Estudio realizado con financiación del Ministerio de Empleo y Seguridad Social


OBJETIVOS DEL ESTUDIO Y METODOLOGÍA DEL ANÁLISIS



Yüklə 4,67 Mb.
səhifə4/60
tarix26.04.2018
ölçüsü4,67 Mb.
#49126
1   2   3   4   5   6   7   8   9   ...   60

2. OBJETIVOS DEL ESTUDIO Y METODOLOGÍA DEL ANÁLISIS

2.1. Objetivos



El objetivo del estudio “La Responsabilidad Fiscal en las memorias anuales de las empresas del IBEX 35” es evaluar la calidad de la información sobre aspectos de Responsabilidad Fiscal proporcionada en la documentación y en las memorias públicas y accesibles de las empresas que conforman el índice bursátil IBEX 35.
Otro de los objetivos fundamentales de la investigación es la evaluación del grado de compromiso público de las empresas con su responsabilidad fiscal en los diversos territorios en donde desarrollan su actividad a través de la identificación y aplicación de una batería de indicadores relevantes en materia de información económica y de estrategia fiscal desde una perspectiva de Responsabilidad Social Corporativa (RSC).
Con este fin se ha medido tanto su grado de calidad técnica y coherencia, como los contenidos y los sistemas de gestión descritos así como en los datos aportados. El análisis se ha realizado a través de un modelo basado en la herramienta descrita posteriormente.
El estudio busca también evaluar el grado en el que la información facilitada en el ámbito fiscal se incorpora en documentos específicos más allá de las cuentas anuales y si se hace alusión en las memorias de RSC. Por lo tanto, también trata de determinar el uso que las empresas hacen de las memorias en el ámbito fiscal: puramente informativo o como herramienta fundamental para la rendición de cuentas, y la gestión y control internos de los procesos centrales de negocio de la compañía y de herramienta de comunicación con los grupos de interés sobre un aspecto material como es la fiscalidad desde una perspectiva de responsabilidad social. No obstante, no es objeto de este estudio evaluar la veracidad de los datos publicados, ni la implantación real de las políticas y procesos identificados por las empresas en sus informes.
Con el fin de extraer conclusiones significativas que permitan conocer la calidad de esta información y la situación actual de la comunicación en materia de Fiscalidad responsable de las empresas españolas analizadas, se han trasladado las valoraciones cualitativas a valoraciones cuantitativas mediante la metodología descrita en el ‘Modelo de Análisis’.
El análisis, tal y como se describe con más detalle en el apartado ‘Alcance del estudio’, se limita únicamente a la información correlativa a las compañías de la muestra, no ampliándose a otros documentos adicionales publicados por empresas participadas, filiales o pertenecientes al mismo grupo empresarial.


2.2. Metodología

2.2.1. Alcance del estudio

Con la finalidad de proporcionar homogeneidad al análisis, se ha tomado como base la información publicada por la empresa referida al ejercicio 2015. Entre la documentación considerada en el análisis se encuentran las cuentas anuales, informe de gobierno de corporativo, política fiscal, política de RSC, reglamentos del consejo, informes de las comisiones de auditoria, memoria de responsabilidad social, entre otros.


En los casos en los que el equipo de análisis lo ha considerado relevante para las conclusiones del estudio, se ha incluido información adicional facilitada tanto por las empresas y por algunos de sus grupos de interés, como otros documentos e informes, artículos y noticias aparecidas en prensa, siempre que sean de carácter público y accesible. En el análisis individual por empresa se especifican qué documentos han sido considerados para la evaluación de la calidad de la información de cada empresa.
Por motivos de representatividad y relevancia se ha decidido tomar como muestra las treinta y cinco empresas que a fecha 31 de diciembre de 2015 componían el índice IBEX 35 del mercado español de valores (ver anexo) .

2.2.2. Fases del estudio



A. Definición y desarrollo del Modelo de Análisis
El estudio se basa en un Modelo de Análisis que cumple con las siguientes características:


  • Integración de los diferentes aspectos relativos a la Responsabilidad Fiscal Responsable al máximo nivel de detalle, teniendo en cuenta el amplio espectro de conexiones entre la RSC, la fiscalidad y las operaciones de una gran empresa.




  • La garantía y la credibilidad que ofrecen indicadores relacionados con fiscalidad y el reporting country by country ampliamente aceptados a nivel internacional.




  • Posibilidad de transformar valoraciones cualitativas en cuantitativas que permiten dotar de objetividad a los resultados, facilitan la comparabilidad de los mismos y permiten el seguimiento de su evolución en el tiempo.




  • Minimización de la incertidumbre generada en la evaluación, a través de la aplicación de criterios comunes, así como de revisiones y comparaciones de los resultados por parte de los analistas.

Para mejorar aquellos aspectos que implican una información cualitativa de la empresa, se han fijado unos criterios de interpretación de los indicadores cualitativos. Hay aspectos de fiscalidad que se recogen en el presente estudio, que han sido objeto de análisis en ejercicios anteriores por parte del Observatorio de RSC, no obstante hay notables diferencias tanto metodológicas como en lo referente a la profundidad en el análisis. En ediciones anteriores la fiscalidad se analizaba dentro del eje de contenidos de RSC, que a su vez, está integrado por el análisis de diferentes dimensiones de la RSC y los sistemas de gestión. La fiscalidad estaba incorporada a la dimensión de “Relaciones con la comunidad”: Evaluación y gestión de impactos en la comunidad, responsabilidad fiscal y gobernanza empresarial”


Para desarrollar la metodología y construir la herramienta de análisis se ha partido de una revisión de la literatura existente, selección de indicadores fundamentales, contraste de indicadores con actores clave en el ámbito de la fiscalidad y análisis de casos reales. En una primera fase se ha revisado la literatura existente en el ámbito de la fiscalidad y la responsabilidad social, analizando aquellas iniciativas más avanzadas que procedan de gobiernos, instituciones y organismos supranacionales y multilaterales, así como de organizaciones privadas. Este análisis ha facilitado la identificación de una serie de indicadores que permitan evaluar el grado de compromiso de la empresa a través de su contribución fiscal en los diversos territorios en donde desarrolla su actividad. Con posterioridad se han contrastado los indicadores previamente identificados con empresas, instituciones gubernamentales y organizaciones de la sociedad civil con el fin de dotar a la información extraída de los mismos de legitimidad suficiente. Se han mantenido entrevistas con representantes de empresas, sociedad civil, instituciones internacionales, inspectores de hacienda, académicos y grandes consultoras. Una vez realizadas las entrevistas se ha procedido al envío de un cuestionario con la batería de indicadores identificados.
Iniciativas que se han tenido en consideración para seleccionar los indicadores

Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 2013/34/UE en lo que respecta a la divulgación de información relativa al impuesto de sociedades por parte de determinadas empresas y filiales 12.4.2016
ORGANISMO: Instituciones Europeas.
CARÁCTER DE LAS MEDIDAS: OBLIGATORIO
ENTRADA EN VIGOR: PENDIENTE DE APLICACIÓN
OBJETO: Elaboración de informes país por país referidos a la tributación del impuesto de sociedades. Contendrá los siguientes datos: a) una breve descripción de la naturaleza de las actividades; b)el número de empleados; c)el importe del volumen de negocios neto, incluido el relativo a las partes vinculadas; d)el importe de los beneficios o las pérdidas antes del impuesto de sociedades; e)el importe del impuesto de sociedades devengado (durante el ejercicio en curso), es decir, los gastos fiscales corrientes reconocidos sobre los beneficios o pérdidas imponibles del ejercicio por las empresas y sucursales residentes a efectos fiscales en la jurisdicción fiscal pertinente; f)el importe del impuesto de sociedades abonado, es decir, el importe de los impuestos abonados durante el ejercicio de que se trate por las empresas y sucursales residentes a efectos fiscales en la jurisdicción fiscal pertinente; y g)el importe de las ganancias acumuladas.
ÁMBITO DE APLICACIÓN: Grupos empresariales con un volumen de negocios consolidado mundial de más de 750 millones EUR en términos netos. EMN con sede en un tercer país, la obligación afectará a sus filiales o sucursales en la UE, a menos que la EMN del tercer país haga público el informe país por país del grupo e indique qué filial o sucursal de la UE es responsable de la publicación del informe país por país en nombre de la sociedad «matriz».
EXCEPCIONES: No impone obligaciones a las pequeñas y medianas empresas. Grupos bancarios multinacionales establecidos en la UE estarán exentos de la obligación de presentar un informe referido a la tributación del impuesto de sociedades, siempre que el informe publicado en virtud del artículo 89 de la Directiva 2013/36/UE comprenda las actividades de la sociedad matriz última en la UE y de todas sus empresas ligadas

Informe: Frome tax secrecy to tax transparency (CBRC proposal). Comentarios a la Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 2013/34/EU. ActionAid, Eurodad, European PublicService Union, Financial Transparency Coalition, Open Society European Policy Institute, ONE, Oxfam International, Transparency International


ORGANISMO: Instituciones Europeas.
CARÁCTER DE LAS MEDIDAS: COMENTARIOS DE MEJORA
OBJETO: El informe plantea la necesidad de mejorar tres puntos clave de la Propuesta sobre informe país a país que modificaría la Directiva 2013/34/EU. El documento establece la necesidad de que en el Informe País a País (CBCR en sus siglas en inglés) las multinacionales sean requeridas a publicar información desglosada país a país para cada país y ámbito jurisdiccional de sus operaciones, tanto dentro como fuera de la UE, dejando a un lado por lo tanto la futura lista de paraísos fiscales, que solo supondría una limitación geográfica. Las empresas deberían de proporcionar esta información a través de un formulario único que estaría subido a un registro central en un formato abierto. Ese formulario solicitaría a las empresas la siguiente información: a) localización geográfica de las actividades; b)nº empleados a jornada completa; c) cifra de facturación incluyendo facturación teniendo en cuenta entidades relacionadas, facturación sin las partes relacionadas y facturación total; d) compras y ventas e)valor de los activos y el coste anual de su mantenimiento; f) activos tangibles además de efectivo o equivalentes a efectivo; g)capitalización; h) ayudas públicas recibidas; i)pagos a gobiernos y j)lista de subsidiarias que operan en cada Estado Miembro o en terceros países junto con los datos que fuesen relevantes.
ÁMBITO DE APLICACIÓN: A las empresas que se recogen dentro de la propia definición de la UE de "gran empresa" incluyendo aquellas que tengan una facturación de 40 millones de €, tal y como establece la Directiva 2013/347EU.Es considerada gran empresa aquella compuesta por la matriz y las subsidiarias que deban ser incluidas en la consolidación, y que de forma consolidada excede 2 de los siguientes criterios en la hoja de balance de la empresa matriz: a) hoja de balance total: 20,000,000€; b)facturación neta: 40.000.000; c) nº medio de empleados durante el año fiscal: 250. (Directiva 2013/34/EU).

Directiva 2013/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al acceso a la actividad de las entidades de crédito y a la supervisión prudencial de las entidades de crédito y las empresas de inversión. 26 de junio de 2013
ORGANISMO: Instituciones Europeas.
CARÁCTER DE LAS MEDIDAS: OBLIGATORIO
ENTRADA EN VIGOR: 1 de enero de 2015
OBJETO: Artículo 89. Informes país a país. El informe bancario anual debe incluir la siguiente información: a) denominación, naturaleza y ubicación geográfica de la actividad; b) volumen de negocio; c) número de empleados equivalentes a tiempo completo; d) resultado bruto antes de impuestos; e) impuestos sobre el resultado; f) subvenciones públicas recibidas
ÁMBITO DE APLICACIÓN: Empresas pertenecientes al sector bancario.

Directiva 2013/34/UE del Parlamento Europeo y del Consejo. Sobre los estados financieros anuales, los estados financieros consolidados y otros informes afines de ciertos tipos de empresas, 26 de junio de 2013
ORGANISMO: Instituciones Europeas.
CARÁCTER DE LAS MEDIDAS: OBLIGATORIO
ENTRADA EN VIGOR: 2016
OBJETO: Capítulo 10 (artículo 41 a 47). Informe de pagos a administraciones públicas. No será necesario contabilizar en el informe ningún pago, efectuado como pago único o como serie de pagos relacionados, que sea inferior a 100 000 EUR durante el ejercicio. Contenido mínimo que debe integrar el informe : A) importe total pagos efectuados a cada administración pública; b) importe total, desglosado por tipo de pago a cada administración pública; C) cuando los pagos hayan sido atribuidos a un proyecto específico, el importe total, desglosado por tipo de los pagos realizados para cada proyecto, así como el importe total de los pagos para cada proyecto. Pagos en especie a una administración pública, se consignarán por su valor y, en su caso, por su volumen.
ÁMBITO DE APLICACIÓN: Grandes empresas y a todas las entidades de interés público activas en la industria extractiva o la explotación maderera de bosques primarios.
EXCEPCIONES: Empresas (filiales o matrices) que estén sujetas al Derecho de un Estado miembro si: a) que la sociedad matriz esté sujeta al Derecho de un Estado miembro, y b) que los pagos a las administraciones públicas abonados por la empresa se incluyan en el informe consolidado sobre dichos pagos elaborado por dicha sociedad matriz con arreglo al artículo 44.
Proyecto OCDE/G20 sobre la Erosión de la Base Imponible y el Traslado de Beneficios (BEPS): 15 acciones para establecer un freno a la evasión fiscal, armonizar las normas internacionales en materia fiscal y garantizar un entorno fiscal de transparencia.
ORGANISMO: OCDE.
CARÁCTER DE LAS MEDIDAS: VOLUNTARIO
ENTRADA EN VIGOR: 2016
OBJETO: Bajo la acción 13 "Documentación precios de transferencia" requiere que las empresas multinacionales proporcionen a las administraciones tributarias información de alto nivel acerca de sus operaciones empresariales mundiales y de sus políticas en materia de precios de transferencia en un “archivo maestro” que estaría a disposición de todas las administraciones tributarias de los países interesados. En segundo lugar, también requieren un “archivo local” que incorporaría documentación detallada sobre precios de transferencia en relación a las transacciones de cada país, identificando transacciones concretas con entidades vinculadas, el monto de dichas transacciones y el análisis de la determinación de los precios de transferencia que haya realizado la sociedad con respecto a esas operaciones. En tercer lugar, las grandes empresas multinacionales también tendrían que presentar el informe país por país, a través del cual se declararía anualmente y por cada jurisdicción fiscal en la que operan, la cuantía de los ingresos y los beneficios antes del impuesto se establece un informe país a país a partir de enero 2016 sobre sociedades, así como el importe del impuesto sobre sociedades pagado y devengado. Los informes país por país deben presentarse en la jurisdicción de la sociedad matriz última de la multinacional, aunque se compartirían de manera automática a través de intercambios de información intergubernamentales. En determinadas circunstancias, mecanismos secundarios como las declaraciones locales pueden servir de apoyo. Un plan acordado de implementación garantizará el suministro puntual de la información, la confidencialidad de la información declarada y el uso apropiado de los informes país por país.
ÁMBITO DE APLICACIÓN: Grupos empresariales con un volumen de negocios consolidado mundial de más de 750 millones EUR en términos netos.

Tax Guidance 2015 en el ámbito de PRI (Principles for Responsible Investment) Una iniciativa de los inversores en colaboración con la Iniciativa Financiera del PNUMA (UNEP finance Initiative) y el Pacto Mundial de la ONU
ORGANISMO: NACIONES UNIDAS
CARÁCTER DE LAS MEDIDAS: VOLUNTARIO
ENTRADA EN VIGOR: 2006
OBJETO: El PRI trabaja con su red internacional de signatarios para poner en práctica los seis Principios de Inversión Responsable. Tiene como objetivo entender el impacto que las cuestiones ambientales, sociales y gubernamentales tienen en las inversiones y asesorar a los signatarios para integrar estos asuntos a sus decisiones sobre inversiones y propiedad. La TAX Guidance es una Guía para las relaciones de los inversores responsables con sus posibles entidades participadas siguiendo los 6 Principios de Inversión Responsables

Propuesta country-by-country reporting (Tax Justice Network)
ORGANISMO: Tax Justice Network
CARÁCTER DE LAS MEDIDAS: VOLUNTARIO
ENTRADA EN VIGOR: 2008
OBJETO: Elaboración de informes país por país referidos a la tributación del impuesto de sociedades y a una serie de partidas financieras.


Informe sobre la responsabilidad social de la empresa en España. Comisión Europea Representación en España
ORGANISMO: Gobierno de España
CARÁCTER DE LAS MEDIDAS: VOLUNTARIO
ENTRADA EN VIGOR: PENDIENTE DE APLICACIÓN
OBJETO: Indicadores económicos y sobre fiscalidad de la empresa dentro de indicadores clave de RSC. Determinar si una empresa mantiene estos principios de consistencia, transparencia y rendición de cuentas respecto a sus obligaciones en materia fiscal.
- Ventas, tanto a terceros como entre entidades de la misma empresa, si es el caso

- Compras, tanto a terceros como entre entidades de la misma empresa, si es el caso·

- Coste de personal y número de empleados·

- Costes financieros, pagados tanto a terceros como entre entidades de la misma empresa

- Beneficios antes de impuestos, base imponible (especificando bases imponibles negativas de ejercicios anteriores), cuota íntegra, deducciones y bonificaciones fiscales, cuota líquida

Impuestos corrientes e impuestos diferidos en el ejercicio contable.

- Pagos de impuestos en el ejercicio contable

- Activos y pasivos generados por impuestos diferidos al principio y final de cada ejercicio contable.

- Coste y valor contable neto de los activos físicos en cada país en que se opera
ÁMBITO DE APLICACIÓN: Grandes empresas

Con la información recopilada se ha procedido a la selección del conjunto de indicadores que serán objeto de valoración en análisis a realizar


Tabla 1. Indicadores clave en la información fiscal desde una visión RSC

Fuente: elaboración propia




B. Recopilación de la información
La recopilación de la información se realiza a través de los documentos públicos que las empresas publican en su web y que están referidos a 2015. Cuando no se tiene acceso vía web de los documentos vigentes durante nuestro periodo de análisis se contacta con la empresa para solicitarlo
En el informe individual de cada empresa, se especifica en un listado los documentos que se han analizado, citando la denominación empleada por la compañía informante.

C. Análisis básico y valoración
Los documentos de cada empresa han sido estudiados por un analista utilizando el Modelo de Análisis definido, evaluando la información contenida en ellos según los indicadores/requisitos de las dimensiones analizadas.
Con objeto de facilitar el trabajo y el tratamiento numérico de los resultados, el Modelo de Análisis es una plantilla construida en hojas de cálculo. Así, para cada empresa de la muestra se utiliza un ‘libro’ propio en el que, a su vez, se incluye una ‘hoja’ para cada sección de las dimensiones analizadas (Estrategia/ Política fiscal; Impuestos e incentivos; Paraísos y nichos fiscales; Relación con las administraciones Pública; Operativa de la empresa). Estas ‘hojas’ recogen la siguiente información por indicador/requisito, según sea aplicable: descripción de evidencias documentadas, páginas del documento de la empresa en la que se encuentra dicha información, valoración numérica del indicador/requisito y conclusiones.
En cada indicador se valora si cumple con el requisito exigido. En caso cumpla con el indicador se pasa a analizar la profundidad de la información en relación al aspecto objeto de análisis con un gradiente de 1, equivale a información débil o escasa, a 3, equivalente a información completa. El estadio 2 equivaldría a información incompleta.

A continuación se expone a través de Los criterios de valoración empleados en los indicadores de la herramienta se puntúan según la siguiente escala de valoración:



Cada indicador tiene unos requisitos de cumplimiento que guían al analista. A continuación se expone a modo de ejemplo para el indicador “Estrategia y política fiscal”:





Explicación del indicador

SI / NO

BAJA (1 punto)

MEDIA (2 puntos)

ALTA (3 puntos)

¿La empresa proporciona información sobre su estrategia/política fiscal?

 

Únicamente indica de forma genérica que dispone de una estrategia o política fiscal

La estrategia o la política son públicas en su totalidad

La estrategia/política, además de ser pública, está analizada, comentada o se explica su relación con principios de fiscalidad responsable

Las puntuaciones por dimensión y la puntuación total por empresa se obtienen mediante medias aritméticas de sus respectivos componentes.


Para facilitar la interpretación de los datos, las valoraciones obtenidas se agrupan en dos tablas: la primera presenta el resultado diferenciado por dimensiones de la RSC (Tabla 1) para las valoraciones cuantitativas. La segunda, presenta el grado de cumplimiento en porcentaje para cada dimensión analizada de los indicadores cualitativos (Tabla 2). Ambas tablas se muestran en cada uno de los informes individuales de cada empresa.

TABLA 2: Valoraciones por dimensión

En la Tabla 1 se presenta la valoración obtenida en cada una de las CINCO dimensiones analizadas. La puntuación final se obtiene de la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en cada una de las dimensiones analizadas. Las puntuaciones por dimensión se obtienen mediante medias aritméticas de sus respectivos componentes.


TABLA 3: Nivel de cumplimiento de los indicadores cualitativos




D. Elaboración de los Informes por Empresa
Una vez realizado el análisis básico de cada empresa en los ‘libros’ con sus hojas de cálculo descritas anteriormente, se elabora un informe por compañía. En él se reflejan tanto las puntuaciones obtenidas en las Tablas 1, 2 y de grados de calidad, como un resumen de los aspectos más destacados en cada caso, incluyendo ejemplos y citas de los documentos consultados, de las empresas.
En el Estudio se han incluido algunas informaciones públicas relacionadas con las empresas analizadas proveniente de diferentes fuentes (Organismos supervisores, medios de comunicación, entre otros), todas ellas organizaciones reconocidas socialmente. El objetivo ha sido contrastar si las empresas se hacen eco públicamente de situaciones relacionadas con denuncias públicas o reclamaciones, de diferentes partes interesadas, así como valorar si se aporta información sobre el tratamiento o la gestión dada a las mismas.

E. Agregación de los datos y redacción del informe final
Posteriormente se agrupan las valoraciones individuales por empresa, con el objeto de lograr una visión global de la información en materia de Fiscalidad Responsable publicada por las compañías españolas objeto de análisis y así elaborar las conclusiones generales que se presentan en el siguiente apartado.
Para una mayor claridad y comparabilidad de los resultados, las empresas analizadas se han agrupado en función de la clasificación sectorial vigente en el mercado bursátil español en el momento de realización del estudio.

F. Diálogo con las empresas objeto del estudio
Los informes individuales se remiten a las respectivas empresas para informarles de los resultados obtenidos y solicitar sus comentarios y aclaraciones con el fin de subsanar posibles errores del estudio.
Como resultado se establece un diálogo constructivo con las compañías a través de correos electrónicos y, en algunos casos, conversaciones telefónicas y reuniones.

G. Gestión de la incertidumbre en la evaluación
En un estudio como el que presentamos, con la complejidad asociada a su desarrollo, es importante garantizar al máximo la homogeneidad de criterios a la hora de valorar, como única forma de asegurar la comparabilidad y representatividad de los resultados. El número de empresas incluidas es alto, las herramientas de análisis también son varias así como los criterios de valoración. También el hecho de transformar una valoración cualitativa en cuantitativa y finalmente la participación de diferentes analistas, hace que exista un riesgo de falta de homogeneidad.
Para mitigar dichos riesgos se han llevado a cabo las siguientes actuaciones:


  • Definición conjunta del Modelo de Análisis utilizado para valorar a las empresas así como de los criterios de valoración para cada herramienta.

  • Asignación de sectores de actividad completos a los miembros del equipo para garantizar una visión global del sector por una misma persona.

  • Reuniones de revisión conjunta de valoraciones de empresas en los Análisis Básicos.

  • Reuniones de revisión conjunta de los Informes por empresa.

El objeto, como se ha apuntado, ha sido homogeneizar al máximo el resultado del análisis, intentando asimismo eliminar, en la medida de lo posible, las subjetividades individuales de los componentes del equipo, función que asegura la visión general de la que dispone el Director del equipo. Sin embargo, a pesar de este esfuerzo realizado, los resultados de la evaluación tienen incluidos un cierto grado de incertidumbre y de subjetividad inherente a cualquier estudio en el que participan distintos analistas.





Yüklə 4,67 Mb.

Dostları ilə paylaş:
1   2   3   4   5   6   7   8   9   ...   60




Verilənlər bazası müəlliflik hüququ ilə müdafiə olunur ©muhaz.org 2024
rəhbərliyinə müraciət

gir | qeydiyyatdan keç
    Ana səhifə


yükləyin