Pregunta: Según informes de respetables módicos, debido al abuso del alcohol por parte de los padres y de los abuelos, sus descendientes nacen imbéciles y retardados mentales. Tales enunciados, ¿no son un desmentido a la Ley del Karma, en donde los hijos no deben pagar los pecados de los padres?
Ramatís: Ningún espíritu que fue abstemio en vidas anteriores ha de nacer con la tara kármica del alcoholismo, puesto que es verídico, que "Los hijos no deben pagar por los pecados de los padres". Quien nace como descendiente de una familia de alcohólicos, no hay duda que lo hace por la atracción de la bebida, lo cual indica, además, que en pasadas existencias se entregó imprudentemente al vicio, y tal vez, sea el responsable de la tara alcohólica de la familia donde renace. Muchas veces el abuelo o bisabuelo alcohólatra retorna a la misma familia, como nieto o bisnieto, pero con la responsabilidad de expurgar en sí mismo la tara que con tanta imprudencia impuso a su linaje familiar.
La ascendencia humana puede degradarse, como lo explican los médicos, cuando es oriunda de padres alcohólicos. Los descendientes pueden desfigurarse física y mentalmente, algunos serán propensos a la epilepsia, otros a la esquizofrenia y el resto a la histeria incontrolable. Pero gracias a la Sabiduría Divina, que siempre actúa como evidente espíritu de Justicia y coherencia, los individuos de tara etílica son infecundos, a fin de evitar una proliferación degenerada, capaz de entorpecer los basamentos genéticos de la raza humana.
Pregunta: El alcohol, ¿es nocivo para la gestación?
Ramatís: El alcohol es perjudicial para la gestación si las madres abusan durante el período de la gravidez, puesto que perturba la formación del feto y pueden dar a luz a un bebe con la tara de la histeria o esquizofrenia. Además, es necesario tener presente que existen ciertos casos en que el hijo degenera bajo la acción del alcohol bebido en abundancia por parte de los padres en la noche nupcial, en donde el germen responsable de la fecundación inicia su ciclo de vida bajo una acción tóxica y perturbadora.
La sordera, los defectos de la visión, la parálisis, la mudez y otros efectos patológicos pueden originarse en los efectos alcohólicos. En la antigüedad, los casos de gestación patogénica se daban en las clases muy inferiores, cuyos componentes se entregaban al vicio de la bebida; mientras tanto, hoy se acentúan los nacimientos teratológicos en las carnadas privilegiadas, en base a la costumbre moderna, donde las gestantes beben alcohol en abundancia en el día de bodas.
Pregunta: ¿No es una injusticia que el espíritu reencarnante sufra perjuicios en su organismo por el hecho de que sus padres estaban ebrios en el momento de la fecundación?
Ramatís: Aunque no existan dos encarnaciones perfectamente semejantes en la tierra, en general, el espíritu inicia la composición del cuerpo en el vientre materno, después que el espermatozoide fecunda al óvulo femenino. Entonces, el periespíritu, reducido a la configuración fetal, puede "encajar" en el vientre periespiritual de la mujer terrena, dando comienzo a la convergencia de las energías etéreo-físicas que han de llenar el molde original. El doble etérico, qué es el vehículo intermediario entre el espíritu y el cuerpo físico, también se va modelando gradualmente y conforme a la materialización del feto físico.
Los técnicos siderales, responsables del evento reencarnatorio, sólo vinculan al espíritu al campo "biofísico" de la progenitora, después de ajustarlo a través de los cromosomas del linaje ancestral hereditario y atendiendo al programa kármico del encarnante. En consecuencia, el espíritu de mejor patrón sideral merece, con justicia, un organismo sano y de buena contextura nerviosa, por cuyo motivo no nacerá de padres alcohólatras. Mientras que el "ex alcohólico" del pasado ha de ser encaminado para descender de padres bebedores, cuyo proceso se efectúa por afinidad espiritual y jamás por determinación divina e injusta.
Cuando el espíritu de buen linaje espiritual comprueba que el embrión se contaminó por causa de la embriaguez de los padres, durante la fecundación o por la imprudencia materna en la fase gestativa, puede desligarse del proceso reencarnatorio, si así lo prefiere, siendo inmediatamente sustituido por otra entidad afín al caso.
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