Estudio realizado con financiación del Ministerio de Empleo y Seguridad Social


Relaciones con administraciones tributarias



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4.4. Relaciones con administraciones tributarias





COD.

FISCALIDAD

NÚMERO EMPRESAS

%

VALORACIÓN

R.A.1

La empresa mantiene una relación cooperativa con la administración tributaria

1

3%

0,20

R.A.2

La empresa se relaciona con legisladores y políticos ¿Cómo?. En el caso de que realice actividades de presión/lobby, ¿En qué temas las hace?

1

3%

0,23

R.A.3

La empresa informa sobre las contingencias fiscales existentes. (entendiendo por tales aquellas operaciones o transacciones en las que existe riesgo significativo de que no coincida el criterio aplicado o que piensa aplicar la empresa con el de la administración)

25

71%

0,83

R.A.4

La empresa aporta información sobre los litigios abiertos con administraciones tributarias (Entiéndase litigio en sentido amplio: judiciales, administrativos,…)

28

80%

1,09

R.A.5

La empresa aporta información sobre los litigios con administraciones tributarias resueltos en el último ejercicio económico. (Entiéndase litigio en sentido amplio: judiciales, administrativos,…)

15

43%

0,57

En esta subdimensión se analizada la calidad de la información que las empresas analizadas suministran en relación al marco de relaciones con las administraciones tributarias donde operan y acerca de las discrepancias que mantienen con las mismas que deriven en contingencias o litigios de tipo administrativo o judicial.



R.A.1. La empresa mantiene una relación cooperativa con la administración tributaria
En relación al indicador R.A.1, salvo la adhesión al Código de Buenas Prácticas Tributarias y los compromisos adoptados en las estrategias fiscales no se ha encontrado información en las empresas analizadas sobre las relaciones de carácter cooperativo. No se indica en qué iniciativas de relación cooperativa con administraciones tributarias en las que participa en cada uno de los países en los que operan, ni en qué consisten tales iniciativas, ni número de reuniones, ni asuntos tratados. Se ha considerado que el nivel mínimo de cumplimiento solamente es alcanzado por una de las 35 empresas analizadas, REPSOL cuya política fiscal refleja su posicionamiento a favor de la relación de cumplimiento cooperativo con las administraciones tributarias al comprometerse en el tercer principio de dicha política a «potenciar una relación con las administraciones tributarias inspirada en los principios de confianza, buena fe, profesionalidad, colaboración, lealtad y búsqueda del entendimiento mutuo sobre una base de reciprocidad, todo ello con la finalidad de facilitar la aplicación del sistema tributario, incrementar la seguridad jurídica y reducir la litigiosidad». Compromiso que también se plasma en las cuenta anuales cuando afirma que «cuando se plantean diferentes interpretaciones de la normativa fiscal aplicable a determinadas operaciones entre Repsol y las autoridades fiscales, el Grupo actúa con las autoridades de forma transparente y cooperativa para resolver las controversias mediante las fórmulas jurídicas disponibles con el objeto de llegar a una solución no litigiosa». Repsol informa que forma parte de I Foro Tributario de Grandes Empresas, de la Red de Estandarización Noruega (NORSOK), de EITI, ITIC’s Oil and Gas Taxation and Regulatory Dialogue, de Business and Industry Advisory Committee (BIAC) de la que Repsol forma parte del Comité fiscal, de Fuels Europe, asociación sectorial en la que Repsol participa en el grupo de trabajo de Tax Issue Group (TIG), del Subcomité Fiscal de la Industria Extractiva creado por el Comité multistakeholder de Expertos en Cooperación Internacional en Materia Fiscal de Naciones Unidas, y el Foro Conjunto de la Unión Europea en materia de Precios de Transferencia, entre otros.
Tal y como apunta Rafael Sanz (2014) en su tesis “La relación cooperativa entre la administración tributaria y las grandes empresas”: Los análisis de la OCDE se refieren a transparencia entre Administración y grandes contribuyentes, pero es necesario también que exista transparencia sobre tales relaciones, que permitan la supervisión de otras instituciones y de la sociedad en su conjunto sobre el modo en que se desarrolla la relación cooperativa. La Unión Europea, por ejemplo, ha analizado las necesidades “en materia de transparencia de la actividad delos grupos de presión”, puesto que se considera que a veces sus prácticas van más allá de la representación legítima de intereses. En Reino Unido, la relación cooperativa ha sido cuestionada porque se ha considerado que se trataba de manera preferente y excesivamente laxa a determinadas grandes empresas; el Parlamento criticó la falta de transparencia que le dificultaba el control de los acuerdos entre estos contribuyentes y la Administración.
La mayor parte de las empresas analizadas se limitan a declaraciones de carácter totalmente genérico: INDRA por ejemplo indica expresamente que “las relaciones con las autoridades, los organismos reguladores y las Administraciones Públicas se plantearán siempre bajo los principios de cooperación y transparencia...” GAMESA aboga por “mantener una relación adecuada con las Administraciones Tributarias correspondientes” AENA en su código de conducta afirma que "las personas sujetas a este deberán mantener en todo momento una actitud de colaboración y transparencia con cualesquiera Administración Pública u órgano supervisor..” ENAGÁS afirma “mantener y potenciar una relación con la Administración tributaria presidida por la colaboración, confianza, buena fe, reciprocidad y profesionalidad…” BBVA afirma que “promueve una relación recíprocamente cooperativa con las distintas Administraciones Tributarias con las que se relaciona como consecuencia de la realización de su actividad, basada en los principios de transparencia, confianza mutua, buena fe y lealtad entre las partes"


R.A.2. La empresa se relaciona con legisladores y políticos ¿Cómo?. En el caso de que realice actividades de presión/lobby, ¿En qué temas las hace?
Un aspecto no siempre visibilizado por las empresas son las actividades de lobby que realizan bien sea de manera directa o indirecta a través de asociaciones a las que pertenece. Si bien estas actividades son lícitas la máxima transparencia sobre las mismas es importante por la consecuencia que dichas relaciones pueden tener en las decisiones sobre las políticas públicas155.
En relación al indicador R.A.2, 1 de las empresas analizadas, lo que supone un 3% del total, presentan alguna información sobre acciones de lobby en materia fiscal, REPSOL. Hay un conjunto de empresas que informan de manera escueta sobre su política de Lobby, sin embargo la información es muy escasa y ninguna empresa explica en qué temas hace este tipo de actividades, a través de qué vías y cuánto dinero (en €) dedica a este tipo de actividades. A continuación se exponen algunos ejemplos:
TELEFÓNICA hace una referencia a las actividades de lobby156 “Telefónica está registrada como lobista en el registro voluntario de la Unión Europea, reportando unos costes vinculados a las actividades cubiertas por el registro de 2 millones de euros
REC aporta información de asociaciones nacionales e internacionales de las cuales es miembro, explica a qué se dedican y de manera general indica que el objetivo de la participación en entidades internacionales es elaborar propuestas sobre sostenibilidad, legislación, regulación y criterios operativos de redes y sistemas eléctricos en el ámbito europeo. No hay constancia de que estos organismos participen en propuestas relacionadas con aspectos fiscales.
REPSOL reconoce abiertamente su participación en los debates sobre el desarrollo de políticas públicas. En su página web corporativa hay un apartado específico para las actividades de lobby englobado bajo “Ética y transparencia” en la que se indica que el Grupo apoya que la actividad de lobby se haga de forma transparente. También refleja en su informe de sostenibilidad las demandas de información formuladas por parte de sus inversores sobre las actividades de lobby llevadas a cabo y las contribuciones a partidos políticos.
FERROVIAL reconoce en su informe anual que «participa indirectamente en los procesos legislativos, aportando su conocimiento internacional sobre lo que contienen otras jurisdicciones en materia tributaria», sin embargo, no se ha encontrado evidencia de que exista información pública sobre las actividades de lobby realizadas por las empresas que conforman el Grupo ni la cuantificación monetaria de las mismas.
ARCELORMITTAL informa sobre su actividad de lobby en Europa, los países de Norteamérica del Tratado de Libre Comercio, Sudáfrica, y menciona en genérico otros países. Está registrada en el "Registro de Transparencia de la Unión Europea"157 y en el Registro de Contribuciones del Senado de Estados Unidos158, en los que se puede consultar las cantidades de dinero destinadas a tal fin durante el ejercicio 2015.
INDRA en el ejercicio 2014 explicaba la actuación que las filiales de EEUU realizan a través de bufetes de abogados, ya que es la vía que se utiliza en este país para la obtención de información y gestión de contratos, subvenciones y ayudas. Por otro lado Indra ha sido una de las principales beneficiarias de los proyectos de I+D financiados por la Unión Europea. Desde 2002, ha recibido más de ocho millones de euros en los siete programas en que ha participado159. A su vez Indra ha dedicado en 2015 cerca de 1 millón de euros en influir sobre las políticas de la Unión Europea160.
En varios casos y después de contrastar información con terceras fuentes, se han identificado acciones de Lobby desarrolladas por las empresas analizadas que no son declaradas en sus documentos públicos. Tal es el caso de:
GRIFOLS no informa de su actividad de lobby. A través de fuentes externas se conoce que Grifols es miembro de European Confederation of Pharmaceutical Entrepreneurs (EUCOPE)161, PhRma162, Plasma Proteins Therapeutics Association163 (PPTA), entre otras. Estas asociaciones, inscritas en el registro de transparencia de la UE, han mostrado intereses relacionados con temas comerciales, económicos y financieros, entre otros. El lobby farmacéutico y sanitario invierte una gran cantidad de dinero para influir en los centros de decisión de políticas públicas en una gran variedad de temáticas que les pueden afectar, aranceles, patentes, fiscalidad....etc. Es difícil saber con precisión la cantidad global invertida pues en el caso de la Unión Europea estar dado de alta en el registro de transparencia no es obligatorio. Algunos estudios estiman que en la UE la industria, empresas, asociaciones y los principales grupos de lobby, declaran unos 40 millones de euros destinados a reuniones con políticos y a participar en grupos de asesoramiento164. En EEUU, según otro estudio165, en 2013, el sector farmacéutico y de atención sanitaria dedicó más de 487 millones de dólares a actividades de lobby sólo en Estados Unidos.
INDITEX no aporta ninguna información en su memoria anual no aporta información sobre acciones de Lobby, sin embargo a través de fuentes externas166 se conoce que forma parte del lobby europeo European Branded Clothing Alliance, que tiene entre sus actividades de presión temas relacionados con fiscalidad. Inditex no aporta información en su memoria anual sobre estas cuestiones pero no cabe duda de la gran influencia del lobby textil como se apunta desde algunas publicaciones especializadas.167
SACYR incluye en el código de conducta el comportamiento con gobiernos y autoridades. En el informe anual integrado Sacyr menciona las asociaciones a las que pertenece en temáticas y algunas relaciones que ha mantenido con diferentes organismos pero solo en materia de I+d+i pero más allá de este listado no se explica ni marcos de relación ni temáticas en las que se realiza actividades de incidencia. A través del Registro de Transparencia de la Unión Europea se conoce que, por ejemplo, la Asociación de Empresas Constructoras de Ámbito Nacional (SEOPAN) a la que pertenece Sacyr, realiza actividades de lobby, entre otras temáticas, de carácter fiscal168.
BBVA ha abierto una oficina en Bruselas, la Oficina de Asuntos Europeos del BBVA, encargada de las relaciones con las instituciones europeas. Su misión principal es estar en contacto con los responsables políticos, para lo que destina un máximo de 600.000 euros para acciones de lobby169 según artículo publicado en la prensa, no se ha encontrado mención en los informes del grupo. En EEUU, BBVA ha hecho lobby a través de la Coalición de Bancos Regionales de la que forma parte (junto a American Expresss, SunTrust, Huntington, Regions, Fifth Third, Capital One, BMO Financial Group, BBT y Bank of the West) para no ser tratado como banco sistémico y evitar una mayor regulación170. En territorio español, BBVA es uno de los patronos de Fedea (Fundación de Estudios de Economía Aplicada) asociación que busca crear las condiciones óptimas para que surjan nuevas ideas que informen el diseño de la política pública española171.
IBERDROLA no hace referencia explícita a estas actividades en la documentación consultada. Esta ausencia de información contrasta con noticias que apuntan a Iberdrola como una de las empresas del IBEX35 que más lobby hace172 173. Algunas de estas actividades de lobby han tenido un claro propósito fiscal174. La presuntamente demostrada actividad de la compañía en este campo, unida a la nula información que se proporciona al respecto.


R.A.4. La empresa informa sobre las contingencias fiscales existentes. (Entendiendo por tales aquellas operaciones o transacciones en las que existe riesgo significativo de que no coincida el criterio aplicado o que piensa aplicar la empresa con el de la administración).
R.A.5. La empresa informa sobre si hay deudas tributarias en período ejecutivo, es decir, vencido el período voluntario de pago.
R.A.6. La empresa aporta información sobre los litigios abiertos con administraciones tributarias (Entiéndase litigio en sentido amplio: judiciales, administrativos,…).
R.A.7. La empresa aporta información sobre los litigios con administraciones tributarias resueltos en el último ejercicio económico. (Entiéndase litigio en sentido amplio: judiciales, administrativos,…)

Muchas de las empresas analizadas mantienen litigios, bien en vía judicial bien en vía administrativa, con las administraciones tributarias. Este dato podría contradecir los compromisos adoptados por las empresas en relación a relación cooperativa con la administración o al menos que esta no ha funcionado. La información facilitada en este apartado se limita en la mayoría de las ocasiones a litigios abiertos que mantienen abiertos las compañías analizadas en España siendo la información sobre controversias con las agencias tributarias fuera de España anecdótica.


Hay empresas que mantienen contingencias y actas de disconformidad por importes muy cuantiosos, sin embargo muy pocas empresas presentan información detallada sobre el motivo de la discrepancia en cada uno de los casos.
TELEFÓNICA admite que recibió el expediente sancionador por 206 millones y ha presentado una reclamación en el Tribunal Central Contencioso Administrativo contra esta resolución, motivo por el cual todavía no ha hecho una provisión por este concepto. Telefónica asegura que, ”como consecuencia del proceso de inspección en curso, no se estima que exista una necesidad de registrar pasivos adicionales en los estados consolidados del grupo” y que, no supondrá ningún pagó en efectivo porque dicha cantidad será recuperable en el futuro en la medida que se trata de diferencias temporarias que revertirán en los próximos ejercicios. Conforme a las noticias de prensa consultadas sobre este asunto 175, de confirmarse, se trataría de la sanción más grande de Hacienda contra Telefónica, pero no la primera por contabilizar de forma errónea impuestos de sociedades. En 2013, la Agencia Tributaria ya le obligó a pagar 135 millones por las actas de inspección llevadas a cabo por la Agencia Tributaria de los ejercicios de 2005 a 2007. Anteriormente tuvo otro litigio que finalizó en 2012 en el Tribunal Supremo por los impuestos entre 1998 y 2000, por los que tuvo que pagar 110 millones.

En relación con los litigios fiscales que el Grupo Telefónica tiene abiertos en Brasil sobre impuestos directos e indirectos, todos los procesos relacionados con estos asuntos están siendo impugnados en todas las instancias (administrativas y judiciales), siendo el importe total acumulado de dichas actas, incluyendo intereses, sanciones y otros conceptos, de aproximadamente, 11.900 millones de reales brasileños (aproximadamente 2.750 millones de euros). Informa que los citados procesos no se encuentran provisionados puesto que la calificación del riesgo de los mismos es no probable.


En relación con las reclamaciones fiscales en Perú, existen litigios abiertos por la liquidación del impuesto sobre sociedades de dos ejercicios, así como el de los pagos a cuenta de otro debido a las sentencias y resoluciones recibidas en junio y agosto en el año 2015. El Grupo decidió registrar una provisión en sus estados financieros consolidados adjuntos por un importe de 431 millones de euros.
GAMESA tiene provisiones para litigios que ascienden a 19.070.000 euros, pero no se aporta información sobre qué litigios las han originado.
CAIXABANK tiene provisionada por contingencias fiscales la nada desdeñable cantidad de 344.465 miles de euros, 33.171 miles de euros responden para la cobertura de los riesgos máximos que puedan derivarse de las actas firmadas en disconformidad que están pendientes de resolución por parte de la Audiencia Nacional, 202.252 miles de euros por disconformidad del impuesto sobre depósitos. Y en un apartado con el título de “otros” un total de 97.868 miles de euros. Sobre esta cantidad no informa acerca de qué ha motivado la provisión.
AMADEUS en relación a las contingencias y litigios con las diversas agencias tributarias la única información que proporciona es que al 31 de diciembre de 2015, es que la Sociedad tiene abiertos a inspección los últimos cuatro años excepto para aquellos impuestos que han sido objeto de inspecciones de carácter total o parcial y que han concluido con la firma de actas en disconformidad, que se encuentran recurridas en vía Contenciosa-Administrativa.
ACS informa que ha firmado actas de conformidad en una inspección que tiene abierta en concepto del Impuesto sobre Sociedades consolidado del Grupo, y por el Impuesto sobre el Valor Añadido igualmente en régimen de Grupo, determinándose una deuda tributaria de 1.485 miles de euros y 393 miles de euros, respectivamente, incluyendo cuotas de impuesto, intereses de demora y sanciones. No presenta información de otros posibles litigios y/ o sanciones en los distintos países en los que opera. No se ha encontrado información acerca de la reclamación de 600 millones de euros por impago de impuestos por parte de la filial de ACS Hochtief por la gestión del aeropuerto de Atenas176.
BBVA menciona que es parte en determinados procedimientos judiciales en varias jurisdicciones (entre otras, España, México y Estados Unidos) derivados del curso ordinario de su negocio, pero no considera que se sean materiales ni que vayan a afectar de manera significativa, ni de forma individual o agregada, a las cuentas del grupo. No aporta más información sobre las causas que han originado el procedimiento judicial, ni a qué sociedades afecta, ni ejercicio fiscal, ni estado del procedimiento (iniciado, recurrido...)

En 2015 el Grupo tuvo que hacer frente a dos sanciones relativas a temas fiscales derivados de su actividad como intermediadora. Por un lado, BBVA Suiza llegó a un acuerdo con el Departamento de Justicia de los Estados Unidos para pagar cerca de 9 millones de euros a EEUU para cerrar una investigación por evasión fiscal177 al considerarse que había colaborado presuntamente con contribuyentes norteamericanos en la evasión de impuestos utilizando las leyes de secreto bancario de Suiza para ocultar activos. Por otro lado, Bruselas ha implicado a BBVA en un caso de fraude masivo de IVA heredado de la filial Garanti, afecta por una investigación en relación al comercio masivo de derechos de emisión de carbón por el que empresas habrían evitado pagar 5.000 millones en impuestos178. Ninguno de estos dos incidentes ha sido incorporado ni mencionado en los diversos informes que ha publicado BBVA con respecto a su actividad en 2015.


INDITEX informa en su Memoria Anual de comprobaciones en sociedades del grupo y destaca las domiciliadas en Italia, Francia, México y Turquía pero no aclara los motivos de las comprobaciones. Por fuentes externas se conoce que también en España tiene abiertas inspecciones relacionadas con el impuesto de sociedades y el IVA.179 180
BANCO SANTANDER tiene provisionados 57.440 miles de euros para responsabilidades que corresponden a reclamaciones legales y obligaciones pero no se informa de los hechos que las originan. También tiene otra partida de “otras provisiones” por importe de 55.086 miles de euros pero no explica que incluye este concepto.
Por lo que respecte a discrepancias con la Administración Tributaria, Banco de Santander provisiona para impuestos 997M€ que incluyen provisiones para procesos de naturaleza fiscal, sin ofrecer más información sobre los procesos fiscales (tipo, importe,…) que ha originado la provisión.
Respecto a litigios pendientes con administraciones tributarias, la entidad proporciona información sobre el tipo de litigio (acción judicial, liquidaciones complementarias, procesos administrativos y judiciales, y autos de infracción), motivo del litigio, ejercicio fiscal y elemento fiscal afectado (Impuesto sobre beneficios, liquidación de impuestos, cotizaciones de la seguridad social, deducción por doble imposición y tratamiento fiscal de determinadas operaciones). No se informa del número concreto de litigios en curso ni de la cantidad sujeta a reclamación, ni de la provisión por el importe de la pérdida estimada (en algunos casos no ha provisionado por considerarse un pasivo contingente). La mayor parte de los litigios se han interpuesto a Banco Santander (Brasil) S.A., a excepción de una acción judicial interpuesta por Santander Holdings USA Inc y unas reclamaciones a Santander UK plc por el tratamiento fiscal de determinadas operaciones. Respecto a los impuestos pagados en ejercicios anteriores, Banco Santander informa con cierto detalle, de diversos tipos de litigios con las administraciones tributarios mayoritariamente en Brasil, pero no se obtiene datos sobre los importes reclamados ni del volumen de las provisiones realizadas, con lo que no es posible saber el alcance de dichos litigios.
REPSOL en las cuentas anuales incluye un apartado específico sobre “Actuaciones administrativas y judiciales con trascendencia fiscal” en el que Repsol detalla los principales litigios que mantenía abiertos a 31 de diciembre con las Administraciones Tributarias de los países en los que tiene presencia. En dicho apartado se ofrece información agrupada por país, explicando los motivos que los ocasionan, su evolución y las empresas del Grupo relacionadas con ellos. Concretamente en las cuentas anuales de 2015 se indica la existencia de litigios abiertos en las siguientes jurisdicciones: Bolivia, Brasil, Canadá, Ecuador, España, Indonesia, Malasia, Timor Oriental y Trinidad y Tobago. El importe registrado para todos ellos se publica de forma agregada, suponiendo un total para el Grupo de 1.524 millones de euros a 31 de diciembre de 2015 (frente a los 649 millones de euros de diciembre 2014).
FERROVIAL respecto a los litigios fiscales abiertos la información que aporta en el Informe Integrado es que no existen procesos de inspección abiertos y que «se ha comunicado el inicio de expediente sancionador por indebida acreditación de bases imponible negativas, del cual se estima puede derivarse una deuda tributaria a pagar en 2016 de 7 millones de euros». Sin embargo únicamente se cita la jurisdicción española y no se hace mención alguna a la existencia o no de litigios abiertos en otras de las muchas jurisdicciones en las que el Grupo está presente. Puede cuestionarse que la información indicada en el párrafo sobre litigios abiertos en el ámbito fiscal que publica Ferrovial sea completa si la comparamos con la cifra de 246 millones de euros que se incluye en las cuentas anuales por “provisiones por reclamaciones de carácter tributario”. Sobre la existencia de contingencias la empresa indica que «considera que las posibles contingencias significativas de carácter tributario se encuentran adecuadamente provisionadas al cierre del ejercicio» sin indicar cuáles son, su importe ni los motivos de su existencia.

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