros países del sureste asiático, América del Norte y el Reino Unido. CaixaBank cuenta con un miembro no ejecutivo en el Consejo de Administración.
La colaboración entre CaixaBank y BEA incluye el apoyo a proyectos liderados por grupos españoles y chinos, la operativa de comercio exterior y el impulso del intercambio de know-how.
Erste Group Bank. Es el segundo grupo bancario austríaco y uno de los principales en el centro y este de Europa. Está presente en Austria, República Checa, Rumanía, Eslovaquia, Hungría, Croacia y Serbia y es líder en la mayoría de estos países, con 16,4 millones de clientes. CaixaBank, que controla el 9.92% de Erste, participa con esta entidad en la cofinanciación de grupos empresariales españoles y colabora en el desarrollo de diferentes innovaciones tecnológicas.
Grupo Financiero Inbursa (GFI). Es el primer grupo financiero de México por administración y custodia de activos, el sexto por activos totales y uno de los mejor posicionados en seguros y fondos de pensiones. Referencia de la banca comercial del país, se encuentra dentro de uno de los mayores grupos financieros y empresariales de América Latina por capitalización bursátil. CaixaBank controla el 9,01% de la entidad mexicana.

Cifras relevantes de la empresa:
CaixaBank es una sociedad anónima cuyas acciones se encuentran admitidas a cotización en las bolsas de Barcelona, Madrid, Valencia y Bilbao y en el mercado continuo, formando parte del IBEX-35 desde el 4 de febrero de 2008. Por todo ello, la Entidad está sujeta a la supervisión de la Comisión Nacional del Mercado de Valores. Adicionalmente, CaixaBank forma parte de otros índices bursátiles internacionales como el Euro Stoxx Bank Price EUR, el MSCI Europe, el MSCI Pan-Euro, el FTSE4Good, el FTSE Eurofirst 300 que contiene las 300 primeras empresas europeas por capitalización y el Dow Jones Sustainability Index. También forma parte del Advanced Sustainable Performance Indexes (ASPI), que integra las 120 empresas del DD Euro Stoxx con mejor desempeño en materia de desarrollo sostenible.
CaixaBank cuenta con 5.211 oficinas en España, 3 oficinas en el extranjero y 14 oficinas de representación. Cuenta con 13,8 millones de clientes y más de 700.000 accionistas
CaixaBank cuenta con unos activos totales a 31 de diciembre de 2015 de 344.255.475 miles de euros, ha obtenido unos beneficios antes de impuestos de 638.104 miles de euros. Al 31 de diciembre de 2015 el grupo cuenta con un total de 32.242 empleados.

Estándares voluntarios relacionados con fiscalidad responsable
CaixaBank informa que se ha adherido voluntariamente a los siguientes estándares relacionados con contenidos y sistemas de gestión de fiscalidad responsable:


  • Código de Buenas Prácticas Tributarias de la Agencia Tributaria.


Documentos incluidos en el análisis
Para el análisis de la calidad de la información relacionada con fiscalidad de la empresa, se ha tenido en cuenta la información contenida en la siguiente documentación:


DOCUMENTACIÓN

OBSERVACIONES

Informe corporativo integrado




Informe Anual de Gobierno Corporativo




Política de actuación de CaixaBank en materia de anticorrupción




Estrategia fiscal




Informe de Impacto Socieconómico 2015




Contribución fiscal total del grupo Caixabank




Política de RSC de Caixabank




Memoria de recursos humanos y organización 2015




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