7.3. Medidas contra la inmigración irregular en España
La prevención, persecución e investigación de las redes de inmigración ilegal corresponde a la Dirección General de la Policía (Ministerio del Interior), en colaboración con otras instituciones. Cabe señalar que las medidas relativas al retorno forzoso y supuestos de internamiento se tratarán en el epígrafe 8.
En cuanto a la prevención de la inmigración irregular en el ámbito laboral, cabe destacar la aprobación de la Ley 23/2015, de 21 de julio, ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social. Dentro de la nueva norma, las cuestiones relacionadas con la inmigración cuentan con una mención explícita y diferenciada. Así, se considera que también forma parte del objeto del sistema de inspección, el control del cumplimiento de las normas de “emigración, movimientos migratorios y el trabajo de extranjeros” (artículo 1.2).
Concretamente corresponde al Cuerpo de Subinspectores de Laborales la comprobación del cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa sobre trabajo de extranjeros en España (artículo 13.2e de la Ley 23/2015.
Dentro de las actuaciones llevadas a cabo, la última Memoria de la Inspección de Trabajo y la Seguridad Social, publicada en 2015, recoge las actuaciones llevadas a cabo en el marco del Programa “Condiciones de trabajo discriminatorias de trabajadores inmigrantes”, que estaba dirigida a las situaciones en que se encontraban los trabajadores extranjeros en situación regular114. El área de empleo y extranjería de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social cuenta con un tratamiento estadístico específico en materia de órdenes de servicio finalizadas, infracciones, sanciones impuestas y trabajadores afectados por infracciones115
7.4. Tráfico de personas o facilitación de la inmigración irregular (smuggling)
Si bien la presión de la inmigración irregular se mantiene en unas cifras estables y relativamente inferiores a la presión sufrida por otras fronteras exteriores de la Unión Europea; se observa un incremento de la vulnerabilidad de mayor número de personas ante el tráfico de seres humanos y la presencia en España de los denominados “facilitadores, es decir aquellos individuos que, integrados o no en estructuras organizadas, promueven la inmigración irregular y los movimientos secundarios entre Estados Miembros. Las redes de facilitación de la inmigración irregular se está convirtiendo en un mercado ilegal que aporta beneficios a los grupos de delincuencia organizada, que adaptan su actividad a este nuevo tipo de negocio y están evolucionando hacia oligopolios criminales116. Según datos de EUROPOL un 90 por ciento de las llegadas de inmigrantes de forma irregular ha sido a través de los servicios de este tipo de organizaciones delictivas117.
Muchas redes de este tipo no sólo se dedican a introducir a las personas y traficar con ellas, sino que ponen en marcha toda una logística aparejada con este fin, como la falsificación de documentos, la celebración de matrimonios de conveniencia o la firma de contratos de trabajo fraudulentos118. Incluyen una infraestructura de personal que engloba desde jefes de red, jefes locales, falsificadores de documentación, intermediarios, conductores de embarcaciones y automóviles, negocios aparentemente legales (hoteles, arrendatarios, agencias de viajes y otros procedimientos de lavado de dinero), recaudadores y, ocasionalmente, funcionarios corruptos119. En ocasiones, este tipo de actividades van unidas a formas más graves de tráfico, como las de trabajadores forzosos, la trata u otras formas de criminalidad, en conexión con los pagos120 exigidos por los traficantes a sus víctimas121.
Las bases de operaciones fuera de las fronteras de la UE detectadas por EUROPOL más próximas a España son Árgel y Casablanca; en tanto que Madrid aparece citada conjuntamente con otras ciudades europeas (tales como Munich, París o Londres) como un punto de partida para otros movimientos secundarios122.
La labor de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en España a lo largo de 2015, ha sido importante en relación con la lucha contra este tipo de delincuencia. La Unidad Nacional de EUROPOL en España ha sido designada como punto de contacto nacional operativo para asuntos de tráfico de seres humanos, de acuerdo con las Conclusiones del Consejo de 9 de noviembre de 2015. Por su parte, la actuación de la Policía Nacional y de la Guardia Civil, en colaboración con la policía de otros Estados Miembros ha permitido la detención de miembros de algunas redes de traficantes de personas que operaban en diversos países123.
VIII. RETORNO
8.1. Introducción
Las acciones de retorno en España se articulan a través de programas de retorno voluntario y a través de medidas de retorno forzoso. En el caso del retorno voluntario, éste se lleva a cabo por propia voluntad del inmigrante, en ocasiones en el marco de programas asistidos por instituciones públicas o privadas, de modo que se consiga una mejor inserción social del retornado en su comunidad de origen. En el caso del retorno forzoso, responde a la resolución de un procedimiento administrativo por infracción grave o muy grave en materia de extranjería, o bien como resultado de procedimientos de devolución.
8.2. Retorno voluntario
El Ministerio de Empleo y Seguridad Social, a través de la Secretaría General de Inmigración y Emigración y la Dirección General de Migraciones, financia programas de retorno voluntario de extranjeros cofinanciados desde 2015 por el nuevo Fondo de Asilo, Migración e Integración124. Las convocatorias por las que se financian los proyectos de retorno voluntario se enmarcan dentro del objetivo específico 3 del Programa Nacional FAMI/AMIF, de “apoyo al desarrollo de estrategias de retorno equitativas y eficaces que contribuyan a la lucha contra la inmigración ilegal haciendo hincapié en la sostenibilidad del retorno”125.
La gestión de estos programas se lleva a cabo con la colaboración de organizaciones no gubernamentales y organizaciones internacionales con experiencia en el ámbito migratorio.
El objetivo de los programas de retorno voluntario consiste en facilitar el regreso voluntario a los países de origen a los nacionales de terceros Estados que cumplan los requisitos establecidos en cada convocatoria anual.
Concretamente los programas que han estado vigentes durante 2015 son los siguientes:
a) Programa de retorno voluntario de atención social: dirigido a inmigrantes extracomunitarios que se encuentren en situación de especial vulnerabilidad contrastable a través de los Servicios Sociales de su zona de residencia u ONG especializada.
b) Programa de retorno voluntario productivo: dirigido a inmigrantes extracomunitarios no sujetos a la obligación de retornar que deseen emprender un proyecto empresarial asociado al retorno.
c) Programa de ayudas complementarias al abono acumulado y anticipado de la prestación contributiva por desempleo a trabajadores extranjeros extracomunitarios que retornen voluntariamente a sus países de procedencia (APRE): tiene como objetivo proporcionar ayudas al viaje de retorno a sus países de origen a aquellos extranjeros extracomunitarios que tengan reconocido el derecho a percibir la prestación contributiva por desempleo de forma anticipada y acumulada. Tienen además que cumplir los siguientes requisitos:
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Ser nacional de países que, en cada momento, tengan suscrito con España convenio bilateral en materia de seguridad Social.
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Tener reconocido el derecho al abono de la prestación por desempleo en su modalidad establecida en el artículo 1 del Real Decreto-Ley 4/2008, de 19 de septiembre, sobre el abono acumulado y anticipado de la prestación por desempleo.
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Firmar declaración de voluntariedad y compromiso de retornar a su país de origen, en el plazo de treinta días naturales y no retornar a España en el plazo de tres años.
A lo largo del año 2.355 personas se acogieron al programa de retorno voluntario, siendo mayoritarias las personas nacionales de Paraguay, Bolivia, Honduras, Ecuador y Colombia, por este orden.
Por otra parte, la Secretaría General de Inmigración y Emigración ha seguido participando en 2015 el Proyecto OSS-LAC "One Stop Shop"/ “Ventanilla Únicas” de la Organización de Estados Iberoamericanos (OEA), con apoyo de la Comisión Europea, en colaboración con el Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales del Gobierno de Aragón.
Este proyecto puso en marcha en 2012 un sistema de ventanillas únicas dirigido a los inmigrantes de Perú, Bolivia, Colombia, Brasil, Ecuador, Paraguay, Chile y Uruguay, procedentes en un primer momento de España e Italia. En el momento actual se ha ampliado también a Portugal.
En América Latina se ha articulado una red de servicios que ayuda en la reintegración de los retornados gracias al diseño de un itinerario que dé respuesta a sus necesidades. Los servicios ofrecidos son: información especializada, ayudas sociales, búsqueda y capacitación para el empleo, derivación a servicios públicos, apoyo de ONG, etc. Además en casos muy justificados, se dispone de ayudas económicas. En Europa se trabaja en red con diversas entidades para informar a aquellas personas que deseen retornar.
En el momento actual se continúa con una segunda versión de este proyecto, Ventanillas Únicas II, para el período 2015 y 2016. Ventanillas Únicas II cuenta con 4 oficinas en Europa, que trabajan en coordinación con 8 ventanillas de Iberoamérica.
El proyecto ha de valorarse positivamente en el período de programación anterior, al superar las previsiones iniciales de personas atendidas. Así, inicialmente se planearon 30 atenciones por cada país, es decir 240 personas. Sin embargo, se atendieron 379 personas, que supusieron un 158 por ciento más de lo previsto inicialmente126.
Gráfico 39. Personas atendidas y becadas durante el período 2012-2014 por el proyecto oss-lac
Fuente: OSS-LAC. 2014
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